PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad.
ANTECEDENTES
La diabetes mellitus (DM) es una enfermedad crónica con alta morbimortalidad que afecta a 537 millones de adultos en el mundo. España es el segundo país europeo en prevalencia, con un 14,8 % en población de entre 20 y 69 años, con 11,6 casos por cada 1.000 personas/año.
Se trata de una patología definida por unos niveles elevados de glucosa en sangre que puede conllevar, entre otras consecuencias, un aumento del riesgo de complicaciones microvasculares como la retinopatía. La retinopatía diabética es una de las afectaciones más importantes como consecuencia de la DM y constituye la principal causa de ceguera en personas entre 20 y 74 años. También es la quinta causa de pérdida de visión a nivel mundial y la séptima causa de ceguera/discapacidad visual.
Cualquier persona con cualquier tipo de diabetes puede desarrollar retinopatía diabética, incluyendo las personas con diabetes tipo 1, tipo 2 y diabetes gestacional (diabetes que puede desarrollarse durante el embarazo).
Por ello, el diagnóstico precoz y la detección temprana de algún grado de retinopatía diabética reduce la probabilidad de complicaciones que deriven en baja visión.
En ocasiones, la retinopatía diabética no provoca síntomas hasta que el daño ocular es grave, por lo que es de suma importancia realizar exámenes oculares periódicos que permitan un diagnóstico precoz de la enfermedad y un tratamiento oportuno para evitar o retrasar la disminución de la función visual.
La Cartera de Servicios de Atención Primaria, dentro del servicio de atención a la persona con diabetes mellitus, recomienda la exploración del fondo de ojo en los pacientes diabéticos al menos cada dos años, con el fin de detectar alteraciones en la retina de forma temprana e instaurar el tratamiento necesario para retrasar su evolución.
En Castilla y León se ha avanzado en el control de esta patología a través del cribado de la retinopatía diabética puesto que es un arma eficaz para la prevención de esta patología. Por tanto, de acuerdo con lo expuesto, resulta fundamental seguir impulsando el cribado de la retinopatía diabética para evitar la progresión de esta complicación en los pacientes diabéticos.
Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a seguir avanzando en las medidas incluidas dentro del 'Proceso asistencial de la diabetes mellitus' para la detección precoz de la retinopatía diabética".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001143-01
CVE="BOCCL-11-010425"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad.
ANTECEDENTES
La diabetes mellitus (DM) es una enfermedad crónica con alta morbimortalidad que afecta a 537 millones de adultos en el mundo. España es el segundo país europeo en prevalencia, con un 14,8 % en población de entre 20 y 69 años, con 11,6 casos por cada 1.000 personas/año.
Se trata de una patología definida por unos niveles elevados de glucosa en sangre que puede conllevar, entre otras consecuencias, un aumento del riesgo de complicaciones microvasculares como la retinopatía. La retinopatía diabética es una de las afectaciones más importantes como consecuencia de la DM y constituye la principal causa de ceguera en personas entre 20 y 74 años. También es la quinta causa de pérdida de visión a nivel mundial y la séptima causa de ceguera/discapacidad visual.
Cualquier persona con cualquier tipo de diabetes puede desarrollar retinopatía diabética, incluyendo las personas con diabetes tipo 1, tipo 2 y diabetes gestacional (diabetes que puede desarrollarse durante el embarazo).
Por ello, el diagnóstico precoz y la detección temprana de algún grado de retinopatía diabética reduce la probabilidad de complicaciones que deriven en baja visión.
En ocasiones, la retinopatía diabética no provoca síntomas hasta que el daño ocular es grave, por lo que es de suma importancia realizar exámenes oculares periódicos que permitan un diagnóstico precoz de la enfermedad y un tratamiento oportuno para evitar o retrasar la disminución de la función visual.
La Cartera de Servicios de Atención Primaria, dentro del servicio de atención a la persona con diabetes mellitus, recomienda la exploración del fondo de ojo en los pacientes diabéticos al menos cada dos años, con el fin de detectar alteraciones en la retina de forma temprana e instaurar el tratamiento necesario para retrasar su evolución.
En Castilla y León se ha avanzado en el control de esta patología a través del cribado de la retinopatía diabética puesto que es un arma eficaz para la prevención de esta patología. Por tanto, de acuerdo con lo expuesto, resulta fundamental seguir impulsando el cribado de la retinopatía diabética para evitar la progresión de esta complicación en los pacientes diabéticos.
Por todo lo expuesto, se presenta la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a seguir avanzando en las medidas incluidas dentro del 'Proceso asistencial de la diabetes mellitus' para la detección precoz de la retinopatía diabética".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001143-01
CVE="BOCCL-11-010425"