PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Javier Campos de la Fuente, Fernando Pablos Romo, Nuria Rubio García, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:
ANTECEDENTES
Las competencias en materia educativa en nuestra Comunidad Autónoma son ejercidas por la Junta de Castilla y León. Dentro de sus múltiples responsabilidades está la de garantizar la participación de todo el alumnado en el ámbito de la educación con las mismas garantías y en igualdad de oportunidades.
Una de las figuras imprescindibles para poder llevar a cabo la responsabilidad descrita en el primer párrafo es la de los denominados "ATE", Ayudantes Técnicos Educativos.
Los ATE prestan servicios en colegios tanto especiales como en colegios ordinarios pero son los primeros, los especiales, los que disfrutan de una prerrogativa concreta que consiste en poder decidir enviar durante unas horas a la semana, con distintas finalidades y objetivos, a determinados alumnos a los centros de educación de infantil y primaria. Hasta aquí todos podemos entender que existe normalidad y lógica en el funcionamiento del sistema aunque es donde radica la base de nuestra solicitud o propuesta de resolución.
Cuando un alumno o alumna que requiere del apoyo de un ATE es desplazado de un centro especial a uno ordinario durante unas horas al día, nos encontramos con la problemática de que el colegio ordinario se tiene que hacer cargo de la figura del ATE que no está incluida en ningún cupo propio, por lo que tienen que garantizar el servicio con los profesionales con los que cuenta el colegio en su funcionamiento diario. Es evidente que esta situación es anómala y deja en posición de precariedad y vulnerabilidad al grupo sobre el que recae el alumno circunstancial.
Considerando lo expuesto anteriormente es por lo que se presenta la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a articular un procedimiento que complemente el servicio de Ayudantes Técnicos Educativos (ATE) para las circunstancias puntuales de desplazamientos temporales de alumnos de centros de educación especial a centros educativos ordinarios".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Javier Campos de la Fuente, Fernando Pablos Romo, Nuria Rubio García, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001145-01
CVE="BOCCL-11-010427"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Javier Campos de la Fuente, Fernando Pablos Romo, Nuria Rubio García, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:
ANTECEDENTES
Las competencias en materia educativa en nuestra Comunidad Autónoma son ejercidas por la Junta de Castilla y León. Dentro de sus múltiples responsabilidades está la de garantizar la participación de todo el alumnado en el ámbito de la educación con las mismas garantías y en igualdad de oportunidades.
Una de las figuras imprescindibles para poder llevar a cabo la responsabilidad descrita en el primer párrafo es la de los denominados "ATE", Ayudantes Técnicos Educativos.
Los ATE prestan servicios en colegios tanto especiales como en colegios ordinarios pero son los primeros, los especiales, los que disfrutan de una prerrogativa concreta que consiste en poder decidir enviar durante unas horas a la semana, con distintas finalidades y objetivos, a determinados alumnos a los centros de educación de infantil y primaria. Hasta aquí todos podemos entender que existe normalidad y lógica en el funcionamiento del sistema aunque es donde radica la base de nuestra solicitud o propuesta de resolución.
Cuando un alumno o alumna que requiere del apoyo de un ATE es desplazado de un centro especial a uno ordinario durante unas horas al día, nos encontramos con la problemática de que el colegio ordinario se tiene que hacer cargo de la figura del ATE que no está incluida en ningún cupo propio, por lo que tienen que garantizar el servicio con los profesionales con los que cuenta el colegio en su funcionamiento diario. Es evidente que esta situación es anómala y deja en posición de precariedad y vulnerabilidad al grupo sobre el que recae el alumno circunstancial.
Considerando lo expuesto anteriormente es por lo que se presenta la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a articular un procedimiento que complemente el servicio de Ayudantes Técnicos Educativos (ATE) para las circunstancias puntuales de desplazamientos temporales de alumnos de centros de educación especial a centros educativos ordinarios".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Javier Campos de la Fuente, Fernando Pablos Romo, Nuria Rubio García, Diego Moreno Castrillo y Yolanda Sacristán Rodríguez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001145-01
CVE="BOCCL-11-010427"