PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:
ANTECEDENTES
Mediante Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, se convocaron subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación en ciencia aplicada a iniciar en el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
El artículo 3.º apartado 5 de esta orden establece textualmente: "Cada proyecto de investigación podrá incluir la previsión de contratación de ninguno o un investigador doctor a través de la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor establecido en el artículo 20.1.b) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, por tres años de duración.
En el caso de que el personal contratado bajo esta modalidad opte a la finalización del segundo año del contrato a una evaluación de su actividad investigadora conforme a lo establecido en el artículo 22.2 de la ley anteriormente indicada, esta será realizada por la Agencia Estatal de Investigación".
Además, el apartado 7 de este artículo 3.º determina que "la duración de los proyectos será de cuarenta y dos meses".
Asimismo, el artículo 4.º (Dotación presupuestaria y cuantía de las subvenciones), en su apartado sexto se determina que "el importe máximo de la subvención a conceder para cada proyecto será de ciento ochenta mil euros (180.000 €) o sesenta mil euros (60.000 €), en función de si se solicita la contratación con cargo al proyecto de ninguno o un investigador doctor, en la forma siguiente:
a) La petición de ciento ochenta mil euros (180.000 €) incluirá:
1.º Sesenta mil euros (60.000 €) para subvencionar material científico Inventariable, material fungible, viajes y dietas, servicios externos, difusión de resultados, costes indirectos, contratación de actividades científico-técnicas e indemnizaciones por fin de contrato.
Dentro de esta cuantía, hasta dieciocho mil euros (18.000 €) de costes indirectos, calculados al aplicar un porcentaje del 15 por ciento sobre los costes directos de la contratación del investigador doctor.
El salario de la contratación en la modalidad de actividades científico-técnicas dependerá de la categoría profesional que se contrate.
2.º Ciento veinte mil (120.000 €) para subvencionar gastos de personal para la contratación de un investigador doctoral a través de la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor.
b) La petición de sesenta mil euros (60.000 €) subvencionará material científico inventariable, material fungible, viajes y dietas, servicios externos, difusión de resultados, contratos de actividades científico-técnicas y su correspondiente indemnización por fin de contrato. El salario de la contratación en la modalidad de actividades científico-técnicas dependerá de la categoría profesional que se contrate".
La actual redacción consolidada regula de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. en su artículo 22 (Contrato de acceso de personal investigador doctor) regula la modalidad de contratación que deben realizar los grupos de investigación para contratar personal doctor con las siguientes características:
1. Los contratos de acceso de personal investigador doctor se celebrarán en el marco de un itinerario de acceso estable al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a) El contrato se celebrará con personal con título de Doctor o Doctora.
b) La finalidad del contrato será la de realizar primordialmente tareas de investigación, desarrollo, transferencia de conocimiento e innovación, orientadas a la obtención por el personal investigador de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional, que conduzcan a la consolidación de su experiencia profesional.
c) El contrato será de duración determinada y con dedicación a tiempo completo.
d) La duración del contrato será al menos de tres años, y podrá prorrogarse hasta el límite máximo de seis años. Las prórrogas no podrán tener una duración inferior a un año.
Por tanto, los contratos que pueden realizarse con esta financiación a personal investigador doctor deben tener una duración mínima de 3 años. Luego, en el caso de que la persona contratada como investigador doctor para desarrollar las tareas asignadas en el proyecto al mismo decidiese renunciar a su puesto, cuando faltasen menos de 36 meses para la finalización del plazo de ejecución del proyecto, no habría posibilidad legal de contratar a otra persona para dicho fin. Este hecho, en caso de producirse, tendría unas consecuencias muy negativas para el desarrollo del correspondiente proyecto de investigación.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para que, en el caso de renuncia de la persona contratada como investigador doctor asociado a un proyecto de investigación financiado por la Junta de Castilla y León, pueda formalizarse un nuevo contrato postdoctoral con otra persona para desarrollar los fines de dicho proyecto durante el tiempo restante hasta la finalización de la ejecución del mismo".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz
EL PORTAVOZ
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001147-01
CVE="BOCCL-11-010429"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de octubre de 2024, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001118 a PNL/001127 y PNL/001129 a PNL/001150.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de octubre de 2024.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio, Jesús Puente Alcaraz y Judith Villar Lacueva, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:
ANTECEDENTES
Mediante Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, se convocaron subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación en ciencia aplicada a iniciar en el año 2024, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
El artículo 3.º apartado 5 de esta orden establece textualmente: "Cada proyecto de investigación podrá incluir la previsión de contratación de ninguno o un investigador doctor a través de la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor establecido en el artículo 20.1.b) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, por tres años de duración.
En el caso de que el personal contratado bajo esta modalidad opte a la finalización del segundo año del contrato a una evaluación de su actividad investigadora conforme a lo establecido en el artículo 22.2 de la ley anteriormente indicada, esta será realizada por la Agencia Estatal de Investigación".
Además, el apartado 7 de este artículo 3.º determina que "la duración de los proyectos será de cuarenta y dos meses".
Asimismo, el artículo 4.º (Dotación presupuestaria y cuantía de las subvenciones), en su apartado sexto se determina que "el importe máximo de la subvención a conceder para cada proyecto será de ciento ochenta mil euros (180.000 €) o sesenta mil euros (60.000 €), en función de si se solicita la contratación con cargo al proyecto de ninguno o un investigador doctor, en la forma siguiente:
a) La petición de ciento ochenta mil euros (180.000 €) incluirá:
1.º Sesenta mil euros (60.000 €) para subvencionar material científico Inventariable, material fungible, viajes y dietas, servicios externos, difusión de resultados, costes indirectos, contratación de actividades científico-técnicas e indemnizaciones por fin de contrato.
Dentro de esta cuantía, hasta dieciocho mil euros (18.000 €) de costes indirectos, calculados al aplicar un porcentaje del 15 por ciento sobre los costes directos de la contratación del investigador doctor.
El salario de la contratación en la modalidad de actividades científico-técnicas dependerá de la categoría profesional que se contrate.
2.º Ciento veinte mil (120.000 €) para subvencionar gastos de personal para la contratación de un investigador doctoral a través de la modalidad de contrato de acceso de personal investigador doctor.
b) La petición de sesenta mil euros (60.000 €) subvencionará material científico inventariable, material fungible, viajes y dietas, servicios externos, difusión de resultados, contratos de actividades científico-técnicas y su correspondiente indemnización por fin de contrato. El salario de la contratación en la modalidad de actividades científico-técnicas dependerá de la categoría profesional que se contrate".
La actual redacción consolidada regula de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. en su artículo 22 (Contrato de acceso de personal investigador doctor) regula la modalidad de contratación que deben realizar los grupos de investigación para contratar personal doctor con las siguientes características:
1. Los contratos de acceso de personal investigador doctor se celebrarán en el marco de un itinerario de acceso estable al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, de acuerdo con los siguientes requisitos:
a) El contrato se celebrará con personal con título de Doctor o Doctora.
b) La finalidad del contrato será la de realizar primordialmente tareas de investigación, desarrollo, transferencia de conocimiento e innovación, orientadas a la obtención por el personal investigador de un elevado nivel de perfeccionamiento y especialización profesional, que conduzcan a la consolidación de su experiencia profesional.
c) El contrato será de duración determinada y con dedicación a tiempo completo.
d) La duración del contrato será al menos de tres años, y podrá prorrogarse hasta el límite máximo de seis años. Las prórrogas no podrán tener una duración inferior a un año.
Por tanto, los contratos que pueden realizarse con esta financiación a personal investigador doctor deben tener una duración mínima de 3 años. Luego, en el caso de que la persona contratada como investigador doctor para desarrollar las tareas asignadas en el proyecto al mismo decidiese renunciar a su puesto, cuando faltasen menos de 36 meses para la finalización del plazo de ejecución del proyecto, no habría posibilidad legal de contratar a otra persona para dicho fin. Este hecho, en caso de producirse, tendría unas consecuencias muy negativas para el desarrollo del correspondiente proyecto de investigación.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a adoptar las decisiones que sean necesarias para que, en el caso de renuncia de la persona contratada como investigador doctor asociado a un proyecto de investigación financiado por la Junta de Castilla y León, pueda formalizarse un nuevo contrato postdoctoral con otra persona para desarrollar los fines de dicho proyecto durante el tiempo restante hasta la finalización de la ejecución del mismo".
Valladolid, 16 de octubre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Judit Villar Lacueva, Jesús Guerrero Arroyo, Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Noelia Frutos Rubio y Jesús Puente Alcaraz
EL PORTAVOZ
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001147-01
CVE="BOCCL-11-010429"