M/000125-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000125-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio lingüístico de Castilla y León, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de diciembre de 2024.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de diciembre de 2024, ha admitido a trámite la moción, M/000125, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio lingüístico de Castilla y León, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de diciembre de 2024.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento, podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha moción haya de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN, derivada de la Interpelación I/000125, relativa a "Política general en materia de patrimonio lingüístico":

ANTECEDENTES

El leonés o llionés es una lengua romance, que se mantiene viva en áreas del norte y del occidente de las provincias de León y de Zamora y en la comarca del Rebollar, en la provincia de Salamanca. En la actualidad, agrupa a una serie de hablas que forman parte esencial del patrimonio cultural de la región leonesa. Su importancia histórica y cultural trasciende su uso cotidiano. Es por eso que preservar el leonés no es solo un acto de protección de un bien cultural, sino también un medio para fortalecer la identidad y la cultura propias de la región leonesa. Sin embargo, en los últimos años, consecuencia de la despoblación de las zonas rurales de dicha región y, sobre todo, la falta de medidas de protección y de promoción por parte de las instituciones, el uso de esta lengua ha ido retrocediendo hasta el punto de que, en la actualidad, se estima que apenas 25.000 personas siguen hablándola. En un mundo globalizado, en el que las lenguas minoritarias se encuentran cada vez más cerca del precipicio de la desaparición, es crucial proteger y promover la variedad lingüística. Así lo considera la UNESCO que, en su Atlas de las lenguas del mundo en peligro, incluye el leonés como lengua en peligro de extinción.

Por su situación de abandono institucional podría pensarse que se trata de una lengua que no goza de protección jurídica alguna. Nada más lejos, el leonés se encuentra reconocido y protegido nada más y nada menos que por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León que, en su artículo 5.2, además de reconocer que el leonés será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad, establece que su protección, promoción y uso será objeto de regulación. Sin embargo, hasta la fecha, no existe regulación alguna por parte de las instituciones de Castilla y León, ni política lingüística alguna de la Junta encaminada a la protección, la promoción y el uso del leonés.

Mientras que todas las comunidades autónomas con patrimonio lingüístico propio, diferente del castellano, y con reconocimiento de este, en los respectivos estatutos de autonomía, ya sea mediante la oficialidad o a través de otra figura jurídica, regulan mediante una ley autonómica la protección y las políticas de promoción de sus respectivas lenguas, la Junta de Castilla y León, incumpliendo su ley básica, no lo ha hecho hasta la fecha.

Mientras que todas las comunidades autónomas con patrimonio lingüístico propio, reconocido estatutariamente, desarrollan medidas prácticas de promoción de sus lenguas y aseguran la enseñanza de estas dentro del sistema educativo, Castilla y León desarrolla actuaciones de este tipo, pero, curiosamente, solo en favor de la lengua gallega, no así del leonés. El hecho más significativo es que los presupuestos de esta Comunidad Autónoma nunca han contemplado una partida presupuestaria para la protección y promoción del leonés.

Esta situación vulnera tanto nuestro Estatuto de Autonomía como la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa, aprobada en Estrasburgo el 5 de noviembre de 1992 y ratificada por España en 2001. Es importante reseñar que este tratado forma parte del ordenamiento jurídico español en virtud del artículo 96.1 de la Constitución y, de acuerdo con el artículo 68 del Estatuto de Castilla y León que establece que la Junta de Castilla y León adoptará las medidas necesarias para la ejecución dentro de su territorio de los tratados internacionales y de los actos normativos de las organizaciones internacionales en lo que afecten a las materias propias de las competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El artículo 7 de dicha carta europea, que aplica de forma clara al leonés, regula que, en materia de lenguas regionales o minoritarias, en los territorios en los que se hablen y según la situación de cada una de ellas, las partes basarán su política, su legislación y su práctica en la provisión de formas y medios adecuados para la enseñanza y el estudio de las lenguas regionales o minoritarias en todos los niveles apropiados.

En octubre de 2012, el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó las recomendaciones para España, contenidas en el Tercer Informe sobre cumplimiento de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, en el que se analiza la situación de los idiomas regionales o minoritarios de España, tanto los cooficiales como los que no tienen ese estatus, y se recomiendan actuaciones para su adecuada protección. Dicho informe, elaborado por un comité de expertos, expresa su preocupación sobre la situación del leonés, reflejando que las autoridades autonómicas no han adoptado hasta la fecha las normas para la protección y promoción del leonés previstas por el Estatuto de Autonomía, ni desarrolla medidas prácticas para proteger la lengua. Además, el comité de expertos, entre sus recomendaciones, anima a las autoridades a tomar medidas para ofrecer el leonés como parte integral del plan de estudios, al menos como una asignatura y con carácter preferente en las zonas donde se habla. Estas mismas recomendaciones se han realizado de forma reiterativa en informes posteriores del Consejo de Europa (2016, 2019, 2021) sin que, en todo este tiempo, haya cambiado la actitud de la Junta de Castilla y León respecto al leonés.

Para finalizar, este asunto no es ajeno a todas las instituciones de Castilla y León. El 26 de mayo de 2010 las Cortes de Castilla y León aprobaron por unanimidad la Proposición de Ley número 1163, por la que se instaba a la Junta de Castilla y León a impulsar el leonés dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad, con medidas encaminadas a su protección específica, en coordinación con las Administraciones Públicas competentes.

A este punto, ha quedado de manifiesto que tanto la legislación internacional incorporada a nuestro Derecho interno como los ordenamientos jurídicos estatal y autonómico prescriben la protección, la promoción y el fomento del uso del leonés, con atención especial a la enseñanza de este idioma dentro del sistema educativo reglado de Castilla y León.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

MOCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. En cumplimiento del artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobar, en los próximos 6 meses, un proyecto de ley que establezca las normas jurídicas que regulen la protección, la promoción y el uso del leonés, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 7 de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa y las recomendaciones realizadas por el comité de expertos de dicho organismo.

2. Realizar las gestiones necesarias para que, en el próximo curso escolar, se oferte la asignatura de leonés en aquellos colegios públicos situados en zonas donde se hable esta lengua, así como en aquellos centros cuyos equipos directivos lo demanden.

3. Desarrollar e implementar un plan de acción cultural dedicado a la promoción del leonés en la literatura, la música, la edición y los medios de comunicación, promoviendo su uso en todos los ámbitos sociales.

4. Firmar convenios con las Diputaciones de León, Zamora y Salamanca para apoyar y financiar políticas de protección y promoción del leonés como las que, en la actualidad, lleva a cabo la Diputación de León a través del Instituto Leonés de Cultura.

Valladolid, 11 de diciembre de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000125-01

CVE="BOCCL-11-010950"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 34581-34583
BOCCL nº 363/11 del 17/12/2024
CVE: BOCCL-11-010950

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000125-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio lingüístico de Castilla y León, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de diciembre de 2024.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 12 de diciembre de 2024, ha admitido a trámite la moción, M/000125, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de patrimonio lingüístico de Castilla y León, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 3 de diciembre de 2024.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento, podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha moción haya de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de diciembre de 2024.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN, derivada de la Interpelación I/000125, relativa a "Política general en materia de patrimonio lingüístico":

ANTECEDENTES

El leonés o llionés es una lengua romance, que se mantiene viva en áreas del norte y del occidente de las provincias de León y de Zamora y en la comarca del Rebollar, en la provincia de Salamanca. En la actualidad, agrupa a una serie de hablas que forman parte esencial del patrimonio cultural de la región leonesa. Su importancia histórica y cultural trasciende su uso cotidiano. Es por eso que preservar el leonés no es solo un acto de protección de un bien cultural, sino también un medio para fortalecer la identidad y la cultura propias de la región leonesa. Sin embargo, en los últimos años, consecuencia de la despoblación de las zonas rurales de dicha región y, sobre todo, la falta de medidas de protección y de promoción por parte de las instituciones, el uso de esta lengua ha ido retrocediendo hasta el punto de que, en la actualidad, se estima que apenas 25.000 personas siguen hablándola. En un mundo globalizado, en el que las lenguas minoritarias se encuentran cada vez más cerca del precipicio de la desaparición, es crucial proteger y promover la variedad lingüística. Así lo considera la UNESCO que, en su Atlas de las lenguas del mundo en peligro, incluye el leonés como lengua en peligro de extinción.

Por su situación de abandono institucional podría pensarse que se trata de una lengua que no goza de protección jurídica alguna. Nada más lejos, el leonés se encuentra reconocido y protegido nada más y nada menos que por el Estatuto de Autonomía de Castilla y León que, en su artículo 5.2, además de reconocer que el leonés será objeto de protección específica por parte de las instituciones por su particular valor dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad, establece que su protección, promoción y uso será objeto de regulación. Sin embargo, hasta la fecha, no existe regulación alguna por parte de las instituciones de Castilla y León, ni política lingüística alguna de la Junta encaminada a la protección, la promoción y el uso del leonés.

Mientras que todas las comunidades autónomas con patrimonio lingüístico propio, diferente del castellano, y con reconocimiento de este, en los respectivos estatutos de autonomía, ya sea mediante la oficialidad o a través de otra figura jurídica, regulan mediante una ley autonómica la protección y las políticas de promoción de sus respectivas lenguas, la Junta de Castilla y León, incumpliendo su ley básica, no lo ha hecho hasta la fecha.

Mientras que todas las comunidades autónomas con patrimonio lingüístico propio, reconocido estatutariamente, desarrollan medidas prácticas de promoción de sus lenguas y aseguran la enseñanza de estas dentro del sistema educativo, Castilla y León desarrolla actuaciones de este tipo, pero, curiosamente, solo en favor de la lengua gallega, no así del leonés. El hecho más significativo es que los presupuestos de esta Comunidad Autónoma nunca han contemplado una partida presupuestaria para la protección y promoción del leonés.

Esta situación vulnera tanto nuestro Estatuto de Autonomía como la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa, aprobada en Estrasburgo el 5 de noviembre de 1992 y ratificada por España en 2001. Es importante reseñar que este tratado forma parte del ordenamiento jurídico español en virtud del artículo 96.1 de la Constitución y, de acuerdo con el artículo 68 del Estatuto de Castilla y León que establece que la Junta de Castilla y León adoptará las medidas necesarias para la ejecución dentro de su territorio de los tratados internacionales y de los actos normativos de las organizaciones internacionales en lo que afecten a las materias propias de las competencias de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. El artículo 7 de dicha carta europea, que aplica de forma clara al leonés, regula que, en materia de lenguas regionales o minoritarias, en los territorios en los que se hablen y según la situación de cada una de ellas, las partes basarán su política, su legislación y su práctica en la provisión de formas y medios adecuados para la enseñanza y el estudio de las lenguas regionales o minoritarias en todos los niveles apropiados.

En octubre de 2012, el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó las recomendaciones para España, contenidas en el Tercer Informe sobre cumplimiento de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, en el que se analiza la situación de los idiomas regionales o minoritarios de España, tanto los cooficiales como los que no tienen ese estatus, y se recomiendan actuaciones para su adecuada protección. Dicho informe, elaborado por un comité de expertos, expresa su preocupación sobre la situación del leonés, reflejando que las autoridades autonómicas no han adoptado hasta la fecha las normas para la protección y promoción del leonés previstas por el Estatuto de Autonomía, ni desarrolla medidas prácticas para proteger la lengua. Además, el comité de expertos, entre sus recomendaciones, anima a las autoridades a tomar medidas para ofrecer el leonés como parte integral del plan de estudios, al menos como una asignatura y con carácter preferente en las zonas donde se habla. Estas mismas recomendaciones se han realizado de forma reiterativa en informes posteriores del Consejo de Europa (2016, 2019, 2021) sin que, en todo este tiempo, haya cambiado la actitud de la Junta de Castilla y León respecto al leonés.

Para finalizar, este asunto no es ajeno a todas las instituciones de Castilla y León. El 26 de mayo de 2010 las Cortes de Castilla y León aprobaron por unanimidad la Proposición de Ley número 1163, por la que se instaba a la Junta de Castilla y León a impulsar el leonés dentro del patrimonio lingüístico de la Comunidad, con medidas encaminadas a su protección específica, en coordinación con las Administraciones Públicas competentes.

A este punto, ha quedado de manifiesto que tanto la legislación internacional incorporada a nuestro Derecho interno como los ordenamientos jurídicos estatal y autonómico prescriben la protección, la promoción y el fomento del uso del leonés, con atención especial a la enseñanza de este idioma dentro del sistema educativo reglado de Castilla y León.

Por lo expuesto, se presenta la siguiente

MOCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. En cumplimiento del artículo 5.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobar, en los próximos 6 meses, un proyecto de ley que establezca las normas jurídicas que regulen la protección, la promoción y el uso del leonés, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 7 de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa y las recomendaciones realizadas por el comité de expertos de dicho organismo.

2. Realizar las gestiones necesarias para que, en el próximo curso escolar, se oferte la asignatura de leonés en aquellos colegios públicos situados en zonas donde se hable esta lengua, así como en aquellos centros cuyos equipos directivos lo demanden.

3. Desarrollar e implementar un plan de acción cultural dedicado a la promoción del leonés en la literatura, la música, la edición y los medios de comunicación, promoviendo su uso en todos los ámbitos sociales.

4. Firmar convenios con las Diputaciones de León, Zamora y Salamanca para apoyar y financiar políticas de protección y promoción del leonés como las que, en la actualidad, lleva a cabo la Diputación de León a través del Instituto Leonés de Cultura.

Valladolid, 11 de diciembre de 2024.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000125-01

CVE="BOCCL-11-010950"



Sede de las Cortes de Castilla y León