PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Industria, Comercio y Empleo de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 10 de diciembre de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, PPL/000007.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de diciembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del segundo párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"La creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León respondió por tanto a la necesidad de contar con un instrumento que asistiera a la Consejería competente en materia laboral en la gestión de las competencias transferidas en el ámbito de la intermediación en el mercado de trabajo, orientación laboral, políticas de empleo y formación, dotando a dicha gestión de la agilidad y eficacia que precisaba la ejecución de estas nuevas funciones, en aras a hacer efectivo el derecho al trabajo que reconoce el artículo 35 de la Constitución. El traspaso de la gestión de la formación profesional ocupacional a la Comunidad Autónoma de Castilla y León tuvo lugar mediante el Real Decreto 148/1999, de 29 de enero, siendo a través del Decreto 85/1999, de 22 de abril, la asignación a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de las funciones y los servicios transferidos a la Comunidad Autónoma en esta materia."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión al artículo 35 de la Constitución por su relación directa con la materia tratada.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 2
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del quinto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Sin embargo, el cambio de las circunstancias económicas y sociales motivado por la profunda crisis económica que sufrió España en la pasada década, derivada de la conocida como "Gran Recesión" o crisis de 2008, con graves efectos a nivel global, tuvieron como su más directa consecuencia un fuerte aumento del desempleo, lo que hizo necesaria una redefinición del Servicio Público de Empleo que respondiera a las necesidades de trabajadores y empresas, en consonancia con las políticas de empleo que se estaban llevado a cabo tanto a nivel autonómico, como a nivel estatal y comunitario. Es por ello que, mediante Decreto 41/2016, de 10 de noviembre, fue aprobado el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mencione de manera explícita la crisis de la que derivaron las consecuencias económicas y sociales a que se hace mención.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 3
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del séptimo párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"En el momento actual, debido a la situación de recursos públicos disponibles, unido a la necesidad de utilizar el sector público para fomentar la actividad económica con el fin de favorecer la creación y el mantenimiento del empleo, sin renunciar a los derechos laborales que recoge el artículo 13.4 del Estatuto, ni a la rentabilidad social, especialmente en zonas rurales, se debe seguir con las medidas que se comenzaron a implementar en Castilla y León a partir de 2014, y que ha llevado a la racionalización de la organización administrativa en la Comunidad."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer mención a la rentabilidad social, así como al artículo 13.4 del Estatuto por estar relacionado con el objeto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 4
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del decimocuarto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Asimismo, entre los instrumentos de planificación de la política de empleo, el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, regula la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, que se articula en torno a siete ejes, cuyo sexto Eje es el Emprendimiento y comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local, hecho este último especialmente relevante para territorios como Castilla y León, caracterizados por su alto número de núcleos de población."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer mención explícita a este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 5
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del decimoquinto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se procede a modificar la organización del Servicio Público de Empleo de Castilla y León prevista en el Capítulo II de la ley para establecer una dimensión administrativa adecuada, racionalizando con ello la prestación del servicio público que desde el mismo se otorga a los ciudadanos y homogenizando las competencias con los Ejes de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, fijados en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente mencionar explícita la Ley 3/2023 en este punto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 6
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Uno del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado del siguiente modo:
«1. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León se constituye para la realización, orientada al pleno empleo estable, decente y de calidad, de aquellas actividades de formación para trabajadores, orientación laboral, intermediación en el mercado de trabajo, fomento del empleo, en especial, del empleo autónomo y de las personas con discapacidad, así como del empleo joven y femenino en el medio rural, y de gestión de las políticas de economía social que se le atribuyan, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a facilitar a los trabajadores demandantes de empleo la obtención de un puesto de trabajo adecuado y a los empleadores la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades así como a impulsar las fórmulas económicas y empresariales de economía social»."
Motivación:
Consideramos conveniente incluir la alusión al empleo joven y femenino en el medio rural, cuya creación creemos es clave para el futuro de nuestras comarcas. Asimismo, se incluye el término de empleo "decente", para amoldar mejor a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 3/2023, de Empleo.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 7
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado a) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"a) Colaboración y coordinación con el resto de Administraciones Públicas con competencias en empleo que integran el Sistema Nacional de Empleo, y específicamente, todas las estructuras administrativas, recursos materiales y humanos, estrategias, planes, programas e información dirigidos a implementar políticas de empleo, ya sean de titularidad estatal o autonómica, que integran el Sistema Nacional de Empleo, especialmente en lo que concierne a la colaboración y coordinación con organismos similares de comunidades autónomas vecinas.
Asimismo, colaborarán con las Corporaciones Locales y otras entidades, públicas o privadas, que participen en la implementación de políticas de empleo, en coordinación y colaboración con el Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos conveniente que se haga énfasis en la colaboración y coordinación que debe darse con otros organismos similares de comunidades autónomas vecinas, hecho especialmente relevante para aquellas comarcas que comparten frontera con otras autonomías.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 8
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado b) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"b) Descentralización y desconcentración en la gestión y su funcionamiento, debiendo haber una Oficina Pública de Empleo en todos los municipios que superen los 20.000 habitantes, no pudiendo además estar ubicadas las Oficinas de Empleo a más de 50 kilómetros del municipio más lejano del área a la que den servicio."
Motivación:
Consideramos que debe concretarse un ratio tanto de habitantes como de kilómetros para las Oficinas Públicas de Empleo, de modo que se asegure tanto la desconcentración como la descentralización, asegurando una mínima cercanía del servicio.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 9
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado d) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"d) Participación de los Agentes Sociales y Económicos, incluyendo entre ellos los representantes de los trabajadores autónomos y de la economía social."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse una redacción más clara que no excluya específicamente a los representantes de los trabajadores autónomos y de la economía social como parte de los Agentes Sociales y Económicos, ya que no los excluye por ejemplo la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y regulación de la participación institucional.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 10
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado g) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"g) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación en el acceso al empleo por motivo de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social favoreciendo de esta manera la cohesión social. Tales principios regirán, en particular, el diseño y ejecución de las políticas de empleo, la garantía y cumplimiento de los servicios garantizados y compromisos reconocidos en esta ley, así como el acceso a los servicios de empleo, básicos y complementarios, y otros programas."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse una redacción más clara y específica en este punto en lo relativo a la no discriminación, incluyendo de forma explícita todos los casos descritos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 11
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado k) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"k) Cohesión social y territorial, atendiendo especialmente a las necesidades específicas de aquellas zonas que acusen una alta despoblación, escasa densidad de población, alto nivel de envejecimiento y baja tasa de actividad."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recojan de forma explícita estos hechos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 12
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado o) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"o) Colaboración y coordinación con el Instituto do Emprego e Formação Profissional de Portugal, o el órgano que lo sustituyese en su caso, preferentemente en las provincias fronterizas con Portugal, y en especial para la publicidad de ofertas y demandas de empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la colaboración con el órgano gestor de la materia en Portugal, especialmente para el caso de aquellas provincias fronterizas con Portugal.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 13
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado p) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"p) Participación de las administraciones locales."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la participación de las administraciones locales.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 14
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado q) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"q) Mantenimiento de la necesaria coordinación con las competencias en materia de trabajo que no se integren en el Servicio Público de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mantenga este apartado existente en la Ley 10/2003 que se pretende modificar.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 15
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) Realizar las actuaciones de comprobación, control e inspección respecto de las agencias de colocación, previstas en el artículo 43.2 de la Ley 3/2003, de 28 de febrero, de Empleo y el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación, o normas que los sustituyan."
Motivación:
Consideramos conveniente que se incluya el control e inspección que sí recogía la Ley 10/2003, de 8 de abril.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 16
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado e) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"e) Las funciones de la Agencia Española de Empleo, como entidad estatal que tiene encomendadas las competencias de ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y políticas activas de empleo y protección por desempleo, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, relativas a las actividades de las EURES (European Employment Services), definidas en la Decisión de la Comisión Europea de 23 de diciembre de 2002."
Motivación:
Se debería mencionar específicamente la Agencia Española de Empleo, al ser la entidad estatal a la que pretende hacerse mención indirectamente.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 17
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado f) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"f) La elaboración, planificación, gestión y evaluación de los programas de ayuda a la búsqueda de empleo, de mejora del empleo o del reciclaje profesional, así como las relativas al asesoramiento y orientación profesional y laboral, teniendo en cuenta la dispersión geográfica de la Comunidad."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 18
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado g) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"g) El diseño y ejecución de las actuaciones encomendadas al Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación, así como la coordinación con los centros de otras Comunidades Autónomas y con la Agencia Española de Empleo como entidad estatal que tiene encomendadas las funciones de ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y políticas activas de empleo y protección por desempleo, así como con el Instituto do Emprego e Formação Profissional de Portugal, o el órgano que lo sustituyese en su caso, para la colaboración en dichas funciones, especialmente en provincias fronterizas con Portugal."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja la colaboración con el IEFP.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 19
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado h) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"h) La prestación, bien directamente o a través de su colaboración con los agentes económicos y sociales, presentes en el Diálogo Social, a las personas, empresas y demás entidades empleadoras demandantes de los servicios de empleo, de aquellos servicios en materia de orientación laboral e intermediación en el mercado de trabajo que se establezcan como garantizados en todo el territorio nacional."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer más clara y específica la redacción en este punto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 20
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado b) del apartado 1.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"b) El registro de los centros y entidades que impartan formación en el trabajo, así como de las especialidades formativas que reglamentariamente se creen, incluida la formación a lo largo de la vida de los trabajadores ocupados y desempleados en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora, especialmente en los centros de formación ocupacional del Servicio Público de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto para hacerla más específica.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 21
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 1.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) La suscripción de Convenios y Programas con las Entidades Locales o cualesquiera otras entidades u organismos públicos."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto para hacerla más específica.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 22
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado e) del apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"e) La extensión al conjunto de la Comunidad de las políticas de empleo, y en particular al ámbito local y rural."
Motivación:
Consideramos conveniente aludir al ámbito rural en este punto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 23
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado u) del apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"u) La prestación, bien directamente o a través de su colaboración con otros agentes sociales y económicos, a las personas, empresas y demás entidades empleadoras demandantes de servicios de empleo, de aquellos servicios en materia de inserción laboral y fomento del empleo que se establezcan como garantizados en todo el territorio nacional."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 24
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado w) en el apartado 2 del punto Tres del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"w) La elaboración y gestión de programas de ayudas para la contratación de los agentes de empleo local y los programas «I+E» y de desarrollo local."
Motivación:
Consideramos conveniente incluir este punto y supuesto.
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Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 25
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado a) del apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"a) Participar en la elaboración del Plan de Empleo de Castilla y León, en el que se deberán tener en cuenta las características especiales de las zonas rurales, atendiendo al nivel de relevo generacional en el empleo en ellas, así como la necesidad de crear industria y empleo en zonas desindustrializadas."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recojan de forma explícita estos hechos.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 26
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) La aportación de datos estadísticos e informes para la elaboración de los Planes de Empleo, en que se tengan en cuenta no solo los datos a nivel general de la Comunidad, sino también los específicos de las provincias que la componen y sus áreas rurales."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 27
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Cuatro del artículo único en su apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"2. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León podrá formalizar acuerdos de colaboración y cooperación con personas jurídicas, públicas o privadas, cuyos objetivos y actividades sean de su interés, en los términos previstos en la legislación vigente, potenciando la colaboración y participación de los Agentes Sociales y Económicos en estos ámbitos."
Motivación:
Consideramos conveniente aludir a potenciar la colaboración y participación de los Agentes Sociales y Económicos en estos ámbitos.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 28
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Cuatro del artículo único en su apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"3. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias mantendrá la colaboración institucional con las organizaciones sindicales y empresariales, especialmente con aquellas más representativas, así como con las organizaciones de trabajadores autónomos y de economía social de ámbito autonómico, provincial, comarcal y local, en función de su representatividad e implantación territorial. Asimismo, colaborará con las entidades y organizaciones que actúen en las áreas del Servicio Público de Empleo de Castilla y León que este considere prioritarias."
Motivación:
Consideramos conveniente que la colaboración institucional no se ciña exclusivamente a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, sino que se posibilite hacerlo con otras, aunque se otorgue una preferencia a aquellas más representativas. Asimismo, creemos que debe ampliarse el ámbito territorial a que se hace mención, para que la colaboración no se haga solo con las organizaciones de ámbito autonómico (mal denominado regional en el texto original), sino que se abra la posibilidad de mantener esa colaboración con aquellas otras que tuviesen un ámbito provincial, comarcal o local.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 29
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Seis del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Artículo 7. Órganos rectores y de participación.
a) El Presidente.
b) El Secretario General.
c) Los centros directivos que establezca el Reglamento de Organización y Funcionamiento, que podrán estructurarse en Direcciones Técnicas.
d) El Consejo General de Empleo.
e) Las Comisiones Ejecutivas Provinciales."
Motivación:
Consideramos que debe ampliarse el artículo con la inclusión de dichas letras d) y e), así como recoger en el título de dicho artículo la alusión a órganos de participación.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 30
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Siete del artículo único en su apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"3. Sus funciones serán:
a) Convocar y presidir las reuniones del Consejo General de Empleo.
b) Suscribir convenios en las materias competencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
c) Actuar como órgano de contratación.
d) Autorizar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones y ordenar los pagos.
e) Las que se establezcan en el Reglamento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse la función del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de convocar y presidir las reuniones del Consejo General de Empleo, al ser una función que le reconoce la Ley 10/2003, de 8 de abril, en su artículo 8.3 y que, al no suprimirse dicho Consejo General, creemos que debería mantenerse en el articulado.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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ENMIENDA N.º 31
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Adicional Única, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"En la planificación de la oferta formativa destinada a trabajadores desempleados y ocupados prevista en el artículo 4.1 de esta ley en los grados A, B y C, a que se refiere la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León mantendrá la necesaria coordinación con la Consejería competente en materia de educación, u otras si fuese preciso, para asegurar la complementariedad de las ofertas."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión a la posible colaboración con otras consejerías más allá de la de educación en el caso que fuese preciso, ya que podría ser necesaria en el caso de la formación práctica, pongamos por ejemplo, para labores de excavación arqueológica destinada a la formación práctica de historiadores en desempleo.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 32
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Final Tercera, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"Se faculta a la Junta de Castilla y León para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y cumplimiento efectivo de la presente ley."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mencione de forma explícita que las disposiciones normativas que dictase la Junta deban estar encaminadas al cumplimiento efectivo de la ley.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 33
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Final Cuarta, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"La presente ley entrará en vigor a los veinte días a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León»."
Motivación:
Consideramos que la entrada en vigor debe ir acorde a la general, esto es, la vacatio legis de veinte días que recogen tanto el Código Civil como el artículo 74 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ya que en este caso se propone un periodo para la entrada en vigor de la ley diferente sin que se haga de forma justificada.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
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PPL/000007-05
CVE="BOCCL-11-010974"
PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Industria, Comercio y Empleo de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 10 de diciembre de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, PPL/000007.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de diciembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del segundo párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"La creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León respondió por tanto a la necesidad de contar con un instrumento que asistiera a la Consejería competente en materia laboral en la gestión de las competencias transferidas en el ámbito de la intermediación en el mercado de trabajo, orientación laboral, políticas de empleo y formación, dotando a dicha gestión de la agilidad y eficacia que precisaba la ejecución de estas nuevas funciones, en aras a hacer efectivo el derecho al trabajo que reconoce el artículo 35 de la Constitución. El traspaso de la gestión de la formación profesional ocupacional a la Comunidad Autónoma de Castilla y León tuvo lugar mediante el Real Decreto 148/1999, de 29 de enero, siendo a través del Decreto 85/1999, de 22 de abril, la asignación a la Consejería de Industria, Comercio y Turismo de las funciones y los servicios transferidos a la Comunidad Autónoma en esta materia."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión al artículo 35 de la Constitución por su relación directa con la materia tratada.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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ENMIENDA N.º 2
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del quinto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Sin embargo, el cambio de las circunstancias económicas y sociales motivado por la profunda crisis económica que sufrió España en la pasada década, derivada de la conocida como "Gran Recesión" o crisis de 2008, con graves efectos a nivel global, tuvieron como su más directa consecuencia un fuerte aumento del desempleo, lo que hizo necesaria una redefinición del Servicio Público de Empleo que respondiera a las necesidades de trabajadores y empresas, en consonancia con las políticas de empleo que se estaban llevado a cabo tanto a nivel autonómico, como a nivel estatal y comunitario. Es por ello que, mediante Decreto 41/2016, de 10 de noviembre, fue aprobado el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mencione de manera explícita la crisis de la que derivaron las consecuencias económicas y sociales a que se hace mención.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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ENMIENDA N.º 3
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del séptimo párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"En el momento actual, debido a la situación de recursos públicos disponibles, unido a la necesidad de utilizar el sector público para fomentar la actividad económica con el fin de favorecer la creación y el mantenimiento del empleo, sin renunciar a los derechos laborales que recoge el artículo 13.4 del Estatuto, ni a la rentabilidad social, especialmente en zonas rurales, se debe seguir con las medidas que se comenzaron a implementar en Castilla y León a partir de 2014, y que ha llevado a la racionalización de la organización administrativa en la Comunidad."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer mención a la rentabilidad social, así como al artículo 13.4 del Estatuto por estar relacionado con el objeto.
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ENMIENDA N.º 4
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del decimocuarto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Asimismo, entre los instrumentos de planificación de la política de empleo, el artículo 12 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, regula la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, que se articula en torno a siete ejes, cuyo sexto Eje es el Emprendimiento y comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo autónomo y la economía social, así como las encaminadas a la generación de empleo, actividad empresarial y dinamización e impulso del desarrollo económico local, hecho este último especialmente relevante para territorios como Castilla y León, caracterizados por su alto número de núcleos de población."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer mención explícita a este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
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ENMIENDA N.º 5
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del decimoquinto párrafo de la Exposición de Motivos, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se procede a modificar la organización del Servicio Público de Empleo de Castilla y León prevista en el Capítulo II de la ley para establecer una dimensión administrativa adecuada, racionalizando con ello la prestación del servicio público que desde el mismo se otorga a los ciudadanos y homogenizando las competencias con los Ejes de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, fijados en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente mencionar explícita la Ley 3/2023 en este punto.
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ENMIENDA N.º 6
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Uno del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 2, que queda redactado del siguiente modo:
«1. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León se constituye para la realización, orientada al pleno empleo estable, decente y de calidad, de aquellas actividades de formación para trabajadores, orientación laboral, intermediación en el mercado de trabajo, fomento del empleo, en especial, del empleo autónomo y de las personas con discapacidad, así como del empleo joven y femenino en el medio rural, y de gestión de las políticas de economía social que se le atribuyan, en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, dirigidas a facilitar a los trabajadores demandantes de empleo la obtención de un puesto de trabajo adecuado y a los empleadores la contratación de trabajadores con formación y experiencia adecuada a sus necesidades así como a impulsar las fórmulas económicas y empresariales de economía social»."
Motivación:
Consideramos conveniente incluir la alusión al empleo joven y femenino en el medio rural, cuya creación creemos es clave para el futuro de nuestras comarcas. Asimismo, se incluye el término de empleo "decente", para amoldar mejor a lo establecido en el artículo 3 de la Ley 3/2023, de Empleo.
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ENMIENDA N.º 7
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado a) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"a) Colaboración y coordinación con el resto de Administraciones Públicas con competencias en empleo que integran el Sistema Nacional de Empleo, y específicamente, todas las estructuras administrativas, recursos materiales y humanos, estrategias, planes, programas e información dirigidos a implementar políticas de empleo, ya sean de titularidad estatal o autonómica, que integran el Sistema Nacional de Empleo, especialmente en lo que concierne a la colaboración y coordinación con organismos similares de comunidades autónomas vecinas.
Asimismo, colaborarán con las Corporaciones Locales y otras entidades, públicas o privadas, que participen en la implementación de políticas de empleo, en coordinación y colaboración con el Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos conveniente que se haga énfasis en la colaboración y coordinación que debe darse con otros organismos similares de comunidades autónomas vecinas, hecho especialmente relevante para aquellas comarcas que comparten frontera con otras autonomías.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 8
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado b) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"b) Descentralización y desconcentración en la gestión y su funcionamiento, debiendo haber una Oficina Pública de Empleo en todos los municipios que superen los 20.000 habitantes, no pudiendo además estar ubicadas las Oficinas de Empleo a más de 50 kilómetros del municipio más lejano del área a la que den servicio."
Motivación:
Consideramos que debe concretarse un ratio tanto de habitantes como de kilómetros para las Oficinas Públicas de Empleo, de modo que se asegure tanto la desconcentración como la descentralización, asegurando una mínima cercanía del servicio.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 9
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado d) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"d) Participación de los Agentes Sociales y Económicos, incluyendo entre ellos los representantes de los trabajadores autónomos y de la economía social."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse una redacción más clara que no excluya específicamente a los representantes de los trabajadores autónomos y de la economía social como parte de los Agentes Sociales y Económicos, ya que no los excluye por ejemplo la Ley 8/2008, de 16 de octubre, para la creación del Consejo del Diálogo Social y regulación de la participación institucional.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 10
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado g) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"g) Respeto de los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación en el acceso al empleo por motivo de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social favoreciendo de esta manera la cohesión social. Tales principios regirán, en particular, el diseño y ejecución de las políticas de empleo, la garantía y cumplimiento de los servicios garantizados y compromisos reconocidos en esta ley, así como el acceso a los servicios de empleo, básicos y complementarios, y otros programas."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse una redacción más clara y específica en este punto en lo relativo a la no discriminación, incluyendo de forma explícita todos los casos descritos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 11
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Dos del artículo único en el subapartado k) del texto, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"k) Cohesión social y territorial, atendiendo especialmente a las necesidades específicas de aquellas zonas que acusen una alta despoblación, escasa densidad de población, alto nivel de envejecimiento y baja tasa de actividad."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recojan de forma explícita estos hechos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 12
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado o) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"o) Colaboración y coordinación con el Instituto do Emprego e Formação Profissional de Portugal, o el órgano que lo sustituyese en su caso, preferentemente en las provincias fronterizas con Portugal, y en especial para la publicidad de ofertas y demandas de empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la colaboración con el órgano gestor de la materia en Portugal, especialmente para el caso de aquellas provincias fronterizas con Portugal.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 13
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado p) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"p) Participación de las administraciones locales."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la participación de las administraciones locales.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 14
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado q) en el punto Dos del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"q) Mantenimiento de la necesaria coordinación con las competencias en materia de trabajo que no se integren en el Servicio Público de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mantenga este apartado existente en la Ley 10/2003 que se pretende modificar.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 15
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) Realizar las actuaciones de comprobación, control e inspección respecto de las agencias de colocación, previstas en el artículo 43.2 de la Ley 3/2003, de 28 de febrero, de Empleo y el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación, o normas que los sustituyan."
Motivación:
Consideramos conveniente que se incluya el control e inspección que sí recogía la Ley 10/2003, de 8 de abril.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 16
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado e) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"e) Las funciones de la Agencia Española de Empleo, como entidad estatal que tiene encomendadas las competencias de ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y políticas activas de empleo y protección por desempleo, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León, relativas a las actividades de las EURES (European Employment Services), definidas en la Decisión de la Comisión Europea de 23 de diciembre de 2002."
Motivación:
Se debería mencionar específicamente la Agencia Española de Empleo, al ser la entidad estatal a la que pretende hacerse mención indirectamente.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 17
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado f) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"f) La elaboración, planificación, gestión y evaluación de los programas de ayuda a la búsqueda de empleo, de mejora del empleo o del reciclaje profesional, así como las relativas al asesoramiento y orientación profesional y laboral, teniendo en cuenta la dispersión geográfica de la Comunidad."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 18
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado g) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"g) El diseño y ejecución de las actuaciones encomendadas al Centro de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación, así como la coordinación con los centros de otras Comunidades Autónomas y con la Agencia Española de Empleo como entidad estatal que tiene encomendadas las funciones de ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y políticas activas de empleo y protección por desempleo, así como con el Instituto do Emprego e Formação Profissional de Portugal, o el órgano que lo sustituyese en su caso, para la colaboración en dichas funciones, especialmente en provincias fronterizas con Portugal."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja la colaboración con el IEFP.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 19
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado h) del apartado 1.1, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"h) La prestación, bien directamente o a través de su colaboración con los agentes económicos y sociales, presentes en el Diálogo Social, a las personas, empresas y demás entidades empleadoras demandantes de los servicios de empleo, de aquellos servicios en materia de orientación laboral e intermediación en el mercado de trabajo que se establezcan como garantizados en todo el territorio nacional."
Motivación:
Consideramos conveniente hacer más clara y específica la redacción en este punto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 20
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado b) del apartado 1.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"b) El registro de los centros y entidades que impartan formación en el trabajo, así como de las especialidades formativas que reglamentariamente se creen, incluida la formación a lo largo de la vida de los trabajadores ocupados y desempleados en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora, especialmente en los centros de formación ocupacional del Servicio Público de Empleo."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto para hacerla más específica.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 21
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 1.2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) La suscripción de Convenios y Programas con las Entidades Locales o cualesquiera otras entidades u organismos públicos."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto para hacerla más específica.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 22
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado e) del apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"e) La extensión al conjunto de la Comunidad de las políticas de empleo, y en particular al ámbito local y rural."
Motivación:
Consideramos conveniente aludir al ámbito rural en este punto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 23
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado u) del apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"u) La prestación, bien directamente o a través de su colaboración con otros agentes sociales y económicos, a las personas, empresas y demás entidades empleadoras demandantes de servicios de empleo, de aquellos servicios en materia de inserción laboral y fomento del empleo que se establezcan como garantizados en todo el territorio nacional."
Motivación:
Consideramos conveniente reformar la redacción en el sentido propuesto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 24
Modificación que se propone:
Se solicita la inclusión de un subapartado w) en el apartado 2 del punto Tres del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"w) La elaboración y gestión de programas de ayudas para la contratación de los agentes de empleo local y los programas «I+E» y de desarrollo local."
Motivación:
Consideramos conveniente incluir este punto y supuesto.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 25
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado a) del apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"a) Participar en la elaboración del Plan de Empleo de Castilla y León, en el que se deberán tener en cuenta las características especiales de las zonas rurales, atendiendo al nivel de relevo generacional en el empleo en ellas, así como la necesidad de crear industria y empleo en zonas desindustrializadas."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recojan de forma explícita estos hechos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 26
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Tres del artículo único en el subapartado c) del apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"c) La aportación de datos estadísticos e informes para la elaboración de los Planes de Empleo, en que se tengan en cuenta no solo los datos a nivel general de la Comunidad, sino también los específicos de las provincias que la componen y sus áreas rurales."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita este hecho.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
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D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 27
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Cuatro del artículo único en su apartado 2, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"2. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León podrá formalizar acuerdos de colaboración y cooperación con personas jurídicas, públicas o privadas, cuyos objetivos y actividades sean de su interés, en los términos previstos en la legislación vigente, potenciando la colaboración y participación de los Agentes Sociales y Económicos en estos ámbitos."
Motivación:
Consideramos conveniente aludir a potenciar la colaboración y participación de los Agentes Sociales y Económicos en estos ámbitos.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 28
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Cuatro del artículo único en su apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"3. El Servicio Público de Empleo de Castilla y León en el ejercicio de sus competencias mantendrá la colaboración institucional con las organizaciones sindicales y empresariales, especialmente con aquellas más representativas, así como con las organizaciones de trabajadores autónomos y de economía social de ámbito autonómico, provincial, comarcal y local, en función de su representatividad e implantación territorial. Asimismo, colaborará con las entidades y organizaciones que actúen en las áreas del Servicio Público de Empleo de Castilla y León que este considere prioritarias."
Motivación:
Consideramos conveniente que la colaboración institucional no se ciña exclusivamente a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, sino que se posibilite hacerlo con otras, aunque se otorgue una preferencia a aquellas más representativas. Asimismo, creemos que debe ampliarse el ámbito territorial a que se hace mención, para que la colaboración no se haga solo con las organizaciones de ámbito autonómico (mal denominado regional en el texto original), sino que se abra la posibilidad de mantener esa colaboración con aquellas otras que tuviesen un ámbito provincial, comarcal o local.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 29
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Seis del artículo único, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"Artículo 7. Órganos rectores y de participación.
a) El Presidente.
b) El Secretario General.
c) Los centros directivos que establezca el Reglamento de Organización y Funcionamiento, que podrán estructurarse en Direcciones Técnicas.
d) El Consejo General de Empleo.
e) Las Comisiones Ejecutivas Provinciales."
Motivación:
Consideramos que debe ampliarse el artículo con la inclusión de dichas letras d) y e), así como recoger en el título de dicho artículo la alusión a órganos de participación.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 30
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma del punto Siete del artículo único en su apartado 3, que quedaría redactado de la siguiente manera:
"3. Sus funciones serán:
a) Convocar y presidir las reuniones del Consejo General de Empleo.
b) Suscribir convenios en las materias competencia del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
c) Actuar como órgano de contratación.
d) Autorizar y comprometer los gastos, reconocer las obligaciones y ordenar los pagos.
e) Las que se establezcan en el Reglamento del Servicio Público de Empleo de Castilla y León."
Motivación:
Consideramos que debe recogerse la función del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León de convocar y presidir las reuniones del Consejo General de Empleo, al ser una función que le reconoce la Ley 10/2003, de 8 de abril, en su artículo 8.3 y que, al no suprimirse dicho Consejo General, creemos que debería mantenerse en el articulado.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 31
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Adicional Única, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"En la planificación de la oferta formativa destinada a trabajadores desempleados y ocupados prevista en el artículo 4.1 de esta ley en los grados A, B y C, a que se refiere la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, el Servicio Público de Empleo de Castilla y León mantendrá la necesaria coordinación con la Consejería competente en materia de educación, u otras si fuese preciso, para asegurar la complementariedad de las ofertas."
Motivación:
Consideramos conveniente que se recoja de forma explícita la alusión a la posible colaboración con otras consejerías más allá de la de educación en el caso que fuese preciso, ya que podría ser necesaria en el caso de la formación práctica, pongamos por ejemplo, para labores de excavación arqueológica destinada a la formación práctica de historiadores en desempleo.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 32
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Final Tercera, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"Se faculta a la Junta de Castilla y León para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y cumplimiento efectivo de la presente ley."
Motivación:
Consideramos conveniente que se mencione de forma explícita que las disposiciones normativas que dictase la Junta deban estar encaminadas al cumplimiento efectivo de la ley.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO
D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2003, de 8 de abril, de creación del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León.
ENMIENDA N.º 33
Modificación que se propone:
Se solicita la reforma de la Disposición Final Cuarta, que quedaría redactada de la siguiente manera:
"La presente ley entrará en vigor a los veinte días a partir del día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León»."
Motivación:
Consideramos que la entrada en vigor debe ir acorde a la general, esto es, la vacatio legis de veinte días que recogen tanto el Código Civil como el artículo 74 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, ya que en este caso se propone un periodo para la entrada en vigor de la ley diferente sin que se haga de forma justificada.
Valladolid, 10 de enero de 2024.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PPL/000007-05
CVE="BOCCL-11-010974"