PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002725, PE/002778, PE/002779, PE/002782 a PE/002785, PE/002787, PE/002789, PE/002792 a PE/002794, PE/002796, PE/002800 a PE/002808, PE/002813 a PE/002816, PE/002818, PE/002820, PE/002821, PE/002823 a PE/002838, PE/002840, PE/002843 y PE/002851 a PE/002853.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de diciembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta escrita PE/1102779, formulada por D.ª Rosa Rubio Martín, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Carmen García Romero y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a distintas cuestiones respecto de la plantilla de trabajadores de la zona básica de salud de Lumbrales (Salamanca).
La Zona Básica de Salud de Lumbrales se encuentra conformada por 12 municipios y 19 localidades. A fecha 1 de noviembre de 2024, el número de Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) adscritas a la zona asciende a 3.044 con la siguiente distribución:
Nombre Centro/Consultorio Usuarios
C.S. LUMBRALES 1.331
C.L. AHIGAL DE LOS ACEITEROS 70
C.L. BAÑOBAREZ 215
C.L. BERMELLAR 75
CERRALBO 83
C.L. FREGENEDA 234
C.L, FUENTELIANTE 86
C.L. HINOJOSA DE DUERO 465
C.L. OLMEDO DE CAMACES 80
C.L. SAN FELICES DE LOS GALLEGOS 275
C.L. SOBRADILLO 108
C.L. REDONDA LA 22
La plantilla orgánica de la Zona Básica de Salud de Lumbrales es de siete licenciados en Medicina Familiar y Comunitaria, de las que están ocupadas actualmente seis; cinco enfermeras de Equipo y un auxiliar administrativo, plazas que están actualmente ocupadas.
Esta zona también cuenta con un médico de área, dos enfermeras de área, un pediatra de área, una matrona de área, y un trabajador social, y con las siguientes unidades de área: una unidad de fisioterapia y una unidad de salud bucodental.
En cuanto a la situación de los profesionales médicos de familia del Centro de Salud de [umbrales, a fecha de 7 de noviembre de 2024, uno de ellos se encuentra en situación de incapacidad temporal y otro disfrutando del permiso por paternidad, no pudiendo contar con sustitutos por falta de disponibilidad de candidatos en la bolsa de empleo de Sacyl de esta categoría profesional, como consecuencia del grave problema de falta de profesionales sanitarios, entre ellos de licenciados especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, que afecta a todo el Sistema Nacional de Salud cuya solución es responsabilidad del Ministerio de Sanidad. Ante esta situación, las plazas están siendo eficientemente cubiertas por el resto de los miembros del Equipo, quedando en todo momento garantizada la asistencia médica de los usuarios de la Zona Básica de Salud, sin perjuicio de que, en momentos muy puntuales, haya sido necesario variar la frecuentación y/o horarios de los consultorios, de cara a optimizar los recursos humanos disponibles de la forma más eficiente posible, pero siempre garantizando a toda la población la posibilidad de citación, todos los días laborables tanto con el profesional de medicina familiar y comunitaria como con el profesional de enfermería.
La frecuentación en la zona se ajusta a lo establecido por la Ley 8/2024, de 16 de septiembre, por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el Art. 3, “Garantía de la prestación de otros servicios de asistencia sanitaria en el ámbito rural”, apartado 2b que establece que en los restantes núcleos de población donde no radique el centro de salud la consulta asistencial sanitaria se realizará en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:
a. Núcleos menores de 50 habitantes de hecho: consulta a la demanda.
b. Núcleos de 51 a 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.
c. Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.
d. Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.
e. Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes.
Al tratarse Lumbrales de una Zona Básica de Salud de difícil cobertura, dada su lejanía de la capital, se encuentra entre los destinos prioritarios para la cobertura de las plazas vacantes por parte de la Gerencia Regional de Salud siendo las plazas de esta zona siempre ofrecidas en los concursos de traslados, en las convocatorias de ofertas de empleo público, en los programas de fidelización y en las comisiones de servicios.
Se han realizado reuniones entre la Coordinadora del Centro de Salud de Lumbrales y los alcaldes de los municipios pertenecientes a la Zona Básica de Salud de Lumbrales, si bien la Gerencia de Atención Primaria de Salamanca no ha tenido constancia del interés por parte de los representantes de los municipios de esta zona de reunirse con el Gerente o la Directora Médico, en cuyo caso, se concertaría un encuentro, como se ha realizado con alcaldes de otras zonas básicas de salud.
Valladolid, a 16 de diciembre de 2024.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/002779-2
CVE="BOCCL-11-011194"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002725, PE/002778, PE/002779, PE/002782 a PE/002785, PE/002787, PE/002789, PE/002792 a PE/002794, PE/002796, PE/002800 a PE/002808, PE/002813 a PE/002816, PE/002818, PE/002820, PE/002821, PE/002823 a PE/002838, PE/002840, PE/002843 y PE/002851 a PE/002853.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de diciembre de 2024.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta escrita PE/1102779, formulada por D.ª Rosa Rubio Martín, D. Fernando Pablos Romo, D.ª Carmen García Romero y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a distintas cuestiones respecto de la plantilla de trabajadores de la zona básica de salud de Lumbrales (Salamanca).
La Zona Básica de Salud de Lumbrales se encuentra conformada por 12 municipios y 19 localidades. A fecha 1 de noviembre de 2024, el número de Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) adscritas a la zona asciende a 3.044 con la siguiente distribución:
Nombre Centro/Consultorio Usuarios
C.S. LUMBRALES 1.331
C.L. AHIGAL DE LOS ACEITEROS 70
C.L. BAÑOBAREZ 215
C.L. BERMELLAR 75
CERRALBO 83
C.L. FREGENEDA 234
C.L, FUENTELIANTE 86
C.L. HINOJOSA DE DUERO 465
C.L. OLMEDO DE CAMACES 80
C.L. SAN FELICES DE LOS GALLEGOS 275
C.L. SOBRADILLO 108
C.L. REDONDA LA 22
La plantilla orgánica de la Zona Básica de Salud de Lumbrales es de siete licenciados en Medicina Familiar y Comunitaria, de las que están ocupadas actualmente seis; cinco enfermeras de Equipo y un auxiliar administrativo, plazas que están actualmente ocupadas.
Esta zona también cuenta con un médico de área, dos enfermeras de área, un pediatra de área, una matrona de área, y un trabajador social, y con las siguientes unidades de área: una unidad de fisioterapia y una unidad de salud bucodental.
En cuanto a la situación de los profesionales médicos de familia del Centro de Salud de [umbrales, a fecha de 7 de noviembre de 2024, uno de ellos se encuentra en situación de incapacidad temporal y otro disfrutando del permiso por paternidad, no pudiendo contar con sustitutos por falta de disponibilidad de candidatos en la bolsa de empleo de Sacyl de esta categoría profesional, como consecuencia del grave problema de falta de profesionales sanitarios, entre ellos de licenciados especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, que afecta a todo el Sistema Nacional de Salud cuya solución es responsabilidad del Ministerio de Sanidad. Ante esta situación, las plazas están siendo eficientemente cubiertas por el resto de los miembros del Equipo, quedando en todo momento garantizada la asistencia médica de los usuarios de la Zona Básica de Salud, sin perjuicio de que, en momentos muy puntuales, haya sido necesario variar la frecuentación y/o horarios de los consultorios, de cara a optimizar los recursos humanos disponibles de la forma más eficiente posible, pero siempre garantizando a toda la población la posibilidad de citación, todos los días laborables tanto con el profesional de medicina familiar y comunitaria como con el profesional de enfermería.
La frecuentación en la zona se ajusta a lo establecido por la Ley 8/2024, de 16 de septiembre, por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el Art. 3, “Garantía de la prestación de otros servicios de asistencia sanitaria en el ámbito rural”, apartado 2b que establece que en los restantes núcleos de población donde no radique el centro de salud la consulta asistencial sanitaria se realizará en los consultorios locales de acuerdo con la siguiente frecuencia:
a. Núcleos menores de 50 habitantes de hecho: consulta a la demanda.
b. Núcleos de 51 a 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.
c. Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.
d. Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.
e. Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes.
Al tratarse Lumbrales de una Zona Básica de Salud de difícil cobertura, dada su lejanía de la capital, se encuentra entre los destinos prioritarios para la cobertura de las plazas vacantes por parte de la Gerencia Regional de Salud siendo las plazas de esta zona siempre ofrecidas en los concursos de traslados, en las convocatorias de ofertas de empleo público, en los programas de fidelización y en las comisiones de servicios.
Se han realizado reuniones entre la Coordinadora del Centro de Salud de Lumbrales y los alcaldes de los municipios pertenecientes a la Zona Básica de Salud de Lumbrales, si bien la Gerencia de Atención Primaria de Salamanca no ha tenido constancia del interés por parte de los representantes de los municipios de esta zona de reunirse con el Gerente o la Directora Médico, en cuyo caso, se concertaría un encuentro, como se ha realizado con alcaldes de otras zonas básicas de salud.
Valladolid, a 16 de diciembre de 2024.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/002779-2
CVE="BOCCL-11-011194"