PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite la moción, M/000127, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de aguas de la Comunidad, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 17 de diciembre de 2024.
De conformidad con el artículo 154 del Reglamento, podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha moción haya de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN, derivada de la Interpelación I/127, relativa a "Política general en materia de aguas de la Comunidad":
ANTECEDENTES
Recoge el Artículo 75. 5 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León que "es un principio rector de la acción política de la Comunidad la garantía del abastecimiento de agua en condiciones de cantidad y calidad suficientes para atender las necesidades presentes y futuras de los castellanos y leoneses".
Aprovechar los fondos Next Generation vinculados al ciclo del agua hubiera sido trascendente para culminar, por ejemplo, la inversión necesaria en infraestructuras de depuración y saneamiento del agua en pequeños municipios de entre 500 y 2.000 habitantes equivalentes, en el marco de la Directiva 91/271/CEE.
Es obligado explorar para nuestros pequeños municipios otras posibilidades de mantenimiento y funcionamiento para la depuración de las aguas residuales urbanas más sostenibles ambiental, técnica y económicamente; como pueden ser las tecnologías blandas (filtros verdes, lagunaje, etc.).
En todo caso, el principal objetivo de la Directiva Marco del Agua y su transposición al ordenamiento jurídico español debe ser alcanzar el buen estado de las masas de agua tanto superficiales como subterráneas para el año 2027, sin embargo, se están multiplicando las zonas de nuestra Comunidad Autónoma con altos niveles de nitratos.
Es tal la gravedad que la contaminación de aguas subterráneas es progresiva y está condenando a Castilla y León a un escenario global de declaración de Zona Vulnerable, pues la contaminación por nitratos de aguas subterráneas cada vez abarca a más municipios.
Dicha "contaminación difusa" por nitratos es fundamentalmente provocada por purines y lodos de depuradora no controlados en exceso, por una minoritaria mala praxis en el sector primario y por falta de Ordenación del Territorio y control de la Junta de Castilla y León, competente exclusiva en la materia.
La expansión de macrogranjas sin criterio, las plantas de biogás arbitrariamente ubicadas, una gestión de lodos sin garantías de control de lixiviados, construcción de EDAR asumiendo riesgos ambientales y personales temerarios o escombreras enterradas que no se gestionan adecuadamente son también causa del problema.
Así, las consecuencias socioeconómicas de los servicios inadecuados de agua y saneamiento son lesivas, pues ponen en riesgo el desarrollo saludable de las personas e impiden avanzar en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 3/2023, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de calidad de agua de consumo, su control y suministro, a pesar de no bajar los límites de los 50 mlgr/L, aconsejó la adopción de medidas para que se bajaran los límites.
Es por ello necesario, entre otras acciones, un método de medición sistemático y periódico que analice la evolución de forma que, si obligatorio es medir nitrato una vez al año, no se haga al finalizar el año y se proceda a un análisis, al menos de forma trimestral, de la calidad de nuestras aguas.
Por lo expuesto se presenta la siguiente
MOCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.º- Tomar las medidas necesarias para adaptar el Programa de Vigilancia Sanitaria de aguas de consumo en Castilla y León, aún en revisión, de cara a la aplicación efectiva en Castilla y León del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
2.º- Adaptar el programa de actuación aprobado por ORDEN MAV/398/2022, de 29 de abril, para las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León a las directrices establecidas en el Código de Buenas Prácticas Agrarias de Castilla y León.
3.º- Adoptar las medidas necesarias para aprobar de inmediato el Plan autonómico de inversiones, públicas y privadas, según la Disposición Adicional sexta del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro; debiendo incluir en dicho programa las inversiones correspondientes a mejoras en infraestructuras, equipamiento para la realización de análisis, mejoras en medios digitales o electrónicos y personal, para el periodo 2023-2030.
4.º- Acordar de manera urgente las medidas necesarias para dotar de los medios materiales y humanos necesarios en las Consejerías correspondientes de la Junta de Castilla y León para garantizar la inspección, control y cumplimiento del programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero.
5.º- Aprobar de inmediato los catálogos de criterios previstos en sendas leyes de Patrimonio Natural de Castilla y León 4/2015 y Agraria de Castilla y León 1/2014 compatibilizando el despliegue de las Energías Renovables y las actividades socioeconómicas vinculadas al sector primario (agrario, ganadero y forestal) con el cumplimiento del vigente Convenio Europeo del Paisaje.
6.º- Adoptar las medidas necesarias para declarar, en tanto no se dé cumplimiento a lo prevenido en los puntos anteriores, una moratoria en la concesión y tramitación de licencias de actividad y ampliación de nuevas granjas de gran capacidad ganadera, plantas de biogás, estaciones de tratamiento de lodos o cualquier actividad que ponga en riesgo la calidad de las aguas".
Valladolid, 23 de diciembre de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
M/000127-01
CVE="BOCCL-11-011292"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite la moción, M/000127, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de aguas de la Comunidad, consecuencia de la interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 17 de diciembre de 2024.
De conformidad con el artículo 154 del Reglamento, podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha moción haya de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN, derivada de la Interpelación I/127, relativa a "Política general en materia de aguas de la Comunidad":
ANTECEDENTES
Recoge el Artículo 75. 5 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León que "es un principio rector de la acción política de la Comunidad la garantía del abastecimiento de agua en condiciones de cantidad y calidad suficientes para atender las necesidades presentes y futuras de los castellanos y leoneses".
Aprovechar los fondos Next Generation vinculados al ciclo del agua hubiera sido trascendente para culminar, por ejemplo, la inversión necesaria en infraestructuras de depuración y saneamiento del agua en pequeños municipios de entre 500 y 2.000 habitantes equivalentes, en el marco de la Directiva 91/271/CEE.
Es obligado explorar para nuestros pequeños municipios otras posibilidades de mantenimiento y funcionamiento para la depuración de las aguas residuales urbanas más sostenibles ambiental, técnica y económicamente; como pueden ser las tecnologías blandas (filtros verdes, lagunaje, etc.).
En todo caso, el principal objetivo de la Directiva Marco del Agua y su transposición al ordenamiento jurídico español debe ser alcanzar el buen estado de las masas de agua tanto superficiales como subterráneas para el año 2027, sin embargo, se están multiplicando las zonas de nuestra Comunidad Autónoma con altos niveles de nitratos.
Es tal la gravedad que la contaminación de aguas subterráneas es progresiva y está condenando a Castilla y León a un escenario global de declaración de Zona Vulnerable, pues la contaminación por nitratos de aguas subterráneas cada vez abarca a más municipios.
Dicha "contaminación difusa" por nitratos es fundamentalmente provocada por purines y lodos de depuradora no controlados en exceso, por una minoritaria mala praxis en el sector primario y por falta de Ordenación del Territorio y control de la Junta de Castilla y León, competente exclusiva en la materia.
La expansión de macrogranjas sin criterio, las plantas de biogás arbitrariamente ubicadas, una gestión de lodos sin garantías de control de lixiviados, construcción de EDAR asumiendo riesgos ambientales y personales temerarios o escombreras enterradas que no se gestionan adecuadamente son también causa del problema.
Así, las consecuencias socioeconómicas de los servicios inadecuados de agua y saneamiento son lesivas, pues ponen en riesgo el desarrollo saludable de las personas e impiden avanzar en la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 3/2023, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de calidad de agua de consumo, su control y suministro, a pesar de no bajar los límites de los 50 mlgr/L, aconsejó la adopción de medidas para que se bajaran los límites.
Es por ello necesario, entre otras acciones, un método de medición sistemático y periódico que analice la evolución de forma que, si obligatorio es medir nitrato una vez al año, no se haga al finalizar el año y se proceda a un análisis, al menos de forma trimestral, de la calidad de nuestras aguas.
Por lo expuesto se presenta la siguiente
MOCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.º- Tomar las medidas necesarias para adaptar el Programa de Vigilancia Sanitaria de aguas de consumo en Castilla y León, aún en revisión, de cara a la aplicación efectiva en Castilla y León del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro.
2.º- Adaptar el programa de actuación aprobado por ORDEN MAV/398/2022, de 29 de abril, para las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero designadas en Castilla y León a las directrices establecidas en el Código de Buenas Prácticas Agrarias de Castilla y León.
3.º- Adoptar las medidas necesarias para aprobar de inmediato el Plan autonómico de inversiones, públicas y privadas, según la Disposición Adicional sexta del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnicos-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro; debiendo incluir en dicho programa las inversiones correspondientes a mejoras en infraestructuras, equipamiento para la realización de análisis, mejoras en medios digitales o electrónicos y personal, para el periodo 2023-2030.
4.º- Acordar de manera urgente las medidas necesarias para dotar de los medios materiales y humanos necesarios en las Consejerías correspondientes de la Junta de Castilla y León para garantizar la inspección, control y cumplimiento del programa de actuación de las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero.
5.º- Aprobar de inmediato los catálogos de criterios previstos en sendas leyes de Patrimonio Natural de Castilla y León 4/2015 y Agraria de Castilla y León 1/2014 compatibilizando el despliegue de las Energías Renovables y las actividades socioeconómicas vinculadas al sector primario (agrario, ganadero y forestal) con el cumplimiento del vigente Convenio Europeo del Paisaje.
6.º- Adoptar las medidas necesarias para declarar, en tanto no se dé cumplimiento a lo prevenido en los puntos anteriores, una moratoria en la concesión y tramitación de licencias de actividad y ampliación de nuevas granjas de gran capacidad ganadera, plantas de biogás, estaciones de tratamiento de lodos o cualquier actividad que ponga en riesgo la calidad de las aguas".
Valladolid, 23 de diciembre de 2024.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
M/000127-01
CVE="BOCCL-11-011292"