PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001203 a PNL/001205.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León a instancia del procurador don Juan Pablo Fernández Santos, perteneciente a Unidas Podemos, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en el Pleno.
ANTECEDENTES
El pasado 12 de diciembre el alumnado de 2.º de bachillerato del IES Núñez de Arce de Valladolid realiza una excursión al Valle de Cuelgamuros, actividad educativa incluida en la programación didáctica del departamento de Geografía e Historia, en la Programación General Anual del centro y aprobada por el equipo directivo para este curso escolar 2024/2025.
Durante la excursión, parte del alumnado y algunos docentes, vulnerando la Ley Democrática, se exaltó la figura del dictador Francisco Franco, enarbolando banderas franquistas y entonando el cántico "Cara al Sol" sin que nadie de las personas allí presentes interviniera en defensa de los valores democráticos en torno a los principios y libertades constitucionales.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, especifica claramente las vulneraciones ocurridas durante estos hechos que incluyen los siguientes artículos:
Art. 38.1: (...) Se considerarán actos contrarios a la memoria democrática la realización de actos efectuados en público que (...) supongan exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la guerra o de la dictadura, (...) o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial.
A tal efecto, si en la celebración de un acto público de esa naturaleza se advirtieran hechos que pudieran ser constitutivos de delito, las autoridades competentes pondrán los mismos en conocimiento del Ministerio Fiscal.
Art. 44: Medidas en materia educativa y de formación del profesorado.
1. El sistema educativo español incluirá entre sus fines el conocimiento de la historia y de la memoria democrática española y la lucha por los valores y libertades democráticas, desarrollando en los libros de texto y materiales curriculares la represión que se produjo durante la Guerra y la Dictadura. A tal efecto, se procederá a la actualización de los contenidos curriculares para Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato.
2. Las administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que en los planes de formación inicial y permanente del profesorado se incluyan formaciones, actualización científica, didáctica y pedagógica en relación con el tratamiento escolar de la memoria democrática, impulsando asimismo en la comunidad educativa el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
Así mismo, el IES Núñez de Arce hace referencia en sus Redes Sociales al monumento nombrándolo "Valle de los Caídos", en vez de Valle de Cuelgamuros, incumpliendo, por tanto, el siguiente artículo:
Art. 54. Valle de los Caídos.
1. Se modifica la denominación del "Valle de los Caídos", para ser denominado Valle de Cuelgamuros, como un lugar de memoria democrática cuya resignificación irá destinada a dar a conocer, a través de planes y mecanismos de investigación y difusión, las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado, con el fin de fortalecer los valores constitucionales y democráticos.
2. En ningún lugar del recinto (Valle de Cuelgamuros) podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni de exaltación de la Guerra, de sus protagonistas o de la Dictadura.
Por último, la presente Ley de Memoria Democrática penaliza estos actos como infracciones muy graves en su
Art. 62.1.d): La falta de adopción de las medidas necesarias para impedir o poner fin a la realización, en espacios abiertos al público o en locales y establecimientos públicos, de actos de exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares por parte del titular o responsable del espacio donde se desarrollen dichos actos.
Art. 63. Sanciones y medidas de restablecimiento de la legalidad.
2. Las infracciones tipificadas en esta ley se sancionarán con sanciones pecuniarias, que consistirán en multas de cuantías comprendidas entre los siguientes importes en función de la gravedad de la infracción, y respeto al principio de proporcionalidad:
a) Para infracciones muy graves: Multa entre 10.001 a 150.000 euros
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Investigar los hechos sucedidos en el IES Núñez de Arce y a depurar las responsabilidades pertinentes por parte de las Administraciones públicas competentes.
2. Que la Junta de Castilla y León tome las medidas necesarias para garantizar que nunca más se vuelvan a repetir comportamientos de esta gravedad en un Centro Educativo Público.
3. Que la Junta de Castilla y León haga cumplir en todos los centros educativos públicos y privados el artículo 44 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, en materia educativa y de formación al profesorado, a la vista de la falta de concienciación democrática por parte del personal docente, la inacción del equipo directivo del centro educativo público, la pasividad de la Dirección Provincial de Educación de Valladolid y minimización del problema por parte de la Consejería de Educación".
En Valladolid, a 17 de enero de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001205-01
CVE="BOCCL-11-011348"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001203 a PNL/001205.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León a instancia del procurador don Juan Pablo Fernández Santos, perteneciente a Unidas Podemos, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en el Pleno.
ANTECEDENTES
El pasado 12 de diciembre el alumnado de 2.º de bachillerato del IES Núñez de Arce de Valladolid realiza una excursión al Valle de Cuelgamuros, actividad educativa incluida en la programación didáctica del departamento de Geografía e Historia, en la Programación General Anual del centro y aprobada por el equipo directivo para este curso escolar 2024/2025.
Durante la excursión, parte del alumnado y algunos docentes, vulnerando la Ley Democrática, se exaltó la figura del dictador Francisco Franco, enarbolando banderas franquistas y entonando el cántico "Cara al Sol" sin que nadie de las personas allí presentes interviniera en defensa de los valores democráticos en torno a los principios y libertades constitucionales.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, especifica claramente las vulneraciones ocurridas durante estos hechos que incluyen los siguientes artículos:
Art. 38.1: (...) Se considerarán actos contrarios a la memoria democrática la realización de actos efectuados en público que (...) supongan exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la guerra o de la dictadura, (...) o de las organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial.
A tal efecto, si en la celebración de un acto público de esa naturaleza se advirtieran hechos que pudieran ser constitutivos de delito, las autoridades competentes pondrán los mismos en conocimiento del Ministerio Fiscal.
Art. 44: Medidas en materia educativa y de formación del profesorado.
1. El sistema educativo español incluirá entre sus fines el conocimiento de la historia y de la memoria democrática española y la lucha por los valores y libertades democráticas, desarrollando en los libros de texto y materiales curriculares la represión que se produjo durante la Guerra y la Dictadura. A tal efecto, se procederá a la actualización de los contenidos curriculares para Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional y Bachillerato.
2. Las administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que en los planes de formación inicial y permanente del profesorado se incluyan formaciones, actualización científica, didáctica y pedagógica en relación con el tratamiento escolar de la memoria democrática, impulsando asimismo en la comunidad educativa el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
Así mismo, el IES Núñez de Arce hace referencia en sus Redes Sociales al monumento nombrándolo "Valle de los Caídos", en vez de Valle de Cuelgamuros, incumpliendo, por tanto, el siguiente artículo:
Art. 54. Valle de los Caídos.
1. Se modifica la denominación del "Valle de los Caídos", para ser denominado Valle de Cuelgamuros, como un lugar de memoria democrática cuya resignificación irá destinada a dar a conocer, a través de planes y mecanismos de investigación y difusión, las circunstancias de su construcción, el periodo histórico en el que se inserta y su significado, con el fin de fortalecer los valores constitucionales y democráticos.
2. En ningún lugar del recinto (Valle de Cuelgamuros) podrán llevarse a cabo actos de naturaleza política ni de exaltación de la Guerra, de sus protagonistas o de la Dictadura.
Por último, la presente Ley de Memoria Democrática penaliza estos actos como infracciones muy graves en su
Art. 62.1.d): La falta de adopción de las medidas necesarias para impedir o poner fin a la realización, en espacios abiertos al público o en locales y establecimientos públicos, de actos de exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares por parte del titular o responsable del espacio donde se desarrollen dichos actos.
Art. 63. Sanciones y medidas de restablecimiento de la legalidad.
2. Las infracciones tipificadas en esta ley se sancionarán con sanciones pecuniarias, que consistirán en multas de cuantías comprendidas entre los siguientes importes en función de la gravedad de la infracción, y respeto al principio de proporcionalidad:
a) Para infracciones muy graves: Multa entre 10.001 a 150.000 euros
Por todo lo expuesto, presentamos la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Investigar los hechos sucedidos en el IES Núñez de Arce y a depurar las responsabilidades pertinentes por parte de las Administraciones públicas competentes.
2. Que la Junta de Castilla y León tome las medidas necesarias para garantizar que nunca más se vuelvan a repetir comportamientos de esta gravedad en un Centro Educativo Público.
3. Que la Junta de Castilla y León haga cumplir en todos los centros educativos públicos y privados el artículo 44 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, en materia educativa y de formación al profesorado, a la vista de la falta de concienciación democrática por parte del personal docente, la inacción del equipo directivo del centro educativo público, la pasividad de la Dirección Provincial de Educación de Valladolid y minimización del problema por parte de la Consejería de Educación".
En Valladolid, a 17 de enero de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos
PNL/001205-01
CVE="BOCCL-11-011348"