PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001206 a PNL/001240.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero y Laura Pelegrina Cortijo, Procurador y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Movilidad y Transformación Digital:
ANTECEDENTES
La carretera de la red complementaria preferente autonómica SA-315 discurre por la provincia de Salamanca entre las localidades de La Fuente de San Esteban y Almendra, atravesando las localidades salmantinas de La Fuente de San Esteban, El Cubo de Don Sancho, Traguntía, Vitigudino y Trabanca.
Esta carretera da acceso a la presa de Almendra, que es el tercer embalse de España con mayor capacidad y también es conocido como "Salto de Villarino", por la central hidroeléctrica que se encuentra anexa a la misma.
La espectacularidad de esta infraestructura hidráulica la ha convertido en los últimos años en un atractivo turístico de la zona, limítrofe con el Parque Natural de Las Arribes del Duero y en una comarca con un importante problema de despoblación.
Según informó el medio de comunicación "Arribes al Día" el pasado 26 de noviembre que la empresa eléctrica que gestiona la central hidroeléctrica ha prohibido la parada de vehículos en la presa de Almendra, alegando la normativa sobre instalaciones eléctricas. Esta decisión obliga a quienes deseen visitar esta presa a recorrer a pie al menos cuatro kilómetros para llegar al centro de su corona, con las negativas consecuencias que esta situación tiene para las personas con movilidad reducida.
La Junta de Castilla y León es la propietaria de la carretera que lleva hasta la presa de Almendra y tiene la competencia exclusiva en materia de ordenación y promoción del turismo en su ámbito territorial (artículo 26.1.15 del Estatuto de Castilla y León), por lo cual no puede ser ajena al negativo impacto en el turismo de la zona que la prohibición de estacionar en la presa de Almendra tendrá en la zona.
Para solucionar esta situación se deben intentar una de estas dos soluciones: negociar con la empresa que gestiona la central hidroeléctrica existente en la presa de Almendra para que vuelva a permitir la parada en la presa o bien que se construya un aparcamiento junto a la carretera SA-315, en el entorno de la presa, para que las personas interesadas en visitar la misma puedan estacionar con seguridad.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas necesarias para garantizar la existencia de un aparcamiento en el entorno de la presa de Almendra, que permita que esta infraestructura pueda ser un atractivo turístico para la zona, con seguridad para quienes deseen visitarla y garantizando la accesibilidad a la misma de personas con movilidad reducida".
Valladolid, 4 de diciembre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Rosa María Rubio Martín, María del Carmen García Romero y Laura Pelegrina Cortijo
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001208-01
CVE="BOCCL-11-011351"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 23 de enero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001206 a PNL/001240.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 23 de enero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero y Laura Pelegrina Cortijo, Procurador y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Movilidad y Transformación Digital:
ANTECEDENTES
La carretera de la red complementaria preferente autonómica SA-315 discurre por la provincia de Salamanca entre las localidades de La Fuente de San Esteban y Almendra, atravesando las localidades salmantinas de La Fuente de San Esteban, El Cubo de Don Sancho, Traguntía, Vitigudino y Trabanca.
Esta carretera da acceso a la presa de Almendra, que es el tercer embalse de España con mayor capacidad y también es conocido como "Salto de Villarino", por la central hidroeléctrica que se encuentra anexa a la misma.
La espectacularidad de esta infraestructura hidráulica la ha convertido en los últimos años en un atractivo turístico de la zona, limítrofe con el Parque Natural de Las Arribes del Duero y en una comarca con un importante problema de despoblación.
Según informó el medio de comunicación "Arribes al Día" el pasado 26 de noviembre que la empresa eléctrica que gestiona la central hidroeléctrica ha prohibido la parada de vehículos en la presa de Almendra, alegando la normativa sobre instalaciones eléctricas. Esta decisión obliga a quienes deseen visitar esta presa a recorrer a pie al menos cuatro kilómetros para llegar al centro de su corona, con las negativas consecuencias que esta situación tiene para las personas con movilidad reducida.
La Junta de Castilla y León es la propietaria de la carretera que lleva hasta la presa de Almendra y tiene la competencia exclusiva en materia de ordenación y promoción del turismo en su ámbito territorial (artículo 26.1.15 del Estatuto de Castilla y León), por lo cual no puede ser ajena al negativo impacto en el turismo de la zona que la prohibición de estacionar en la presa de Almendra tendrá en la zona.
Para solucionar esta situación se deben intentar una de estas dos soluciones: negociar con la empresa que gestiona la central hidroeléctrica existente en la presa de Almendra para que vuelva a permitir la parada en la presa o bien que se construya un aparcamiento junto a la carretera SA-315, en el entorno de la presa, para que las personas interesadas en visitar la misma puedan estacionar con seguridad.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar las medidas necesarias para garantizar la existencia de un aparcamiento en el entorno de la presa de Almendra, que permita que esta infraestructura pueda ser un atractivo turístico para la zona, con seguridad para quienes deseen visitarla y garantizando la accesibilidad a la misma de personas con movilidad reducida".
Valladolid, 4 de diciembre de 2024.
LOS PROCURADORES Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Rosa María Rubio Martín, María del Carmen García Romero y Laura Pelegrina Cortijo
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001208-01
CVE="BOCCL-11-011351"