PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de febrero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001241 y PNL/001242.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de febrero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El artículo 47 de la CE consagra el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y nuestro Estatuto de Autonomía en su art. 70, amparado en la Carta Magna, atribuye a la Comunidad de Castilla y León la competencia exclusiva en materia de vivienda.
Garantizar la prestación de calidad de los servicios esenciales, facilitar las oportunidades que fomenten la generación de empleo y posibilitar el acceso a una vivienda asequible y digna son los tres pilares fundamentales para hacer frente al reto de revertir la despoblación que en Castilla y León se agrava año tras año.
Los déficits estructurales en el desarrollo y gestión de los tres pilares citados conllevan para Castilla y León la pérdida de más de 200.000 habitantes durante los 37 años de Gobierno del Partido Popular mientras el resto de España ganaba en población, siendo el dato más lacerante la pérdida de 30.000 jóvenes en los últimos 20 años.
Lejos de ejercer la competencia exclusiva en materia de vivienda que nuestro Estatuto de Autonomía y la Constitución le confieren, la Junta de Castilla y León limita su acción al pírrico desarrollo e ineficiente gestión del Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 impulsado por el Gobierno de España por Real Decreto 42/2022.
A mayor abundamiento el Gobierno de España impulsa la aprobación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, pionera en democracia; que, con el objetivo prioritario de facilitar el acceso a una vivienda digna, fija medidas esenciales como declarar zonas tensionadas por el mercado o limitar los precios del alquiler.
Y frente a ello, en nuestra Comunidad Autónoma la Junta de Castilla y León no ha construido ni una sola vivienda de promoción pública propia en décadas, a la vez que publica órdenes para fijar la referencia del precio de venta y alquiler en Castilla y León, que han provocado un incremento de los precios desde 2022 entre un 30 y un 58 %.
La falta de voluntad por parte del Partido Popular de garantizar el acceso a una vivienda asequible y su deslealtad institucional al Gobierno de España le llevó a plantear recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, por razones competenciales, que, en aplicación de lo dispuesto en la Sentencia 79/2024, de 21 de mayo, resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto desestimándolo y respaldando con ello el límite de los alquileres en las zonas donde el mercado residencial esté tensionado al apreciar una relación razonable o equilibrio entre los medios empleados y la finalidad pretendida, validando así la declaración de las zonas tensionadas como el límite a los alquileres.
Son numerosas las iniciativas planteadas por el Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes de Castilla y León en defensa del derecho a la vivienda de los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León tanto en Comisión como en Pleno y que han sido rechazadas a pesar de que la sociedad percibe hoy como el principal problema la dificultad de acceso a la vivienda.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.- Construir en los próximos dos años un parque público de vivienda en alquiler asequible de titularidad de la Junta de Castilla y León dotado con 5.000 viviendas.
2.- Garantizar como precio máximo de alquiler de estas viviendas el 30 % de los ingresos de la unidad de convivencia y a la calificación permanente como vivienda de protección pública de alquiler asequible.
3.- Adoptar las medidas necesarias para que la calificación de vivienda de protección pública tenga carácter permanente, durante toda su vida útil, tanto para los inmuebles que, habiendo obtenido esta calificación hayan sido beneficiarios de cualquier tipo de ayuda económica procedente de la Administración, como para aquellos inmuebles construidos en suelos calificados como reservados para vivienda de protección pública.
4.- Declarar las zonas de mercado residencial tensionado, rural y urbano, de conformidad con las reglas previstas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, o a propuesta de los ayuntamientos.
5.- Crear una empresa pública de vivienda que gestione, coordine y desarrolle las políticas de vivienda de la Junta de Castilla y León.
6.- Adoptar las medidas necesarias para dejar sin efecto la subida de precios aprobada por la Junta de Castilla y León para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler en Castilla y León retrotrayéndolos a los fijados en el año 2022".
Valladolid, 4 de febrero de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001242-01
CVE="BOCCL-11-011515"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de febrero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001241 y PNL/001242.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de febrero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El artículo 47 de la CE consagra el derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada y nuestro Estatuto de Autonomía en su art. 70, amparado en la Carta Magna, atribuye a la Comunidad de Castilla y León la competencia exclusiva en materia de vivienda.
Garantizar la prestación de calidad de los servicios esenciales, facilitar las oportunidades que fomenten la generación de empleo y posibilitar el acceso a una vivienda asequible y digna son los tres pilares fundamentales para hacer frente al reto de revertir la despoblación que en Castilla y León se agrava año tras año.
Los déficits estructurales en el desarrollo y gestión de los tres pilares citados conllevan para Castilla y León la pérdida de más de 200.000 habitantes durante los 37 años de Gobierno del Partido Popular mientras el resto de España ganaba en población, siendo el dato más lacerante la pérdida de 30.000 jóvenes en los últimos 20 años.
Lejos de ejercer la competencia exclusiva en materia de vivienda que nuestro Estatuto de Autonomía y la Constitución le confieren, la Junta de Castilla y León limita su acción al pírrico desarrollo e ineficiente gestión del Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 impulsado por el Gobierno de España por Real Decreto 42/2022.
A mayor abundamiento el Gobierno de España impulsa la aprobación de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, pionera en democracia; que, con el objetivo prioritario de facilitar el acceso a una vivienda digna, fija medidas esenciales como declarar zonas tensionadas por el mercado o limitar los precios del alquiler.
Y frente a ello, en nuestra Comunidad Autónoma la Junta de Castilla y León no ha construido ni una sola vivienda de promoción pública propia en décadas, a la vez que publica órdenes para fijar la referencia del precio de venta y alquiler en Castilla y León, que han provocado un incremento de los precios desde 2022 entre un 30 y un 58 %.
La falta de voluntad por parte del Partido Popular de garantizar el acceso a una vivienda asequible y su deslealtad institucional al Gobierno de España le llevó a plantear recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, por razones competenciales, que, en aplicación de lo dispuesto en la Sentencia 79/2024, de 21 de mayo, resolvió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto desestimándolo y respaldando con ello el límite de los alquileres en las zonas donde el mercado residencial esté tensionado al apreciar una relación razonable o equilibrio entre los medios empleados y la finalidad pretendida, validando así la declaración de las zonas tensionadas como el límite a los alquileres.
Son numerosas las iniciativas planteadas por el Grupo Parlamentario Socialista en las Cortes de Castilla y León en defensa del derecho a la vivienda de los ciudadanos y ciudadanas de Castilla y León tanto en Comisión como en Pleno y que han sido rechazadas a pesar de que la sociedad percibe hoy como el principal problema la dificultad de acceso a la vivienda.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.- Construir en los próximos dos años un parque público de vivienda en alquiler asequible de titularidad de la Junta de Castilla y León dotado con 5.000 viviendas.
2.- Garantizar como precio máximo de alquiler de estas viviendas el 30 % de los ingresos de la unidad de convivencia y a la calificación permanente como vivienda de protección pública de alquiler asequible.
3.- Adoptar las medidas necesarias para que la calificación de vivienda de protección pública tenga carácter permanente, durante toda su vida útil, tanto para los inmuebles que, habiendo obtenido esta calificación hayan sido beneficiarios de cualquier tipo de ayuda económica procedente de la Administración, como para aquellos inmuebles construidos en suelos calificados como reservados para vivienda de protección pública.
4.- Declarar las zonas de mercado residencial tensionado, rural y urbano, de conformidad con las reglas previstas en la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, o a propuesta de los ayuntamientos.
5.- Crear una empresa pública de vivienda que gestione, coordine y desarrolle las políticas de vivienda de la Junta de Castilla y León.
6.- Adoptar las medidas necesarias para dejar sin efecto la subida de precios aprobada por la Junta de Castilla y León para la determinación de los precios máximos de venta, adjudicación y de referencia para el alquiler en Castilla y León retrotrayéndolos a los fijados en el año 2022".
Valladolid, 4 de febrero de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001242-01
CVE="BOCCL-11-011515"