PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de febrero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001267 a PNL/001287.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de febrero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero, Yolanda Sacristán Rodríguez e Isabel Gonzalo Ramírez, Procurador y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
Mediante DECRETO 56/2001, de 8 de marzo, se aprobó el Reglamento Regulador del Régimen de Acceso a las plazas de centros residenciales para personas mayores, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a las plazas concertadas en otros establecimientos. Este Decreto se publicó en el BOCyL el día 20 de marzo de 2001 y su Disposición Final primera fue modificada por el Decreto 24/2002, de 14 de febrero (BOCyL n.º 36, del 20 de febrero de 2002).
El artículo 16 de esta orden, que regula la Listas de Reserva de las residencias de personas mayores de la Junta de Castilla y León y de las plazas concertadas, en su caso, en otras residencias, establece en su apartado primero textualmente lo siguiente: "La Gerencia de Servicios Sociales emitirá mensualmente una lista de reserva para cada centro que contendrá como mínimo un número de beneficiarios equivalente al 10 por 100 de las plazas del centro o en su caso de las concertadas. Estas listas serán gestionadas por las Gerencias Territoriales de la provincia en que se ubica el centro en los supuestos de plazas concertadas o por el centro residencial cuando se trate de plazas en centros propios de la Gerencia de Servicios Sociales.
Cuando en un mismo centro existan distintos tipos de plazas, según la clasificación del artículo 2.2, se emitirá una lista de reserva por cada una de ellas".
Además, en el apartado segundo del mismo artículo se regula que "en dichas listas se incluirán a los beneficiarios que deban incorporarse al centro correspondiente para superar el período de adaptación que se establece en el artículo 17. La relación de los beneficiarios incluidos se efectuará conforme a la mayor puntuación obtenida, teniendo en cuenta, no obstante, lo dispuesto en el artículo 28.º 3.".
La puntación obtenida para incorporar a un demandante de plaza en una residencia de personas mayores está regulada actualmente mediante la ORDEN FAM/1008/2024, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden FAM/1056/2007, de 31 de mayo, por la que se regulan los baremos para la valoración de solicitudes de ingreso y de traslados en centros residenciales y en unidades de estancias diurnas para personas mayores dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y a las plazas concertadas en otros establecimientos.
Aplicando este baremo, el pasado 13 de noviembre de 2024 la Gerencia de Servicios Sociales de 2024 hizo público el "LISTADO DE PUNTUACIONES MÍNIMAS DE INGRESOS EN LISTA DE RESERVA". En el mismo, figuran diferentes residencias de titularidad autonómica que no muestran el número de plazas de las mismas. Este hecho es una clara muestra de falta de transparencia por parte de la Gerencia de Servicios Sociales y debe ser corregido cuanto antes.
Por otro lado, el listado antes mencionado muestra el gran desequilibro que existe en la actualidad en las plazas concertadas por parte de la Junta de Castilla y León en residencias de la provincia de Salamanca que no son de su titularidad. Así, en un pequeño municipio como Beleña están concertadas un total de 67 plazas para personas asistidas en dos residencias privadas, mientras no existe ni una sola plaza concertada en residencias de la comarca de Peñaranda de Bracamonte.
Por todo lo anterior, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar cuantas medidas sean necesarias para proceder a modificar inmediatamente el LISTADO DE PUNTUACIONES MÍNlMAS DE INGRESOS EN LISTA DE RESERVA de la Gerencia de Servicios Sociales para incorporar el número de plazas totales de las residencias de titularidad autonómica que omiten este importante dato y a garantizar que en el futuro se informará con transparencia a la ciudadanía de los todos los parámetros incorporados en este listado".
Valladolid, 12 de febrero de 2025.
EL PROCURADOR Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Rosa María Rubio Martín, María del Carmen García Romero, Yolanda Sacristán Rodríguez y María Isabel Gonzalo Ramírez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001284-01
CVE="BOCCL-11-011807"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de febrero de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001267 a PNL/001287.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de febrero de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero, Yolanda Sacristán Rodríguez e Isabel Gonzalo Ramírez, Procurador y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
Mediante DECRETO 56/2001, de 8 de marzo, se aprobó el Reglamento Regulador del Régimen de Acceso a las plazas de centros residenciales para personas mayores, dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y a las plazas concertadas en otros establecimientos. Este Decreto se publicó en el BOCyL el día 20 de marzo de 2001 y su Disposición Final primera fue modificada por el Decreto 24/2002, de 14 de febrero (BOCyL n.º 36, del 20 de febrero de 2002).
El artículo 16 de esta orden, que regula la Listas de Reserva de las residencias de personas mayores de la Junta de Castilla y León y de las plazas concertadas, en su caso, en otras residencias, establece en su apartado primero textualmente lo siguiente: "La Gerencia de Servicios Sociales emitirá mensualmente una lista de reserva para cada centro que contendrá como mínimo un número de beneficiarios equivalente al 10 por 100 de las plazas del centro o en su caso de las concertadas. Estas listas serán gestionadas por las Gerencias Territoriales de la provincia en que se ubica el centro en los supuestos de plazas concertadas o por el centro residencial cuando se trate de plazas en centros propios de la Gerencia de Servicios Sociales.
Cuando en un mismo centro existan distintos tipos de plazas, según la clasificación del artículo 2.2, se emitirá una lista de reserva por cada una de ellas".
Además, en el apartado segundo del mismo artículo se regula que "en dichas listas se incluirán a los beneficiarios que deban incorporarse al centro correspondiente para superar el período de adaptación que se establece en el artículo 17. La relación de los beneficiarios incluidos se efectuará conforme a la mayor puntuación obtenida, teniendo en cuenta, no obstante, lo dispuesto en el artículo 28.º 3.".
La puntación obtenida para incorporar a un demandante de plaza en una residencia de personas mayores está regulada actualmente mediante la ORDEN FAM/1008/2024, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden FAM/1056/2007, de 31 de mayo, por la que se regulan los baremos para la valoración de solicitudes de ingreso y de traslados en centros residenciales y en unidades de estancias diurnas para personas mayores dependientes de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y a las plazas concertadas en otros establecimientos.
Aplicando este baremo, el pasado 13 de noviembre de 2024 la Gerencia de Servicios Sociales de 2024 hizo público el "LISTADO DE PUNTUACIONES MÍNIMAS DE INGRESOS EN LISTA DE RESERVA". En el mismo, figuran diferentes residencias de titularidad autonómica que no muestran el número de plazas de las mismas. Este hecho es una clara muestra de falta de transparencia por parte de la Gerencia de Servicios Sociales y debe ser corregido cuanto antes.
Por otro lado, el listado antes mencionado muestra el gran desequilibro que existe en la actualidad en las plazas concertadas por parte de la Junta de Castilla y León en residencias de la provincia de Salamanca que no son de su titularidad. Así, en un pequeño municipio como Beleña están concertadas un total de 67 plazas para personas asistidas en dos residencias privadas, mientras no existe ni una sola plaza concertada en residencias de la comarca de Peñaranda de Bracamonte.
Por todo lo anterior, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a adoptar cuantas medidas sean necesarias para proceder a modificar inmediatamente el LISTADO DE PUNTUACIONES MÍNlMAS DE INGRESOS EN LISTA DE RESERVA de la Gerencia de Servicios Sociales para incorporar el número de plazas totales de las residencias de titularidad autonómica que omiten este importante dato y a garantizar que en el futuro se informará con transparencia a la ciudadanía de los todos los parámetros incorporados en este listado".
Valladolid, 12 de febrero de 2025.
EL PROCURADOR Y LAS PROCURADORAS,
Fdo.: Fernando Pablos Romo, Rosa María Rubio Martín, María del Carmen García Romero, Yolanda Sacristán Rodríguez y María Isabel Gonzalo Ramírez
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001284-01
CVE="BOCCL-11-011807"