PRESIDENCIA
La Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2025, rechazó la proposición no de ley, PNL/001236, presentada por los Procuradores Dña. Judit Villar Lacueva, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Virginia Jiménez Campano, D. Luis Briones Martínez, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez y D. Rubén Illera Redón, instando a la Junta de Castilla y León a tomar las medidas necesarias para que en el año 2025 sea comprobada la edad de los viñedos prefiloxéricos de la provincia de Soria que así lo soliciten, y que, estando dentro del ámbito de influencia de la D. O. Ribera del Duero de Soria, no tiene esta consideración; así como a subsanar el error en la edad de los viñedos prefiloxéricos de la provincia de Soria que, estando dentro del ámbito de influencia de la D. O. Ribera del Duero de Soria, no tiene esta consideración y a otorgarles la D. O. Ribera del Duero, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 377, de 30 de enero de 2025.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de febrero de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
PNL/001236-02
CVE="BOCCL-11-011894"
PRESIDENCIA
La Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2025, rechazó la proposición no de ley, PNL/001236, presentada por los Procuradores Dña. Judit Villar Lacueva, D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. Virginia Jiménez Campano, D. Luis Briones Martínez, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez y D. Rubén Illera Redón, instando a la Junta de Castilla y León a tomar las medidas necesarias para que en el año 2025 sea comprobada la edad de los viñedos prefiloxéricos de la provincia de Soria que así lo soliciten, y que, estando dentro del ámbito de influencia de la D. O. Ribera del Duero de Soria, no tiene esta consideración; así como a subsanar el error en la edad de los viñedos prefiloxéricos de la provincia de Soria que, estando dentro del ámbito de influencia de la D. O. Ribera del Duero de Soria, no tiene esta consideración y a otorgarles la D. O. Ribera del Duero, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 377, de 30 de enero de 2025.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de febrero de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
PNL/001236-02
CVE="BOCCL-11-011894"