PE/003131-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/003131-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a farmacias de la zona básica de Sahagún.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de marzo de 2025, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/003123 a PE/003131.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de marzo de 2025.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Alicia Gallego González, procuradora de Unión del Pueblo Leonés (UPL), del Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES:

Desde el 1 de enero de 2025 los ciudadanos que acuden a urgencias al Centro de Salud de Sahagún se ven obligados a acudir a la farmacia de guardia en horario de noche una semana al mes a las vecinas localidades de Carrión de los Condes o Saldaña, pertenecientes a la provincia de Palencia y que distan 39 kilómetros (28 minutos desde Sahagún) y 37 kilómetros (29 minutos desde Sahagún), respectivamente.

Y ello, pese a que se podría haber generado un servicio mucho más próximo en localidades mucho más próximas a Sahagún y pertenecientes a su comarca, como Grajal de Campos (a 7 kilómetros), Gordaliza del Pino (a 14 kilómetros) o Cea (a 11 kilómetros), si bien desconocemos si el Jefe del Servicio Territorial de Sanidad ha informado de la propuesta materializada a día de hoy al resto de las farmacias de la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún que pudieran estar interesadas para prestar la atención en horario de noche.

Y es que, por poner un ejemplo, un vecino de Joarilla de las Matas debe recorrer 17 kilómetros hasta el Centro de Salud y otros 39 hasta la farmacia en Saldaña (56 kilómetros), teniendo el hospital de León a 62 kilómetros y farmacia en la propia localidad. Si esto lo traducimos en el coste económico que supondría coger un taxi para acudir a estos servicios, para una persona mayor con los escasos medios que reportan las pensiones del campo (que son la mayoría), la desigualdad e injusticia es pasmosa e impensable para quienes viven en la ciudad donde se han centralizado casi todos los servicios y nunca va a faltar la farmacia de urgencias.

Teniendo en cuenta la ORDEN SAN/744/2015, de 7 de septiembre, por la que se determina la atención farmacéutica continuada de las oficinas de farmacia de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 6 describe la organización del servicio de urgencias fijando en el apartado que “Excepcionalmente en aquellas zonas o municipios que por sus características propias así lo aconsejen previa resolución motivada del Director General competente en la materia de Ordenación Farmacéutica, podrán incluirse en la organización de los turnos del servicio de urgencia, oficinas de farmacia de otra Zona Básica de Salud, cuya distancia al Centro Sanitario público que disponga del servicio de urgencias no sea superior a 20 minutos, para el servicio de urgencias diurno y 30 para el servicio de urgencia nocturno, utilizando medios de transporte habituales”.

Dado que los tiempos de respuesta son excesivamente ajustados a lo permitido excepcionalmente por la norma, que se trata de un servicio que se presta desde otra provincia y que esta situación se ha desencadenado en enero de 2025, sin que hasta la fecha se hubiera producido anteriormente, creemos que debe tenerse en cuenta lo establecido por el artículo 7 de la ORDEN SAN/744/2015, de 7 de septiembre, por la que se determina la atención farmacéutica continuada de las oficinas de farmacia de la Comunidad de Castilla y León.

PREGUNTAS:

1.- ¿Se ha seguido el procedimiento fijado para proceder a la modificación ocasionada o, en caso negativo, en base a qué se ha adoptado el actual cuadrante de horarios de guardia de las farmacias de la Zona Básica de Sahagún?

2.- ¿Se ha estudiado y elaborado una respuesta adecuada, teniendo en cuenta la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún, que mayoritariamente acoge población en la zona norte y oeste (justo al contrario de la ubicación del servicio estipulado) así como que el hospital de referencia (León) se encuentra en la dirección contraria a las localidades de Saldaña y Carrión que además pertenecen a otra provincia?

3.- ¿El Jefe del Servicio Territorial de Sanidad ha informado favorablemente, en la primera quincena de noviembre, de la propuesta materializada a día de hoy, sin contar con el resto de las farmacias de la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún, que pudieran estar interesadas?

4.- ¿El Director General competente en la materia ha aprobado mediante la correspondiente resolución los actuales cuadrantes de aplicación efectiva a partir del 1 de enero de 2025, sin comunicar a los potenciales usuarios la modificación sustancial a la que están sometidos de oficio?

Valladolid, a 26 de febrero de 2025.


PE/003131-01

CVE="BOCCL-11-012007"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 36919-36921
BOCCL nº 395/11 del 17/3/2025
CVE: BOCCL-11-012007

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/003131-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a farmacias de la zona básica de Sahagún.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de marzo de 2025, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/003123 a PE/003131.

Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de marzo de 2025.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Alicia Gallego González, procuradora de Unión del Pueblo Leonés (UPL), del Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.

ANTECEDENTES:

Desde el 1 de enero de 2025 los ciudadanos que acuden a urgencias al Centro de Salud de Sahagún se ven obligados a acudir a la farmacia de guardia en horario de noche una semana al mes a las vecinas localidades de Carrión de los Condes o Saldaña, pertenecientes a la provincia de Palencia y que distan 39 kilómetros (28 minutos desde Sahagún) y 37 kilómetros (29 minutos desde Sahagún), respectivamente.

Y ello, pese a que se podría haber generado un servicio mucho más próximo en localidades mucho más próximas a Sahagún y pertenecientes a su comarca, como Grajal de Campos (a 7 kilómetros), Gordaliza del Pino (a 14 kilómetros) o Cea (a 11 kilómetros), si bien desconocemos si el Jefe del Servicio Territorial de Sanidad ha informado de la propuesta materializada a día de hoy al resto de las farmacias de la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún que pudieran estar interesadas para prestar la atención en horario de noche.

Y es que, por poner un ejemplo, un vecino de Joarilla de las Matas debe recorrer 17 kilómetros hasta el Centro de Salud y otros 39 hasta la farmacia en Saldaña (56 kilómetros), teniendo el hospital de León a 62 kilómetros y farmacia en la propia localidad. Si esto lo traducimos en el coste económico que supondría coger un taxi para acudir a estos servicios, para una persona mayor con los escasos medios que reportan las pensiones del campo (que son la mayoría), la desigualdad e injusticia es pasmosa e impensable para quienes viven en la ciudad donde se han centralizado casi todos los servicios y nunca va a faltar la farmacia de urgencias.

Teniendo en cuenta la ORDEN SAN/744/2015, de 7 de septiembre, por la que se determina la atención farmacéutica continuada de las oficinas de farmacia de la Comunidad de Castilla y León, en su artículo 6 describe la organización del servicio de urgencias fijando en el apartado que “Excepcionalmente en aquellas zonas o municipios que por sus características propias así lo aconsejen previa resolución motivada del Director General competente en la materia de Ordenación Farmacéutica, podrán incluirse en la organización de los turnos del servicio de urgencia, oficinas de farmacia de otra Zona Básica de Salud, cuya distancia al Centro Sanitario público que disponga del servicio de urgencias no sea superior a 20 minutos, para el servicio de urgencias diurno y 30 para el servicio de urgencia nocturno, utilizando medios de transporte habituales”.

Dado que los tiempos de respuesta son excesivamente ajustados a lo permitido excepcionalmente por la norma, que se trata de un servicio que se presta desde otra provincia y que esta situación se ha desencadenado en enero de 2025, sin que hasta la fecha se hubiera producido anteriormente, creemos que debe tenerse en cuenta lo establecido por el artículo 7 de la ORDEN SAN/744/2015, de 7 de septiembre, por la que se determina la atención farmacéutica continuada de las oficinas de farmacia de la Comunidad de Castilla y León.

PREGUNTAS:

1.- ¿Se ha seguido el procedimiento fijado para proceder a la modificación ocasionada o, en caso negativo, en base a qué se ha adoptado el actual cuadrante de horarios de guardia de las farmacias de la Zona Básica de Sahagún?

2.- ¿Se ha estudiado y elaborado una respuesta adecuada, teniendo en cuenta la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún, que mayoritariamente acoge población en la zona norte y oeste (justo al contrario de la ubicación del servicio estipulado) así como que el hospital de referencia (León) se encuentra en la dirección contraria a las localidades de Saldaña y Carrión que además pertenecen a otra provincia?

3.- ¿El Jefe del Servicio Territorial de Sanidad ha informado favorablemente, en la primera quincena de noviembre, de la propuesta materializada a día de hoy, sin contar con el resto de las farmacias de la zona de acción del Centro de Salud de Sahagún, que pudieran estar interesadas?

4.- ¿El Director General competente en la materia ha aprobado mediante la correspondiente resolución los actuales cuadrantes de aplicación efectiva a partir del 1 de enero de 2025, sin comunicar a los potenciales usuarios la modificación sustancial a la que están sometidos de oficio?

Valladolid, a 26 de febrero de 2025.


PE/003131-01

CVE="BOCCL-11-012007"



Sede de las Cortes de Castilla y León