PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta escrita PE/1102928, formulada por D. José Ramón García Fernández, Procurador de Unión del Pueblo Leonés, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-SORIA YA de las Cortes de Castilla y León, relativa a un nuevo centro de salud de Villarino de los Aires (Salamanca).
En contestación a la pregunta formulada, se informa que el municipio de Villarino de los Aires se encuentra adscrito a la Zona Básica de Salud de Vitigudino (Salamanca), cuyo centro de salud se ubica en el municipio de Vitigudino, por lo que en Villarino no se cuenta con un centro de salud, como se afirma en la pregunta formulada, sino con un consultorio local donde se presta también atención continuada como centro de guardia.
Como consecuencia de ello, resulta de aplicación el articulo 8 de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que atribuye expresamente la competencia para la construcción, conservación y mantenimiento de los consultorios locales al Ayuntamiento correspondiente, en los términos previstos en dicha norma y de acuerdo con lo establecido a la legislación de régimen local, y sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Diputaciones Provinciales. Por tanto, en este caso, el Ayuntamiento de Villarino de los Aires, en el marco de sus competencias y en ejercicio de las mismas, ha decidido realizar una nueva infraestructura para ubicar el consultorio local y centro de guardia del municipio.
En relación con el equipamiento respecto del que es competente la Gerencia Regional de Salud, se ha llevado a cabo su renovación, homogeneizando y unificando dicho material para la nueva ubicación, y se ha dotado de todos los equipos médico-clínicos necesarios para realizar la actividad asistencial bien con material recientemente adquirido, bien trasladando el material ubicado en el centro que estaba en buen estado y funcionalidad, de modo que pueda ponerse en funcionamiento a la mayor brevedad.
Valladolid, a 27 de febrero de 2025.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/002928-2
CVE="BOCCL-11-012052"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta escrita PE/1102928, formulada por D. José Ramón García Fernández, Procurador de Unión del Pueblo Leonés, perteneciente al Grupo Parlamentario UPL-SORIA YA de las Cortes de Castilla y León, relativa a un nuevo centro de salud de Villarino de los Aires (Salamanca).
En contestación a la pregunta formulada, se informa que el municipio de Villarino de los Aires se encuentra adscrito a la Zona Básica de Salud de Vitigudino (Salamanca), cuyo centro de salud se ubica en el municipio de Vitigudino, por lo que en Villarino no se cuenta con un centro de salud, como se afirma en la pregunta formulada, sino con un consultorio local donde se presta también atención continuada como centro de guardia.
Como consecuencia de ello, resulta de aplicación el articulo 8 de la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que atribuye expresamente la competencia para la construcción, conservación y mantenimiento de los consultorios locales al Ayuntamiento correspondiente, en los términos previstos en dicha norma y de acuerdo con lo establecido a la legislación de régimen local, y sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Diputaciones Provinciales. Por tanto, en este caso, el Ayuntamiento de Villarino de los Aires, en el marco de sus competencias y en ejercicio de las mismas, ha decidido realizar una nueva infraestructura para ubicar el consultorio local y centro de guardia del municipio.
En relación con el equipamiento respecto del que es competente la Gerencia Regional de Salud, se ha llevado a cabo su renovación, homogeneizando y unificando dicho material para la nueva ubicación, y se ha dotado de todos los equipos médico-clínicos necesarios para realizar la actividad asistencial bien con material recientemente adquirido, bien trasladando el material ubicado en el centro que estaba en buen estado y funcionalidad, de modo que pueda ponerse en funcionamiento a la mayor brevedad.
Valladolid, a 27 de febrero de 2025.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/002928-2
CVE="BOCCL-11-012052"