PE/002967-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002967-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, relativa a número anual de centros públicos y privados concertados en Valladolid en los que al menos un 30 % del alumnado se encuentra en situación de vulnerabilidad educativa durante el periodo 2019 a 2024, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 379, de 3 de febrero de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1102967, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a centros públicos y centros privados concertados en Valladolid con al menos un 30 % de su alumnado en situación de vulnerabilidad, en el período 2019-2024.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1102967, se manifiesta lo siguiente:

El concepto de vulnerabilidad educativa se introduce en la normativa de educación en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Así, tras esta modificación, el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone que “Con el fin de hacer efectivo el principio de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás”.

Igualmente se utiliza el concepto de vulnerabilidad socioeducativa en el artículo 81, relativo a la escolarización.

Por tanto, desde el punto de vista jurídico, no se puede hablar de alumnado en situación de vulnerabilidad con anterioridad al curso 2020/2021, que es cuando empiezan a aplicarse de manera efectiva las medidas contempladas en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

La vulnerabilidad educativa es un concepto amplio sobre el que no existe aún un indicador. En la actualidad el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene en marcha una ponencia cuyo fin es definir un índice de vulnerabilidad como consecuencia del informe de la OCDE de 2023 «Propuestas para un Plan de Acción para reducir el abandono temprano en España». Este informe se hace eco de la falta de criterios comunes, tanto a nivel nacional como internacional, a la hora de definir un centro o un alumno vulnerable y propone crear un índice de vulnerabilidad común y consensuado. Para esta tarea ha recabado la colaboración de las Comunidades

Autónomas, de modo que los indicadores que se utilicen para definir este índice sean comunes a nivel nacional.

La ponencia se está desarrollando a nivel nacional, en el marco del Grupo de Trabajo PROA+ y mantuvo su primera reunión el 17 de diciembre de 2024.

El único contexto en que se ha utilizado el concepto de vulnerabilidad educativa es en el Programa PROA+, que establecía como requisito de participación de los centros contar con al menos un 30 % del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa en sentido amplio, entendiendo por tal el que presenta necesidades de tipo asistencial, escolar, socioeducativas y/o específicas de apoyo educativo.

El programa PROA + se ha desarrollado en dos fases:

1. PROA+ financiado a través de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En la provincia de Valladolid han participado 26 centros públicos y tres centros concertados, en los tres cursos de vigencia del programa (2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024).

2. PROA+ financiado a través del Fondo Social Europeo, a partir del curso 2024/2025, en el que están participando 19 centros públicos y tres centros concertados.

Valladolid, a 19 de febrero de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/002967-2

CVE="BOCCL-11-012089"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 37122
BOCCL nº 399/11 del 24/3/2025
CVE: BOCCL-11-012089

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002967-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, relativa a número anual de centros públicos y privados concertados en Valladolid en los que al menos un 30 % del alumnado se encuentra en situación de vulnerabilidad educativa durante el periodo 2019 a 2024, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 379, de 3 de febrero de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1102967, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a centros públicos y centros privados concertados en Valladolid con al menos un 30 % de su alumnado en situación de vulnerabilidad, en el período 2019-2024.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1102967, se manifiesta lo siguiente:

El concepto de vulnerabilidad educativa se introduce en la normativa de educación en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Así, tras esta modificación, el artículo 80.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone que “Con el fin de hacer efectivo el principio de equidad en el ejercicio del derecho a la educación, las Administraciones públicas desarrollarán acciones dirigidas hacia las personas, grupos, entornos sociales y ámbitos territoriales que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeducativa y cultural con el objetivo de eliminar las barreras que limitan su acceso, presencia, participación o aprendizaje, asegurando con ello los ajustes razonables en función de sus necesidades individuales y prestando el apoyo necesario para fomentar su máximo desarrollo educativo y social, de manera que puedan acceder a una educación inclusiva, en igualdad de condiciones con los demás”.

Igualmente se utiliza el concepto de vulnerabilidad socioeducativa en el artículo 81, relativo a la escolarización.

Por tanto, desde el punto de vista jurídico, no se puede hablar de alumnado en situación de vulnerabilidad con anterioridad al curso 2020/2021, que es cuando empiezan a aplicarse de manera efectiva las medidas contempladas en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.

La vulnerabilidad educativa es un concepto amplio sobre el que no existe aún un indicador. En la actualidad el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene en marcha una ponencia cuyo fin es definir un índice de vulnerabilidad como consecuencia del informe de la OCDE de 2023 «Propuestas para un Plan de Acción para reducir el abandono temprano en España». Este informe se hace eco de la falta de criterios comunes, tanto a nivel nacional como internacional, a la hora de definir un centro o un alumno vulnerable y propone crear un índice de vulnerabilidad común y consensuado. Para esta tarea ha recabado la colaboración de las Comunidades

Autónomas, de modo que los indicadores que se utilicen para definir este índice sean comunes a nivel nacional.

La ponencia se está desarrollando a nivel nacional, en el marco del Grupo de Trabajo PROA+ y mantuvo su primera reunión el 17 de diciembre de 2024.

El único contexto en que se ha utilizado el concepto de vulnerabilidad educativa es en el Programa PROA+, que establecía como requisito de participación de los centros contar con al menos un 30 % del alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa en sentido amplio, entendiendo por tal el que presenta necesidades de tipo asistencial, escolar, socioeducativas y/o específicas de apoyo educativo.

El programa PROA + se ha desarrollado en dos fases:

1. PROA+ financiado a través de Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. En la provincia de Valladolid han participado 26 centros públicos y tres centros concertados, en los tres cursos de vigencia del programa (2021/2022, 2022/2023 y 2023/2024).

2. PROA+ financiado a través del Fondo Social Europeo, a partir del curso 2024/2025, en el que están participando 19 centros públicos y tres centros concertados.

Valladolid, a 19 de febrero de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/002967-2

CVE="BOCCL-11-012089"



Sede de las Cortes de Castilla y León