PE/002973-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002973-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, relativa a cuántas aulas inclusivas se han puesto en marcha cada año en centros públicos y en centros privados concertados durante el periodo 2019 a 2024, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 379, de 3 de febrero de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1102973, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aulas inclusivas puestas en marcha en centros públicos y centros privados concertados en el período 2019-2024

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1102973, se manifiesta lo siguiente:

El concepto de “aula inclusiva” como modelo de organización no está previsto en la normativa de Castilla y León.

Si entendemos el aula inclusiva como el espacio educativo diseñado para atender y valorar la diversidad de todos los estudiantes, independientemente de sus capacidades, características o necesidades especiales, basándonos en la idea de que todos los alumnos deben tener acceso a una educación de calidad en igualdad de condiciones, con carácter general, todas las aulas de los centros educativos ordinarios de Castilla y León son inclusivas.

La Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, establece como uno de sus principios de actuación, que la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se fundamenta en una serie de principios de actuación que pretenden el mayor grado de normalización, inclusión, integración, compensación, calidad y equidad en su proceso educativo, en sus interacciones personales y sociales, en el aula y en el centro, con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo, proporcionando una atención individualizada en función de las necesidades educativas del alumnado, ya sean de tipo personal, intelectual, social o emocional.

El artículo 16 de la mencionada Orden establece que se promoverá la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros ordinarios. La escolarización en centros de educación especial o en unidades de educación especial sólo se llevará a cabo cuando las necesidades educativas especiales del alumnado sean graves y permanentes, requieran un apoyo extenso y generalizado con adaptaciones significativas en la mayor parte de las áreas o materias del currículo, precisen recursos humanos y materiales específicos, y no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. Sólo en casos excepcionales, y previo informe motivado del Área de Inspección Educativa, se podrá escolarizar al alumnado del segundo ciclo de educación infantil en centros o unidades de educación especial.

No obstante, la Consejería de Educacion cuenta con unos apoyos en centros ordinarios, los apoyos de Comunicación, Lenguaje, Autonomía y Socialización (Apoyos CLAS), para alumnado con necesidades educativas especiales asociadas al espectro autista y/o trastornos graves de la comunicación y el lenguaje, escolarizado en segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria y en educación secundaria obligatoria en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Estos apoyos incluyen un conjunto de actuaciones de carácter inclusivo dirigidas a identificar y superar las barreras con las que se encuentra el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas al espectro autista y/o trastornos graves de la comunicación y el lenguaje con la finalidad de garantizar su acceso, participación, pertenencia y progreso en el sistema educativo.

En los cursos a los que se refiere la iniciativa, los apoyos CLAS existentes en centros públicos de Castilla y León son los siguientes:

2019/2020 2020/2021 2021/2022 2022/2023 2023/2024

ÁVILA 4 4 4 4 4

BURGOS 5 5 7 9 10

LEÓN 8 8 10 11 12

PALENCIA 0 0 0 1 1

SALAMANCA 3 3 5 6 7

SEGOVIA 3 3 5 6 6

SORIA 4 5 7 8 12

VALLADOLID 8 9 9 10 10

ZAMORA 4 4 5 5 5

Valladolid, a 19 de febrero de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/002973-2

CVE="BOCCL-11-012093"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 37130
BOCCL nº 399/11 del 24/3/2025
CVE: BOCCL-11-012093

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002973-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez, Dña. Elisa Patricia Gómez Urbán, D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, relativa a cuántas aulas inclusivas se han puesto en marcha cada año en centros públicos y en centros privados concertados durante el periodo 2019 a 2024, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 379, de 3 de febrero de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1102973, formulada a la Junta de Castilla y León por D. José Francisco Martín Martínez, D.ª Patricia Gómez Urbán, D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a aulas inclusivas puestas en marcha en centros públicos y centros privados concertados en el período 2019-2024

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1102973, se manifiesta lo siguiente:

El concepto de “aula inclusiva” como modelo de organización no está previsto en la normativa de Castilla y León.

Si entendemos el aula inclusiva como el espacio educativo diseñado para atender y valorar la diversidad de todos los estudiantes, independientemente de sus capacidades, características o necesidades especiales, basándonos en la idea de que todos los alumnos deben tener acceso a una educación de calidad en igualdad de condiciones, con carácter general, todas las aulas de los centros educativos ordinarios de Castilla y León son inclusivas.

La Orden EDU/1152/2010, de 3 de agosto, por la que se regula la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en el segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas de Educación Especial, en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, establece como uno de sus principios de actuación, que la respuesta educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se fundamenta en una serie de principios de actuación que pretenden el mayor grado de normalización, inclusión, integración, compensación, calidad y equidad en su proceso educativo, en sus interacciones personales y sociales, en el aula y en el centro, con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso, la permanencia y la promoción en el sistema educativo, proporcionando una atención individualizada en función de las necesidades educativas del alumnado, ya sean de tipo personal, intelectual, social o emocional.

El artículo 16 de la mencionada Orden establece que se promoverá la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en centros ordinarios. La escolarización en centros de educación especial o en unidades de educación especial sólo se llevará a cabo cuando las necesidades educativas especiales del alumnado sean graves y permanentes, requieran un apoyo extenso y generalizado con adaptaciones significativas en la mayor parte de las áreas o materias del currículo, precisen recursos humanos y materiales específicos, y no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. Sólo en casos excepcionales, y previo informe motivado del Área de Inspección Educativa, se podrá escolarizar al alumnado del segundo ciclo de educación infantil en centros o unidades de educación especial.

No obstante, la Consejería de Educacion cuenta con unos apoyos en centros ordinarios, los apoyos de Comunicación, Lenguaje, Autonomía y Socialización (Apoyos CLAS), para alumnado con necesidades educativas especiales asociadas al espectro autista y/o trastornos graves de la comunicación y el lenguaje, escolarizado en segundo ciclo de educación infantil, en educación primaria y en educación secundaria obligatoria en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Estos apoyos incluyen un conjunto de actuaciones de carácter inclusivo dirigidas a identificar y superar las barreras con las que se encuentra el alumnado con necesidades educativas especiales asociadas al espectro autista y/o trastornos graves de la comunicación y el lenguaje con la finalidad de garantizar su acceso, participación, pertenencia y progreso en el sistema educativo.

En los cursos a los que se refiere la iniciativa, los apoyos CLAS existentes en centros públicos de Castilla y León son los siguientes:

2019/2020 2020/2021 2021/2022 2022/2023 2023/2024

ÁVILA 4 4 4 4 4

BURGOS 5 5 7 9 10

LEÓN 8 8 10 11 12

PALENCIA 0 0 0 1 1

SALAMANCA 3 3 5 6 7

SEGOVIA 3 3 5 6 6

SORIA 4 5 7 8 12

VALLADOLID 8 9 9 10 10

ZAMORA 4 4 5 5 5

Valladolid, a 19 de febrero de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/002973-2

CVE="BOCCL-11-012093"



Sede de las Cortes de Castilla y León