PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta escrita número 3043 formulada por D. Fernando Pablos Romo, Da Rosa Rubio Martín, Dª Carmen García Romero, Dª Laura Pelegrina Cortijo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la subvención concedida a “Salamanca de Transportes, S.A.” para la adquisición de 25 autobuses eléctricos nuevos.
En contestación a la Pregunta Escrita nº 3043 relativa a las líneas de transporte interurbano de Salamanca que se beneficiarán de la subvención concedida a “SALAMANCA DE TRANSPORTES, S.A.” para la adquisición de 25 autobuses eléctricos nuevos y fecha en que se considera que estarán en funcionamiento, se informa lo siguiente:
La concesión de la ayuda a “Salamanca de Transportes S.A.”, se enmarca en la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ni el propio Real Decreto por el que se establecen las bases de la convocatoria, ni la convocatoria de la ayuda recogen entre los datos a aportar las líneas de transporte que se beneficiarán de la subvención, ni el plazo en que deben estar en funcionamiento los vehículos, pero sí el plazo máximo en que debe justificar su adquisición, siendo éste hasta el 31 de octubre de 2025. En cualquier caso, la empresa “Salamanca de Transportes S.A.” no opera líneas de transporte interurbanas sino urbanas de Salamanca.
Valladolid, a 4 de marzo de 2025.
EL CONSEJERO DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL,
Fdo.: José Luis Sanz Merino
PE/003043-2
CVE="BOCCL-11-012109"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002909 a PE/002915, PE/002917, PE/002922 a PE/002924, PE/002927 a PE/002934, PE/002936 a PE/002946, PE/002948 a PE/002967, PE/002970 a PE/002975, PE/002977 a PE/002979, PE/002989 a PE/002991, PE/002995, PE/003003, PE/003022, PE/003025, PE/003028 a PE/003030, PE/003043, PE/003053 y PE/003056.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de marzo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta escrita número 3043 formulada por D. Fernando Pablos Romo, Da Rosa Rubio Martín, Dª Carmen García Romero, Dª Laura Pelegrina Cortijo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la subvención concedida a “Salamanca de Transportes, S.A.” para la adquisición de 25 autobuses eléctricos nuevos.
En contestación a la Pregunta Escrita nº 3043 relativa a las líneas de transporte interurbano de Salamanca que se beneficiarán de la subvención concedida a “SALAMANCA DE TRANSPORTES, S.A.” para la adquisición de 25 autobuses eléctricos nuevos y fecha en que se considera que estarán en funcionamiento, se informa lo siguiente:
La concesión de la ayuda a “Salamanca de Transportes S.A.”, se enmarca en la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Ni el propio Real Decreto por el que se establecen las bases de la convocatoria, ni la convocatoria de la ayuda recogen entre los datos a aportar las líneas de transporte que se beneficiarán de la subvención, ni el plazo en que deben estar en funcionamiento los vehículos, pero sí el plazo máximo en que debe justificar su adquisición, siendo éste hasta el 31 de octubre de 2025. En cualquier caso, la empresa “Salamanca de Transportes S.A.” no opera líneas de transporte interurbanas sino urbanas de Salamanca.
Valladolid, a 4 de marzo de 2025.
EL CONSEJERO DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL,
Fdo.: José Luis Sanz Merino
PE/003043-2
CVE="BOCCL-11-012109"