PPL/000012-05











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000012-05


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 10 de abril de 2025, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, PPL/000012.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del primer párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"La divulgación de informaciones falsas o bulos se ha multiplicado en los últimos años como consecuencia de la proliferación de medios de difusión digitales en los que tienen cabida todo tipo de contenidos, sin pasar por ninguno de los filtros habituales en los medios de comunicación tradicionales, y en los que prima el sensacionalismo para generar el llamado 'clickbait'), o cebo de 'clicks' y aumentar el número de visualizaciones, del que dependen los ingresos de este tipo de publicaciones."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La divulgación de informaciones falsas o bulos se ha multiplicado en los últimos años como consecuencia de la mala praxis que se da en diversos medios de difusión digitales en los que tienen cabida todo tipo de contenidos, sin pasar por ninguno de los filtros habituales en los medios de comunicación tradicionales, y en los que prima el sensacionalismo para generar el llamado 'clickbait'), o cebo de 'clicks' y aumentar el número de visualizaciones, del que dependen gran parte de los ingresos de este tipo de publicaciones, que en ocasiones también se financian parcialmente mediante publicidad institucional."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del segundo párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"A su vez, y ante el éxito de estos nuevos medios, son muchas los medios de comunicación tradicionales que se han sumado a estas tendencias para no quedarse atrás, haciéndose eco muchas veces de contenidos que se generan en la esfera digital y que acaban teniendo un impacto innegable en la realidad, aunque carezcan de todo rigor periodístico."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"A su vez, y ante el éxito de estos nuevos medios, son muchas los medios de comunicación tradicionales que se han sumado a estas tendencias para no quedarse atrás, haciéndose eco muchas veces de contenidos que se generan en la esfera digital de dudosa veracidad y que acaban teniendo un impacto innegable en la realidad, aunque carezcan de todo rigor periodístico."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del tercer párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"Este fenómeno se une al llamado filtro burbuja que generan los algoritmos que deciden qué publicaciones vemos o no en las redes sociales, fórmulas que tienden a mostrarnos solo las noticias y opiniones compartidas por aquellas personas que se interesan o piensan de forma similar a la nuestra."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"Este fenómeno se une al llamado filtro burbuja que generan los algoritmos que deciden qué publicaciones vemos o no en las redes sociales, fórmulas que tienden a mostrarnos solo las noticias y opiniones compartidas por aquellas personas que se interesan o piensan de forma similar a la nuestra, lo que dificulta recibir una información plural desde diversos enfoques que permita favorecer una mayor reflexión y capacidad crítica en nuestra sociedad."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 4

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"La combinación de ambos fenómenos deja a nuestras sociedades cada vez más polarizadas y en un estado cada vez mayor de vulnerabilidad ante las informaciones falsas, que se reproducen de forma vertiginosa y alcanzan a muchas más personas que las correcciones y rectificaciones de las herramientas de verificación de hechos."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La combinación de ambos fenómenos deja a nuestras sociedades cada vez más polarizadas y en un estado cada vez mayor de vulnerabilidad ante las informaciones falsas o de dudosa veracidad, que se reproducen de forma vertiginosa y alcanzan a muchas más personas que las correcciones y rectificaciones de las herramientas de verificación de hechos."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 5

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"Aunque la regulación de las noticias falsas ha sido abordada por gobiernos de distinto signo, nunca ha culminado en una legislación concreta ante la dificultad de garantizar el derecho a una información veraz sin menoscabar al mismo tiempo la libertad de expresión."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"Aunque la regulación de las noticias falsas ha sido abordada por gobiernos de distinto signo, nunca ha culminado en una legislación concreta ante la dificultad de garantizar el derecho a una información veraz, que recoge el artículo 20.1.d) de la Constitución, sin menoscabar al mismo tiempo la libertad de expresión, establecido en el artículo 20.1.a) de la Constitución."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 6

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del primer párrafo del artículo uno de la Proposición de Ley, de modo que se modifique el siguiente texto:

"6. Se prohíbe la contratación de cualquier tipo de campaña de publicidad o comunicación institucional con medios de comunicación social que hayan sido condenados en sentencia firme de forma reiterada a rectificar informaciones inexactas, por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad y la propia imagen de las personas o por delitos de odio, tanto el caso en el que hayan sido directamente condenados como si esta condena recae en sus trabajadores y colaboradores."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"6. Se prohíbe la contratación de cualquier tipo de campaña de publicidad o comunicación institucional con medios de comunicación social que hayan sido condenados en sentencia firme de forma reiterada a rectificar informaciones inexactas, por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad y la propia imagen de las personas o por delitos de odio, tanto el caso en el que hayan sido directamente condenados como si esta condena recae en sus trabajadores y colaboradores en el ejercicio de su trabajo para dicho medio."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse el hecho de que dichas condenas sean precisamente en el ejercicio del trabajo para el medio al que se pretende penalizar, ya que existe el caso, por ejemplo, de periodistas autónomos que trabajan para varios medios a la vez, y no tendría mucho sentido que se sancionase a un medio por la labor que estuviese haciendo un colaborador o trabajador en otro medio de comunicación.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PPL/000012-05

CVE="BOCCL-11-012334"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 38410-38415
BOCCL nº 409/11 del 16/4/2025
CVE: BOCCL-11-012334

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000012-05
Enmiendas al articulado presentadas por D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 10 de abril de 2025, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, PPL/000012.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de abril de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 1

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del primer párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"La divulgación de informaciones falsas o bulos se ha multiplicado en los últimos años como consecuencia de la proliferación de medios de difusión digitales en los que tienen cabida todo tipo de contenidos, sin pasar por ninguno de los filtros habituales en los medios de comunicación tradicionales, y en los que prima el sensacionalismo para generar el llamado 'clickbait'), o cebo de 'clicks' y aumentar el número de visualizaciones, del que dependen los ingresos de este tipo de publicaciones."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La divulgación de informaciones falsas o bulos se ha multiplicado en los últimos años como consecuencia de la mala praxis que se da en diversos medios de difusión digitales en los que tienen cabida todo tipo de contenidos, sin pasar por ninguno de los filtros habituales en los medios de comunicación tradicionales, y en los que prima el sensacionalismo para generar el llamado 'clickbait'), o cebo de 'clicks' y aumentar el número de visualizaciones, del que dependen gran parte de los ingresos de este tipo de publicaciones, que en ocasiones también se financian parcialmente mediante publicidad institucional."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 2

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del segundo párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"A su vez, y ante el éxito de estos nuevos medios, son muchas los medios de comunicación tradicionales que se han sumado a estas tendencias para no quedarse atrás, haciéndose eco muchas veces de contenidos que se generan en la esfera digital y que acaban teniendo un impacto innegable en la realidad, aunque carezcan de todo rigor periodístico."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"A su vez, y ante el éxito de estos nuevos medios, son muchas los medios de comunicación tradicionales que se han sumado a estas tendencias para no quedarse atrás, haciéndose eco muchas veces de contenidos que se generan en la esfera digital de dudosa veracidad y que acaban teniendo un impacto innegable en la realidad, aunque carezcan de todo rigor periodístico."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 3

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del tercer párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"Este fenómeno se une al llamado filtro burbuja que generan los algoritmos que deciden qué publicaciones vemos o no en las redes sociales, fórmulas que tienden a mostrarnos solo las noticias y opiniones compartidas por aquellas personas que se interesan o piensan de forma similar a la nuestra."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"Este fenómeno se une al llamado filtro burbuja que generan los algoritmos que deciden qué publicaciones vemos o no en las redes sociales, fórmulas que tienden a mostrarnos solo las noticias y opiniones compartidas por aquellas personas que se interesan o piensan de forma similar a la nuestra, lo que dificulta recibir una información plural desde diversos enfoques que permita favorecer una mayor reflexión y capacidad crítica en nuestra sociedad."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 4

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del cuarto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"La combinación de ambos fenómenos deja a nuestras sociedades cada vez más polarizadas y en un estado cada vez mayor de vulnerabilidad ante las informaciones falsas, que se reproducen de forma vertiginosa y alcanzan a muchas más personas que las correcciones y rectificaciones de las herramientas de verificación de hechos."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La combinación de ambos fenómenos deja a nuestras sociedades cada vez más polarizadas y en un estado cada vez mayor de vulnerabilidad ante las informaciones falsas o de dudosa veracidad, que se reproducen de forma vertiginosa y alcanzan a muchas más personas que las correcciones y rectificaciones de las herramientas de verificación de hechos."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 5

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del quinto párrafo del apartado I de la Exposición de Motivos, de modo que se modifique el siguiente texto:

"Aunque la regulación de las noticias falsas ha sido abordada por gobiernos de distinto signo, nunca ha culminado en una legislación concreta ante la dificultad de garantizar el derecho a una información veraz sin menoscabar al mismo tiempo la libertad de expresión."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"Aunque la regulación de las noticias falsas ha sido abordada por gobiernos de distinto signo, nunca ha culminado en una legislación concreta ante la dificultad de garantizar el derecho a una información veraz, que recoge el artículo 20.1.d) de la Constitución, sin menoscabar al mismo tiempo la libertad de expresión, establecido en el artículo 20.1.a) de la Constitución."

Motivación:

Consideramos que con la enmienda planteada la redacción es más completa respecto al objeto de la ley.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE PRESIDENCIA

D. Luis Mariano Santos Reyero, D. José Ramón García Fernández y Dña. Alicia Gallego González, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 del Reglamento de las Cortes, presentan la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de reforma de la Ley 4/2009, de 28 de mayo, de Publicidad Institucional de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Mixto, a instancia del Sr. Fernández Santos (PODEMOS-IU-AV).

ENMIENDA N.º 6

Modificación que se propone:

Se solicita la reforma del primer párrafo del artículo uno de la Proposición de Ley, de modo que se modifique el siguiente texto:

"6. Se prohíbe la contratación de cualquier tipo de campaña de publicidad o comunicación institucional con medios de comunicación social que hayan sido condenados en sentencia firme de forma reiterada a rectificar informaciones inexactas, por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad y la propia imagen de las personas o por delitos de odio, tanto el caso en el que hayan sido directamente condenados como si esta condena recae en sus trabajadores y colaboradores."

Quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"6. Se prohíbe la contratación de cualquier tipo de campaña de publicidad o comunicación institucional con medios de comunicación social que hayan sido condenados en sentencia firme de forma reiterada a rectificar informaciones inexactas, por vulnerar el derecho al honor y a la intimidad y la propia imagen de las personas o por delitos de odio, tanto el caso en el que hayan sido directamente condenados como si esta condena recae en sus trabajadores y colaboradores en el ejercicio de su trabajo para dicho medio."

Motivación:

Consideramos que debe recogerse el hecho de que dichas condenas sean precisamente en el ejercicio del trabajo para el medio al que se pretende penalizar, ya que existe el caso, por ejemplo, de periodistas autónomos que trabajan para varios medios a la vez, y no tendría mucho sentido que se sancionase a un medio por la labor que estuviese haciendo un colaborador o trabajador en otro medio de comunicación.

Valladolid, 3 de febrero de 2025.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: José Ramón García Fernández y Alicia Gallego González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PPL/000012-05

CVE="BOCCL-11-012334"



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