PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002916, PE/002926, PE/002947, PE/003060 a PE/003121 y PE/003126.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de abril de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1103067, formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón y D. Fernando Pablos Romo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “qué actuaciones administrativas que están realizando respectivamente la Consejería de Educación, el Delegado Territorial de Palencia y el Director Provincial de Educación de Palencia ante la solicitud de apertura de expediente al equipo directivo del CEIP El Cruce de Castilla de Venta de Baños (Palencia)”.
Recabada información de las Consejerías de la Presidencia y de Educación, en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:
- ANEXO I: Consejería de la Presidencia
- ANEXO II: Consejería de Educación
Valladolid, a 26 de marzo de 2025.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: Luis Miguel González Gago
ANEXO I CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
P.E./1103067
En respuesta a la pregunta de referencia y de acuerdo con el informe evacuado por la Delegación Territorial de Palencia, se informa que el Delegado Territorial de esa provincia no ha realizado actuación alguna.
ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
P.E./1103067
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103067, se manifiesta lo siguiente:
En primer lugar, hay que aclarar que lo que la iniciativa califica como “solicitud de la Dirección Provincial de Educación de Palencia para que se obro un expediente o los miembros del equipo directivo del CEIP El Cruce de Castilla de Venta de Baños”, en realidad es un oficio de fecha 26 de junio, firmado por el Director Provincial de Educación de Palencia en el que se señala que “dados los escritos realizados por la Directora de CEIP “Cruce de Castilla “ sobre supuestos hechos realizados por dos profesoras del centro y a la vista del informe de la Inspección, se propone la realización de una información reservada sobre los hechos reflejados en la denuncia.
Como consecuencia de esta comunicación, haciendo uso de la potestad atribuirla en el artículo 28 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, mediante Resolución de 3 de julio de 2024, la Dirección General de Recursos Humanos acordó la realización de una información reservada.
Los funcionarios públicos (y el personal laboral) quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el Título VII del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), artículos 93 y siguientes y en las normas que las Leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto (en tanto el legislador no lleve a cabo el mandato que le impone el EBEP, el Reglamento que desarrolla el Régimen Disciplinario aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en aquél).
Este trámite de información y actuaciones previas aparece también recogido en el artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con fecha 13 de febrero de 2025 se dicta Acuerdo de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación por el que se da por finalizada la información reservada sobre los hechos acaecidos en el CEIP “El Cruce de Castilla”.
Por otra parte, mediante escrito de 14 de febrero de 2025, la Dirección Provincial de Educación de Palencia pone en conocimiento de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, informe del Área de Inspección Educativa en el que se propone la incoación de expediente disciplinario a la directora del CEIP ‘Cruce de Castilla’ de Venta de Baños.
El 19 de febrero de 2025, se dicta Acuerdo de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación por la que se incoa el expediente disciplinario, con suspensión de funciones como medida cautelar.
El 10 de marzo de 2025 se dicta Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se incoa expediente disciplinario con suspensión de funciones como medida cautelar, al secretario del CEIP El Cruce de Castilla, vista la documentación enviada con fecha 6 de marzo de 2025 por la Dirección Provincial de Educación de Palencia.
PE/003067-2
CVE="BOCCL-11-012369"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002916, PE/002926, PE/002947, PE/003060 a PE/003121 y PE/003126.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de abril de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1103067, formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón y D. Fernando Pablos Romo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “qué actuaciones administrativas que están realizando respectivamente la Consejería de Educación, el Delegado Territorial de Palencia y el Director Provincial de Educación de Palencia ante la solicitud de apertura de expediente al equipo directivo del CEIP El Cruce de Castilla de Venta de Baños (Palencia)”.
Recabada información de las Consejerías de la Presidencia y de Educación, en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:
- ANEXO I: Consejería de la Presidencia
- ANEXO II: Consejería de Educación
Valladolid, a 26 de marzo de 2025.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: Luis Miguel González Gago
ANEXO I CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
P.E./1103067
En respuesta a la pregunta de referencia y de acuerdo con el informe evacuado por la Delegación Territorial de Palencia, se informa que el Delegado Territorial de esa provincia no ha realizado actuación alguna.
ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
P.E./1103067
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103067, se manifiesta lo siguiente:
En primer lugar, hay que aclarar que lo que la iniciativa califica como “solicitud de la Dirección Provincial de Educación de Palencia para que se obro un expediente o los miembros del equipo directivo del CEIP El Cruce de Castilla de Venta de Baños”, en realidad es un oficio de fecha 26 de junio, firmado por el Director Provincial de Educación de Palencia en el que se señala que “dados los escritos realizados por la Directora de CEIP “Cruce de Castilla “ sobre supuestos hechos realizados por dos profesoras del centro y a la vista del informe de la Inspección, se propone la realización de una información reservada sobre los hechos reflejados en la denuncia.
Como consecuencia de esta comunicación, haciendo uso de la potestad atribuirla en el artículo 28 del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, mediante Resolución de 3 de julio de 2024, la Dirección General de Recursos Humanos acordó la realización de una información reservada.
Los funcionarios públicos (y el personal laboral) quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el Título VII del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), artículos 93 y siguientes y en las normas que las Leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto (en tanto el legislador no lleve a cabo el mandato que le impone el EBEP, el Reglamento que desarrolla el Régimen Disciplinario aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en aquél).
Este trámite de información y actuaciones previas aparece también recogido en el artículo 55 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con fecha 13 de febrero de 2025 se dicta Acuerdo de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación por el que se da por finalizada la información reservada sobre los hechos acaecidos en el CEIP “El Cruce de Castilla”.
Por otra parte, mediante escrito de 14 de febrero de 2025, la Dirección Provincial de Educación de Palencia pone en conocimiento de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, informe del Área de Inspección Educativa en el que se propone la incoación de expediente disciplinario a la directora del CEIP ‘Cruce de Castilla’ de Venta de Baños.
El 19 de febrero de 2025, se dicta Acuerdo de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación por la que se incoa el expediente disciplinario, con suspensión de funciones como medida cautelar.
El 10 de marzo de 2025 se dicta Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se incoa expediente disciplinario con suspensión de funciones como medida cautelar, al secretario del CEIP El Cruce de Castilla, vista la documentación enviada con fecha 6 de marzo de 2025 por la Dirección Provincial de Educación de Palencia.
PE/003067-2
CVE="BOCCL-11-012369"