PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002916, PE/002926, PE/002947, PE/003060 a PE/003121 y PE/003126.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de abril de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103071, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Patricia Gómez Urbán, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la implantación de la eso en el colegio de Educación Infantil y Primaria los Zumacales (Simancas).
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103071, se manifiesta lo siguiente:
La localidad de Simancas cuenta con los siguientes centros públicos educativos: el CEIP Los Zumacales y el CEIP Puente de Simancas, que imparten educación infantil y educación primaria, ubicados en dos zonas del pueblo bien diferenciadas.
El análisis realizado en relación con la población pone de manifiesto el progresivo descenso de nacimientos en esta localidad; ejemplo de ello es que, de los nacimientos habidos en 2021, han solicitado plaza en el centro “Los Zumacales” 4 y 7 en el CEIP “Puente de Simancas”, siguiendo esta tendencia en los cursos venideros.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que, para poder transformar un CEIP en un CEO, se ha de disponer de una serie espacios exigidos para impartir secundaria obligatoria, establecidos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, espacios de los que no disponen los CEIP de esta localidad.
Por todo ello, se puede concluir que ni por el número actual de alumnos ni por la evolución de la población de Simancas puede implantarse un CEO en estos colegios públicos, que a su vez no contarían con los espacios e instalaciones necesarias para impartir la ESO.
Valladolid, a 19 de marzo de 2025.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
PE/003071-2
CVE="BOCCL-11-012373"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002916, PE/002926, PE/002947, PE/003060 a PE/003121 y PE/003126.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de abril de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103071, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Pelegrina Cortijo, D.ª Patricia Gómez Urbán, D.ª Isabel Gonzalo Ramírez y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la implantación de la eso en el colegio de Educación Infantil y Primaria los Zumacales (Simancas).
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103071, se manifiesta lo siguiente:
La localidad de Simancas cuenta con los siguientes centros públicos educativos: el CEIP Los Zumacales y el CEIP Puente de Simancas, que imparten educación infantil y educación primaria, ubicados en dos zonas del pueblo bien diferenciadas.
El análisis realizado en relación con la población pone de manifiesto el progresivo descenso de nacimientos en esta localidad; ejemplo de ello es que, de los nacimientos habidos en 2021, han solicitado plaza en el centro “Los Zumacales” 4 y 7 en el CEIP “Puente de Simancas”, siguiendo esta tendencia en los cursos venideros.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que, para poder transformar un CEIP en un CEO, se ha de disponer de una serie espacios exigidos para impartir secundaria obligatoria, establecidos en los artículos 13 y 14 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria, espacios de los que no disponen los CEIP de esta localidad.
Por todo ello, se puede concluir que ni por el número actual de alumnos ni por la evolución de la población de Simancas puede implantarse un CEO en estos colegios públicos, que a su vez no contarían con los espacios e instalaciones necesarias para impartir la ESO.
Valladolid, a 19 de marzo de 2025.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
PE/003071-2
CVE="BOCCL-11-012373"