PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001350 y PNL/001351.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El bono social térmico es una ayuda anual destinada a paliar la pobreza energética de "consumidores vulnerables" y "vulnerables severos", que se concede con cargo a fondos de la Administración General del Estado y tramitan las Comunidades Autónomas, encargadas de su gestión y pago.
Se regula por Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Aunque en su articulado no se recoge expresamente si esta ayuda debe tributar en la declaración del IRPF, el Gobierno de España, con una falta de transparencia manifiesta, no duda en gravar el bono social térmico, obligando a declarar la cantidad percibida como bono social térmico en concepto de ganancia patrimonial que se integra dentro de la Base Imponible General, tal y como se recoge en el Informe de la Agencia Tributaria N.º 144145.
Aunque los contribuyentes que obtienen exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono social térmico, por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no están obligados a presentar declaración, sí están obligados:
- Los perceptores del IMV, obligados a hacer la declaración de la renta en todo caso.
- Aquellos con dos o más pagadores, situación especialmente frecuente entre personas en situación de vulnerabilidad por tener trabajos más precarios, con contratos a tiempo parcial y de menor duración.
- Y los que tengan rendimientos de un solo pagador por importes superiores a los 22.000 € (el salario mínimo interprofesional para 2025 es de 16.576 €).
En Castilla y León, han sido en total 111.369 los beneficiarios del último bono social térmico, de los cuales 49.894 eran vulnerables y 61.4475 vulnerables severos.
111.369 consumidores castellanos y leoneses vulnerables o vulnerables severos, a los que se les concede una ayuda y a la vez se les reduce al obligarles, en la mayoría de los casos, a incluirla en su declaración del IRPF.
Un factor que agrava este año, aún más, su ya difícil situación de pobreza energética es el aumento del 20 % en las facturas de luz y del gas en 2025. Dicho incremento incluye una subida del 4,61 % en el impuesto especial sobre la electricidad y un 16 % en el IVA, lo que supone un aumento de la recaudación para el Gobierno de España.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de España que el importe percibido por el bono social térmico esté exento en la tributación de la declaración del IRPF".
Valladolid, 21 de abril de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001350-01
CVE="BOCCL-11-012475"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 24 de abril de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001350 y PNL/001351.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 24 de abril de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.
ANTECEDENTES
El bono social térmico es una ayuda anual destinada a paliar la pobreza energética de "consumidores vulnerables" y "vulnerables severos", que se concede con cargo a fondos de la Administración General del Estado y tramitan las Comunidades Autónomas, encargadas de su gestión y pago.
Se regula por Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Aunque en su articulado no se recoge expresamente si esta ayuda debe tributar en la declaración del IRPF, el Gobierno de España, con una falta de transparencia manifiesta, no duda en gravar el bono social térmico, obligando a declarar la cantidad percibida como bono social térmico en concepto de ganancia patrimonial que se integra dentro de la Base Imponible General, tal y como se recoge en el Informe de la Agencia Tributaria N.º 144145.
Aunque los contribuyentes que obtienen exclusivamente rendimientos del trabajo de un pagador por una cuantía inferior a 22.000 euros anuales y recibe esta ayuda del bono social térmico, por un importe inferior a 1.000 euros anuales, no están obligados a presentar declaración, sí están obligados:
- Los perceptores del IMV, obligados a hacer la declaración de la renta en todo caso.
- Aquellos con dos o más pagadores, situación especialmente frecuente entre personas en situación de vulnerabilidad por tener trabajos más precarios, con contratos a tiempo parcial y de menor duración.
- Y los que tengan rendimientos de un solo pagador por importes superiores a los 22.000 € (el salario mínimo interprofesional para 2025 es de 16.576 €).
En Castilla y León, han sido en total 111.369 los beneficiarios del último bono social térmico, de los cuales 49.894 eran vulnerables y 61.4475 vulnerables severos.
111.369 consumidores castellanos y leoneses vulnerables o vulnerables severos, a los que se les concede una ayuda y a la vez se les reduce al obligarles, en la mayoría de los casos, a incluirla en su declaración del IRPF.
Un factor que agrava este año, aún más, su ya difícil situación de pobreza energética es el aumento del 20 % en las facturas de luz y del gas en 2025. Dicho incremento incluye una subida del 4,61 % en el impuesto especial sobre la electricidad y un 16 % en el IVA, lo que supone un aumento de la recaudación para el Gobierno de España.
Por todo ello, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a solicitar al Gobierno de España que el importe percibido por el bono social térmico esté exento en la tributación de la declaración del IRPF".
Valladolid, 21 de abril de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001350-01
CVE="BOCCL-11-012475"