PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001397 a PNL/001434.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Gallego González, José Ramón García Fernández y Luis Mariano Santos Reyero, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación.
ANTECEDENTES
La normativa que actualmente regula la ordenación de la Educación Especial en la comunidad autónoma de Castilla y León es deficitaria y obsoleta, por lo que se debe hacer un análisis de la realidad del sistema educativo en cuanto a la inclusión y la atención a la diversidad y los centros de educación especial; y actualizar la normativa que hay al respecto para que se adapte a las necesidades del alumnado.
En este aspecto, cabe apuntar que los centros de Educación Especial no disponen de un reglamento orgánico de funcionamiento de centro, es más, se les equipara a un centro ordinario cuando la realidad de ambos poco o nada tiene que ver.
Por otro lado, la educación especial se organiza en dos etapas, la Educación Básica Obligatoria de los 6 a los 16 años y la Transición a la vida Adulta de los 16 a los 21 años. La última regulación sobre esta última etapa es del año 1999, es decir, de hace más de 25 años.
Por su parte, tampoco está regulado el currículo para la (EBO) Educación Básica Obligatoria, tan solo se dispone de un documento con orientaciones sin rango de ley. Este currículo debería organizarse en ámbitos que tengan un carácter global e integrador y estén orientados al máximo desarrollo competencial del alumnado; y que incorporaría elementos de diferentes áreas como educación física o música, entre otras.
Por último, en lo que respecta a las ratios tanto del personal docente como del personal no docente (entre los que se encuentran enfermeras, fisioterapeutas y ayudantes técnicos educativos), cabe apuntar que están desactualizadas, habiendo pasado ya 15 años desde la última normativa aprobada en este aspecto. Sin embargo, sí se han actualizado recientemente las ratios del profesorado que atiende a los alumnos con necesidades educativas especiales (Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje) para los centros ordinarios en la ORDEN EDU/43/2022.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1.- "Las Cortes de C. y León instan a la Junta de C. y León a:
Renovar y actualizar a la mayor brevedad posible la normativa de las ratios tanto del personal docente como del personal no docente".
2.- "Las Cortes de C. y León instan a la Junta de C. y León a:
Elaborar y desarrollar a la mayor brevedad posible la normativa relativa al currículo de la Educación Especial así como su reglamento orgánico".
Valladolid, 7 de mayo de 2025.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Alicia Gallego González y José Ramón García Fernández
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001411-01
CVE="BOCCL-11-012784"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001397 a PNL/001434.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Gallego González, José Ramón García Fernández y Luis Mariano Santos Reyero, procuradores de Unión del Pueblo Leonés (UPL), pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-Soria ¡Ya!, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación.
ANTECEDENTES
La normativa que actualmente regula la ordenación de la Educación Especial en la comunidad autónoma de Castilla y León es deficitaria y obsoleta, por lo que se debe hacer un análisis de la realidad del sistema educativo en cuanto a la inclusión y la atención a la diversidad y los centros de educación especial; y actualizar la normativa que hay al respecto para que se adapte a las necesidades del alumnado.
En este aspecto, cabe apuntar que los centros de Educación Especial no disponen de un reglamento orgánico de funcionamiento de centro, es más, se les equipara a un centro ordinario cuando la realidad de ambos poco o nada tiene que ver.
Por otro lado, la educación especial se organiza en dos etapas, la Educación Básica Obligatoria de los 6 a los 16 años y la Transición a la vida Adulta de los 16 a los 21 años. La última regulación sobre esta última etapa es del año 1999, es decir, de hace más de 25 años.
Por su parte, tampoco está regulado el currículo para la (EBO) Educación Básica Obligatoria, tan solo se dispone de un documento con orientaciones sin rango de ley. Este currículo debería organizarse en ámbitos que tengan un carácter global e integrador y estén orientados al máximo desarrollo competencial del alumnado; y que incorporaría elementos de diferentes áreas como educación física o música, entre otras.
Por último, en lo que respecta a las ratios tanto del personal docente como del personal no docente (entre los que se encuentran enfermeras, fisioterapeutas y ayudantes técnicos educativos), cabe apuntar que están desactualizadas, habiendo pasado ya 15 años desde la última normativa aprobada en este aspecto. Sin embargo, sí se han actualizado recientemente las ratios del profesorado que atiende a los alumnos con necesidades educativas especiales (Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje) para los centros ordinarios en la ORDEN EDU/43/2022.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
1.- "Las Cortes de C. y León instan a la Junta de C. y León a:
Renovar y actualizar a la mayor brevedad posible la normativa de las ratios tanto del personal docente como del personal no docente".
2.- "Las Cortes de C. y León instan a la Junta de C. y León a:
Elaborar y desarrollar a la mayor brevedad posible la normativa relativa al currículo de la Educación Especial así como su reglamento orgánico".
Valladolid, 7 de mayo de 2025.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: Alicia Gallego González y José Ramón García Fernández
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001411-01
CVE="BOCCL-11-012784"