PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001397 a PNL/001434.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León, tiene por objeto establecer el marco jurídico para la prestación de los servicios que conforman la red de transporte público de viajeros por carretera en la Comunidad de Castilla y León, así como el de las infraestructuras complementarias al transporte necesarias para su desarrollo.
La citada ley define las "estaciones de transporte de viajeros" como las infraestructuras que tienen por objeto concentrar las salidas, llegadas y tránsitos a las poblaciones de los servicios de transporte público de viajeros, prestando actividades de carácter complementario a personas usuarias y operadores.
Es más, también define la utilización de estas estaciones de transporte de viajeros como obligatoria para los servicios que se determinen en su autorización, comprendiendo como mínimo los servicios de transporte público interurbano de viajeros regular de uso general con origen o destino en la población donde se ubica, y que no estén expresamente exceptuados.
La estación de autobuses de Soria tiene, como capital de provincia, un tráfico de autobuses intenso. En total 548 expediciones a la semana y unas 28.496 al año.
Supera por tanto las 10.000 expediciones al año que establece la Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León. Al superar esta cifra de expediciones, está obligada a cumplir todos los requisitos fijados en el artículo 63 para las estaciones de transporte de viajeros en Castilla y León. Estos servicios que se deben cumplir son:
a) Accesos para entradas y salidas de los vehículos, configurados de modo que no produzcan interferencias entre los mismos, ni alteraciones sensibles en la capacidad de circulación normal de las vías colindantes.
b) Accesos independientes para vehículos y viajeros.
c) Dársenas cubiertas, en número suficiente, para los aparcamientos simultáneos que se precisen.
d) Andenes cubiertos para subida y bajada de viajeros.
e) Zonas de espera para las personas independientes de los andenes.
f) Instalaciones de servicios sanitarios para el público usuario.
g) Dependencias o instalaciones, de uso común o individualizado, para la facturación, consigna y venta de billetes, así como puntos de información.
h) Oficinas para el personal de la estación y dependencias -aseos, vestuarios- y lugares adecuados para el descanso de tripulaciones.
i) Aparcamientos de vehículos en el ámbito de la estación destinados a facilitar el transbordo intermodal.
j) Medios audiovisuales de información de llegadas y salidas en tiempo real.
k) Servicio WIFI.
Según la información suministrada por la Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León, los horarios de apertura y cierre de las estaciones de autobús de las capitales de provincia de la Comunidad son los siguientes:
HORARIO APERTURA ESTACIONES DE AUTOBÚS CAPITALES DE PROVINCIA CASTILLA Y LEÓN
Apertura Cierre
Ávila 5:05 23:00
Burgos Apertura 24 horas
León 5:15 22:30
Palencia 6:45 22:30
Salamanca 5:30 0:00
Segovia 6:00 23:00
Soria 6:45 22:30
Valladolid 5:30 22:30
Zamora 6:30 0:30
Como se puede observar de los datos expuestos, los horarios de apertura y cierre de las estaciones de transporte de viajeros en Castilla y León no son en absoluto homogéneos.
Son las estaciones de Soria y Palencia las que tienen un horario de apertura más reducido, pese a que tienen expediciones que llegan y salen también fuera de estos horarios de apertura.
Existen las siguientes expediciones de transporte de viajeros por autobús que tienen como partida o destino la ciudad de Soria con horarios nocturnos:
- Una expedición que los viernes que llega de Salamanca a las 0:20 h
- Una expedición diaria que llega de Logroño a las 3:30 y sale hacia Madrid a las 3:45
- Una expedición diaria de Pamplona a las 3:30
- Una expedición diaria de Madrid a las 3:30 y sale para Pamplona a las 4:00
Por eso parece incomprensible que la estación de autobuses de Soria esté cerrada en horarios en los que sí que hay servicios que prestar.
Estas expediciones nocturnas no disfrutan de los servicios que establece el artículo 63 de la Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León. Algo muy dificil de entender, puesto que parece que lo conveniente sería atender a los viajeros, al menos en sus necesidades básicas como pueden ser el acceso a zonas de espera para las personas independientes de los andenes y a instalaciones de servicios sanitarios. Servicios estos que ahora mismo los viajeros de expediciones nocturnas no pueden disfrutar.
Sin embargo, en otras estaciones de transporte de viajeros por autobús, como en la de Burgos, estos servicios sí están accesibles para los usuarios, cumpliendo la normativa en vigor.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a ampliar los horarios de apertura de las estaciones de transporte de viajeros por autobús de las capitales de provincia de la Comunidad, de manera que todos los usuarios de las mismas puedan acceder a los servicios básicos de zonas de espera para las personas, independientes de los andenes, y a las instalaciones de los servicios sanitarios durante las 24 horas del día".
Valladolid, 14 de mayo de 2025.
LOS PROCURADORES Y LA PROCURADORA,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001425-01
CVE="BOCCL-11-012798"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 22 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001397 a PNL/001434.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de mayo de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León, tiene por objeto establecer el marco jurídico para la prestación de los servicios que conforman la red de transporte público de viajeros por carretera en la Comunidad de Castilla y León, así como el de las infraestructuras complementarias al transporte necesarias para su desarrollo.
La citada ley define las "estaciones de transporte de viajeros" como las infraestructuras que tienen por objeto concentrar las salidas, llegadas y tránsitos a las poblaciones de los servicios de transporte público de viajeros, prestando actividades de carácter complementario a personas usuarias y operadores.
Es más, también define la utilización de estas estaciones de transporte de viajeros como obligatoria para los servicios que se determinen en su autorización, comprendiendo como mínimo los servicios de transporte público interurbano de viajeros regular de uso general con origen o destino en la población donde se ubica, y que no estén expresamente exceptuados.
La estación de autobuses de Soria tiene, como capital de provincia, un tráfico de autobuses intenso. En total 548 expediciones a la semana y unas 28.496 al año.
Supera por tanto las 10.000 expediciones al año que establece la Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León. Al superar esta cifra de expediciones, está obligada a cumplir todos los requisitos fijados en el artículo 63 para las estaciones de transporte de viajeros en Castilla y León. Estos servicios que se deben cumplir son:
a) Accesos para entradas y salidas de los vehículos, configurados de modo que no produzcan interferencias entre los mismos, ni alteraciones sensibles en la capacidad de circulación normal de las vías colindantes.
b) Accesos independientes para vehículos y viajeros.
c) Dársenas cubiertas, en número suficiente, para los aparcamientos simultáneos que se precisen.
d) Andenes cubiertos para subida y bajada de viajeros.
e) Zonas de espera para las personas independientes de los andenes.
f) Instalaciones de servicios sanitarios para el público usuario.
g) Dependencias o instalaciones, de uso común o individualizado, para la facturación, consigna y venta de billetes, así como puntos de información.
h) Oficinas para el personal de la estación y dependencias -aseos, vestuarios- y lugares adecuados para el descanso de tripulaciones.
i) Aparcamientos de vehículos en el ámbito de la estación destinados a facilitar el transbordo intermodal.
j) Medios audiovisuales de información de llegadas y salidas en tiempo real.
k) Servicio WIFI.
Según la información suministrada por la Consejería de Movilidad y Transformación Digital de la Junta de Castilla y León, los horarios de apertura y cierre de las estaciones de autobús de las capitales de provincia de la Comunidad son los siguientes:
HORARIO APERTURA ESTACIONES DE AUTOBÚS CAPITALES DE PROVINCIA CASTILLA Y LEÓN
Apertura Cierre
Ávila 5:05 23:00
Burgos Apertura 24 horas
León 5:15 22:30
Palencia 6:45 22:30
Salamanca 5:30 0:00
Segovia 6:00 23:00
Soria 6:45 22:30
Valladolid 5:30 22:30
Zamora 6:30 0:30
Como se puede observar de los datos expuestos, los horarios de apertura y cierre de las estaciones de transporte de viajeros en Castilla y León no son en absoluto homogéneos.
Son las estaciones de Soria y Palencia las que tienen un horario de apertura más reducido, pese a que tienen expediciones que llegan y salen también fuera de estos horarios de apertura.
Existen las siguientes expediciones de transporte de viajeros por autobús que tienen como partida o destino la ciudad de Soria con horarios nocturnos:
- Una expedición que los viernes que llega de Salamanca a las 0:20 h
- Una expedición diaria que llega de Logroño a las 3:30 y sale hacia Madrid a las 3:45
- Una expedición diaria de Pamplona a las 3:30
- Una expedición diaria de Madrid a las 3:30 y sale para Pamplona a las 4:00
Por eso parece incomprensible que la estación de autobuses de Soria esté cerrada en horarios en los que sí que hay servicios que prestar.
Estas expediciones nocturnas no disfrutan de los servicios que establece el artículo 63 de la Ley 9/2018, de 20 de diciembre, de transporte público de viajeros por carretera de Castilla y León. Algo muy dificil de entender, puesto que parece que lo conveniente sería atender a los viajeros, al menos en sus necesidades básicas como pueden ser el acceso a zonas de espera para las personas independientes de los andenes y a instalaciones de servicios sanitarios. Servicios estos que ahora mismo los viajeros de expediciones nocturnas no pueden disfrutar.
Sin embargo, en otras estaciones de transporte de viajeros por autobús, como en la de Burgos, estos servicios sí están accesibles para los usuarios, cumpliendo la normativa en vigor.
Por todo lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a ampliar los horarios de apertura de las estaciones de transporte de viajeros por autobús de las capitales de provincia de la Comunidad, de manera que todos los usuarios de las mismas puedan acceder a los servicios básicos de zonas de espera para las personas, independientes de los andenes, y a las instalaciones de los servicios sanitarios durante las 24 horas del día".
Valladolid, 14 de mayo de 2025.
LOS PROCURADORES Y LA PROCURADORA,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001425-01
CVE="BOCCL-11-012798"