PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de atención integral a las víctimas de violencia de género en Castilla y León, PL/000010.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de mayo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la última frase del párrafo primero del apartado I de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
Este concepto abarca la violencia que se ejerza a través de terceros, con especial atención a los hijos, hijas o personas dependientes de la víctima e incluye las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad tanto si se produce en la vida pública como privada, comprendiendo las distintas formas de violencia física, psicológica, sexual y económica, que tienen lugar en los ámbitos de la pareja, familiar, laboral y sociocomunitario.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 2
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo segundo al apartado I de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
La violencia contra las mujeres es la manifestación más extrema del machismo. Esta forma de violencia ha sido definida como estructural porque se mantiene incardinada en nuestras sociedades a lo largo de toda la historia y, dada la complejidad que representa, erradicarla requiere de políticas integrales que la aborden desde sus causas la regulación legal de un fenómeno que durante siglos ha sido considerado un asunto privado y relegado al hogar. Ha supuesto un desafío el modo de entender y atender esta violencia, sin embargo, hemos constatado que su prevención y la eliminación no puede llevarse a cabo con acciones aisladas ,sino ahondando cada vez más en políticas y acciones institucionales coordinadas, que impliquen plenamente a todas las administraciones, entidades, agentes sociales y el compromiso civil por una convivencia basada en la igualdad.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 3
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ll
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la primera frase del párrafo quinto del apartado II de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
A estos efectos deben destacarse la Ley Orgánica 1/2004,de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que supuso un hito en el ordenamiento jurídico estatal por su carácter integral, por dar visibilidad pública a la violencia de género, sacándola del ámbito privado, por incorporar la definición de violencia de género, recogiendo la expresada en la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer de 1993 y por residenciar la causa de la violencia de género en la discriminación que históricamente han venido sufriendo las mujeres, y la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 4
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ll
Modificación Propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo sexto al apartado II de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
Cabe mencionar también la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que ha introducido un nuevo paradigma en la protección contra la violencia sexual, incluyendo la filosofía integral de la ley de violencia de género. También es destacable, la Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género, aprobada por una amplia mayoría en el Congreso de los Diputados.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 5
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS III
Modificación propuesta:
Se propone modificar el apartado III de la exposición de motivos añadiendo, después de la primera frase el siguiente texto, y manteniendo el resto:
Del mismo modo debe tenerse en cuenta el Acuerdo de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, relativo al informe de la Subcomisión para la renovación y actualización del pacto de estado en materia de violencia de género, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 26 de febrero de 2025. Este nuevo texto supone una mirada más transversal y atiende a distintas especificidades, con perspectivas de infancia, juventud, mujeres migrantes, y con especial atención, también, a las mujeres rurales y a la discapacidad. Además, aborda nuevas y específicas formas de violencia, con especial atención a la protección de los y las menores frente a la violencia, incluyendo así la violencia vicaria, la violencia digital y la violencia económica
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 6
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS IV
Modificación Propuesta:
Se propone nueva redacción al párrafo segundo del apartado IV de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
En 2010 se aprobó la ley que ahora se deroga, con la que se fueron definiendo y construyendo elementos para la erradicación de la violencia de género en nuestra Comunidad Autónoma, pero es evidente que requiere de una renovación que permita actualizarla tanto al contexto como a los nuevos instrumentos legales. Ahora más que nunca, y tras la aprobación del nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género el 26 de febrero de 2025, su renovación se hace imprescindible.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 7
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS IV
Modificación propuesta:
Se propone la eliminación del párrafo tercero del apartado IV de la exposición de motivos.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 8
Al artículo: EXPOSICIÓN MOTIVOS IV
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo párrafo quinto en el apartado IV de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
La lucha contra la violencia sobre las mujeres es y debe ser una cuestión de estado, y en coherencia, una cuestión autonómica. Este no es solo un problema de las mujeres, sino un fenómeno que afecta a la calidad de nuestra democracia porque si la mitad de la población vive, como mínimo potencialmente, sometida a violencia o discriminación estamos alejados de los valores que deben regir nuestra convivencia. Trabajar unidos y con un rumbo claro en favor de la igualdad es, por tanto, una obligación democrática.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 9
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS V
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo primero del apartado V de la exposición de motivos con el siguiente contenido y renumerándose los demás
Con el fin de tratar todas las formas de violencia que sufren las mujeres, de incluir los avances que la legislación internacional y nacional de los últimos años y de garantizar una correcta protección institucional de las víctimas se propone esta reforma de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 10
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS VI
Modificación Propuesta:
Se propone nueva redacción al párrafo primero del apartado VI de la exposición de motivos con el siguiente contenido.
La ley se estructura en 5 títulos que comprenden 75 artículos, 4 disposiciones adicionales, 1 disposición derogatoria, y 3 disposiciones finales.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 11
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS VI
Modificación Propuesta:
Se propone añadir al final del párrafo sexto del del apartado VI de la exposición de motivos un nuevo párrafo, que sería el séptimo, renumerándose los demás, y con el siguiente contenido:
En el Capítulo III bis del Título III se establecen medidas formativas para la visualización, y con ello la prevención y detección ,sobre las violencias sexuales contra las mujeres, en concreto se pretende dar visibilización a ese tipo de violencia machista, dado que esta siempre encuentra nuevas formas para perpetuarse. Siendo ,por tanto , necesario atajarlas atendiendo a las nuevas realidades, incluyendo en estas formas de violencia a las víctimas de matrimonios forzados.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 12
Al artículo: 1
Modificación propuesta:
Se propone dar nueva redacción al punto 1 del artículo 1 con el siguiente contenido:
1. La finalidad de la presente ley es erradicar la violencia de género en todas sus formas, así como los estereotipos sociales y culturales que la perpetúan ,adoptando medidas integrales tendentes a detectar, prevenir, formar y sensibilizar a la sociedad castellano y leonesa, así como atender, proteger y reparar a las víctimas y a las personas que de ella dependan. Igualmente es objeto de esta ley la investigación y evaluación de este fenómeno bajo una perspectiva científica.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 13
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al punto 1 del artículo 2 con el siguiente contenido:
También la violencia que se ejerza a través de terceros, con especial atención a los hijos, hijas o personas que de la víctima dependan.
Motivación:
Adaptar el texto al verdadero sentido de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 14
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado d) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
d) Violencia económica, que consiste en la acción de limitar, suprimir o controlar, de manera injustificada e intencionada, el acceso de las mujeres a los recursos económicos de la familia, de la pareja o propios, así como en reducir o anular su capacidad económica presente o futura para mantenerse a sí mismas, a sus hijas e hijos, o para continuar con sus hábitos anteriores, con el objetivo de que la mujer dependa económicamente del agresor, mermando sus opciones de escapar de la violencia y, por tanto, incrementando la posibilidad de que la situación derive en privaciones, daños psicológicos, trastornos del desarrollo, lesiones o muerte
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 15
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado f) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
f) Explotación sexual de mujeres y niñas, consistente en el lucro de la prostitución ajena, incluidas las tercerías locativas, mediante la utilización de violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima en el ejercicio de la prostitución, la servidumbre sexual u otros tipos de actividades con fines sexuales, incluidos actos pornográficos o la producción de material pornográfico.
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 16
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
g) Violencia contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres, que incluye las actuaciones que restrinjan el libre ejercicio de estos derechos, que nieguen su libertad de disfrutar de una vida sexual plena y sin riesgos para la salud, el derecho a decidir, el derecho a ejercer su maternidad, la mutilación genital, los matrimonios forzosos y las esterilizaciones forzadas
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 17
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado j) del punto 2 del artículo 2, pasando este a ser al apartado k) y renombrándose los demás, con el siguiente contenido:
j) Acoso laboral por razón de género, consistente en la realización de actuaciones discriminatorias, o amenazar con éstas, en el ámbito laboral cuando tengan como causa o estén vinculadas con la condición de mujer de la vícitima.
Motivación:
Mejora del texto en concordancia con el espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 18
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado j) del punto 2 artículo 2, con el siguiente contenido:
j) Violencia de género digital o Violencia en línea contra la mujer, que incluye todo acto o conducta de violencia de género cometido, instigado o agravado, en parte o en su totalidad, por el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ;como Internet, plataformas de redes sociales , sistemas de mensajería y correo electrónico o servicios de geolocalización, con la finalidad de discriminar, humillar, chantajear, acosar o ejercer dominio, control o intromisión sin consentimiento en la privacidad de la víctima; con independencia de que el agresor guarde o no relación conyugal, de pareja o análoga de afectividad en el presente o en el pasado, o relación de parentesco, con la víctima.
Igualmente tendrán la consideración de actos de violencia digital contra la mujer los ejercidos por hombres de su entorno familiar, social, profesional o académico.
Se exceptúan las herramientas de control parental que cumplan con la legislación vigente destinadas a la protección y seguridad de las personas menores de edad.
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 19
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado n) del punto 2 del artículo 2:
n) La violencia ejercida a través de medios de comunicación o publicidad, que fomente o incentive la discriminación de las mujeres o que emplee su imagen con fines vejatorios induciendo a cualquier tipo de violencia sobre la misma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 20
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el ñ) al punto 2 del artículo 2, con el siguiente contenido:
ñ) Violencia ambiental, entendida como cualquier acto o conducta no accidental o fortuita que provoque daños materiales en el entorno de la víctima, incluidos los animales de compañía, con el objeto de producir sufrimiento psicológico o emocional.
Motivación:
Adaptación a lo previsto en el Pacto de Estado contra la violencia de género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 21
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el o), al punto 2 del artículo 2, con el siguiente contenido:
o) Cualquier otra forma de violencia que lesione o sea susceptible de lesionar la dignidad , la integridad o la libertad de las mujeres basada en la pertenencia al sexo femenino.
Motivación:
Ordenación y mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 22
Al artículo: 3
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 3, con el siguiente contenido:
2. Las medidas contempladas en la presente ley serán de aplicación a todas las mujeres que vivan, residan o trabajen en Castilla y León y que sean víctimas de violencia de género, así como a todas aquellas personas que de ellas dependan, incluidas las mujeres migrantes, refugiadas, solicitantes de asilo o que se encuentren en situación administrativa irregular, de acuerdo con la legislación en materia de extranjería y aquellas que se encuentren de forma circunstancial en Castilla y León cuando suceda la situación de violencia, ello sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras administraciones.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 23
Al artículo: 3
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 5 del artículo 3, con el siguiente contenido:
La Ley será también de aplicación al conjunto de toda la ciudadanía castellano y leonesa, especialmente respecto de aquellas actuaciones dirigidas a la concienciación de la existencia de una violencia especifica hacia las mujeres denominada violencia de género, y a la prevención de la violencia de género mediante la sensibilización y fomento de actitudes de rechazo hacia esta violencia.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 24
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado a) del artículo 6, con el siguiente contenido:
a) Establecer las directrices para erradicar la violencia de género en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, promoviendo las condiciones necesarias para su aplicación a través de los instrumentos de planificación que orienten la actividad de la Comunidad Autónoma durante el período de vigencia que se establezca en los mismos, dando la máxima relevancia en la estructura institucional a las políticas contra la violencia de género y fortaleciendo la respuesta institucional para hacer frente al negacionismo de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 25
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del artículo 6, con el siguiente contenido:
g) Crear y mantener la adecuada estructura institucional que permita repartir, coordinar y desarrollar los recursos y políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar la violencia de género.
Motivación:
Garantizar de una manera más efectiva el cumplimiento de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 26
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el h) al artículo 6, con el siguiente contenido:
h) Cualquier otra que se derive de la presente ley.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 27
Al artículo: 9
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el f), al artículo 9, con el siguiente contenido:
f) Cualquier otro que venga establecido por norma de rango legal o reglamentario o que pueda establecerse por el Gobierno y las comunidades autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Igualdad.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 28
Al artículo: 11 bis)
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 11 bis), con el siguiente contenido:
Artículo 11 bis). El Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
1.EI observatorio autonómico de violencia machista de Castilla y León es un órgano colegiado de composición interdepartamental, con participación administrativa, social, judicial, policial y sindical. Asume funciones de asesoría y evaluación de las políticas y medidas tomadas para prevenir y abordar todas las formas de violencia de género recogidas en esta ley, procediendo a su análisis y pudiendo emitir recomendaciones al respecto.
2.En particular, y de cara fomentar la participación de la sociedad civil en la mejora continua de las políticas públicas de erradicación de la violencia contra las mujeres en todas sus formas, la Administración Autonómica garantizará la presencia y la participación de las organizaciones feministas y de las especializadas en violencia contra las mujeres en el Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
Motivación:
Mejora del texto y adaptación al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 29
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado c) del punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido:
c) El estudio de las masculinidades hegemónicas y su relación con la violencia de género , así como las circunstancias y características de los hombres que la ejercen.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 30
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado i) del punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido:
i) Fomentar la investigación en violencias sexuales: estudios diagnósticos, desarrollo estadístico, unificación de datos y publicidad de estos. Realizar estudios de prevalencia y diseño de indicadores para todos los tipos de violencias sexuales
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 31
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo apartado, el j) al punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido.
j) Realizar un estudio sobre las nuevas realidades de la Trata, y las respuestas operativas que deben implementarse, para que las actuaciones policiales tengan mayor facilidad a la hora de intervenir en espacios de alto nivel de control por parte de los proxenetas, incluidas las viviendas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 32
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo apartado, el k), al punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido.
k) Aquellas otras investigaciones que permitan conocer y profundizar en el impacto de los cambios sociales y culturales en la evolución de la violencia de género y sus consecuencias.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 33
Al artículo: 19
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 19 con el siguiente contenido:
Las medidas de sensibilización y prevención primarias se dirigirán a erradicar los comportamientos y estereotipos sexistas o discriminatorios hacia las mujeres .
Estas medidas comprenderán las siguientes acciones:
a) Desarrollo de campañas de prevención y sensibilización con mensajes positivos, unitarios y adaptados a las exigencias de cada momento, implicando a la sociedad en su conjunto, y eligiendo los momentos más favorables para su difusión ,como, por ejemplo, los veranos. Esas campañas deben focalizarse en el rechazo al maltratador, y presentar ejemplos de mujeres fuertes y valientes, sin recurrir al cliché de las víctimas, fomentando referentes masculinos no violentos e igualitarios comprometidos con la transformación social hacia la igualdad.
b) Revisión de los criterios de las campañas publicitarias institucionales de prevención, para introducir contenidos enfocados a ofrecer pautas de actuación a las víctimas, incluyendo la identificación de situaciones de riesgo. Estas campañas deberán poner el foco en el maltratador y asimismo este nuevo enfoque deberá contar con las recomendaciones del Observatorio Estatal de Violencia Machista y el Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 34
Al artículo: 20
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al punto 1 del artículo 20 con el siguiente contenido:
Con carácter previo a la aprobación de este plan, se deberá promover un sistema acreditativo de centros contra la violencia de género identificando aquellos centros públicos o privados, educativos, sanitarios o de cualquier otro ámbito, en los que se dé especial importancia a la prevención y detección de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 35
Al artículo: 20
Modificación propuesta:
Se propone añadir al final del punto 3 del artículo 20 el siguiente texto:
1.Estas actuaciones comprenderán las siguientes acciones:
En relación con las campañas dirigidas a determinados colectivos:
a) Realizar campañas que tengan como público objetivo a los jóvenes, utilizando preferentemente las tecnologías de la información y la comunicación.
b) Dar formación a los jóvenes sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking , sexting , grooming , etc.).
c) Desarrollar campañas específicas de sensibilización contra la violencia de género destinadas al medio rural teniendo en cuenta la mayor incidencia de ésta en las mujeres que viven en el ámbito rural y sus circunstancias.
d)Contemplar en todas las políticas públicas relativas a la protección de la infancia y la adolescencia, la especificidad de las y los menores que son víctimas de la violencia vicaria con medidas concretas en función de su edad y de su grado de madurez, para ayudarles a detectar situaciones de violencia y prevenirlas.
e) Desarrollar campañas específicas de sensibilización contra la violencia de género destinadas a personas con diversidad funcional/discapacidad, teniendo en cuenta la especial incidencia de la violencia de género sobre dicha condición.
f) Implicar a las entidades locales en la elaboración de campañas para establecer puntos seguros y de información sobre violencia sexual en espacios públicos.
g) Fomentar el juego y los juguetes igualitarios mediante campañas y recomendaciones directas a empresas y espacios educativos.
h) Promover campañas contra la cosificación del cuerpo de las mujeres y contra la hipersexualización de las niñas.
i) Visibilizar en campañas y actuaciones a las mujeres mayores.
2. En relación con los materiales e instrumentos informativos:
a)Elaborar materiales informativos para madres y padres que les ayuden a detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.
b)Utilizar las consultas médicas, centros sanitarios y farmacias como plataformas informativas sobre la violencia de género, con carteles, folletos, etc.
Motivación:
En concordancia con el espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 36
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado e) del punto 1 del artículo 21 con el siguiente contenido:
e) Los recursos disponibles y la forma de acceder a los mismos, sin perjuicio de informar en las campañas que la no interposición de denuncia no condiciona el acceso a recursos de violencia sobre la mujer, priorizando aquellos espacios más accesibles y seguros para las mujeres.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 37
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del punto 1 del artículo 21 con el siguiente contenido:
g) La promoción de nuevos modelos de relaciones igualitarias y de masculinidad positiva, corresponsabilidad y la promoción de relaciones saludables e igualitarias, basadas en la salud emocional y en el cuestionamiento de estereotipos y roles de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 38
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 21 con el siguiente contenido:
2.Se impulsarán y desarrollarán campañas, inclusivas y accesibles, con contenidos específicos, para personas jóvenes y mujeres con discapacidad, especialmente referidas a la violencia sexual, incluidas las destinadas a la desincentivación de la prostitución entendiendo esta como una forma de violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 39
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 3 al artículo 21, renumerándose los demás, con el siguiente contenido:
3.Se fomentará la educación financiera como manera de prevenir la violencia económica, mediante información, capacitación y campañas informativas que ayuden a las mujeres a reconocer señales de alerta y a identificar conductas de abuso económico.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 40
Al artículo: 22
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 1 del artículo 22 con el siguiente contenido:
1.La administración de la Comunidad de Castilla y León contará con la colaboración de las asociaciones vinculadas a la violencia de género para el diseño y difusión de las políticas públicas en esta materia de las campañas de sensibilización e información, así como de las actividades que desarrollen con las propias víctimas.
Así mismo podrá contar con otras entidades públicas y privadas, con agentes sociales y económicos, así como con personas profesionales cualificadas en materia de violencia de género
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 41
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone añadir al final del punto 2 del artículo 23 el siguiente texto:
A tal fin, deberán:
a) Establecer, a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos para la concesión y mantenimiento de becas y ayudas al estudio, la opción de que sea excepcionada la exigencia de cumplimiento de umbral académico cuando se acredite que la excepción tiene causa directa en una situación de violencia de género.
b) Revisar y reforzar la elaboración de Protocolos de Detección Precoz en el ámbito educativo, con especial atención al apoyo y asistencia a hijas e hijos menores de edad de mujeres asesinadas por violencia de género y otros menores de su entorno, implementando un sistema específico de atención pedagógica y educativa que incluya, cuando sea necesario, la designación de profesores y profesoras de apoyo.
c) Diseñar programas de prevención, detección y protocolos especializados o actualizar los existentes en atención y actuación, adaptándolos a las especificidades de las diferentes violencias sexuales. Asimismo, desarrollar protocolos de intervención y detección precoz en todos los ámbitos de la Educación Infantil , Primaria y Secundaria, así como en el ámbito universitario.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 42
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 23 con el siguiente contenido:
La consejería competente en materia educativa deberá incluir, en todas las etapas educativas, la prevención de la violencia de género, el machismo y de las conductas violentas, la educación emocional y sexual y la igualdad, incluyendo además en los currículos escolares, los valores de la diversidad y la tolerancia.
Así mismo, velará porque en los centros educativos , se preste una especial atención a los contenidos de los materiales y libros de texto utilizados en los diferentes niveles del sistema educativo a fin de evitar que contengan elementos sexistas o discriminatorios que no contribuyan a la igualdad entre mujeres y hombres y a la prevención de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 43
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 4 del artículo 23 el siguiente contenido:
4. Para la consecución de los objetivos de sensibilización y prevención en materia de violencia de género se desarrollarán las siguientes actuaciones dirigidas tanto al alumnado como a las familias y al personal docente de los centros educativos.
a) Promover en los centros educativos talleres y actividades formativas para la prevención de la violencia sexual, trabajando específicamente con los niños y varones adolescentes.
b) Designar en los Consejos Escolares de los Centros Educativos un profesor o profesora responsable de coeducación encargado de impulsar, preferentemente en horas lectivas, medidas educativas que fomenten la igualdad y prevengan la violencia, promoviendo los instrumentos necesarios para hacer un seguimiento de las posibles situaciones de violencia de género.
c) Exigir a los centros educativos que en el Proyecto Educativo de Centro se incluyan contenidos específicos de prevención de la violencia de género, y que el Consejo Escolar realice su seguimiento.
d) Los candidatos y candidatas a dirigir los centros escolares deberán en el Proyecto de Dirección de Centro contenidos específicos de prevención de la violencia de género.
e) Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de representación y presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de los órganos directivos y colegiados preceptivos en el ámbito educativo
f) La administración autonómica promoverá la aplicación permanente, actualización y difusión de protocolos que contengan pautas de actuación para la prevención, detección y erradicación de las violencias sexuales en el ámbito educativo, tanto público como privado, y para cada uno de los niveles educativos, incluido el ámbito universitario, en el marco de lo establecido en la legislación en materia de universidades que resulte de aplicación. Tales protocolos impulsarán actividades continuadas de prevención y sistemas de detección precoz e intervención para casos de violencias sexuales.
g) Establecer un sistema específico de atención pedagógica y educativa para los hijos e hijas de las víctimas mortales de violencia de género, mediante la designación, cuando sea necesario, de profesores/as de apoyo para el refuerzo educativo.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 44
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 6 del artículo 23 el siguiente contenido:
6. La Administración de la Comunidad de Castilla y León, con pleno respeto a la autonomía universitaria, impulsará, promoverá e incorporará , en el marco de sus competencias, contenidos específicos de perspectiva de género y violencia de género en la correspondiente Programación Universitaria, debiendo implicar a las Unidades de Igualdad de las Universidades en la realización de estudios sobre el impacto del acoso, las agresiones y los abusos sexuales en el ámbito universitario , valorarando , en su caso, la oportunidad de realizar campañas de prevención en los Campus universitarios, y de forma particular de las agresiones sexuales "en cita".
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 45
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 24 el siguiente contenido:
La consejería competente en materia de sanidad adoptará, en el marco de los protocolos de atención a las víctimas de violencia de género, las medidas necesarias para que en caso de sospecha de que la sintomatología de una paciente pueda estar asociada a maltrato, se active la utilización de protocolos de cribado que permitan ayudar a la identificación de casos de violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 46
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 24 el siguiente contenido
3. Para la consecución de los objetivos de sensibilización y prevención en materia de violencia de género las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán actuaciones dirigidas al personal que preste sus servicios en centros sanitarios, promoviendo los procedimientos y la adecuada formación del personal sociosanitario para la detección de las violencias sexuales, que deberá incluir tanto los espacios residenciales como los ambulatorios. Estas actuaciones incluirán necesariamente actividad formativa en materia de sensibilización y prevención, prestando especial atención a la formación del personal que se encuentra realizando la especialización.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 47
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone añadir un punto 4 al artículo 24 con el siguiente contenido.
4.Los poderes públicos de Castilla y León promoverán la utilización de las consultas médicas, centros sanitarios y farmacias como plataformas informativas sobre la violencia de género, con carteles, folletos, etc.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 48
Al artículo: 26
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al artículo 26 con el siguiente contenido:
En los planes de servicios sociales de prevención de las situaciones de dependencia y de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, así como en otros en los que proceda, se contemplará un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales .
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 49
Al artículo: 27
Modificación propuesta:
Se propone añadir al artículo 27 un punto 3 con el siguiente contenido:
3.La Administración Autonómica no subvencionará con cargo a fondos públicos a ningún medio de comunicación que emita o permita mensajes, comentarios o cualquier otro tipo de contenido contrarios a esta ley o que expresamente nieguen la existencia de la violencia de género en todas sus acepciones.
A aquellos medios que, siendo beneficiarios de estas subvenciones, lleven a cabo alguna de estas actuaciones, se les retirará inmediatamente la financiación con cargo a fondos públicos de la Comunidad Autónoma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 50
Al artículo: 29 bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo, el 29 bis, con el siguiente contenido:
Artículo 29 bis. Aplicación y difusión de las medidas de sensibilización y prevención
1. Las medidas de este título serán de aplicación a todos los centros educativos formales y no formales y universidades autorizadas a impartir enseñanzas regladas, así como a los medios de comunicación, productos audiovisuales, entidades y empresas públicas o privadas con las que se concierte la prestación de servicios públicos o sean financiadas directa o indirectamente por la Junta de Castilla y León.
2.Todos los emplazamientos utilizados para ofrecer servicios públicos a la ciudadanía mantendrán de forma visible y permanente información sobre violencia de género, prevención y recursos a disposición de las víctimas.
3. La Junta de Castilla y León utilizará en todas sus comunicaciones institucionales un uso no sexista del lenguaje.
Motivación:
Garantizar la eficacia de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 51
Al artículo: 30
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 30 con el siguiente contenido:
2. Con este objetivo, los poderes públicos de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, desarrollarán las actuaciones necesarias a través de los puntos de información y asesoramiento a las mujeres, de los servicios sociales, sanitarios o educativos, prestando especial atención a las mujeres pertenecientes a ámbitos donde la situación de riesgo pueda ser mayor como la discapacidad o la migración.
Se observarán especialmente las manifestaciones de la violencia de género en el medio rural, teniendo en cuenta sus especialidades y dificultades.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 52
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 1 del artículo 31, añadiendo un párrafo tercero con el siguiente contenido.
Se incluirán programas de formación a los jóvenes sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking, sexting, grooming, etc.).
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 53
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 4 al artículo 31, con el siguiente contenido:
4. En los temarios de los procesos de selección para el acceso al empleo público de la administración autonómica y local se deberán incluir contenidos relativos al conocimiento y la prevención de la violencia de género.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 54
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 5 al artículo 31 con el siguiente contenido:
5. Los poderes públicos de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para garantizar una formación básica, progresiva, permanente y actualizada sobre violencia de género del personal que las atienda, a fin de hacer efectivas las disposiciones contenidas en esta ley.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 55
Al artículo: 32
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 32 con el siguiente contenido:
3. Los poderes públicos de Castilla y León implementarán y mejorarán los protocolos sanitarios y educativos, para detectar y prevenir la violencia vicaria que tiene como víctimas directas a menores de edad.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Genero.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 56
Al artículo: 32
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 4 al artículo 32 con el siguiente contenido:
4.Las personas profesionales de los servicios sociales recibirán y registrarán los casos derivados para gestionar el primer contacto con la víctima y su atención inmediata.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 57
Al artículo: 33
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al artículo 33, con el siguiente contenido:
En el ámbito local, impulsará acciones formativas destinadas al asesoramiento de los alcaldes y alcaldesas de los municipios de menos de 1000 habitantes para favorecer la asistencia a las víctimas de violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 58
Al artículo: 34
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 34 con el siguiente contenido:
2 la Administración educativa promoverá la elaboración y difusión de materiales informativos para madres y padres que les permita detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.
Con carácter general las personas que por razón de su cargo, profesión o actividad tengan encomendada la asistencia, el cuidado o la enseñanza de niños, niñas o adolescentes y en su ejercicio hayan tenido conocimiento de una situación de violencia de género , deberán comunicarlo a la Administración competente.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 59
Al artículo: 35
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 35, con el siguiente contenido:
2. El Servicio Público de Salud de Castilla y León garantizará a las víctimas de violencia de género el derecho a la atención y asistencia sanitaria especializada que requieran , independientemente de su situación administrativa.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 60
Al artículo: 36
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un segundo párrafo al artículo 36, con el siguiente contenido:
En aquellos casos en aquellos casos de violencia de género en que sea posible y solicitado por la propia víctima, y particularmente en el ámbito de las Administraciones Públicas, se promoverá el uso del teletrabajo.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 61
Al artículo: 37
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 3 del artículo 37, con el siguiente contenido
3. Los poderes públicos de Castilla y León garantizarán que, en los planes de servicios sociales, de prevención de las situaciones de dependencia y de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, así como en otros en los que proceda, se contemple un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 62
Al artículo: 37
Modificación propuesta:
Se propone añadir al artículo 37 un nuevo punto 4, con el siguiente contenido:
4. Se establecerán medidas específicas para la detección y atención de situaciones de violencia de género a mujeres con discapacidad, problemas de salud mental, con adicciones , en situación de exclusión , riesgo o vulnerabilidad social u otras problemáticas añadidas a la violencia.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 63
Al artículo: 38
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 2 al artículo 38 con el siguiente contenido:
2. La Administración Autonómica elaborará un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual en el Deporte.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 64
Al artículo: 38
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 3 al artículo 38 con el siguiente contenido:
3.La administración autonómica deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que los clubes deportivos de Castilla y León permitan la apología de la violencia de género en los acontecimientos deportivos.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 65
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 40 con el siguiente contenido.
1. La atención integral a las víctimas de violencia de género tiene por objeto garantizar la protección de las víctimas, su recuperación y la restitución de los derechos vulnerados. Para ello los poderes públicos articularán y adecuarán las actuaciones, los recursos y prestaciones existentes a las necesidades de las víctimas, impulsándose entre otras medidas , la participación de supervivientes de la violencia contra las mujeres en los programas de atención a otras víctimas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 66
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 40 con el siguiente contenido:
2.Con carácter integral se garantizará la reparación de hijos e hijas víctimas de violencia vicaria poniendo a su disposición medidas y recursos que abarquen todos los ámbitos en función de las necesidades y la edad de las víctimas, tales como el sanitario, psicológico, educativo o sociolaboral.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 67
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 3 al artículo 40 con el siguiente contenido:
3.La finalidad de la atención integral es promover la salida del círculo de violencia y la recuperación de la autonomía personal de las víctimas
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 68
Al artículo: 43
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 43 con el siguiente contenido:
1.Para una mejor atención a las víctimas de violencia de género, los centros y servicios que integran la Red de Atención se organizarán en una Red General y unas Redes Especializadas de atención a las víctimas de violencia de género, promoviéndose , desde la administración autonómica , la existencia de un/a única profesional de referencia para la víctima.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 69
Al artículo: 46
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 3 del artículo 46 con el siguiente contenido:
3. La Administración autonómica cubrirá la demanda de plazas en centros de emergencia existente en la Comunidad Autónoma de acuerdo con los principios de celeridad , seguridad y confidencialidad, garantizando en todo caso que en cada una de las nueve provincias de Castilla y León cuente, con al menos, un centro de emergencia.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 70
Al artículo: 47
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 47 con el siguiente contenido:
1. Las casas de acogida son viviendas con personal especializado que tienen por objeto dispensar alojamiento seguro y manutención a las víctimas de violencia de género, y a las personas que de ellas dependan.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 71
Al artículo: 47
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 47 con el siguiente contenido:
2.Las casas de acogida , mediante la atención por personal especializado , promoverán la autonomía personal de las víctimas a través del desarrollo de habilidades sociales y programas de apoyo y favorecerán su integración familiar y laboral, adaptando los recursos de apoyo y atención para recibir a cualquier mujer independientemente de su diversidad funcional/discapacidad.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 72
Al artículo: 48
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al título del artículo 48 con el siguiente contenido:
Artículo 48. Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 73
Al artículo: 48
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del artículo 48 con el siguiente contenido:
1.Los Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas son aquellos en los que, bajo criterios de atención permanente y actuación urgente, proveerán apoyo y asistencia en situaciones de crisis a las víctimas de violencia sexual, familiares y personas del entorno.
2.Estos centros brindarán servicios concretos de atención psicológica, jurídica y social a las víctimas e incluirán el acompañamiento y la información telefónica y presencial las 24 horas del día todos los días del año.
3.Cada una de las nueve provincias de Castilla y León contará con al menos un centro de Crisis de Atención Integral 24 horas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 74
Al artículo: 50
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado b) del punto 1 del artículo 50 con el siguiente contenido:
b) Servicios de carácter jurídico destinados al impulso por parte de la Administración de Castilla y León de políticas de colaboración con el servicio de turno de oficio de los Colegios de Abogados y de Procuradores de Castilla y León , destinadas tanto al asesoramiento de las víctimas como al diseño y puesta en marcha de un Plan de acompañamiento que contemple la asistencia de la víctima y sus hijos e hijas con carácter previo a la interposición de la denuncia y durante el procedimiento judicial, proveyendo a estos Colegios Profesionales de los medios humanos y materiales necesarios .
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 75
Al artículo: 52
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 52 con el siguiente contenido:
La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará programas o actuaciones para la inserción laboral , por cuenta ajena o propia de las mujeres víctimas de violencia de género, proporcionando específicamente, instrumentos para la formación, la búsqueda de empleo y el autoempleo; contemplando así mismo medidas de adaptación a las necesidades individuales de las víctimas, conectándolas con las ayudas económicas existentes, adoptando las medidas necesarias para compatibilizarlas con las ayudas económicas del Estado y simplificando las condiciones para acceder a éstas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 76
Al artículo: 55
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al artículo 55 ,con el siguiente contenido:
La Administración autonómica prestará un servicio de atención psicológica a hombres residentes en la Comunidad Autónoma que, de forma reciente o no, hayan ejercido violencia contra las mujeres ; con la finalidad de modificar su modelo de masculinidad , reducir el nivel de estrés y agresividad , incrementar su conciencia sobre las desigualdades de género , propiciar el cambio hacia un estilo relacional libre de violencia para y prevenir daños a la víctima.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 77
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 2 del artículo 56, con el siguiente contenido:
2.Se establecerá la gratuidad de comedores escolares, tanto en periodo lectivo como no lectivo, la gratuidad de los libros de texto, material escolar y cualquier otro gasto escolar, además de los gastos derivados del transporte y actividades escolares, para los hijos e hijas víctimas de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 78
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 56, con el siguiente contenido:
3.Se establecerá el acceso preferente a los centros educativos públicos a los hijos e hijas víctimas de la violencia de género en la etapa educativa 0 a 3 años
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 79
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 5 al artículo 56, con el siguiente contenido:
5.Se garantizará el acceso gratuito a los estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como los servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León, a quienes sean hijos o hijas de mujeres fallecidas por violencia de género.
Motivación:
Ampliar el ámbito de aplicación de la norma.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 80
Al artículo: 58
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 3 del artículo 58, con el siguiente contenido:
3. Con la finalidad de proteger a los menores frente a la violencia de género en todas sus vertientes, la Administración Autonómica deberá:
a) Reforzar el apoyo y asistencia a los menores hijos e hijas de víctimas mortales de la violencia, dado que es una situación que requiere especial celo protector.
b) Adoptar las medidas necesarias para que en la rehabilitación de los menores agresores en casos de Violencia de Género se aplique perspectiva de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 81
Al artículo: 58
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo punto 4 al artículo 58, con el siguiente contenido:
4. La atención integral de estas necesidades específicas exigirá la colaboración del conjunto de administraciones públicas y de organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de atención a colectivos determinados.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 82
Al artículo: 59
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 1 del artículo 59, con el siguiente contenido:
1. La Administración Autonómica garantizará el acceso a los recursos recogidos en la presente ley a las víctimas del tráfico y explotación sexual y a las personas dependientes de ellas, mediante el desarrollo, en su caso, de programas específicos de protección social y recuperación integral, y en todo caso poniendo a su disposición servicios que comprendan al menos asistencia psicológica, atención jurídica y asesoramiento social en su propio idioma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 83
Al artículo: 59
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo punto 3 al artículo 59, con el siguiente contenido:
4.La Administración Autonómica desarrollará campañas de concienciación y talleres de sensibilización dirigidos a las jóvenes destinados a desincentivar la demanda de prostitución.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 84
Al artículo: 60
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al artículo 60 con el siguiente contenido:
La Administración autonómica facilitará el acceso a los recursos y diseñará campañas y programas específicos dirigidos a la población del medio rural ,para que esta circunstancia no sea causa generadora de desigualdades en el trato a las mujeres ni favorezca la violencia contra ellas por el hecho de ser mujeres. A tal fin se desarrollarán las siguientes medidas:
1.Las mujeres víctimas de violencia de género del medio rural tendrán una atención específica para facilitar su acceso a los recursos previstos en la presente Ley, brindándoseles desde la Administración Autonómica una atención y acompañamiento efectivas y de calidad, adaptadas a las condiciones y especificidades del entorno rural. la colaboración con las Asociaciones de Mujeres en el ámbito rural para favorecer la prevención y protección frente de estas mujeres frente a la violencia de género.
2. Se desarrollarán desde los poderes públicos de la Comunidad Autónoma mejoras en el ámbito rural de cara a facilitar su habitabilidad, como la adaptación del transporte facilitando la adaptabilidad del transporte a los núcleos rurales más pequeños y la implantación de más servicios de proximidad , adecuándolos a las necesidades de privacidad , anonimato , confidencialidad y seguridad de las víctimas de violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 85
Al artículo: 61
Modificación propuesta:
Se propone la eliminación del artículo 61
Motivación:
Respeto a las mujeres mayores de 65 años.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 86
Al artículo: 61 bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo el 61 bis, con el siguiente contenido:
Artículo 61 bis. Mujeres con discapacidad.
La Administración Autonómica deberá garantizar que los recursos de atención integral recogidos en la presente ley no se vean obstaculizados por la existencia de barreras que impidan su accesibilidad , debiendo adoptar medidas destinadas a:
a) Facilitar el acceso de mujeres y niñas con diversidad funcional/discapacidad a lecturas informativas adaptadas (Braille, comunicación aumentativa, etc.) sobre prevención de la violencia de género, acoso, agresiones sexuales, etc.
b) Implementar la Asistencia Personal suficiente y necesaria para que las mujeres con diversidad funcional/discapacidad puedan tomar el control de sus propias vidas, para evitar la violencia familiar o de género y la institucionalización
c) Garantizar la plena accesibilidad en lengua de signos de las personas sordas usuarias de esta lengua al 112, el 062, el 091, y todos aquellos teléfonos públicos a disposición de la ciudadanía a través del servicio de video interpretación a la lengua de signos visual que ya se utiliza en el 016.
d) Garantizar la presencia de intérpretes de lengua de signos , así como de mediadoras especializadas en la atención a personas sordas durante todas las fases del proceso de salida de la violencia.
e) Formar en Violencia de Género a intérpretes de Lengua de Signos que se encarguen de realizar labores de interpretación de casos de Violencia de Género en comisarías , juzgados , atención psicológica y social, etc.
f) Dotar de correcta formación a los y las profesionales de los servicios de información, emergencias, sanitarios, policiales y jurídicos para que toda la información sea adaptada, accesible e inclusiva , así como para garantizar que el trato sea siempre digno y respetuoso y proteja la intimidad de la mujer con discapacidad.
Motivación:
Garantizar protección especifica a las mujeres con discapacidad.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 87
Al artículo: 61 ter
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo el 61 ter, con el siguiente contenido:
Artículo 61 ter. Mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas.
1. La Administración Autonómica adoptará medidas destinadas a favorecer el empoderamiento de las mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas y a facilitarles la información de los recursos disponibles.
2. La Administración Autonómica impulsará la aplicación de un enfoque específico para las mujeres gitanas en las políticas , medidas y respuestas institucionales contra la violencia machista con el objetivo de garantizar su pleno acceso y ejercicio efectivo de derechos, a tal fin deberá implementar o adaptar los recursos especializados a las necesidades y condiciones de dichas mujeres, para hacerlos plenamente accesibles y coherentes para ellas, contando con las mediadoras del pueblo gitano formadas para ello.
3.La Administración Autonómica abordará con medidas específicas, que tengan en cuenta la perspectiva interseccional , las intervenciones en casos de violencia de género a mujeres gitanas y capacitar para ello a las y los profesionales implicados en la atención a estas víctimas.
4. La Administración Autonómica Incrementará la colaboración entre las instituciones públicas y las entidades del Tercer Sector que trabajan con mujeres migradas en el diseño de las políticas específicas contra la violencia de género
5. De cara a facilitar la detección de los casos de violencia de género y su intervención frente a estos, la Junta de Castilla y León podrá suscribir acuerdos de colaboración con las organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de estos colectivos
6. Las víctimas de violencias sexuales en situación administrativa irregular, de acuerdo con la legislación de extranjería, gozarán de los derechos reconocidos en esta ley en igualdad de condiciones con el resto de las víctimas.
Motivación:
Garantizar protección específica a las mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 88
Al artículo: Capítulo III bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo capítulo, el III bis, al Título III, con el siguiente título:
Capítulo III bis
Visualización y atención sobre violencia sexuales.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 89
Al artículo: 61 quater
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 quater con el siguiente contenido:
Artículo 61 quater. Acciones formativas sobre violencia sexual.
La Administración Autonómica deberá introducir módulos transversales sobre violencia sexual y sus tipologías en los contenidos de las acciones formativas desarrolladas por y para empresas privadas y las Administraciones Públicas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 90
Al artículo: 61 quinquies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 quinquies con el siguiente contenido:
Artículo 61 quinquies. Diseño y actualización de programas de prevención y detección.
La Administración Autonómica deberá diseñar programas de prevención, detección y protocolos especializados en atención y actuación , o actualizar los existentes , adaptándolos a las especificidades de las diferentes violencias sexuales. Así mismo , deberá desarrollar protocolos de intervención y detección precoz en todos los ámbitos de la Educación Infantil, Primaria y Secundaria, así como en el ámbito universitario.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 91
Al artículo: 61 sexies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 sexies con el siguiente contenido:
Artículo 61 sexies. Fomento de la investigación en violencia sexual
La Administración Autonómica fomentará la investigación en violencia sexual: estudios diagnósticos, desarrollo estadístico, unificación de datos y publicidad de estos.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 92
Al artículo: 61 septies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 septies con el siguiente contenido:
Artículo 61 septies. Programas de atención a las violencias sexuales.
En el ámbito de sus competencias, la Administración Autonómica promoverá el desarrollo de programas integrales de atención a la violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 93
Al artículo: 61 octies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 octies con el siguiente contenido:
Artículo 61 octies. Protección a las víctimas de matrimonios forzados.
La Administración Autonómica deberá implementar instrumentos de protección de emergencia para las víctimas de matrimonio forzado, reconociendo a las entidades de la sociedad civil y asociaciones de mujeres migrantes que desarrollen programas específicos en matrimonios forzados como agentes clave en la elaboración de planes y medidas contra los mismos.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 94
Al artículo: 65
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 65 con el siguiente contenido:
2. De conformidad con la normativa aplicable, las Administraciones Públicas de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, como medida preventiva, y de cara a ofrecer protección frente a la violencia sexual promoverá la eliminación de los llamados "puntos negros", tales como aparcamientos, callejones, o pasadizos y promover el establecimiento de vigilancia o medidas de seguridad adicionales por parte de servicios públicos y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 95
Al artículo: 65
Modificación propuesta:
Se propone añadir un punto 3 al artículo 65 con el siguiente contenido:
3.La Administración autonómica promoverá la colaboración y coordinación necesaria con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 96
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Primera, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Primera. Apertura y puesta en funcionamiento de los Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas.
En atención a lo dispuesto en el artículo 48 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén en funcionamiento , se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de, al menos, de un centro de crisis de Atención Integral 24 horas , en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 97
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Segunda, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Segunda. Apertura y puesta en funcionamiento de las Casas de Acogida.
En atención a lo dispuesto en el artículo 47 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén instaladas, se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de al menos, una casa de acogida en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 98
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Tercera, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Tercera. Apertura y puesta en funcionamiento de los Centros de Emergencia.
En atención a lo dispuesto en el artículo 46 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén instalados, se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de, al menos, un centro de emergencia, en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 99
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Cuarta, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Cuarta. Puestos de atención directa a víctimas de violencia contra las mujeres.
La Administración Autonómica creará plazas especializadas para los puestos de atención directa a víctimas de violencia contra las mujeres que esta ley contempla.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 100
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Quinta, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Quinta. Actuaciones Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
La Administración Autonómica garantizará la difusión y la implementación efectiva de las actuaciones recogidas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y sus actualizaciones, especialmente en municipios rurales con poblaciones pequeñas y aisladas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 101
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone modificar la redacción de la Disposición Final Primera con el siguiente contenido:
Disposición Final Primera. Facultad de desarrollo.
En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Junta de Castilla y León aprobará el desarrollo reglamentario de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 102
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la Disposición Final Segunda, con el siguiente contenido:
Disposición Final Segunda. Modificación de la ley 8/2019 de 25 de febrero de la Actividad-Físico Deportiva de Castilla y León.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 50 de la presente ley, se procederá a llevar a cabo los cambios normativos correspondientes en la ley 8/2019 de 25 de febrero de la Actividad -Físico Deportiva de Castilla y León.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 103
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Final Tercera, con el siguiente contenido:
Disposición Final Tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PL/000010-08
CVE="BOCCL-11-012898"
PRESIDENCIA
La Mesa de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de mayo de 2025, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de atención integral a las víctimas de violencia de género en Castilla y León, PL/000010.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de mayo de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 1
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la última frase del párrafo primero del apartado I de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
Este concepto abarca la violencia que se ejerza a través de terceros, con especial atención a los hijos, hijas o personas dependientes de la víctima e incluye las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad tanto si se produce en la vida pública como privada, comprendiendo las distintas formas de violencia física, psicológica, sexual y económica, que tienen lugar en los ámbitos de la pareja, familiar, laboral y sociocomunitario.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 2
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS I
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo segundo al apartado I de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
La violencia contra las mujeres es la manifestación más extrema del machismo. Esta forma de violencia ha sido definida como estructural porque se mantiene incardinada en nuestras sociedades a lo largo de toda la historia y, dada la complejidad que representa, erradicarla requiere de políticas integrales que la aborden desde sus causas la regulación legal de un fenómeno que durante siglos ha sido considerado un asunto privado y relegado al hogar. Ha supuesto un desafío el modo de entender y atender esta violencia, sin embargo, hemos constatado que su prevención y la eliminación no puede llevarse a cabo con acciones aisladas ,sino ahondando cada vez más en políticas y acciones institucionales coordinadas, que impliquen plenamente a todas las administraciones, entidades, agentes sociales y el compromiso civil por una convivencia basada en la igualdad.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 3
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ll
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la primera frase del párrafo quinto del apartado II de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
A estos efectos deben destacarse la Ley Orgánica 1/2004,de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que supuso un hito en el ordenamiento jurídico estatal por su carácter integral, por dar visibilidad pública a la violencia de género, sacándola del ámbito privado, por incorporar la definición de violencia de género, recogiendo la expresada en la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia sobre la mujer de 1993 y por residenciar la causa de la violencia de género en la discriminación que históricamente han venido sufriendo las mujeres, y la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 4
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ll
Modificación Propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo sexto al apartado II de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
Cabe mencionar también la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, que ha introducido un nuevo paradigma en la protección contra la violencia sexual, incluyendo la filosofía integral de la ley de violencia de género. También es destacable, la Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de la violencia de género, aprobada por una amplia mayoría en el Congreso de los Diputados.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 5
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS III
Modificación propuesta:
Se propone modificar el apartado III de la exposición de motivos añadiendo, después de la primera frase el siguiente texto, y manteniendo el resto:
Del mismo modo debe tenerse en cuenta el Acuerdo de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados, relativo al informe de la Subcomisión para la renovación y actualización del pacto de estado en materia de violencia de género, publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 26 de febrero de 2025. Este nuevo texto supone una mirada más transversal y atiende a distintas especificidades, con perspectivas de infancia, juventud, mujeres migrantes, y con especial atención, también, a las mujeres rurales y a la discapacidad. Además, aborda nuevas y específicas formas de violencia, con especial atención a la protección de los y las menores frente a la violencia, incluyendo así la violencia vicaria, la violencia digital y la violencia económica
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 6
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS IV
Modificación Propuesta:
Se propone nueva redacción al párrafo segundo del apartado IV de la exposición de motivos con el siguiente contenido:
En 2010 se aprobó la ley que ahora se deroga, con la que se fueron definiendo y construyendo elementos para la erradicación de la violencia de género en nuestra Comunidad Autónoma, pero es evidente que requiere de una renovación que permita actualizarla tanto al contexto como a los nuevos instrumentos legales. Ahora más que nunca, y tras la aprobación del nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género el 26 de febrero de 2025, su renovación se hace imprescindible.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 7
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS IV
Modificación propuesta:
Se propone la eliminación del párrafo tercero del apartado IV de la exposición de motivos.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 8
Al artículo: EXPOSICIÓN MOTIVOS IV
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo párrafo quinto en el apartado IV de la exposición de motivos, con el siguiente contenido:
La lucha contra la violencia sobre las mujeres es y debe ser una cuestión de estado, y en coherencia, una cuestión autonómica. Este no es solo un problema de las mujeres, sino un fenómeno que afecta a la calidad de nuestra democracia porque si la mitad de la población vive, como mínimo potencialmente, sometida a violencia o discriminación estamos alejados de los valores que deben regir nuestra convivencia. Trabajar unidos y con un rumbo claro en favor de la igualdad es, por tanto, una obligación democrática.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 9
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS V
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo párrafo primero del apartado V de la exposición de motivos con el siguiente contenido y renumerándose los demás
Con el fin de tratar todas las formas de violencia que sufren las mujeres, de incluir los avances que la legislación internacional y nacional de los últimos años y de garantizar una correcta protección institucional de las víctimas se propone esta reforma de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género en Castilla y León.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 10
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS VI
Modificación Propuesta:
Se propone nueva redacción al párrafo primero del apartado VI de la exposición de motivos con el siguiente contenido.
La ley se estructura en 5 títulos que comprenden 75 artículos, 4 disposiciones adicionales, 1 disposición derogatoria, y 3 disposiciones finales.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 11
Al artículo: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS VI
Modificación Propuesta:
Se propone añadir al final del párrafo sexto del del apartado VI de la exposición de motivos un nuevo párrafo, que sería el séptimo, renumerándose los demás, y con el siguiente contenido:
En el Capítulo III bis del Título III se establecen medidas formativas para la visualización, y con ello la prevención y detección ,sobre las violencias sexuales contra las mujeres, en concreto se pretende dar visibilización a ese tipo de violencia machista, dado que esta siempre encuentra nuevas formas para perpetuarse. Siendo ,por tanto , necesario atajarlas atendiendo a las nuevas realidades, incluyendo en estas formas de violencia a las víctimas de matrimonios forzados.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 12
Al artículo: 1
Modificación propuesta:
Se propone dar nueva redacción al punto 1 del artículo 1 con el siguiente contenido:
1. La finalidad de la presente ley es erradicar la violencia de género en todas sus formas, así como los estereotipos sociales y culturales que la perpetúan ,adoptando medidas integrales tendentes a detectar, prevenir, formar y sensibilizar a la sociedad castellano y leonesa, así como atender, proteger y reparar a las víctimas y a las personas que de ella dependan. Igualmente es objeto de esta ley la investigación y evaluación de este fenómeno bajo una perspectiva científica.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 13
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al punto 1 del artículo 2 con el siguiente contenido:
También la violencia que se ejerza a través de terceros, con especial atención a los hijos, hijas o personas que de la víctima dependan.
Motivación:
Adaptar el texto al verdadero sentido de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 14
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado d) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
d) Violencia económica, que consiste en la acción de limitar, suprimir o controlar, de manera injustificada e intencionada, el acceso de las mujeres a los recursos económicos de la familia, de la pareja o propios, así como en reducir o anular su capacidad económica presente o futura para mantenerse a sí mismas, a sus hijas e hijos, o para continuar con sus hábitos anteriores, con el objetivo de que la mujer dependa económicamente del agresor, mermando sus opciones de escapar de la violencia y, por tanto, incrementando la posibilidad de que la situación derive en privaciones, daños psicológicos, trastornos del desarrollo, lesiones o muerte
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 15
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado f) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
f) Explotación sexual de mujeres y niñas, consistente en el lucro de la prostitución ajena, incluidas las tercerías locativas, mediante la utilización de violencia, intimidación, engaño o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima en el ejercicio de la prostitución, la servidumbre sexual u otros tipos de actividades con fines sexuales, incluidos actos pornográficos o la producción de material pornográfico.
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 16
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del punto 2 del artículo 2 con el siguiente contenido:
g) Violencia contra la salud sexual y reproductiva de las mujeres, que incluye las actuaciones que restrinjan el libre ejercicio de estos derechos, que nieguen su libertad de disfrutar de una vida sexual plena y sin riesgos para la salud, el derecho a decidir, el derecho a ejercer su maternidad, la mutilación genital, los matrimonios forzosos y las esterilizaciones forzadas
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 17
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado j) del punto 2 del artículo 2, pasando este a ser al apartado k) y renombrándose los demás, con el siguiente contenido:
j) Acoso laboral por razón de género, consistente en la realización de actuaciones discriminatorias, o amenazar con éstas, en el ámbito laboral cuando tengan como causa o estén vinculadas con la condición de mujer de la vícitima.
Motivación:
Mejora del texto en concordancia con el espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 18
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado j) del punto 2 artículo 2, con el siguiente contenido:
j) Violencia de género digital o Violencia en línea contra la mujer, que incluye todo acto o conducta de violencia de género cometido, instigado o agravado, en parte o en su totalidad, por el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ;como Internet, plataformas de redes sociales , sistemas de mensajería y correo electrónico o servicios de geolocalización, con la finalidad de discriminar, humillar, chantajear, acosar o ejercer dominio, control o intromisión sin consentimiento en la privacidad de la víctima; con independencia de que el agresor guarde o no relación conyugal, de pareja o análoga de afectividad en el presente o en el pasado, o relación de parentesco, con la víctima.
Igualmente tendrán la consideración de actos de violencia digital contra la mujer los ejercidos por hombres de su entorno familiar, social, profesional o académico.
Se exceptúan las herramientas de control parental que cumplan con la legislación vigente destinadas a la protección y seguridad de las personas menores de edad.
Motivación:
Precisar la definición del término.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 19
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado n) del punto 2 del artículo 2:
n) La violencia ejercida a través de medios de comunicación o publicidad, que fomente o incentive la discriminación de las mujeres o que emplee su imagen con fines vejatorios induciendo a cualquier tipo de violencia sobre la misma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 20
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el ñ) al punto 2 del artículo 2, con el siguiente contenido:
ñ) Violencia ambiental, entendida como cualquier acto o conducta no accidental o fortuita que provoque daños materiales en el entorno de la víctima, incluidos los animales de compañía, con el objeto de producir sufrimiento psicológico o emocional.
Motivación:
Adaptación a lo previsto en el Pacto de Estado contra la violencia de género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 21
Al artículo: 2
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el o), al punto 2 del artículo 2, con el siguiente contenido:
o) Cualquier otra forma de violencia que lesione o sea susceptible de lesionar la dignidad , la integridad o la libertad de las mujeres basada en la pertenencia al sexo femenino.
Motivación:
Ordenación y mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 22
Al artículo: 3
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 3, con el siguiente contenido:
2. Las medidas contempladas en la presente ley serán de aplicación a todas las mujeres que vivan, residan o trabajen en Castilla y León y que sean víctimas de violencia de género, así como a todas aquellas personas que de ellas dependan, incluidas las mujeres migrantes, refugiadas, solicitantes de asilo o que se encuentren en situación administrativa irregular, de acuerdo con la legislación en materia de extranjería y aquellas que se encuentren de forma circunstancial en Castilla y León cuando suceda la situación de violencia, ello sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras administraciones.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 23
Al artículo: 3
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 5 del artículo 3, con el siguiente contenido:
La Ley será también de aplicación al conjunto de toda la ciudadanía castellano y leonesa, especialmente respecto de aquellas actuaciones dirigidas a la concienciación de la existencia de una violencia especifica hacia las mujeres denominada violencia de género, y a la prevención de la violencia de género mediante la sensibilización y fomento de actitudes de rechazo hacia esta violencia.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 24
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado a) del artículo 6, con el siguiente contenido:
a) Establecer las directrices para erradicar la violencia de género en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, promoviendo las condiciones necesarias para su aplicación a través de los instrumentos de planificación que orienten la actividad de la Comunidad Autónoma durante el período de vigencia que se establezca en los mismos, dando la máxima relevancia en la estructura institucional a las políticas contra la violencia de género y fortaleciendo la respuesta institucional para hacer frente al negacionismo de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 25
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del artículo 6, con el siguiente contenido:
g) Crear y mantener la adecuada estructura institucional que permita repartir, coordinar y desarrollar los recursos y políticas públicas destinadas a prevenir y erradicar la violencia de género.
Motivación:
Garantizar de una manera más efectiva el cumplimiento de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 26
Al artículo: 6
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el h) al artículo 6, con el siguiente contenido:
h) Cualquier otra que se derive de la presente ley.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 27
Al artículo: 9
Modificación propuesta:
Se propone la adición de nuevo apartado, el f), al artículo 9, con el siguiente contenido:
f) Cualquier otro que venga establecido por norma de rango legal o reglamentario o que pueda establecerse por el Gobierno y las comunidades autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Igualdad.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 28
Al artículo: 11 bis)
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 11 bis), con el siguiente contenido:
Artículo 11 bis). El Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
1.EI observatorio autonómico de violencia machista de Castilla y León es un órgano colegiado de composición interdepartamental, con participación administrativa, social, judicial, policial y sindical. Asume funciones de asesoría y evaluación de las políticas y medidas tomadas para prevenir y abordar todas las formas de violencia de género recogidas en esta ley, procediendo a su análisis y pudiendo emitir recomendaciones al respecto.
2.En particular, y de cara fomentar la participación de la sociedad civil en la mejora continua de las políticas públicas de erradicación de la violencia contra las mujeres en todas sus formas, la Administración Autonómica garantizará la presencia y la participación de las organizaciones feministas y de las especializadas en violencia contra las mujeres en el Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
Motivación:
Mejora del texto y adaptación al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 29
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado c) del punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido:
c) El estudio de las masculinidades hegemónicas y su relación con la violencia de género , así como las circunstancias y características de los hombres que la ejercen.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 30
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado i) del punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido:
i) Fomentar la investigación en violencias sexuales: estudios diagnósticos, desarrollo estadístico, unificación de datos y publicidad de estos. Realizar estudios de prevalencia y diseño de indicadores para todos los tipos de violencias sexuales
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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ENMIENDA N.º 31
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo apartado, el j) al punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido.
j) Realizar un estudio sobre las nuevas realidades de la Trata, y las respuestas operativas que deben implementarse, para que las actuaciones policiales tengan mayor facilidad a la hora de intervenir en espacios de alto nivel de control por parte de los proxenetas, incluidas las viviendas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 32
Al artículo: 15
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo apartado, el k), al punto 2 del artículo 15 con el siguiente contenido.
k) Aquellas otras investigaciones que permitan conocer y profundizar en el impacto de los cambios sociales y culturales en la evolución de la violencia de género y sus consecuencias.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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ENMIENDA N.º 33
Al artículo: 19
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 19 con el siguiente contenido:
Las medidas de sensibilización y prevención primarias se dirigirán a erradicar los comportamientos y estereotipos sexistas o discriminatorios hacia las mujeres .
Estas medidas comprenderán las siguientes acciones:
a) Desarrollo de campañas de prevención y sensibilización con mensajes positivos, unitarios y adaptados a las exigencias de cada momento, implicando a la sociedad en su conjunto, y eligiendo los momentos más favorables para su difusión ,como, por ejemplo, los veranos. Esas campañas deben focalizarse en el rechazo al maltratador, y presentar ejemplos de mujeres fuertes y valientes, sin recurrir al cliché de las víctimas, fomentando referentes masculinos no violentos e igualitarios comprometidos con la transformación social hacia la igualdad.
b) Revisión de los criterios de las campañas publicitarias institucionales de prevención, para introducir contenidos enfocados a ofrecer pautas de actuación a las víctimas, incluyendo la identificación de situaciones de riesgo. Estas campañas deberán poner el foco en el maltratador y asimismo este nuevo enfoque deberá contar con las recomendaciones del Observatorio Estatal de Violencia Machista y el Observatorio Autonómico de Violencia Machista.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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ENMIENDA N.º 34
Al artículo: 20
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al punto 1 del artículo 20 con el siguiente contenido:
Con carácter previo a la aprobación de este plan, se deberá promover un sistema acreditativo de centros contra la violencia de género identificando aquellos centros públicos o privados, educativos, sanitarios o de cualquier otro ámbito, en los que se dé especial importancia a la prevención y detección de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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ENMIENDA N.º 35
Al artículo: 20
Modificación propuesta:
Se propone añadir al final del punto 3 del artículo 20 el siguiente texto:
1.Estas actuaciones comprenderán las siguientes acciones:
En relación con las campañas dirigidas a determinados colectivos:
a) Realizar campañas que tengan como público objetivo a los jóvenes, utilizando preferentemente las tecnologías de la información y la comunicación.
b) Dar formación a los jóvenes sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking , sexting , grooming , etc.).
c) Desarrollar campañas específicas de sensibilización contra la violencia de género destinadas al medio rural teniendo en cuenta la mayor incidencia de ésta en las mujeres que viven en el ámbito rural y sus circunstancias.
d)Contemplar en todas las políticas públicas relativas a la protección de la infancia y la adolescencia, la especificidad de las y los menores que son víctimas de la violencia vicaria con medidas concretas en función de su edad y de su grado de madurez, para ayudarles a detectar situaciones de violencia y prevenirlas.
e) Desarrollar campañas específicas de sensibilización contra la violencia de género destinadas a personas con diversidad funcional/discapacidad, teniendo en cuenta la especial incidencia de la violencia de género sobre dicha condición.
f) Implicar a las entidades locales en la elaboración de campañas para establecer puntos seguros y de información sobre violencia sexual en espacios públicos.
g) Fomentar el juego y los juguetes igualitarios mediante campañas y recomendaciones directas a empresas y espacios educativos.
h) Promover campañas contra la cosificación del cuerpo de las mujeres y contra la hipersexualización de las niñas.
i) Visibilizar en campañas y actuaciones a las mujeres mayores.
2. En relación con los materiales e instrumentos informativos:
a)Elaborar materiales informativos para madres y padres que les ayuden a detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.
b)Utilizar las consultas médicas, centros sanitarios y farmacias como plataformas informativas sobre la violencia de género, con carteles, folletos, etc.
Motivación:
En concordancia con el espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
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ENMIENDA N.º 36
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado e) del punto 1 del artículo 21 con el siguiente contenido:
e) Los recursos disponibles y la forma de acceder a los mismos, sin perjuicio de informar en las campañas que la no interposición de denuncia no condiciona el acceso a recursos de violencia sobre la mujer, priorizando aquellos espacios más accesibles y seguros para las mujeres.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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ENMIENDA N.º 37
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado g) del punto 1 del artículo 21 con el siguiente contenido:
g) La promoción de nuevos modelos de relaciones igualitarias y de masculinidad positiva, corresponsabilidad y la promoción de relaciones saludables e igualitarias, basadas en la salud emocional y en el cuestionamiento de estereotipos y roles de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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ENMIENDA N.º 38
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 21 con el siguiente contenido:
2.Se impulsarán y desarrollarán campañas, inclusivas y accesibles, con contenidos específicos, para personas jóvenes y mujeres con discapacidad, especialmente referidas a la violencia sexual, incluidas las destinadas a la desincentivación de la prostitución entendiendo esta como una forma de violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 39
Al artículo: 21
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 3 al artículo 21, renumerándose los demás, con el siguiente contenido:
3.Se fomentará la educación financiera como manera de prevenir la violencia económica, mediante información, capacitación y campañas informativas que ayuden a las mujeres a reconocer señales de alerta y a identificar conductas de abuso económico.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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ENMIENDA N.º 40
Al artículo: 22
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 1 del artículo 22 con el siguiente contenido:
1.La administración de la Comunidad de Castilla y León contará con la colaboración de las asociaciones vinculadas a la violencia de género para el diseño y difusión de las políticas públicas en esta materia de las campañas de sensibilización e información, así como de las actividades que desarrollen con las propias víctimas.
Así mismo podrá contar con otras entidades públicas y privadas, con agentes sociales y económicos, así como con personas profesionales cualificadas en materia de violencia de género
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
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El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 41
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone añadir al final del punto 2 del artículo 23 el siguiente texto:
A tal fin, deberán:
a) Establecer, a efectos del cumplimiento de los requisitos académicos para la concesión y mantenimiento de becas y ayudas al estudio, la opción de que sea excepcionada la exigencia de cumplimiento de umbral académico cuando se acredite que la excepción tiene causa directa en una situación de violencia de género.
b) Revisar y reforzar la elaboración de Protocolos de Detección Precoz en el ámbito educativo, con especial atención al apoyo y asistencia a hijas e hijos menores de edad de mujeres asesinadas por violencia de género y otros menores de su entorno, implementando un sistema específico de atención pedagógica y educativa que incluya, cuando sea necesario, la designación de profesores y profesoras de apoyo.
c) Diseñar programas de prevención, detección y protocolos especializados o actualizar los existentes en atención y actuación, adaptándolos a las especificidades de las diferentes violencias sexuales. Asimismo, desarrollar protocolos de intervención y detección precoz en todos los ámbitos de la Educación Infantil , Primaria y Secundaria, así como en el ámbito universitario.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 42
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 23 con el siguiente contenido:
La consejería competente en materia educativa deberá incluir, en todas las etapas educativas, la prevención de la violencia de género, el machismo y de las conductas violentas, la educación emocional y sexual y la igualdad, incluyendo además en los currículos escolares, los valores de la diversidad y la tolerancia.
Así mismo, velará porque en los centros educativos , se preste una especial atención a los contenidos de los materiales y libros de texto utilizados en los diferentes niveles del sistema educativo a fin de evitar que contengan elementos sexistas o discriminatorios que no contribuyan a la igualdad entre mujeres y hombres y a la prevención de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 43
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 4 del artículo 23 el siguiente contenido:
4. Para la consecución de los objetivos de sensibilización y prevención en materia de violencia de género se desarrollarán las siguientes actuaciones dirigidas tanto al alumnado como a las familias y al personal docente de los centros educativos.
a) Promover en los centros educativos talleres y actividades formativas para la prevención de la violencia sexual, trabajando específicamente con los niños y varones adolescentes.
b) Designar en los Consejos Escolares de los Centros Educativos un profesor o profesora responsable de coeducación encargado de impulsar, preferentemente en horas lectivas, medidas educativas que fomenten la igualdad y prevengan la violencia, promoviendo los instrumentos necesarios para hacer un seguimiento de las posibles situaciones de violencia de género.
c) Exigir a los centros educativos que en el Proyecto Educativo de Centro se incluyan contenidos específicos de prevención de la violencia de género, y que el Consejo Escolar realice su seguimiento.
d) Los candidatos y candidatas a dirigir los centros escolares deberán en el Proyecto de Dirección de Centro contenidos específicos de prevención de la violencia de género.
e) Garantizar el cumplimiento de la legislación vigente en materia de representación y presencia equilibrada de mujeres y hombres en la composición de los órganos directivos y colegiados preceptivos en el ámbito educativo
f) La administración autonómica promoverá la aplicación permanente, actualización y difusión de protocolos que contengan pautas de actuación para la prevención, detección y erradicación de las violencias sexuales en el ámbito educativo, tanto público como privado, y para cada uno de los niveles educativos, incluido el ámbito universitario, en el marco de lo establecido en la legislación en materia de universidades que resulte de aplicación. Tales protocolos impulsarán actividades continuadas de prevención y sistemas de detección precoz e intervención para casos de violencias sexuales.
g) Establecer un sistema específico de atención pedagógica y educativa para los hijos e hijas de las víctimas mortales de violencia de género, mediante la designación, cuando sea necesario, de profesores/as de apoyo para el refuerzo educativo.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 44
Al artículo: 23
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 6 del artículo 23 el siguiente contenido:
6. La Administración de la Comunidad de Castilla y León, con pleno respeto a la autonomía universitaria, impulsará, promoverá e incorporará , en el marco de sus competencias, contenidos específicos de perspectiva de género y violencia de género en la correspondiente Programación Universitaria, debiendo implicar a las Unidades de Igualdad de las Universidades en la realización de estudios sobre el impacto del acoso, las agresiones y los abusos sexuales en el ámbito universitario , valorarando , en su caso, la oportunidad de realizar campañas de prevención en los Campus universitarios, y de forma particular de las agresiones sexuales "en cita".
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 45
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 24 el siguiente contenido:
La consejería competente en materia de sanidad adoptará, en el marco de los protocolos de atención a las víctimas de violencia de género, las medidas necesarias para que en caso de sospecha de que la sintomatología de una paciente pueda estar asociada a maltrato, se active la utilización de protocolos de cribado que permitan ayudar a la identificación de casos de violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 46
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 24 el siguiente contenido
3. Para la consecución de los objetivos de sensibilización y prevención en materia de violencia de género las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, desarrollarán actuaciones dirigidas al personal que preste sus servicios en centros sanitarios, promoviendo los procedimientos y la adecuada formación del personal sociosanitario para la detección de las violencias sexuales, que deberá incluir tanto los espacios residenciales como los ambulatorios. Estas actuaciones incluirán necesariamente actividad formativa en materia de sensibilización y prevención, prestando especial atención a la formación del personal que se encuentra realizando la especialización.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 47
Al artículo: 24
Modificación propuesta:
Se propone añadir un punto 4 al artículo 24 con el siguiente contenido.
4.Los poderes públicos de Castilla y León promoverán la utilización de las consultas médicas, centros sanitarios y farmacias como plataformas informativas sobre la violencia de género, con carteles, folletos, etc.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 48
Al artículo: 26
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al artículo 26 con el siguiente contenido:
En los planes de servicios sociales de prevención de las situaciones de dependencia y de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, así como en otros en los que proceda, se contemplará un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales .
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 49
Al artículo: 27
Modificación propuesta:
Se propone añadir al artículo 27 un punto 3 con el siguiente contenido:
3.La Administración Autonómica no subvencionará con cargo a fondos públicos a ningún medio de comunicación que emita o permita mensajes, comentarios o cualquier otro tipo de contenido contrarios a esta ley o que expresamente nieguen la existencia de la violencia de género en todas sus acepciones.
A aquellos medios que, siendo beneficiarios de estas subvenciones, lleven a cabo alguna de estas actuaciones, se les retirará inmediatamente la financiación con cargo a fondos públicos de la Comunidad Autónoma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 50
Al artículo: 29 bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo, el 29 bis, con el siguiente contenido:
Artículo 29 bis. Aplicación y difusión de las medidas de sensibilización y prevención
1. Las medidas de este título serán de aplicación a todos los centros educativos formales y no formales y universidades autorizadas a impartir enseñanzas regladas, así como a los medios de comunicación, productos audiovisuales, entidades y empresas públicas o privadas con las que se concierte la prestación de servicios públicos o sean financiadas directa o indirectamente por la Junta de Castilla y León.
2.Todos los emplazamientos utilizados para ofrecer servicios públicos a la ciudadanía mantendrán de forma visible y permanente información sobre violencia de género, prevención y recursos a disposición de las víctimas.
3. La Junta de Castilla y León utilizará en todas sus comunicaciones institucionales un uso no sexista del lenguaje.
Motivación:
Garantizar la eficacia de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 51
Al artículo: 30
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 30 con el siguiente contenido:
2. Con este objetivo, los poderes públicos de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, desarrollarán las actuaciones necesarias a través de los puntos de información y asesoramiento a las mujeres, de los servicios sociales, sanitarios o educativos, prestando especial atención a las mujeres pertenecientes a ámbitos donde la situación de riesgo pueda ser mayor como la discapacidad o la migración.
Se observarán especialmente las manifestaciones de la violencia de género en el medio rural, teniendo en cuenta sus especialidades y dificultades.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 52
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 1 del artículo 31, añadiendo un párrafo tercero con el siguiente contenido.
Se incluirán programas de formación a los jóvenes sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, especialmente en la protección de la privacidad y sobre los ciberdelitos (stalking, sexting, grooming, etc.).
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 53
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 4 al artículo 31, con el siguiente contenido:
4. En los temarios de los procesos de selección para el acceso al empleo público de la administración autonómica y local se deberán incluir contenidos relativos al conocimiento y la prevención de la violencia de género.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 54
Al artículo: 31
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 5 al artículo 31 con el siguiente contenido:
5. Los poderes públicos de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para garantizar una formación básica, progresiva, permanente y actualizada sobre violencia de género del personal que las atienda, a fin de hacer efectivas las disposiciones contenidas en esta ley.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 55
Al artículo: 32
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 32 con el siguiente contenido:
3. Los poderes públicos de Castilla y León implementarán y mejorarán los protocolos sanitarios y educativos, para detectar y prevenir la violencia vicaria que tiene como víctimas directas a menores de edad.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Genero.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 56
Al artículo: 32
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo punto 4 al artículo 32 con el siguiente contenido:
4.Las personas profesionales de los servicios sociales recibirán y registrarán los casos derivados para gestionar el primer contacto con la víctima y su atención inmediata.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 57
Al artículo: 33
Modificación propuesta:
Se propone añadir un segundo párrafo al artículo 33, con el siguiente contenido:
En el ámbito local, impulsará acciones formativas destinadas al asesoramiento de los alcaldes y alcaldesas de los municipios de menos de 1000 habitantes para favorecer la asistencia a las víctimas de violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 58
Al artículo: 34
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 34 con el siguiente contenido:
2 la Administración educativa promoverá la elaboración y difusión de materiales informativos para madres y padres que les permita detectar la violencia de género de la que pueden ser víctimas o agresores sus hijas o hijos adolescentes.
Con carácter general las personas que por razón de su cargo, profesión o actividad tengan encomendada la asistencia, el cuidado o la enseñanza de niños, niñas o adolescentes y en su ejercicio hayan tenido conocimiento de una situación de violencia de género , deberán comunicarlo a la Administración competente.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 59
Al artículo: 35
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 35, con el siguiente contenido:
2. El Servicio Público de Salud de Castilla y León garantizará a las víctimas de violencia de género el derecho a la atención y asistencia sanitaria especializada que requieran , independientemente de su situación administrativa.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 60
Al artículo: 36
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un segundo párrafo al artículo 36, con el siguiente contenido:
En aquellos casos en aquellos casos de violencia de género en que sea posible y solicitado por la propia víctima, y particularmente en el ámbito de las Administraciones Públicas, se promoverá el uso del teletrabajo.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 61
Al artículo: 37
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 3 del artículo 37, con el siguiente contenido
3. Los poderes públicos de Castilla y León garantizarán que, en los planes de servicios sociales, de prevención de las situaciones de dependencia y de prevención de deficiencias y de intensificación de discapacidades, así como en otros en los que proceda, se contemple un apartado de prevención, detección e intervención integral frente a las violencias sexuales
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 62
Al artículo: 37
Modificación propuesta:
Se propone añadir al artículo 37 un nuevo punto 4, con el siguiente contenido:
4. Se establecerán medidas específicas para la detección y atención de situaciones de violencia de género a mujeres con discapacidad, problemas de salud mental, con adicciones , en situación de exclusión , riesgo o vulnerabilidad social u otras problemáticas añadidas a la violencia.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 63
Al artículo: 38
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 2 al artículo 38 con el siguiente contenido:
2. La Administración Autonómica elaborará un Protocolo de Prevención del Acoso Sexual en el Deporte.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 64
Al artículo: 38
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 3 al artículo 38 con el siguiente contenido:
3.La administración autonómica deberá adoptar las medidas necesarias para impedir que los clubes deportivos de Castilla y León permitan la apología de la violencia de género en los acontecimientos deportivos.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 65
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 40 con el siguiente contenido.
1. La atención integral a las víctimas de violencia de género tiene por objeto garantizar la protección de las víctimas, su recuperación y la restitución de los derechos vulnerados. Para ello los poderes públicos articularán y adecuarán las actuaciones, los recursos y prestaciones existentes a las necesidades de las víctimas, impulsándose entre otras medidas , la participación de supervivientes de la violencia contra las mujeres en los programas de atención a otras víctimas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 66
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 40 con el siguiente contenido:
2.Con carácter integral se garantizará la reparación de hijos e hijas víctimas de violencia vicaria poniendo a su disposición medidas y recursos que abarquen todos los ámbitos en función de las necesidades y la edad de las víctimas, tales como el sanitario, psicológico, educativo o sociolaboral.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 67
Al artículo: 40
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 3 al artículo 40 con el siguiente contenido:
3.La finalidad de la atención integral es promover la salida del círculo de violencia y la recuperación de la autonomía personal de las víctimas
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 68
Al artículo: 43
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 43 con el siguiente contenido:
1.Para una mejor atención a las víctimas de violencia de género, los centros y servicios que integran la Red de Atención se organizarán en una Red General y unas Redes Especializadas de atención a las víctimas de violencia de género, promoviéndose , desde la administración autonómica , la existencia de un/a única profesional de referencia para la víctima.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 69
Al artículo: 46
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 3 del artículo 46 con el siguiente contenido:
3. La Administración autonómica cubrirá la demanda de plazas en centros de emergencia existente en la Comunidad Autónoma de acuerdo con los principios de celeridad , seguridad y confidencialidad, garantizando en todo caso que en cada una de las nueve provincias de Castilla y León cuente, con al menos, un centro de emergencia.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 70
Al artículo: 47
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 1 del artículo 47 con el siguiente contenido:
1. Las casas de acogida son viviendas con personal especializado que tienen por objeto dispensar alojamiento seguro y manutención a las víctimas de violencia de género, y a las personas que de ellas dependan.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 71
Al artículo: 47
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 47 con el siguiente contenido:
2.Las casas de acogida , mediante la atención por personal especializado , promoverán la autonomía personal de las víctimas a través del desarrollo de habilidades sociales y programas de apoyo y favorecerán su integración familiar y laboral, adaptando los recursos de apoyo y atención para recibir a cualquier mujer independientemente de su diversidad funcional/discapacidad.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 72
Al artículo: 48
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al título del artículo 48 con el siguiente contenido:
Artículo 48. Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 73
Al artículo: 48
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del artículo 48 con el siguiente contenido:
1.Los Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas son aquellos en los que, bajo criterios de atención permanente y actuación urgente, proveerán apoyo y asistencia en situaciones de crisis a las víctimas de violencia sexual, familiares y personas del entorno.
2.Estos centros brindarán servicios concretos de atención psicológica, jurídica y social a las víctimas e incluirán el acompañamiento y la información telefónica y presencial las 24 horas del día todos los días del año.
3.Cada una de las nueve provincias de Castilla y León contará con al menos un centro de Crisis de Atención Integral 24 horas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 74
Al artículo: 50
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al apartado b) del punto 1 del artículo 50 con el siguiente contenido:
b) Servicios de carácter jurídico destinados al impulso por parte de la Administración de Castilla y León de políticas de colaboración con el servicio de turno de oficio de los Colegios de Abogados y de Procuradores de Castilla y León , destinadas tanto al asesoramiento de las víctimas como al diseño y puesta en marcha de un Plan de acompañamiento que contemple la asistencia de la víctima y sus hijos e hijas con carácter previo a la interposición de la denuncia y durante el procedimiento judicial, proveyendo a estos Colegios Profesionales de los medios humanos y materiales necesarios .
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 75
Al artículo: 52
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción del punto 2 del artículo 52 con el siguiente contenido:
La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará programas o actuaciones para la inserción laboral , por cuenta ajena o propia de las mujeres víctimas de violencia de género, proporcionando específicamente, instrumentos para la formación, la búsqueda de empleo y el autoempleo; contemplando así mismo medidas de adaptación a las necesidades individuales de las víctimas, conectándolas con las ayudas económicas existentes, adoptando las medidas necesarias para compatibilizarlas con las ayudas económicas del Estado y simplificando las condiciones para acceder a éstas.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 76
Al artículo: 55
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al artículo 55 ,con el siguiente contenido:
La Administración autonómica prestará un servicio de atención psicológica a hombres residentes en la Comunidad Autónoma que, de forma reciente o no, hayan ejercido violencia contra las mujeres ; con la finalidad de modificar su modelo de masculinidad , reducir el nivel de estrés y agresividad , incrementar su conciencia sobre las desigualdades de género , propiciar el cambio hacia un estilo relacional libre de violencia para y prevenir daños a la víctima.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 77
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 2 del artículo 56, con el siguiente contenido:
2.Se establecerá la gratuidad de comedores escolares, tanto en periodo lectivo como no lectivo, la gratuidad de los libros de texto, material escolar y cualquier otro gasto escolar, además de los gastos derivados del transporte y actividades escolares, para los hijos e hijas víctimas de la violencia de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
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Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 78
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 3 del artículo 56, con el siguiente contenido:
3.Se establecerá el acceso preferente a los centros educativos públicos a los hijos e hijas víctimas de la violencia de género en la etapa educativa 0 a 3 años
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 79
Al artículo: 56
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un punto 5 al artículo 56, con el siguiente contenido:
5.Se garantizará el acceso gratuito a los estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como los servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León, a quienes sean hijos o hijas de mujeres fallecidas por violencia de género.
Motivación:
Ampliar el ámbito de aplicación de la norma.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 80
Al artículo: 58
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 3 del artículo 58, con el siguiente contenido:
3. Con la finalidad de proteger a los menores frente a la violencia de género en todas sus vertientes, la Administración Autonómica deberá:
a) Reforzar el apoyo y asistencia a los menores hijos e hijas de víctimas mortales de la violencia, dado que es una situación que requiere especial celo protector.
b) Adoptar las medidas necesarias para que en la rehabilitación de los menores agresores en casos de Violencia de Género se aplique perspectiva de género.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 81
Al artículo: 58
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo punto 4 al artículo 58, con el siguiente contenido:
4. La atención integral de estas necesidades específicas exigirá la colaboración del conjunto de administraciones públicas y de organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de atención a colectivos determinados.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 82
Al artículo: 59
Modificación propuesta:
Se propone una nueva redacción al punto 1 del artículo 59, con el siguiente contenido:
1. La Administración Autonómica garantizará el acceso a los recursos recogidos en la presente ley a las víctimas del tráfico y explotación sexual y a las personas dependientes de ellas, mediante el desarrollo, en su caso, de programas específicos de protección social y recuperación integral, y en todo caso poniendo a su disposición servicios que comprendan al menos asistencia psicológica, atención jurídica y asesoramiento social en su propio idioma.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 83
Al artículo: 59
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo punto 3 al artículo 59, con el siguiente contenido:
4.La Administración Autonómica desarrollará campañas de concienciación y talleres de sensibilización dirigidos a las jóvenes destinados a desincentivar la demanda de prostitución.
Motivación:
Garantizar la efectividad de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 84
Al artículo: 60
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al artículo 60 con el siguiente contenido:
La Administración autonómica facilitará el acceso a los recursos y diseñará campañas y programas específicos dirigidos a la población del medio rural ,para que esta circunstancia no sea causa generadora de desigualdades en el trato a las mujeres ni favorezca la violencia contra ellas por el hecho de ser mujeres. A tal fin se desarrollarán las siguientes medidas:
1.Las mujeres víctimas de violencia de género del medio rural tendrán una atención específica para facilitar su acceso a los recursos previstos en la presente Ley, brindándoseles desde la Administración Autonómica una atención y acompañamiento efectivas y de calidad, adaptadas a las condiciones y especificidades del entorno rural. la colaboración con las Asociaciones de Mujeres en el ámbito rural para favorecer la prevención y protección frente de estas mujeres frente a la violencia de género.
2. Se desarrollarán desde los poderes públicos de la Comunidad Autónoma mejoras en el ámbito rural de cara a facilitar su habitabilidad, como la adaptación del transporte facilitando la adaptabilidad del transporte a los núcleos rurales más pequeños y la implantación de más servicios de proximidad , adecuándolos a las necesidades de privacidad , anonimato , confidencialidad y seguridad de las víctimas de violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 85
Al artículo: 61
Modificación propuesta:
Se propone la eliminación del artículo 61
Motivación:
Respeto a las mujeres mayores de 65 años.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 86
Al artículo: 61 bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo el 61 bis, con el siguiente contenido:
Artículo 61 bis. Mujeres con discapacidad.
La Administración Autonómica deberá garantizar que los recursos de atención integral recogidos en la presente ley no se vean obstaculizados por la existencia de barreras que impidan su accesibilidad , debiendo adoptar medidas destinadas a:
a) Facilitar el acceso de mujeres y niñas con diversidad funcional/discapacidad a lecturas informativas adaptadas (Braille, comunicación aumentativa, etc.) sobre prevención de la violencia de género, acoso, agresiones sexuales, etc.
b) Implementar la Asistencia Personal suficiente y necesaria para que las mujeres con diversidad funcional/discapacidad puedan tomar el control de sus propias vidas, para evitar la violencia familiar o de género y la institucionalización
c) Garantizar la plena accesibilidad en lengua de signos de las personas sordas usuarias de esta lengua al 112, el 062, el 091, y todos aquellos teléfonos públicos a disposición de la ciudadanía a través del servicio de video interpretación a la lengua de signos visual que ya se utiliza en el 016.
d) Garantizar la presencia de intérpretes de lengua de signos , así como de mediadoras especializadas en la atención a personas sordas durante todas las fases del proceso de salida de la violencia.
e) Formar en Violencia de Género a intérpretes de Lengua de Signos que se encarguen de realizar labores de interpretación de casos de Violencia de Género en comisarías , juzgados , atención psicológica y social, etc.
f) Dotar de correcta formación a los y las profesionales de los servicios de información, emergencias, sanitarios, policiales y jurídicos para que toda la información sea adaptada, accesible e inclusiva , así como para garantizar que el trato sea siempre digno y respetuoso y proteja la intimidad de la mujer con discapacidad.
Motivación:
Garantizar protección especifica a las mujeres con discapacidad.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 87
Al artículo: 61 ter
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo artículo el 61 ter, con el siguiente contenido:
Artículo 61 ter. Mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas.
1. La Administración Autonómica adoptará medidas destinadas a favorecer el empoderamiento de las mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas y a facilitarles la información de los recursos disponibles.
2. La Administración Autonómica impulsará la aplicación de un enfoque específico para las mujeres gitanas en las políticas , medidas y respuestas institucionales contra la violencia machista con el objetivo de garantizar su pleno acceso y ejercicio efectivo de derechos, a tal fin deberá implementar o adaptar los recursos especializados a las necesidades y condiciones de dichas mujeres, para hacerlos plenamente accesibles y coherentes para ellas, contando con las mediadoras del pueblo gitano formadas para ello.
3.La Administración Autonómica abordará con medidas específicas, que tengan en cuenta la perspectiva interseccional , las intervenciones en casos de violencia de género a mujeres gitanas y capacitar para ello a las y los profesionales implicados en la atención a estas víctimas.
4. La Administración Autonómica Incrementará la colaboración entre las instituciones públicas y las entidades del Tercer Sector que trabajan con mujeres migradas en el diseño de las políticas específicas contra la violencia de género
5. De cara a facilitar la detección de los casos de violencia de género y su intervención frente a estos, la Junta de Castilla y León podrá suscribir acuerdos de colaboración con las organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de estos colectivos
6. Las víctimas de violencias sexuales en situación administrativa irregular, de acuerdo con la legislación de extranjería, gozarán de los derechos reconocidos en esta ley en igualdad de condiciones con el resto de las víctimas.
Motivación:
Garantizar protección específica a las mujeres inmigrantes y pertenecientes a minorías étnicas.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 88
Al artículo: Capítulo III bis
Modificación propuesta:
Se propone añadir un nuevo capítulo, el III bis, al Título III, con el siguiente título:
Capítulo III bis
Visualización y atención sobre violencia sexuales.
Motivación:
Mejora del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 89
Al artículo: 61 quater
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 quater con el siguiente contenido:
Artículo 61 quater. Acciones formativas sobre violencia sexual.
La Administración Autonómica deberá introducir módulos transversales sobre violencia sexual y sus tipologías en los contenidos de las acciones formativas desarrolladas por y para empresas privadas y las Administraciones Públicas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 90
Al artículo: 61 quinquies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 quinquies con el siguiente contenido:
Artículo 61 quinquies. Diseño y actualización de programas de prevención y detección.
La Administración Autonómica deberá diseñar programas de prevención, detección y protocolos especializados en atención y actuación , o actualizar los existentes , adaptándolos a las especificidades de las diferentes violencias sexuales. Así mismo , deberá desarrollar protocolos de intervención y detección precoz en todos los ámbitos de la Educación Infantil, Primaria y Secundaria, así como en el ámbito universitario.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 91
Al artículo: 61 sexies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 sexies con el siguiente contenido:
Artículo 61 sexies. Fomento de la investigación en violencia sexual
La Administración Autonómica fomentará la investigación en violencia sexual: estudios diagnósticos, desarrollo estadístico, unificación de datos y publicidad de estos.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 92
Al artículo: 61 septies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 septies con el siguiente contenido:
Artículo 61 septies. Programas de atención a las violencias sexuales.
En el ámbito de sus competencias, la Administración Autonómica promoverá el desarrollo de programas integrales de atención a la violencia sexual.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al espíritu de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 93
Al artículo: 61 octies
Modificación propuesta:
Se propone la adición de un nuevo artículo, el 61 octies con el siguiente contenido:
Artículo 61 octies. Protección a las víctimas de matrimonios forzados.
La Administración Autonómica deberá implementar instrumentos de protección de emergencia para las víctimas de matrimonio forzado, reconociendo a las entidades de la sociedad civil y asociaciones de mujeres migrantes que desarrollen programas específicos en matrimonios forzados como agentes clave en la elaboración de planes y medidas contra los mismos.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 94
Al artículo: 65
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción al punto 2 del artículo 65 con el siguiente contenido:
2. De conformidad con la normativa aplicable, las Administraciones Públicas de Castilla y León, en el ámbito de sus competencias, como medida preventiva, y de cara a ofrecer protección frente a la violencia sexual promoverá la eliminación de los llamados "puntos negros", tales como aparcamientos, callejones, o pasadizos y promover el establecimiento de vigilancia o medidas de seguridad adicionales por parte de servicios públicos y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 95
Al artículo: 65
Modificación propuesta:
Se propone añadir un punto 3 al artículo 65 con el siguiente contenido:
3.La Administración autonómica promoverá la colaboración y coordinación necesaria con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 96
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Primera, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Primera. Apertura y puesta en funcionamiento de los Centros de Crisis de Atención Integral 24 horas.
En atención a lo dispuesto en el artículo 48 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén en funcionamiento , se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de, al menos, de un centro de crisis de Atención Integral 24 horas , en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 97
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Segunda, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Segunda. Apertura y puesta en funcionamiento de las Casas de Acogida.
En atención a lo dispuesto en el artículo 47 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén instaladas, se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de al menos, una casa de acogida en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 98
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Tercera, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Tercera. Apertura y puesta en funcionamiento de los Centros de Emergencia.
En atención a lo dispuesto en el artículo 46 de la presente ley, en aquellas provincias de Castilla y León donde no estén instalados, se procederá a la apertura y puesta en funcionamiento de, al menos, un centro de emergencia, en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 99
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Cuarta, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Cuarta. Puestos de atención directa a víctimas de violencia contra las mujeres.
La Administración Autonómica creará plazas especializadas para los puestos de atención directa a víctimas de violencia contra las mujeres que esta ley contempla.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 100
Al artículo: Disposición Adicional
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Adicional Quinta, con el siguiente contenido:
Disposición Adicional Quinta. Actuaciones Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
La Administración Autonómica garantizará la difusión y la implementación efectiva de las actuaciones recogidas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y sus actualizaciones, especialmente en municipios rurales con poblaciones pequeñas y aisladas.
Motivación:
Mejora del texto adaptándolo al nuevo Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 101
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone modificar la redacción de la Disposición Final Primera con el siguiente contenido:
Disposición Final Primera. Facultad de desarrollo.
En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, la Junta de Castilla y León aprobará el desarrollo reglamentario de esta ley.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 102
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone nueva redacción a la Disposición Final Segunda, con el siguiente contenido:
Disposición Final Segunda. Modificación de la ley 8/2019 de 25 de febrero de la Actividad-Físico Deportiva de Castilla y León.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 50 de la presente ley, se procederá a llevar a cabo los cambios normativos correspondientes en la ley 8/2019 de 25 de febrero de la Actividad -Físico Deportiva de Castilla y León.
Motivación:
En concordancia con lo dispuesto en el articulado de la ley.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Atención Integral a las Víctimas de Violencia de Género en Castilla y León.
ENMIENDA N.º 103
Al artículo: Disposiciones Finales
Modificación propuesta:
Se propone añadir una Disposición Final Tercera, con el siguiente contenido:
Disposición Final Tercera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Motivación:
Ordenación del texto.
Valladolid, 28 de marzo de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PL/000010-08
CVE="BOCCL-11-012898"