PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 19 de junio de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001454 a PNL/001456.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de junio de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
España es una nación forjada sobre los fundamentos de la filosofía griega, el derecho romano y la civilización cristiana. En este marco, determinados ritos y celebraciones importadas, como la conocida como "Fiesta del cordero", resultan completamente ajenas a los usos y costumbres que han configurado nuestra identidad nacional de forma continuada.
La llamada "Fiesta del cordero", de origen mahometano, implica el sacrificio masivo de animales como parte del ritual de una confesión sin notorio arraigo en España, que nada tiene que ver con nuestra historia ni con nuestras festividades. Más allá de la salvaguardia de la seguridad y de la salud, elementos constitutivos del orden público protegido por la Ley, su desarrollo en suelo español no solo representa un retroceso cultural, sino también un agravio comparativo hacia quienes conservan las tradiciones españolas como una contribución preciosa a la vida espiritual de la sociedad.
Es particularmente alarmante que la conmemoración de la «Fiesta del cordero» cuente con la colaboración activa o pasiva de las Administraciones públicas: desde la cesión de espacios (como ocurrió con la solicitud de uso de la plaza de toros de Algeciras); hasta la instalación de mataderos móviles; pasando por el respaldo institucional, ya ni siquiera velado, en regiones como Cataluña, o las ciudades españolas de Ceuta y Melilla, donde en lugar de celebraciones tradicionales como la de Santiago Apóstol o San José, se ha optado por reconocer como festivo laboral a la Fiesta del Sacrificio el 6 de junio de 2025, bajo el nombre de «Eidul Adha» en Ceuta y «Aid Al Adha» en Melilla.
Mientras los gobiernos locales, regionales y nacionales presumen de una aparente «neutralidad religiosa», en nombre de una así llamada "convivencia", se promueve, más allá de la tolerancia, la erosión consciente de nuestro legado, Io que no constituye sino una rendición cultural.
Paradójicamente, estas prácticas importadas a las que se nos exige acoger sin reservas en nuestro país son objeto de restricciones o prohibiciones en sus propios lugares de origen. Este año, sin ir más lejos, el Gobierno marroquí ha limitado la celebración de la denominada "Fiesta del cordero". Es decir, Marruecos restringe sus propias costumbres en su territorio, mientras que en España se promueve su implantación, incluso a costa de vulnerar nuestras leyes, comprometer la seguridad y erosionar nuestras tradiciones. Esta inversión de papeles -en la que nosotros debemos tolerar lo que ellos no consienten en su propio suelo- constituye una muestra alarmante de claudicación cultural y de sumisión ideológica.
Las costumbres y tradiciones gozan de gran arraigo en España y configuran el ethos del pueblo, forman parte de nuestra identidad y deben ser protegidas. La propia Constitución Española dispone expresamente que «la Nación española [...] en uso de su soberanía, proclama su voluntad de [...] proteger a todos los españoles y [...] sus culturas y tradiciones» (cf. Preámbulo). El principio de Estado de Derecho garantiza que sea soberana la ley y no la voluntad arbitraria de una minoría, la cual, no lo olvidemos, tiene la obligación de respetar el patrimonio material y espiritual del país que la acoge.
La Nación tiene derecho a la propia cultura, mediante la cual el pueblo expresa y promueve su "soberanía" espiritual. Las consecuencias de no defender el ethos de nuestro pueblo afectan directamente la cohesión de nuestra Patria, como advierte el Estado Mayor de la Defensa (EMAD): «el incremento de la población inmigrante, con diferentes etnias, religiones, costumbres y lenguas, unido a su posible concentración en guetos urbanos y/o rurales, los denominados bantustanes, podría incidir sobre la cohesión social, generando tensiones y conflictos internos» (octubre de 2021).
Por lo expuesto se formula la siguiente,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Prohibir, en el ámbito de sus competencias, la celebración pública de la denominada "Fiesta del cordero" u otras conmemoraciones similares ajenas a nuestras tradiciones, por tratarse de prácticas incompatibles con la identidad y usos y costumbres de la nación española.
2. A su vez, instar al Gobierno de España a prohibir la celebración pública de la denominada "Fiesta del cordero" u otras conmemoraciones similares ajenas a nuestras tradiciones, por tratarse de prácticas incompatibles con la identidad y usos y costumbres de la nación española.
3. Manifestar su rechazo a la realización de dicha conmemoración en espacios públicos autonómicos o municipales, por tratarse de una práctica cultural ajena a España.
4. Impedir, en el marco de sus competencias, la consolidación de prácticas culturales foráneas que no forman parte de la tradición española y que inciden sobre la cohesión social, generando tensiones y conflictos internos, desarraigo y erosión de la identidad nacional.
5. Reivindicar el respeto y la protección de las tradiciones propias del pueblo español en el espacio público frente al avance de costumbres ajenas impulsadas por políticas de cesión ideológica, electoralismo o presión económica.
6. Específicamente, respecto de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, reguladas por el vigente Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio:
• 6.1. Garantizar, en la medida de sus competencias, la conservación de las fiestas españolas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, en vigor: 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; Jueves Santo; Viernes Santo; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 1 de noviembre, Todos los Santos; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; 25 de diciembre, Natividad del Señor.
• 6.2. Impulsar, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para recuperar las fiestas propias de nuestra Nación de modo que también en el ámbito festivo se reconstruya todo lo derribado: 25 de julio, Santiago Apóstol; 19 de marzo, San José; el Corpus Christi; la Ascensión; 29 junio, Santos Apóstoles Pedro y Pablo.
7. Promover activamente la gastronomía y carnicería tradicionales españolas frente a la expansión de sellos extranjeros como el halal, garantizando el derecho de los consumidores a productos arraigados en nuestra cultura alimentaria y apoyando a los productores que defienden nuestras costumbres, en especial locales.
Valladolid, 6 de junio de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: David Hierro Santos
PNL/001454-01
CVE="BOCCL-11-013128"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 19 de junio de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001454 a PNL/001456.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de junio de 2025.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
España es una nación forjada sobre los fundamentos de la filosofía griega, el derecho romano y la civilización cristiana. En este marco, determinados ritos y celebraciones importadas, como la conocida como "Fiesta del cordero", resultan completamente ajenas a los usos y costumbres que han configurado nuestra identidad nacional de forma continuada.
La llamada "Fiesta del cordero", de origen mahometano, implica el sacrificio masivo de animales como parte del ritual de una confesión sin notorio arraigo en España, que nada tiene que ver con nuestra historia ni con nuestras festividades. Más allá de la salvaguardia de la seguridad y de la salud, elementos constitutivos del orden público protegido por la Ley, su desarrollo en suelo español no solo representa un retroceso cultural, sino también un agravio comparativo hacia quienes conservan las tradiciones españolas como una contribución preciosa a la vida espiritual de la sociedad.
Es particularmente alarmante que la conmemoración de la «Fiesta del cordero» cuente con la colaboración activa o pasiva de las Administraciones públicas: desde la cesión de espacios (como ocurrió con la solicitud de uso de la plaza de toros de Algeciras); hasta la instalación de mataderos móviles; pasando por el respaldo institucional, ya ni siquiera velado, en regiones como Cataluña, o las ciudades españolas de Ceuta y Melilla, donde en lugar de celebraciones tradicionales como la de Santiago Apóstol o San José, se ha optado por reconocer como festivo laboral a la Fiesta del Sacrificio el 6 de junio de 2025, bajo el nombre de «Eidul Adha» en Ceuta y «Aid Al Adha» en Melilla.
Mientras los gobiernos locales, regionales y nacionales presumen de una aparente «neutralidad religiosa», en nombre de una así llamada "convivencia", se promueve, más allá de la tolerancia, la erosión consciente de nuestro legado, Io que no constituye sino una rendición cultural.
Paradójicamente, estas prácticas importadas a las que se nos exige acoger sin reservas en nuestro país son objeto de restricciones o prohibiciones en sus propios lugares de origen. Este año, sin ir más lejos, el Gobierno marroquí ha limitado la celebración de la denominada "Fiesta del cordero". Es decir, Marruecos restringe sus propias costumbres en su territorio, mientras que en España se promueve su implantación, incluso a costa de vulnerar nuestras leyes, comprometer la seguridad y erosionar nuestras tradiciones. Esta inversión de papeles -en la que nosotros debemos tolerar lo que ellos no consienten en su propio suelo- constituye una muestra alarmante de claudicación cultural y de sumisión ideológica.
Las costumbres y tradiciones gozan de gran arraigo en España y configuran el ethos del pueblo, forman parte de nuestra identidad y deben ser protegidas. La propia Constitución Española dispone expresamente que «la Nación española [...] en uso de su soberanía, proclama su voluntad de [...] proteger a todos los españoles y [...] sus culturas y tradiciones» (cf. Preámbulo). El principio de Estado de Derecho garantiza que sea soberana la ley y no la voluntad arbitraria de una minoría, la cual, no lo olvidemos, tiene la obligación de respetar el patrimonio material y espiritual del país que la acoge.
La Nación tiene derecho a la propia cultura, mediante la cual el pueblo expresa y promueve su "soberanía" espiritual. Las consecuencias de no defender el ethos de nuestro pueblo afectan directamente la cohesión de nuestra Patria, como advierte el Estado Mayor de la Defensa (EMAD): «el incremento de la población inmigrante, con diferentes etnias, religiones, costumbres y lenguas, unido a su posible concentración en guetos urbanos y/o rurales, los denominados bantustanes, podría incidir sobre la cohesión social, generando tensiones y conflictos internos» (octubre de 2021).
Por lo expuesto se formula la siguiente,
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1. Prohibir, en el ámbito de sus competencias, la celebración pública de la denominada "Fiesta del cordero" u otras conmemoraciones similares ajenas a nuestras tradiciones, por tratarse de prácticas incompatibles con la identidad y usos y costumbres de la nación española.
2. A su vez, instar al Gobierno de España a prohibir la celebración pública de la denominada "Fiesta del cordero" u otras conmemoraciones similares ajenas a nuestras tradiciones, por tratarse de prácticas incompatibles con la identidad y usos y costumbres de la nación española.
3. Manifestar su rechazo a la realización de dicha conmemoración en espacios públicos autonómicos o municipales, por tratarse de una práctica cultural ajena a España.
4. Impedir, en el marco de sus competencias, la consolidación de prácticas culturales foráneas que no forman parte de la tradición española y que inciden sobre la cohesión social, generando tensiones y conflictos internos, desarraigo y erosión de la identidad nacional.
5. Reivindicar el respeto y la protección de las tradiciones propias del pueblo español en el espacio público frente al avance de costumbres ajenas impulsadas por políticas de cesión ideológica, electoralismo o presión económica.
6. Específicamente, respecto de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, reguladas por el vigente Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio:
• 6.1. Garantizar, en la medida de sus competencias, la conservación de las fiestas españolas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, en vigor: 1 de enero, Año Nuevo; 6 de enero, Epifanía del Señor; Jueves Santo; Viernes Santo; 15 de agosto, Asunción de la Virgen; 1 de noviembre, Todos los Santos; 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; 25 de diciembre, Natividad del Señor.
• 6.2. Impulsar, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para recuperar las fiestas propias de nuestra Nación de modo que también en el ámbito festivo se reconstruya todo lo derribado: 25 de julio, Santiago Apóstol; 19 de marzo, San José; el Corpus Christi; la Ascensión; 29 junio, Santos Apóstoles Pedro y Pablo.
7. Promover activamente la gastronomía y carnicería tradicionales españolas frente a la expansión de sellos extranjeros como el halal, garantizando el derecho de los consumidores a productos arraigados en nuestra cultura alimentaria y apoyando a los productores que defienden nuestras costumbres, en especial locales.
Valladolid, 6 de junio de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: David Hierro Santos
PNL/001454-01
CVE="BOCCL-11-013128"