Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de las Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre), se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de las Resoluciones relativas al Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ''Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León'', se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de las citadas Resoluciones de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
RESOLUCIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA CELEBRADA EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL E INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, EJERCICIO 2022, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN.
La Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 7 de julio de 2025, a la vista del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León
ACUERDA
1. Con la finalidad de garantizar el envío de la documentación preceptiva al perfil del contratante, la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, y especialmente las Consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Gerencia Regional de Salud, deberán establecer un protocolo al respecto.
2. De cara a acreditar la solvencia económico-financiera y/o técnica y profesional de los licitadores, desde la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, especialmente la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se deberán establecer medios proporcionales y que se adecúen a los requisitos señalados en la Ley de Contratos del Sector Público.
3. A fin de garantizar a los licitadores el conocimiento de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas, los órganos de contratación, en la elaboración de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, y los Servicios Jurídicos en sus informes deberán incidir en la objetividad de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, de forma que se establezcan en los pliegos, con el suficiente detalle, todos los subcriterios que serán tenidos en cuenta. Así mismo, deberán incidir en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, especialmente en los referentes a la oferta económica.
4. Los órganos de contratación deberán garantizar que los parámetros seleccionados para identificar las ofertas con valores anormales o desproporcionados por los órganos de contratación, y en especial por los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de Movilidad y Transformación Digital, de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y de la Gerencia de Servicios Sociales se ajusten a lo señalado en la Ley de Contratos del Sector Público.
5. Los miembros de las Mesas de Contratación deberán asegurarse de que en las actas queda constancia de todas sus actuaciones y de que los informes de los órganos de asesoramiento estén suficientemente desarrollados y motivados, conforme a los criterios de adjudicación definidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Así mismo, deberán velar por garantizar la tramitación del procedimiento contradictorio que prevé la Ley de Contratos del Sector Público en relación con las exclusiones de candidatos, en los casos en los que se presuma que una oferta puede ser anormal o desproporcionada.
6. Los órganos de contratación, en particular los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, garantizarán que los expedientes incluyan toda la documentación relacionada con el inicio y ejecución del contrato, así como extremar los esfuerzos para que los contratos se cumplan en el plazo de duración y de ejecución establecido, evitando la dilación de la firma de las actas de comprobación del replanteo y la concesión de ampliaciones de plazo que no estén estrictamente justificadas.
7. La Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, especialmente la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y el Instituto Tecnológico Agrario, deberán calcular el importe de los anticipos a cuenta por operaciones preparatorias y acopios, de acuerdo con la normativa, así como su seguimiento para asegurar su aplicación en los periodos de tiempo establecidos o, en su caso, la devolución de los importes.
8. Los órganos de contratación, en particular los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y los de la de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural deberán verificar la correcta recepción o conformidad del objeto del contrato, con la elaboración de la correspondiente acta de recepción o conformidad, dentro de los plazos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como que la liquidación y certificación final, que cumpla los requisitos señalados en la citada ley.
9. Las Consejerías de Presidencia, de Economía y Hacienda y de Sanidad, deberán completar las actuaciones que les competen, sobre la posible imposición de penalidades a los contratistas, en relación con los contratos basados en los Acuerdos Marco de servicios de limpieza M2019/014480 y de servicios de vigilancia M2021/001510.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2025.
LA SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: M.ª Paloma Vallejo Quevedo
El PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: José Alberto Castro Cañibano
CC/000078-01
CVE="BOCCL-11-013691"
Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León por la que se ordena la publicación de las Resoluciones aprobadas por la Comisión de Economía y Hacienda en relación al Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.7 de la Ley 2/2002, de 9 de abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León (en la redacción dada al mismo por la Ley 5/2011, de 19 de septiembre), se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de las Resoluciones relativas al Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de esta Presidencia de 7 de abril de 2009 (en la redacción dada a la misma por la Resolución de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León de 29 de agosto de 2012), por la que se aprueban ''Normas sobre el procedimiento a seguir para la tramitación de los informes de fiscalización aprobados por el Consejo de Cuentas y remitidos a las Cortes de Castilla y León'', se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Cámara de las citadas Resoluciones de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
RESOLUCIONES APROBADAS POR LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN EN RELACIÓN CON EL INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA CELEBRADA EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL E INSTITUCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA, EJERCICIO 2022, DEL CONSEJO DE CUENTAS DE CASTILLA Y LEÓN.
La Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su sesión del día 7 de julio de 2025, a la vista del Informe de Fiscalización de la contratación administrativa celebrada en el ámbito de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma, ejercicio 2022, del Consejo de Cuentas de Castilla y León
ACUERDA
1. Con la finalidad de garantizar el envío de la documentación preceptiva al perfil del contratante, la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, y especialmente las Consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y la Gerencia Regional de Salud, deberán establecer un protocolo al respecto.
2. De cara a acreditar la solvencia económico-financiera y/o técnica y profesional de los licitadores, desde la Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, especialmente la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, se deberán establecer medios proporcionales y que se adecúen a los requisitos señalados en la Ley de Contratos del Sector Público.
3. A fin de garantizar a los licitadores el conocimiento de la forma en que van a ser valoradas sus ofertas, los órganos de contratación, en la elaboración de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, y los Servicios Jurídicos en sus informes deberán incidir en la objetividad de los criterios de adjudicación evaluables mediante juicios de valor, de forma que se establezcan en los pliegos, con el suficiente detalle, todos los subcriterios que serán tenidos en cuenta. Así mismo, deberán incidir en la definición y ponderación de los criterios de adjudicación valorables mediante la aplicación de fórmulas, especialmente en los referentes a la oferta económica.
4. Los órganos de contratación deberán garantizar que los parámetros seleccionados para identificar las ofertas con valores anormales o desproporcionados por los órganos de contratación, y en especial por los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de Movilidad y Transformación Digital, de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y de la Gerencia de Servicios Sociales se ajusten a lo señalado en la Ley de Contratos del Sector Público.
5. Los miembros de las Mesas de Contratación deberán asegurarse de que en las actas queda constancia de todas sus actuaciones y de que los informes de los órganos de asesoramiento estén suficientemente desarrollados y motivados, conforme a los criterios de adjudicación definidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Así mismo, deberán velar por garantizar la tramitación del procedimiento contradictorio que prevé la Ley de Contratos del Sector Público en relación con las exclusiones de candidatos, en los casos en los que se presuma que una oferta puede ser anormal o desproporcionada.
6. Los órganos de contratación, en particular los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, garantizarán que los expedientes incluyan toda la documentación relacionada con el inicio y ejecución del contrato, así como extremar los esfuerzos para que los contratos se cumplan en el plazo de duración y de ejecución establecido, evitando la dilación de la firma de las actas de comprobación del replanteo y la concesión de ampliaciones de plazo que no estén estrictamente justificadas.
7. La Administración General e Institucional de la Comunidad de Castilla y León, especialmente la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y el Instituto Tecnológico Agrario, deberán calcular el importe de los anticipos a cuenta por operaciones preparatorias y acopios, de acuerdo con la normativa, así como su seguimiento para asegurar su aplicación en los periodos de tiempo establecidos o, en su caso, la devolución de los importes.
8. Los órganos de contratación, en particular los de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y los de la de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural deberán verificar la correcta recepción o conformidad del objeto del contrato, con la elaboración de la correspondiente acta de recepción o conformidad, dentro de los plazos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, así como que la liquidación y certificación final, que cumpla los requisitos señalados en la citada ley.
9. Las Consejerías de Presidencia, de Economía y Hacienda y de Sanidad, deberán completar las actuaciones que les competen, sobre la posible imposición de penalidades a los contratistas, en relación con los contratos basados en los Acuerdos Marco de servicios de limpieza M2019/014480 y de servicios de vigilancia M2021/001510.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de julio de 2025.
LA SECRETARIA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: M.ª Paloma Vallejo Quevedo
El PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA,
Fdo.: José Alberto Castro Cañibano
CC/000078-01
CVE="BOCCL-11-013691"