PE/003356-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003356-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a diferentes aspectos relacionados con el conflicto laboral en la fábrica de Siemens Gamesa, de Ágreda, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 428, de 2 de junio de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003180, PE/003188, PE/003275 a PE/003286, PE/003288 a PE/003290, PE/003292 a PE/003294, PE/003310 a PE/003322, PE/003343 a PE/003356, PE/003358, PE/003395, PE/003402 y PE/003404.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de julio de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

En contestación a la Pregunta Escrita P.E./3356, Núm. Registro de entrada 2398, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, del Grupo Parlamentario Unidas Podemos de las Cortes de Castilla y León, solicitando información sobre el conflicto laboral en la fábrica de Siemens Gamesa de Agreda.

1 - “¿Qué medidas concretas tiene previsto adoptar la Consejería de Industria, Comercio y Empleo para garantizar la protección de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de Siemens Gamesa en Agreda, ante el conflicto laboral surgido en dicha planta?

2- ¿Cuáles son los motivos por los que la Consejería ha intervenido activamente en la negociación de otros conflictos laborales en la comunidad, mientras que en el caso de Siemens Gamesa en Ágreda no se ha actuado con el mismo nivel de implicación?

3.- ¿Qué acciones preventivas va a poner en marcha la Consejería de Industria, Comercio y Empleo para evitar la aplicación de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) o de Temporal (ERTE) en esta fábrica, garantizando así la estabilidad del empleo en la comunidad?

4.- ¿Ha recibido Siemens Gamesa algún tipo de ayuda económica, subvención o incentivo por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo en los últimos años? En caso afirmativo, ¿podría detallarse el importe, el destino y las condiciones asociadas a dichas ayudas?”

Conforme al artículo 25 del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada y al artículo 3 de la ORDEN PPRE/813/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, la competencia para la tramitación de los dos expedientes de regulación de empleo de Siemens- Gamesa ha correspondido, como AUTORIDAD LABORAL encargada, a la Oficina Territorial de Trabajo de Soria.

La Oficina, una vez recibida la comunicación inicial, ha realizado un control de comprobación de los requisitos exigidos en el procedimiento y, al no existir errores u omisiones en la documentación, no ha emitido requerimiento alguno a la empresa a través de un escrito de advertencias.

Asimismo, la Autoridad Laboral competente en los presentes expedientes, es decir, la Oficina Territorial de Trabajo de Soria, ha comunicado debidamente el inicio de los mismos a la Inspección de Trabajo.

Respecto al ERE presentado y superado el periodo de consultas, se ha remitido nuevamente a la Inspección de Trabajo la documentación que acredita la DECISIÓN FINAL CON ACUERDO para la emisión del informe preceptivo que, a fecha actual, está pendiente de emisión por el citado organismo estatal. Una vez expedido, la autoridad laboral de Soria pondrá fin a la tramitación del expediente dando traslado del mismo al SEPE y al Ministerio de Trabajo y Economía Social para su oportuna remisión por esté último a la Seguridad Social.

Debe señalarse que, fruto de las negociaciones llevadas a cabo entre empresa y comisión negociadora en el periodo de consultas, se ha ACORDADO el ERE de extinción estableciendo unas condiciones que ambas partes reconocen beneficiosas para los trabajadores afectados (salida voluntaria de trabajadores, indemnizaciones suficientes, plan de prejubilación y convenio especial para trabajadores de años o más).

Las actuaciones que se han llevado a cabo desde la Consejería de Industria, Comercio y Empleo han sido las siguientes:

- Reuniones con el Comité de Empresa:

A la primera reunión asistieron la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, acompañada de la Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo en Soria.

La segunda reunión con el Comité de Empresa contó con la participación del Viceconsejero de Economía y Competitividad, el Gerente del ECYL, la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria y el Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

- Reunión con Siemens Gamesa:

Video- reunión a la que asistieron el Viceconsejero de Economía y Competitividad, el Director General de Minas, el Director General de Industria y el Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Desde la Consejería de Industria, Comercio y Empleo se realiza un seguimiento continuo de la situación, no solo a través de la Oficina Territorial de Soria, que es la competente para la tramitación de los expedientes sino también con la empresa y el comité de empresa, ofreciendo desde el principio ayuda e información necesaria y trabajando, en colaboración con el resto de servicios y/o Direcciones Generales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, en la elaboración de un plan de actuación.

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo, y en concreto la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales y/o la Oficina Territorial de Trabajo en Soria, cuando actúen en calidad de Autoridad Laboral autonómica en función de la distribución competencial, no pueden adoptar ningún tipo de medidas preventivas.

La Autoridad Laboral, tal y como se ha expuesto, tiene las competencias asignadas en la normativa de aplicación para la tramitación de estos expedientes, entre otras, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

Una vez gestionados los expedientes y tal y como se ha expuesto, podrán implementarse medidas complementarias, en su caso, con ocasión de las extinciones laborales llevadas a efecto, o en la tramitación de las ayudas existentes para compensar la pérdida de poder adquisitivo en los supuestos de suspensión de la relación laboral.

Consultado el Sistema de Información Contable de Castilla y León (SICCAL), no consta que se hayan adjudicado ningún tipo de ayuda económica, subvención o incentivo por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo en los últimos años a la Empresa GAMESA en Agreda (Soria).

Valladolid, a 25 de junio de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Leticia García Sánchez


PE/003356-2

CVE="BOCCL-11-013828"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 41818
BOCCL nº 450/11 del 8/8/2025
CVE: BOCCL-11-013828

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003356-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, relativa a diferentes aspectos relacionados con el conflicto laboral en la fábrica de Siemens Gamesa, de Ágreda, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 428, de 2 de junio de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003180, PE/003188, PE/003275 a PE/003286, PE/003288 a PE/003290, PE/003292 a PE/003294, PE/003310 a PE/003322, PE/003343 a PE/003356, PE/003358, PE/003395, PE/003402 y PE/003404.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de julio de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


En contestación a la Pregunta Escrita P.E./3356, Núm. Registro de entrada 2398, formulada a la Junta de Castilla y León por el Procurador D. Juan Pablo Fernández Santos, del Grupo Parlamentario Unidas Podemos de las Cortes de Castilla y León, solicitando información sobre el conflicto laboral en la fábrica de Siemens Gamesa de Agreda.

1 - “¿Qué medidas concretas tiene previsto adoptar la Consejería de Industria, Comercio y Empleo para garantizar la protección de los derechos laborales de los trabajadores y trabajadoras de Siemens Gamesa en Agreda, ante el conflicto laboral surgido en dicha planta?

2- ¿Cuáles son los motivos por los que la Consejería ha intervenido activamente en la negociación de otros conflictos laborales en la comunidad, mientras que en el caso de Siemens Gamesa en Ágreda no se ha actuado con el mismo nivel de implicación?

3.- ¿Qué acciones preventivas va a poner en marcha la Consejería de Industria, Comercio y Empleo para evitar la aplicación de Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) o de Temporal (ERTE) en esta fábrica, garantizando así la estabilidad del empleo en la comunidad?

4.- ¿Ha recibido Siemens Gamesa algún tipo de ayuda económica, subvención o incentivo por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo en los últimos años? En caso afirmativo, ¿podría detallarse el importe, el destino y las condiciones asociadas a dichas ayudas?”

Conforme al artículo 25 del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada y al artículo 3 de la ORDEN PPRE/813/2022, de 1 de julio, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, la competencia para la tramitación de los dos expedientes de regulación de empleo de Siemens- Gamesa ha correspondido, como AUTORIDAD LABORAL encargada, a la Oficina Territorial de Trabajo de Soria.

La Oficina, una vez recibida la comunicación inicial, ha realizado un control de comprobación de los requisitos exigidos en el procedimiento y, al no existir errores u omisiones en la documentación, no ha emitido requerimiento alguno a la empresa a través de un escrito de advertencias.

Asimismo, la Autoridad Laboral competente en los presentes expedientes, es decir, la Oficina Territorial de Trabajo de Soria, ha comunicado debidamente el inicio de los mismos a la Inspección de Trabajo.

Respecto al ERE presentado y superado el periodo de consultas, se ha remitido nuevamente a la Inspección de Trabajo la documentación que acredita la DECISIÓN FINAL CON ACUERDO para la emisión del informe preceptivo que, a fecha actual, está pendiente de emisión por el citado organismo estatal. Una vez expedido, la autoridad laboral de Soria pondrá fin a la tramitación del expediente dando traslado del mismo al SEPE y al Ministerio de Trabajo y Economía Social para su oportuna remisión por esté último a la Seguridad Social.

Debe señalarse que, fruto de las negociaciones llevadas a cabo entre empresa y comisión negociadora en el periodo de consultas, se ha ACORDADO el ERE de extinción estableciendo unas condiciones que ambas partes reconocen beneficiosas para los trabajadores afectados (salida voluntaria de trabajadores, indemnizaciones suficientes, plan de prejubilación y convenio especial para trabajadores de años o más).

Las actuaciones que se han llevado a cabo desde la Consejería de Industria, Comercio y Empleo han sido las siguientes:

- Reuniones con el Comité de Empresa:

A la primera reunión asistieron la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, acompañada de la Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo en Soria.

La segunda reunión con el Comité de Empresa contó con la participación del Viceconsejero de Economía y Competitividad, el Gerente del ECYL, la Delegada Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria y el Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

- Reunión con Siemens Gamesa:

Video- reunión a la que asistieron el Viceconsejero de Economía y Competitividad, el Director General de Minas, el Director General de Industria y el Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales.

Desde la Consejería de Industria, Comercio y Empleo se realiza un seguimiento continuo de la situación, no solo a través de la Oficina Territorial de Soria, que es la competente para la tramitación de los expedientes sino también con la empresa y el comité de empresa, ofreciendo desde el principio ayuda e información necesaria y trabajando, en colaboración con el resto de servicios y/o Direcciones Generales de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, en la elaboración de un plan de actuación.

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo, y en concreto la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales y/o la Oficina Territorial de Trabajo en Soria, cuando actúen en calidad de Autoridad Laboral autonómica en función de la distribución competencial, no pueden adoptar ningún tipo de medidas preventivas.

La Autoridad Laboral, tal y como se ha expuesto, tiene las competencias asignadas en la normativa de aplicación para la tramitación de estos expedientes, entre otras, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

Una vez gestionados los expedientes y tal y como se ha expuesto, podrán implementarse medidas complementarias, en su caso, con ocasión de las extinciones laborales llevadas a efecto, o en la tramitación de las ayudas existentes para compensar la pérdida de poder adquisitivo en los supuestos de suspensión de la relación laboral.

Consultado el Sistema de Información Contable de Castilla y León (SICCAL), no consta que se hayan adjudicado ningún tipo de ayuda económica, subvención o incentivo por parte de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo en los últimos años a la Empresa GAMESA en Agreda (Soria).

Valladolid, a 25 de junio de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Leticia García Sánchez


PE/003356-2

CVE="BOCCL-11-013828"



Sede de las Cortes de Castilla y León