PE/003421-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003421-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a expedientes sancionadores tramitados por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León entre el 1 de enero de 2016 y el 28 de mayo de 2025 en materia de transporte por carretera, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 441, de 30 de junio de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003291, PE/003295 a PE/003309, PE/003323 a PE/003342, PE/003415 a PE/003419, PE/003421, PE/003432 a PE/003437, PE/003447 a PE/003452 y PE/003454 a PE/003457.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de agosto de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la pregunta escrita número 3421, formulada por Pedro González Reglero, Laura Pelegrina Cortijo y Fernando Pablos Romo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones sobre tramitación de expedientes sancionadores de transporte por los nueve servicios territoriales de la Junta de Castilla y León desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025.

En contestación a cada una de las cuestiones recogidas en la PE número 3421 se informa lo siguiente:

1. ¿Cuántos expedientes sancionadores se han tramitado por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León en las nueve provincias de nuestra Comunidad Autónoma por incumplimientos en materia de transportes por carretera desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025? Se solicita que estos datos se trasladen con indicación del número de expedientes tramitados en cada provincia por cada año de este período.

Consultados los archivos obrantes en poder de esta Administración, se informa que el número total de expedientes tramitados, desde el 1 de enero de 2016, es de 133.577. Su desglose por provincias es el siguiente:

- Ávila: 7.610

- Burgos: 8.863

- León: 16.877

- Palencia: 14.436

- Salamanca: 13.241

- Segovia: 18.968

- Soria: 23.249

- Valladolid: 16.493

- Zamora: 13.840

Concretamente, el número de expedientes tramitados por la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, desde el año 2022 hasta el 10 de julio de 2025, es de 59.191. Su desglose por provincias es el siguiente:

- Ávila: 2.303

- Burgos: 5.129

- León: 6.281

- Palencia: 7.199

- Salamanca: 5.876

- Segovia: 9.403

- Soria: 8.039

- Valladolid: 8.523

- Zamora: 6.438

2. ¿Cuántos expedientes sancionadores tramitados por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León en las nueve provincias de nuestra Comunidad Autónoma por incumplimientos en materia de transportes por carretera desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025 han prescrito? Se solicita que estos datos se trasladen con indicación del número de expedientes prescritos en cada provincia por cada año de este período.

Dado el gran volumen de documentación existente en ese periodo de años y la imposibilidad técnica de acceder a la información solicitada en las plataformas electrónicas utilizadas (SANT y NSGE), las cuales no permiten filtrar los datos relativos a la prescripción de sanciones, no puede trasladárseles los datos solicitados. No obstante, la documentación queda a disposición de los Procuradores que formulan la pregunta en las dependencias administrativas de la Dirección General de Transportes y Logística y de los Servicios Territoriales correspondientes, en caso de considerar oportuno realizar su examen.

3. ¿Qué cantidad ha dejado de ingresar la Junta de Castilla y León por la prescripción de expedientes sancionadores en materia de transporte por carretera, conforme a las sanciones comunicadas provisionalmente, entre el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025?

Respecto a la cantidad que ha dejado de ingresar la Junta de Castilla y León, con motivo de la posible prescripción de sanciones en materia de transporte por carretera, ha de indicarse que las Administraciones Públicas, en el ejercicio de la potestad sancionadora, no pueden tener un afán recaudatorio. Las sanciones administrativas, que eventualmente puedan imponerse, deben perseguir el restablecimiento de la legalidad, la disuasión preventiva y la reparación del perjuicio causado, y nunca pueden tener como finalidad la recaudación de ingresos.

Cabe mencionar, a mayor abundamiento, la complejidad derivada del estado de las sanciones administrativas, que pueden encontrarse en diversas fases procedimentales, ya que pueden ser objeto de recurso administrativo, de recurso contencioso-administrativo, o pueden estar pendientes de ejecución y, en su caso, de recaudación. Por lo tanto, la casuística es diversa y proteica, dependiendo de si las resoluciones sancionadoras correspondientes que impongan las sanciones administrativas sean firmes o no, es decir, si cabe la interposición de algún recurso contra las mismas, ya sea en vía administrativa o vía jurisdiccional.

Valladolid, a 25 de julio de 2025.

EL CONSEJERO DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL,

Fdo.: José Luis Sanz Merino


PE/003421-2

CVE="BOCCL-11-013930"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 41951
BOCCL nº 452/11 del 27/8/2025
CVE: BOCCL-11-013930

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003421-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Fernando Pablos Romo, relativa a expedientes sancionadores tramitados por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León entre el 1 de enero de 2016 y el 28 de mayo de 2025 en materia de transporte por carretera, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 441, de 30 de junio de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003291, PE/003295 a PE/003309, PE/003323 a PE/003342, PE/003415 a PE/003419, PE/003421, PE/003432 a PE/003437, PE/003447 a PE/003452 y PE/003454 a PE/003457.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de agosto de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la pregunta escrita número 3421, formulada por Pedro González Reglero, Laura Pelegrina Cortijo y Fernando Pablos Romo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a diversas cuestiones sobre tramitación de expedientes sancionadores de transporte por los nueve servicios territoriales de la Junta de Castilla y León desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025.

En contestación a cada una de las cuestiones recogidas en la PE número 3421 se informa lo siguiente:

1. ¿Cuántos expedientes sancionadores se han tramitado por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León en las nueve provincias de nuestra Comunidad Autónoma por incumplimientos en materia de transportes por carretera desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025? Se solicita que estos datos se trasladen con indicación del número de expedientes tramitados en cada provincia por cada año de este período.

Consultados los archivos obrantes en poder de esta Administración, se informa que el número total de expedientes tramitados, desde el 1 de enero de 2016, es de 133.577. Su desglose por provincias es el siguiente:

- Ávila: 7.610

- Burgos: 8.863

- León: 16.877

- Palencia: 14.436

- Salamanca: 13.241

- Segovia: 18.968

- Soria: 23.249

- Valladolid: 16.493

- Zamora: 13.840

Concretamente, el número de expedientes tramitados por la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, desde el año 2022 hasta el 10 de julio de 2025, es de 59.191. Su desglose por provincias es el siguiente:

- Ávila: 2.303

- Burgos: 5.129

- León: 6.281

- Palencia: 7.199

- Salamanca: 5.876

- Segovia: 9.403

- Soria: 8.039

- Valladolid: 8.523

- Zamora: 6.438

2. ¿Cuántos expedientes sancionadores tramitados por los servicios territoriales de la Junta de Castilla y León en las nueve provincias de nuestra Comunidad Autónoma por incumplimientos en materia de transportes por carretera desde el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025 han prescrito? Se solicita que estos datos se trasladen con indicación del número de expedientes prescritos en cada provincia por cada año de este período.

Dado el gran volumen de documentación existente en ese periodo de años y la imposibilidad técnica de acceder a la información solicitada en las plataformas electrónicas utilizadas (SANT y NSGE), las cuales no permiten filtrar los datos relativos a la prescripción de sanciones, no puede trasladárseles los datos solicitados. No obstante, la documentación queda a disposición de los Procuradores que formulan la pregunta en las dependencias administrativas de la Dirección General de Transportes y Logística y de los Servicios Territoriales correspondientes, en caso de considerar oportuno realizar su examen.

3. ¿Qué cantidad ha dejado de ingresar la Junta de Castilla y León por la prescripción de expedientes sancionadores en materia de transporte por carretera, conforme a las sanciones comunicadas provisionalmente, entre el 1 de enero de 2016 hasta el 28 de mayo de 2025?

Respecto a la cantidad que ha dejado de ingresar la Junta de Castilla y León, con motivo de la posible prescripción de sanciones en materia de transporte por carretera, ha de indicarse que las Administraciones Públicas, en el ejercicio de la potestad sancionadora, no pueden tener un afán recaudatorio. Las sanciones administrativas, que eventualmente puedan imponerse, deben perseguir el restablecimiento de la legalidad, la disuasión preventiva y la reparación del perjuicio causado, y nunca pueden tener como finalidad la recaudación de ingresos.

Cabe mencionar, a mayor abundamiento, la complejidad derivada del estado de las sanciones administrativas, que pueden encontrarse en diversas fases procedimentales, ya que pueden ser objeto de recurso administrativo, de recurso contencioso-administrativo, o pueden estar pendientes de ejecución y, en su caso, de recaudación. Por lo tanto, la casuística es diversa y proteica, dependiendo de si las resoluciones sancionadoras correspondientes que impongan las sanciones administrativas sean firmes o no, es decir, si cabe la interposición de algún recurso contra las mismas, ya sea en vía administrativa o vía jurisdiccional.

Valladolid, a 25 de julio de 2025.

EL CONSEJERO DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL,

Fdo.: José Luis Sanz Merino


PE/003421-2

CVE="BOCCL-11-013930"



Sede de las Cortes de Castilla y León