PNL/001571-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001571-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León para que inste al Gobierno de España a adoptar distintas medidas en materia de prevención de incendios, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de septiembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001570 y PNL/001571.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de septiembre de 2025.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El campo español y, en concreto, Castilla y León sufren año tras año incendios forestales de consecuencias devastadoras. En 2022 fue el incendio de la Sierra de la Culebra, este agosto Zamora, León, Palencia, Ávila o Salamanca han sufrido incendios tan peligrosos que han obligado a evacuar de sus casas a cientos de familias, incendios con graves consecuencias para nuestro patrimonio natural, pero que también han causado muertes.

Estos incendios no son un fenómeno "inevitable" producto de un supuesto cambio climático provocado por el hombre, como insistentemente predican los defensores de la Agenda 2030, sino consecuencia directa de años de abandono institucional, de burocracia paralizante y de la imposición de un ecologismo dogmático que ha convertido a nuestros montes en auténticos polvorines.

Según los datos provisionales que se han publicado, este mes de agosto de 2025, en Castilla y León, se han registrado 253 incendios forestales entre el 3 y el 17 de agosto. De estos: 37 fueron declarados claramente intencionados (provocados). 38 se originaron por rayos (causas naturales) y 178 tuvieron otras causas humanas aún por determinar.

Por supuesto que la ciudadanía debe cumplir con las precauciones y restricciones que establece la normativa para prevenir las negligencias que provocan el fuego en época estival, pero la prevención imprescindible pasa por una limpieza eficaz de los montes. La despoblación y la falta de relevo generacional en el mundo rural provocan que los espacios naturales queden abandonados, sin limpieza de biomasa, ni suficientes cortafuegos, ni caminos expeditos de malezas, acumulando combustible que multiplica el riesgo de incendios.

La desconexión entre la Administración y el terreno ha permitido que nos encontremos fuegos más grandes y descontrolados. Las principales barreras son la burocracia excesiva, la falta de reconocimiento de prácticas tradicionales y la desproporcionalidad de medidas que aplican los mismos criterios a grandes empresas y pequeños productores tradicionales.

Cuando en la labor legislativa se abandona el sentido común, cuando en la acción de gobierno se da la espalda a las gentes del campo para seguir un programa dogmático diseñado por élites ensoberbecidas, como el de la Agenda 2030, o se sigue el criterio de la religión climática de un ecologismo fanatizado e histérico, en vez de resolver los problemas verdaderos de las personas, en vez de cuidar el medio ambiente, en vez de prevenir eficazmente los incendios en nuestros montes, nos encontramos con manipulación propagandística, eslóganes huecos, con burocracia absurda y obstáculos que impiden la explotación racional de nuestros recursos forestales, los aprovechamientos tradicionales de los bosques o la realización de cortafuegos útiles para controlar los fuegos. El resultado es que, mientras se persigue al pastor que lleva su ganado al monte, se obstaculiza aprovechar la biomasa, se imponen normas que bloquean cualquier actuación eficaz a través de la creación de cortafuegos y se relega a un segundo plano la limpieza de los montes y los tratamientos selvícolas, nuestros bosques rebosan de material inflamable que en cuanto prende, se traduce en incendios descontrolados. Estas son las consecuencias de la Agenda 2030 y el fanatismo climático que ha sustituido la gestión racional de los recursos por la religión verde, que idolatra la inacción y el abandono, con consecuencias dramáticas para nuestros pueblos.

Es urgente devolver a los habitantes del medio rural la libertad y el protagonismo en la gestión de sus montes, eliminando obstáculos legales y simplificando los procedimientos. El monte limpio es monte vivo, y recuperar su uso tradicional y racional -pastoreo, leña, biomasa, desbroce- garantiza su conservación real y una limpieza estacional que prevenga los incendios de la época estival.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

A) Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que a su vez inste al Gobierno de España a que inicie los trámites legales oportunos a efectos de:

1. Suprimir o derogar cualquier disposición normativa relacionada con el fanatismo climático que anteponiendo la ideología al sentido común, impide la gestión de nuestros montes, la vida en el mundo rural y la lucha contra los incendios que destruyen nuestro patrimonio natural.

2. Modificar toda la normativa necesaria a fin de hacer posible, sin trabas y de la mejor manera posible pare prevenir incendios y el cuidado de nuestros bosques, todas las actividades tradicionales de recogida de leña muerta, pastoreo, aprovechamiento de biomasa residual y labores de desbroce de carácter preventivo.

3. Modificar la normativa necesaria a fin de que se puedan abrir y mantener cortafuegos, y correspondientes fajas, de anchura suficiente que permitan prevenir incendios y proteger nuestros pueblos y bosques.

4. Garantizar que los planes de gestión de Red Natura 2000 no puedan prohibir de forma generalizada actividades de pastoreo, desbroce, recogida de leña y cortafuegos, considerándolas expresamente como compatibles con la conservación.

5. Priorizar la seguridad de las personas y la prevención de incendios frente a la aplicación restrictiva de criterios ecologistas desproporcionados.

6. Efectuar las modificaciones precisas para simplificar los trámites previstos en la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, excluyendo de EIA o EAE las actuaciones de prevención de incendios, cortafuegos, desbroces y recogida de biomasa, salvo en casos excepcionales y justificados.

7. Modificar la normativa necesaria a fin de despolitizar la toma de decisiones en el ámbito de las emergencias, y específicamente en la gestión, prevención y lucha contra incendios.

8. Endurecer las penas del artículo 352 del Código Penal para quienes provoquen incendios forestales, y agravar dichas penas cuando los autores sean bomberos, personal de emergencias o funcionarios con deber de protección.

9. Reconocer de forma expresa la labor heroica y el sacrificio, que arriesgan sus vidas cada día en la defensa del territorio, de los integrantes de las Fuerzas Armadas, y, específicamente, la Unidad Militar de Emergencias; de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; de los Servicios Técnicos de Protección Civil y Emergencias de todas las Administraciones Públicas; de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento; de los de Prevención y Extinción de Incendios Forestales; de los Servicios de Atención Sanitaria de Emergencia; de los Técnicos Forestales; de los Agentes Medioambientales; de los Servicios de Rescate; y de los brigadistas voluntarios.

10. Dotar de adecuados recursos materiales y suficientes medios personales a todos los servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil mencionados en el punto anterior.

B) Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que proceda, conforme al trámite legalmente previsto, a:

1.- Iniciar los trámites legales oportunos para reformar la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León, y el Decreto 5/2025, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León para:

a) Suprimir el silencio administrativo desestimatorio en materia de autorizaciones forestales, sustituyéndolo por silencio positivo.

b) Eximir de autorización las prácticas de pastoreo, recogida de leña y biomasa, cortafuegos y desbroces de pequeña escala entre los vecinos del lugar, incluyendo los Montes de Utilidad Pública.

c) Permitir la libre comercialización de los productos recogidos del monte (leña, piñas, biomasa) sin necesidad de autorización previa, bastando una comunicación responsable de cuantías, cuidando la compatibilidad de la libre comercialización con la normativa forestal de reproducción y flora protegida.

2.- Revisar conforme a los trámites legalmente previstos la Ley 8/1991, de Espacios Naturales de Castilla y León, garantizando que los planes rectores de uso y gestión no impongan limitaciones absolutas a las actividades tradicionales y reconozcan expresamente su valor para la conservación.

3.- Modificar el Plan INFOCAL y la normativa de épocas de peligro, para que las restricciones de uso de maquinaria y acceso a los montes en periodos de riesgo no supongan un bloqueo total de los trabajos de prevención, permitiendo excepciones para labores de limpieza y seguridad forestal.

4.- Suprimir o derogar cualquier disposición normativa relacionada con el fanatismo climático que, anteponiendo la ideología al sentido común, impide la gestión de nuestros montes, la vida en el mundo rural y la lucha contra los incendios que destruyen nuestro patrimonio natural, iniciando, en caso de ser necesario, el procedimiento legislativo oportuno.

5.- La creación de Balsas Multifuncionales de Prevención y Apoyo a la Extinción de Incendios en Castilla y León, elaborando un mapa de zonas críticas con mayor riesgo de incendios y déficit hídrico, optimizando su creación para que sirvan a la vez de abrevadero y reserva de agua para fauna silvestre y ganado extensivo.

6.- Mejorar y ampliar la Red de Caminos Forestales en Castilla y León con el objetivo de garantizar el acceso rápido y seguro de brigadas, motobombas y maquinaria a las zonas de incendio.

7.- Optimización de Cortafuegos y creación de Fajas Auxiliares para el uso de Fuego Técnico. Garantizando su mantenimiento periódico, ello con habilitación de fajas a ambos lados de los cortafuegos, desbrozadas y mantenidas. Ello profundizando en la formación especializada de las brigadas de extinción y bomberos voluntarios en empleo de fuego técnico para ejecutar contrafuegos con seguridad.

8.- Proceda a elaborar Planes Comarcales de Prevención de Incendios Forestales en Castilla y León. Con el fin de adaptar las medidas preventivas a cada territorio:

- Establecer una división de referencia basada en comarcas naturales y forestales.

- Realizar un diagnóstico de riesgos en cada comarca: climatología, carga de combustible, accesibilidad, zonas críticas y antecedentes de incendios.

- Incluir a ayuntamientos, juntas vecinales, asociaciones ganaderas, agricultores, empresas forestales y vecinos en la elaboración.

- Establecimiento de protocolos comarcales de coordinación de todos los servicios de extinción.

9.- Crear planes de Prevención Locales en los Pueblos de Castilla y León que, al menos, incluyan:

- Protocolos específicos para la interfaz urbano-forestal en pueblos de riesgo.

- Definición de perímetros de seguridad alrededor del casco urbano mediante fajas de protección y desbroces.

- Ubicación y señalización de hidrantes, depósitos o balsas de agua disponibles para los servicios de extinción.

- Establecimiento de rutas de evacuación y puntos de encuentro para vecinos en caso de emergencia.

10.- Inclusión en los planes de prevención de protocolos para el suministro temprano de alimentación para ganado y fauna salvaje en caso de necesidad provocada por los incendios.

11.- Que por parte de la Junta de Castilla y León se proceda a desarrollar en el ámbito de sus competencias la Ley 5/2024, Básica de Bomberos Forestales, de 8 de noviembre, publicada en BOE el 9 de noviembre de 2024, para avanzar hacia un servicio público de bomberos forestales profesional, seguro y debidamente coordinado.

En Valladolid, a 2 de septiembre de 2025.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: David Hierro Santos


PNL/001571-01

CVE="BOCCL-11-014167"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 42519-42523
BOCCL nº 458/11 del 11/9/2025
CVE: BOCCL-11-014167

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001571-01
Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León para que inste al Gobierno de España a adoptar distintas medidas en materia de prevención de incendios, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 4 de septiembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001570 y PNL/001571.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 4 de septiembre de 2025.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El campo español y, en concreto, Castilla y León sufren año tras año incendios forestales de consecuencias devastadoras. En 2022 fue el incendio de la Sierra de la Culebra, este agosto Zamora, León, Palencia, Ávila o Salamanca han sufrido incendios tan peligrosos que han obligado a evacuar de sus casas a cientos de familias, incendios con graves consecuencias para nuestro patrimonio natural, pero que también han causado muertes.

Estos incendios no son un fenómeno "inevitable" producto de un supuesto cambio climático provocado por el hombre, como insistentemente predican los defensores de la Agenda 2030, sino consecuencia directa de años de abandono institucional, de burocracia paralizante y de la imposición de un ecologismo dogmático que ha convertido a nuestros montes en auténticos polvorines.

Según los datos provisionales que se han publicado, este mes de agosto de 2025, en Castilla y León, se han registrado 253 incendios forestales entre el 3 y el 17 de agosto. De estos: 37 fueron declarados claramente intencionados (provocados). 38 se originaron por rayos (causas naturales) y 178 tuvieron otras causas humanas aún por determinar.

Por supuesto que la ciudadanía debe cumplir con las precauciones y restricciones que establece la normativa para prevenir las negligencias que provocan el fuego en época estival, pero la prevención imprescindible pasa por una limpieza eficaz de los montes. La despoblación y la falta de relevo generacional en el mundo rural provocan que los espacios naturales queden abandonados, sin limpieza de biomasa, ni suficientes cortafuegos, ni caminos expeditos de malezas, acumulando combustible que multiplica el riesgo de incendios.

La desconexión entre la Administración y el terreno ha permitido que nos encontremos fuegos más grandes y descontrolados. Las principales barreras son la burocracia excesiva, la falta de reconocimiento de prácticas tradicionales y la desproporcionalidad de medidas que aplican los mismos criterios a grandes empresas y pequeños productores tradicionales.

Cuando en la labor legislativa se abandona el sentido común, cuando en la acción de gobierno se da la espalda a las gentes del campo para seguir un programa dogmático diseñado por élites ensoberbecidas, como el de la Agenda 2030, o se sigue el criterio de la religión climática de un ecologismo fanatizado e histérico, en vez de resolver los problemas verdaderos de las personas, en vez de cuidar el medio ambiente, en vez de prevenir eficazmente los incendios en nuestros montes, nos encontramos con manipulación propagandística, eslóganes huecos, con burocracia absurda y obstáculos que impiden la explotación racional de nuestros recursos forestales, los aprovechamientos tradicionales de los bosques o la realización de cortafuegos útiles para controlar los fuegos. El resultado es que, mientras se persigue al pastor que lleva su ganado al monte, se obstaculiza aprovechar la biomasa, se imponen normas que bloquean cualquier actuación eficaz a través de la creación de cortafuegos y se relega a un segundo plano la limpieza de los montes y los tratamientos selvícolas, nuestros bosques rebosan de material inflamable que en cuanto prende, se traduce en incendios descontrolados. Estas son las consecuencias de la Agenda 2030 y el fanatismo climático que ha sustituido la gestión racional de los recursos por la religión verde, que idolatra la inacción y el abandono, con consecuencias dramáticas para nuestros pueblos.

Es urgente devolver a los habitantes del medio rural la libertad y el protagonismo en la gestión de sus montes, eliminando obstáculos legales y simplificando los procedimientos. El monte limpio es monte vivo, y recuperar su uso tradicional y racional -pastoreo, leña, biomasa, desbroce- garantiza su conservación real y una limpieza estacional que prevenga los incendios de la época estival.

Por lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

A) Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que a su vez inste al Gobierno de España a que inicie los trámites legales oportunos a efectos de:

1. Suprimir o derogar cualquier disposición normativa relacionada con el fanatismo climático que anteponiendo la ideología al sentido común, impide la gestión de nuestros montes, la vida en el mundo rural y la lucha contra los incendios que destruyen nuestro patrimonio natural.

2. Modificar toda la normativa necesaria a fin de hacer posible, sin trabas y de la mejor manera posible pare prevenir incendios y el cuidado de nuestros bosques, todas las actividades tradicionales de recogida de leña muerta, pastoreo, aprovechamiento de biomasa residual y labores de desbroce de carácter preventivo.

3. Modificar la normativa necesaria a fin de que se puedan abrir y mantener cortafuegos, y correspondientes fajas, de anchura suficiente que permitan prevenir incendios y proteger nuestros pueblos y bosques.

4. Garantizar que los planes de gestión de Red Natura 2000 no puedan prohibir de forma generalizada actividades de pastoreo, desbroce, recogida de leña y cortafuegos, considerándolas expresamente como compatibles con la conservación.

5. Priorizar la seguridad de las personas y la prevención de incendios frente a la aplicación restrictiva de criterios ecologistas desproporcionados.

6. Efectuar las modificaciones precisas para simplificar los trámites previstos en la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental, excluyendo de EIA o EAE las actuaciones de prevención de incendios, cortafuegos, desbroces y recogida de biomasa, salvo en casos excepcionales y justificados.

7. Modificar la normativa necesaria a fin de despolitizar la toma de decisiones en el ámbito de las emergencias, y específicamente en la gestión, prevención y lucha contra incendios.

8. Endurecer las penas del artículo 352 del Código Penal para quienes provoquen incendios forestales, y agravar dichas penas cuando los autores sean bomberos, personal de emergencias o funcionarios con deber de protección.

9. Reconocer de forma expresa la labor heroica y el sacrificio, que arriesgan sus vidas cada día en la defensa del territorio, de los integrantes de las Fuerzas Armadas, y, específicamente, la Unidad Militar de Emergencias; de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; de los Servicios Técnicos de Protección Civil y Emergencias de todas las Administraciones Públicas; de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento; de los de Prevención y Extinción de Incendios Forestales; de los Servicios de Atención Sanitaria de Emergencia; de los Técnicos Forestales; de los Agentes Medioambientales; de los Servicios de Rescate; y de los brigadistas voluntarios.

10. Dotar de adecuados recursos materiales y suficientes medios personales a todos los servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil mencionados en el punto anterior.

B) Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que proceda, conforme al trámite legalmente previsto, a:

1.- Iniciar los trámites legales oportunos para reformar la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León, y el Decreto 5/2025, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León para:

a) Suprimir el silencio administrativo desestimatorio en materia de autorizaciones forestales, sustituyéndolo por silencio positivo.

b) Eximir de autorización las prácticas de pastoreo, recogida de leña y biomasa, cortafuegos y desbroces de pequeña escala entre los vecinos del lugar, incluyendo los Montes de Utilidad Pública.

c) Permitir la libre comercialización de los productos recogidos del monte (leña, piñas, biomasa) sin necesidad de autorización previa, bastando una comunicación responsable de cuantías, cuidando la compatibilidad de la libre comercialización con la normativa forestal de reproducción y flora protegida.

2.- Revisar conforme a los trámites legalmente previstos la Ley 8/1991, de Espacios Naturales de Castilla y León, garantizando que los planes rectores de uso y gestión no impongan limitaciones absolutas a las actividades tradicionales y reconozcan expresamente su valor para la conservación.

3.- Modificar el Plan INFOCAL y la normativa de épocas de peligro, para que las restricciones de uso de maquinaria y acceso a los montes en periodos de riesgo no supongan un bloqueo total de los trabajos de prevención, permitiendo excepciones para labores de limpieza y seguridad forestal.

4.- Suprimir o derogar cualquier disposición normativa relacionada con el fanatismo climático que, anteponiendo la ideología al sentido común, impide la gestión de nuestros montes, la vida en el mundo rural y la lucha contra los incendios que destruyen nuestro patrimonio natural, iniciando, en caso de ser necesario, el procedimiento legislativo oportuno.

5.- La creación de Balsas Multifuncionales de Prevención y Apoyo a la Extinción de Incendios en Castilla y León, elaborando un mapa de zonas críticas con mayor riesgo de incendios y déficit hídrico, optimizando su creación para que sirvan a la vez de abrevadero y reserva de agua para fauna silvestre y ganado extensivo.

6.- Mejorar y ampliar la Red de Caminos Forestales en Castilla y León con el objetivo de garantizar el acceso rápido y seguro de brigadas, motobombas y maquinaria a las zonas de incendio.

7.- Optimización de Cortafuegos y creación de Fajas Auxiliares para el uso de Fuego Técnico. Garantizando su mantenimiento periódico, ello con habilitación de fajas a ambos lados de los cortafuegos, desbrozadas y mantenidas. Ello profundizando en la formación especializada de las brigadas de extinción y bomberos voluntarios en empleo de fuego técnico para ejecutar contrafuegos con seguridad.

8.- Proceda a elaborar Planes Comarcales de Prevención de Incendios Forestales en Castilla y León. Con el fin de adaptar las medidas preventivas a cada territorio:

- Establecer una división de referencia basada en comarcas naturales y forestales.

- Realizar un diagnóstico de riesgos en cada comarca: climatología, carga de combustible, accesibilidad, zonas críticas y antecedentes de incendios.

- Incluir a ayuntamientos, juntas vecinales, asociaciones ganaderas, agricultores, empresas forestales y vecinos en la elaboración.

- Establecimiento de protocolos comarcales de coordinación de todos los servicios de extinción.

9.- Crear planes de Prevención Locales en los Pueblos de Castilla y León que, al menos, incluyan:

- Protocolos específicos para la interfaz urbano-forestal en pueblos de riesgo.

- Definición de perímetros de seguridad alrededor del casco urbano mediante fajas de protección y desbroces.

- Ubicación y señalización de hidrantes, depósitos o balsas de agua disponibles para los servicios de extinción.

- Establecimiento de rutas de evacuación y puntos de encuentro para vecinos en caso de emergencia.

10.- Inclusión en los planes de prevención de protocolos para el suministro temprano de alimentación para ganado y fauna salvaje en caso de necesidad provocada por los incendios.

11.- Que por parte de la Junta de Castilla y León se proceda a desarrollar en el ámbito de sus competencias la Ley 5/2024, Básica de Bomberos Forestales, de 8 de noviembre, publicada en BOE el 9 de noviembre de 2024, para avanzar hacia un servicio público de bomberos forestales profesional, seguro y debidamente coordinado.

En Valladolid, a 2 de septiembre de 2025.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: David Hierro Santos


PNL/001571-01

CVE="BOCCL-11-014167"



Sede de las Cortes de Castilla y León