PE/003464-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003464-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a a qué región de la Comunidad Autónoma se refiere el Consejero de la Presidencia cuando habla de "nuestra región" en dicha respuesta, y si es consciente el Consejero de la Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto de "región" del de "comunidad autónoma" y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en relación con la respuesta firmada por el Consejero de la Presidencia en fecha de 17 de junio de 2025, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 446, de 21 de julio de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003362 a PE/003382, PE/003386 a PE/003388, PE/003399, PE/003400, PE/003459 a PE/003461, PE/003463, PE/003464, PE/003467 a PE/003469, PE/003470, PE/003721 y PE/003723.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la pregunta escrita, P.E./0003464, formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a qué región de la Comunidad Autónoma se refiere el Consejero de la Presidencia cuando habla de “nuestra región” en dicha respuesta y si es consciente el Consejero de la Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto de “región” del de “Comunidad Autónoma” y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en relación con la respuesta firmada por el Consejero de la Presidencia en fecha de 17 de junio de 2025.

Formulada la Pregunta Escrita 3464 con el siguiente tenor literal

1.- ¿A qué región de la comunidad autónoma se refiere el Consejero de Presidencia cuando habla de “nuestra región” en dicha respuesta? ¿A Castilla la Vieja o a la Región Leonesa?

2. ¿Es consciente el Consejero de Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto “región” del de “comunidad autónoma” y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la comunidad autónoma de Castilla y León?”

Al respecto se indica lo siguiente:

Respecto de la primera pregunta, las referencias a “nuestra región” se entienden realizadas a la Comunidad de Castilla y León en los términos establecidos en la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

En lo que se refiere a la segunda cuestión, se indica que, en el ámbito o contexto europeo, ante la diversidad de configuraciones territoriales/administrativas de los distintos miembros que integran la Unión Europea y la imposibilidad de referirse a cada una de ellas singularmente, se utiliza el término “región” por razones de su funcionamiento político, económico y administrativo, así como forma de homogeneizar el lenguaje.

La UE habla de “regiones” porque necesita una forma común, neutral y funcional de organizar su territorio para aplicar políticas, distribuir fondos y analizar datos, sin interferir en cómo cada país organiza su administración interna.

De hecho, nuestro propio Estatuto de Autonomía, en su artículo 1, apartado 2, establece que la Comunidad de Castilla y León, como región de Europa, asume los valores de la Unión Europea y vela por el cumplimiento de sus objetivos y por la defensa de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico como tales.

Valladolid, a 3 de septiembre de 2025.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago


PE/003464-2

CVE="BOCCL-11-014697"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 43127
BOCCL nº 468/11 del 3/10/2025
CVE: BOCCL-11-014697

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003464-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a a qué región de la Comunidad Autónoma se refiere el Consejero de la Presidencia cuando habla de "nuestra región" en dicha respuesta, y si es consciente el Consejero de la Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto de "región" del de "comunidad autónoma" y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en relación con la respuesta firmada por el Consejero de la Presidencia en fecha de 17 de junio de 2025, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 446, de 21 de julio de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003362 a PE/003382, PE/003386 a PE/003388, PE/003399, PE/003400, PE/003459 a PE/003461, PE/003463, PE/003464, PE/003467 a PE/003469, PE/003470, PE/003721 y PE/003723.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de septiembre de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la pregunta escrita, P.E./0003464, formulada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a qué región de la Comunidad Autónoma se refiere el Consejero de la Presidencia cuando habla de “nuestra región” en dicha respuesta y si es consciente el Consejero de la Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto de “región” del de “Comunidad Autónoma” y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en relación con la respuesta firmada por el Consejero de la Presidencia en fecha de 17 de junio de 2025.

Formulada la Pregunta Escrita 3464 con el siguiente tenor literal

1.- ¿A qué región de la comunidad autónoma se refiere el Consejero de Presidencia cuando habla de “nuestra región” en dicha respuesta? ¿A Castilla la Vieja o a la Región Leonesa?

2. ¿Es consciente el Consejero de Presidencia de que la Comunidad de Castilla y León surge en 1983 como una Comunidad Autónoma formada por dos regiones preexistentes que le dan nombre, que la RAE y la Constitución diferencian el concepto “región” del de “comunidad autónoma” y que no se ha legislado ni para suprimir formalmente las regiones de León y Castilla ni para alterar los límites que tenían estas regiones al integrarse en la comunidad autónoma de Castilla y León?”

Al respecto se indica lo siguiente:

Respecto de la primera pregunta, las referencias a “nuestra región” se entienden realizadas a la Comunidad de Castilla y León en los términos establecidos en la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

En lo que se refiere a la segunda cuestión, se indica que, en el ámbito o contexto europeo, ante la diversidad de configuraciones territoriales/administrativas de los distintos miembros que integran la Unión Europea y la imposibilidad de referirse a cada una de ellas singularmente, se utiliza el término “región” por razones de su funcionamiento político, económico y administrativo, así como forma de homogeneizar el lenguaje.

La UE habla de “regiones” porque necesita una forma común, neutral y funcional de organizar su territorio para aplicar políticas, distribuir fondos y analizar datos, sin interferir en cómo cada país organiza su administración interna.

De hecho, nuestro propio Estatuto de Autonomía, en su artículo 1, apartado 2, establece que la Comunidad de Castilla y León, como región de Europa, asume los valores de la Unión Europea y vela por el cumplimiento de sus objetivos y por la defensa de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico como tales.

Valladolid, a 3 de septiembre de 2025.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago


PE/003464-2

CVE="BOCCL-11-014697"



Sede de las Cortes de Castilla y León