PNL/001604-02











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001604-02


Sumario:

Aprobación por el Pleno de resolución relativa a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 469, de 7 de octubre de 2025.



Resolución:

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2025, con motivo del debate de la proposición no de ley, PNL/001604, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 469, de 7 de octubre de 2025, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Remitir a esta Cámara, antes del 30 de noviembre del presente año, para su tramitación urgente, un Proyecto de Ley Integral de Incendios Forestales y Emergencias de Castilla y León.

2. Habilitar una dotación económica extraordinaria complementaria a las actuales de 180 millones de euros consolidables anualmente para políticas de tratamientos silvícolas, de limpieza de montes y espacios forestales para prevención de incendios.

3. Crear y dotar el Fondo Forestal de Castilla y León para poder ser destinado en la prevención de incendios, con la cantidad del 50 % del importe de todos los aprovechamientos forestales e ingresos que generen los montes catalogados de utilidad pública de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, en su Disposición Adicional Novena, antes del 31 de diciembre de 2025.

4. La reactivación y dotación en todas las comarcas ambientales de Castilla y León de un plan de concienciación y educación ambiental sobre los efectos de los incendios forestales y emergencias, en línea al "Plan 42".

5. Financiar a los ayuntamientos, juntas vecinales y entidades locales menores la realización de los planes municipales de protección y la limpieza de los entornos de seguridad perimetral de las poblaciones de la Comunidad Autónoma, para impedir que más cascos urbanos sufran siniestros por incendios forestales.

6. Establecer de forma inmediata las ayudas suficientes, previo acuerdo con las OPA y el sector forestal, destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios, con medidas específicas para el sector agrícola, forestal, apícola y ganadero afectado por los mismos.

7. Al inmediato establecimiento de ayudas suficientes destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios en viviendas, anexos, garajes, enseres, vehículos, etc.

8. Adoptar las medidas necesarias antes del 31 de diciembre para que la Administración autonómica realice las concentraciones parcelarias forestales a requerimiento de la propiedad.

9. Realizar y ejecutar los planes de reforestación, reconstrucción y regeneración de los espacios afectados por incendios forestales el presente 2025 en un plazo inferior a dos años.

10. Proceder a la actualización y dotación de medios y financiación necesaria, con la participación de los representantes del asociacionismo del sector forestal, a fin de dar respuesta a las necesidades de la propiedad privada, conforme a la legislación vigente del Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León, antes del 31 de diciembre de 2025.

11. Desarrollar un plan de vigilancia, disuasión e investigación en las comarcas más afectadas por incendios forestales de características antrópicas, a través de los funcionarios de la Comunidad con carácter de agentes de la autoridad y policía judicial en sentido genérico, como son los agentes medioambientales".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández




PNL/001604-02

CVE="BOCCL-11-014857"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 43381-43382
BOCCL nº 472/11 del 15/10/2025
CVE: BOCCL-11-014857

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001604-02
Aprobación por el Pleno de resolución relativa a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 469, de 7 de octubre de 2025.

RESOLUCIÓN

APROBACIÓN POR EL PLENO

El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2025, con motivo del debate de la proposición no de ley, PNL/001604, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 469, de 7 de octubre de 2025, aprobó la siguiente

RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Remitir a esta Cámara, antes del 30 de noviembre del presente año, para su tramitación urgente, un Proyecto de Ley Integral de Incendios Forestales y Emergencias de Castilla y León.

2. Habilitar una dotación económica extraordinaria complementaria a las actuales de 180 millones de euros consolidables anualmente para políticas de tratamientos silvícolas, de limpieza de montes y espacios forestales para prevención de incendios.

3. Crear y dotar el Fondo Forestal de Castilla y León para poder ser destinado en la prevención de incendios, con la cantidad del 50 % del importe de todos los aprovechamientos forestales e ingresos que generen los montes catalogados de utilidad pública de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, en su Disposición Adicional Novena, antes del 31 de diciembre de 2025.

4. La reactivación y dotación en todas las comarcas ambientales de Castilla y León de un plan de concienciación y educación ambiental sobre los efectos de los incendios forestales y emergencias, en línea al "Plan 42".

5. Financiar a los ayuntamientos, juntas vecinales y entidades locales menores la realización de los planes municipales de protección y la limpieza de los entornos de seguridad perimetral de las poblaciones de la Comunidad Autónoma, para impedir que más cascos urbanos sufran siniestros por incendios forestales.

6. Establecer de forma inmediata las ayudas suficientes, previo acuerdo con las OPA y el sector forestal, destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios, con medidas específicas para el sector agrícola, forestal, apícola y ganadero afectado por los mismos.

7. Al inmediato establecimiento de ayudas suficientes destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios en viviendas, anexos, garajes, enseres, vehículos, etc.

8. Adoptar las medidas necesarias antes del 31 de diciembre para que la Administración autonómica realice las concentraciones parcelarias forestales a requerimiento de la propiedad.

9. Realizar y ejecutar los planes de reforestación, reconstrucción y regeneración de los espacios afectados por incendios forestales el presente 2025 en un plazo inferior a dos años.

10. Proceder a la actualización y dotación de medios y financiación necesaria, con la participación de los representantes del asociacionismo del sector forestal, a fin de dar respuesta a las necesidades de la propiedad privada, conforme a la legislación vigente del Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León, antes del 31 de diciembre de 2025.

11. Desarrollar un plan de vigilancia, disuasión e investigación en las comarcas más afectadas por incendios forestales de características antrópicas, a través de los funcionarios de la Comunidad con carácter de agentes de la autoridad y policía judicial en sentido genérico, como son los agentes medioambientales".

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



PNL/001604-02

CVE="BOCCL-11-014857"



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