PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de octubre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001626 a PNL/001653.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia.
ANTECEDENTES
La garantía de la efectiva prestación de los servicios públicos locales depende en gran medida de la presencia y dedicación de los funcionarios públicos, y en el ámbito de los medianos y pequeños municipios del medio rural es esencial la presencia del secretario e interventor, que asegura el funcionamiento ordinario de los ayuntamientos, así como el de sus servicios públicos y la atención ciudadana.
Ahora bien, el funcionamiento ordinario de la Administración local, cuando se trata de pequeños municipios, exige también adoptar otras medidas de carácter legislativo, que regule su actividad y funcionamiento de forma específica, que contribuya al esfuerzo que se está realizando estos años para garantizar las coberturas de los puestos reservados a los habilitados nacionales.
La necesidad de garantizar el funcionamiento de las pequeñas Administraciones locales es una realidad, para la que hay que tomar medias con carácter urgente.
Las medidas para solventar la dificultad de cobertura de los puestos de los funcionarios de Administración local con habitación de carácter nacional deben ser acompañadas con un régimen particular de organización y funcionamiento de los pequeños municipios, circunstancia que permita a estos funcionarios ejercer su profesión con solvencia y garantía, especialmente cuando el puesto de secretario interventor presta sus servicios en varios municipios agrupados.
Es una cuestión que afecta especialmente a Castilla y León que cuenta con 2.248 municipios, más de la cuarta parte del total de municipios de España, y por ello la Junta de Castilla y León ha dedicado mucho esfuerzo y ha avanzado significativamente en la búsqueda y aportación de soluciones que ayudaran a paliar esta situación.
Esta modificación es necesaria para garantizar el funcionamiento ordinario de las pequeñas Administraciones locales, contribuyendo además a facilitar el ejercicio de las funciones de los habilitados nacionales, evitando el exceso de la carga de trabajo.
Es preciso por tanto tener cuanto antes un Estatuto Básico de los Pequeños Municipios, donde se flexibilice el régimen jurídico y el régimen económico-presupuestario que les es aplicable, pues no parece lógico que las localidades de gran población y de escasa población tengan hoy en día las mismas obligaciones legales.
Por lo anteriormente expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a requerir al Gobierno de España a la tramitación inmediata de un Proyecto de Ley propio y específico o un Proyecto para la modificación de la Ley de bases del Régimen local, en el que se contemple un régimen particular jurídico y económico-financiero para los pequeños municipios".
Valladolid, 7 de octubre de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001639-01
CVE="BOCCL-11-014942"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de octubre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001626 a PNL/001653.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de la Presidencia.
ANTECEDENTES
La garantía de la efectiva prestación de los servicios públicos locales depende en gran medida de la presencia y dedicación de los funcionarios públicos, y en el ámbito de los medianos y pequeños municipios del medio rural es esencial la presencia del secretario e interventor, que asegura el funcionamiento ordinario de los ayuntamientos, así como el de sus servicios públicos y la atención ciudadana.
Ahora bien, el funcionamiento ordinario de la Administración local, cuando se trata de pequeños municipios, exige también adoptar otras medidas de carácter legislativo, que regule su actividad y funcionamiento de forma específica, que contribuya al esfuerzo que se está realizando estos años para garantizar las coberturas de los puestos reservados a los habilitados nacionales.
La necesidad de garantizar el funcionamiento de las pequeñas Administraciones locales es una realidad, para la que hay que tomar medias con carácter urgente.
Las medidas para solventar la dificultad de cobertura de los puestos de los funcionarios de Administración local con habitación de carácter nacional deben ser acompañadas con un régimen particular de organización y funcionamiento de los pequeños municipios, circunstancia que permita a estos funcionarios ejercer su profesión con solvencia y garantía, especialmente cuando el puesto de secretario interventor presta sus servicios en varios municipios agrupados.
Es una cuestión que afecta especialmente a Castilla y León que cuenta con 2.248 municipios, más de la cuarta parte del total de municipios de España, y por ello la Junta de Castilla y León ha dedicado mucho esfuerzo y ha avanzado significativamente en la búsqueda y aportación de soluciones que ayudaran a paliar esta situación.
Esta modificación es necesaria para garantizar el funcionamiento ordinario de las pequeñas Administraciones locales, contribuyendo además a facilitar el ejercicio de las funciones de los habilitados nacionales, evitando el exceso de la carga de trabajo.
Es preciso por tanto tener cuanto antes un Estatuto Básico de los Pequeños Municipios, donde se flexibilice el régimen jurídico y el régimen económico-presupuestario que les es aplicable, pues no parece lógico que las localidades de gran población y de escasa población tengan hoy en día las mismas obligaciones legales.
Por lo anteriormente expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan la Junta de Castilla y León a requerir al Gobierno de España a la tramitación inmediata de un Proyecto de Ley propio y específico o un Proyecto para la modificación de la Ley de bases del Régimen local, en el que se contemple un régimen particular jurídico y económico-financiero para los pequeños municipios".
Valladolid, 7 de octubre de 2025.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Ricardo Gavilanes Fernández-Llamazares
PNL/001639-01
CVE="BOCCL-11-014942"