PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de octubre de 2025, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/003884 a PE/003903.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
El AMPA del colegio público Miróbriga de Ciudad Rodrigo (Salamanca) ha hecho público que la Junta de Castilla y León se ha negado a matricular en el presente curso escolar 2025-26 a dos alumnos en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil. Los progenitores de estos niños habían decidido matricularles en el citado centro por seguir el programa British, que estaba implantado en el colegio del que provenían. Se da la circunstancia que el colegio Miróbriga es un colegio de línea 2 y solamente existe en el presente curso escolar un aula del primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil en dicho centro, por lo que existen plazas vacantes en este curso para ser ocupadas por estos alumnos.
Teniendo en cuenta este anuncio, se formulan las siguientes PREGUNTAS:
1.- ¿Por qué se ha negado la matriculación en el colegio Miróbriga de dos alumnos en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil a pesar de ser un centro de línea 2 y solamente existir una clase para dicho curso?
2.- ¿Considera la Junta de Castilla y León que con esa decisión se ha respetado el derecho a elección de centro escolar de la familia de estos menores?
3.- ¿Tiene previsto la Junta de Castilla y León rectificar la negativa a la matriculación de estos alumnos en el colegio Miróbriga para que puedan seguir el programa British como es deseo de sus progenitores?
Valladolid a 2 de octubre de 2025.
PE/003890-01
CVE="BOCCL-11-014966"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de octubre de 2025, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/003884 a PE/003903.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de octubre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Fernando Pablos Romo, Rosa Rubio Martín, Carmen García Romero y Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
El AMPA del colegio público Miróbriga de Ciudad Rodrigo (Salamanca) ha hecho público que la Junta de Castilla y León se ha negado a matricular en el presente curso escolar 2025-26 a dos alumnos en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil. Los progenitores de estos niños habían decidido matricularles en el citado centro por seguir el programa British, que estaba implantado en el colegio del que provenían. Se da la circunstancia que el colegio Miróbriga es un colegio de línea 2 y solamente existe en el presente curso escolar un aula del primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil en dicho centro, por lo que existen plazas vacantes en este curso para ser ocupadas por estos alumnos.
Teniendo en cuenta este anuncio, se formulan las siguientes PREGUNTAS:
1.- ¿Por qué se ha negado la matriculación en el colegio Miróbriga de dos alumnos en el primer curso del segundo ciclo de Educación Infantil a pesar de ser un centro de línea 2 y solamente existir una clase para dicho curso?
2.- ¿Considera la Junta de Castilla y León que con esa decisión se ha respetado el derecho a elección de centro escolar de la familia de estos menores?
3.- ¿Tiene previsto la Junta de Castilla y León rectificar la negativa a la matriculación de estos alumnos en el colegio Miróbriga para que puedan seguir el programa British como es deseo de sus progenitores?
Valladolid a 2 de octubre de 2025.
PE/003890-01
CVE="BOCCL-11-014966"