PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003458, PE/003462, PE/003465, PE/003466, PE/003471 a PE/003720, PE/003724 a PE/003728, PE/003730, PE/003732, PE/003734 a PE/003741, PE/003750 a PE/003752, PE/003754 a PE/003764, PE/003767, PE/003791, PE/003792 y PE/003804.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta escrita PE/1103656, formulada por D.ª Judtih Villar Lacueva y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la asistencia prestada en periodo estival en la zona básica de salud de Villafranca del Bierzo (El Bierzo).
En contestación a la pregunta formulada se informa que, los profesionales sanitarios acuden a los consultorios locales de la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo, perteneciente al Área de Salud de El Bierzo, que cuenta, a 1 de enero de 2025, con 6446 Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) asignadas, según la frecuencia establecida por la normativa vigente, es decir, la Ley 8/2024, de 16 de septiembre, por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.
En concreto y con carácter general, la consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el centro de salud se efectúa por cada profesional sanitario según los siguientes criterios:
- Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho: consulta a demanda.
- Núcleos de 51 a 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.
- Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.
- Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.
- Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes.
Por tanto, la asistencia sanitaria se encuentra garantizada en toda la Comunidad, también en la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo, a la que se refiere la presente pregunta, y se realiza de forma adaptada a las necesidades de su población y/o a solicitud de los pacientes. Recordarnos que los pacientes son los que eligen el tipo de cita, ya que tienen la posibilidad de expresar su preferencia, por la atención presencial o no presencial, cuando solicitan consulta a demanda por los diversos canales establecidos, como la aplicación SACYL CONECTA, el Portal de Salud de Castilla y León, por vía telefónica o de forma presencial a través del personal administrativo del centro.
Los profesionales citan a los pacientes en el consultorio o acuden a sus domicilios para realizar visitas programadas (revisión del paciente complejo y pluripatológico, altas hospitalarias, pacientes inmovilizados o dependientes, seguimiento de tratamientos anticoagulantes, etc.). Y los pacientes pueden solicitar consulta presencial a demanda para su consultorio local o avisos a domicilio y consulta no presencial que se utiliza, a elección del paciente, para procedimientos como renovación de recetas, resultados de analítica, pruebas diagnósticas o dudas sobre medicación. Esta posibilidad de elección beneficia a los pacientes ya que es el propio paciente el que muchas veces demanda la consulta no presencial en cuanto evita desplazamientos innecesarios para consultas administrativas o de carácter asistencial que no requieren su presencia física.
I-lay que tener también en cuenta que, en ocasiones, los pacientes son atendidos en el centro de salud de referencia, bien porque acuden a la localidad donde se encuentra ubicado por otros motivos distintos de los sanitarios y prefieren ser atendidos allí, o porque requieren la realización de pruebas complementarias.
Para afrontar el periodo estival, se elaboran anualmente por parte de la Gerencia planes de contingencia para garantizar la continuidad y calidad de la atención sanitaria en todas las zonas básicas de salud adaptándose a las necesidades particulares de cada territorio y población, teniendo en cuenta los condicionantes que en este período suponen la dispersión geográfica y el envejecimiento de la población, su posible incremento durante esta época, así como el disfrute de los permisos reglamentarios a los que tiene derecho el personal sanitario.
Las actuaciones planificadas han hecho posible, de acuerdo con las necesidades que se hayan planteado en cada momento, el refuerzo de personal sanitario y de otras categorías profesionales, la programación de actividad extraordinaria, la organización funcional o la implementación de un plan de contratación de transporte a la demanda, lo que ha permitido garantizar la asistencia sanitaria a la población de la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo durante el periodo estival de 2025.
Valladolid, a 10 de octubre 2025.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/003556-3
CVE="BOCCL-11-015100"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003458, PE/003462, PE/003465, PE/003466, PE/003471 a PE/003720, PE/003724 a PE/003728, PE/003730, PE/003732, PE/003734 a PE/003741, PE/003750 a PE/003752, PE/003754 a PE/003764, PE/003767, PE/003791, PE/003792 y PE/003804.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de octubre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta escrita PE/1103656, formulada por D.ª Judtih Villar Lacueva y D. Jesús Puente Alcaraz, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la asistencia prestada en periodo estival en la zona básica de salud de Villafranca del Bierzo (El Bierzo).
En contestación a la pregunta formulada se informa que, los profesionales sanitarios acuden a los consultorios locales de la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo, perteneciente al Área de Salud de El Bierzo, que cuenta, a 1 de enero de 2025, con 6446 Tarjetas Sanitarias Individuales (TSI) asignadas, según la frecuencia establecida por la normativa vigente, es decir, la Ley 8/2024, de 16 de septiembre, por la que se garantiza la prestación de los servicios autonómicos esenciales en la Comunidad de Castilla y León.
En concreto y con carácter general, la consulta asistencial sanitaria en los núcleos de población donde no radique el centro de salud se efectúa por cada profesional sanitario según los siguientes criterios:
- Núcleos de menos de 50 habitantes de hecho: consulta a demanda.
- Núcleos de 51 a 100 habitantes de hecho: consulta un día a la semana.
- Núcleos de 101 a 200 habitantes de hecho: consulta dos días a la semana.
- Núcleos de 201 a 500 habitantes de hecho: consulta tres días a la semana.
- Núcleos de más de 500 habitantes de hecho: consulta diaria de lunes a viernes.
Por tanto, la asistencia sanitaria se encuentra garantizada en toda la Comunidad, también en la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo, a la que se refiere la presente pregunta, y se realiza de forma adaptada a las necesidades de su población y/o a solicitud de los pacientes. Recordarnos que los pacientes son los que eligen el tipo de cita, ya que tienen la posibilidad de expresar su preferencia, por la atención presencial o no presencial, cuando solicitan consulta a demanda por los diversos canales establecidos, como la aplicación SACYL CONECTA, el Portal de Salud de Castilla y León, por vía telefónica o de forma presencial a través del personal administrativo del centro.
Los profesionales citan a los pacientes en el consultorio o acuden a sus domicilios para realizar visitas programadas (revisión del paciente complejo y pluripatológico, altas hospitalarias, pacientes inmovilizados o dependientes, seguimiento de tratamientos anticoagulantes, etc.). Y los pacientes pueden solicitar consulta presencial a demanda para su consultorio local o avisos a domicilio y consulta no presencial que se utiliza, a elección del paciente, para procedimientos como renovación de recetas, resultados de analítica, pruebas diagnósticas o dudas sobre medicación. Esta posibilidad de elección beneficia a los pacientes ya que es el propio paciente el que muchas veces demanda la consulta no presencial en cuanto evita desplazamientos innecesarios para consultas administrativas o de carácter asistencial que no requieren su presencia física.
I-lay que tener también en cuenta que, en ocasiones, los pacientes son atendidos en el centro de salud de referencia, bien porque acuden a la localidad donde se encuentra ubicado por otros motivos distintos de los sanitarios y prefieren ser atendidos allí, o porque requieren la realización de pruebas complementarias.
Para afrontar el periodo estival, se elaboran anualmente por parte de la Gerencia planes de contingencia para garantizar la continuidad y calidad de la atención sanitaria en todas las zonas básicas de salud adaptándose a las necesidades particulares de cada territorio y población, teniendo en cuenta los condicionantes que en este período suponen la dispersión geográfica y el envejecimiento de la población, su posible incremento durante esta época, así como el disfrute de los permisos reglamentarios a los que tiene derecho el personal sanitario.
Las actuaciones planificadas han hecho posible, de acuerdo con las necesidades que se hayan planteado en cada momento, el refuerzo de personal sanitario y de otras categorías profesionales, la programación de actividad extraordinaria, la organización funcional o la implementación de un plan de contratación de transporte a la demanda, lo que ha permitido garantizar la asistencia sanitaria a la población de la Zona Básica de Salud de Villafranca del Bierzo durante el periodo estival de 2025.
Valladolid, a 10 de octubre 2025.
EL CONSEJERO,
Fdo.: Alejandro Vázquez Ramos
PE/003556-3
CVE="BOCCL-11-015100"