PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001655 a PNL/001687.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, define los servicios sociales como el conjunto de servicios y prestaciones para la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas con el fin de lograr o aumentar su bienestar social.
En su artículo 19 recoge que las prestaciones esenciales estarán públicamente garantizadas, con independencia del nivel de necesidades o la demanda existente; y concreta como prestaciones esenciales los centros de día, las residencias, la ayuda a domicilio y la prestación económica a familiares no profesionales que cuidan a sus ancianos en su entorno.
El Decreto 58/2014, de 11 de diciembre, donde se aprueba el catálogo de servicios sociales de Castilla y León, señala en su Art. 9 que la cuantía a la prestación familiar vendrá determinada por la Junta en atención a los principios de equidad, proporcionalidad y solidaridad.
Estos principios actualmente no se cumplen, porque la Junta de Castilla y León tiene una consideración infinitamente mayor por las empresas privadas que ofrecen estos servicios que por los familiares que viven con el dependiente y se hacen cargo de ellos las 24 horas del día y los 365 días del año.
La Orden FAM/26/2024 que recoge las ayudas máximas que se pagan por las prestaciones esenciales es injusta y es una clara apuesta por la privatización de servicios.
Un familiar que cuida a un anciano con el máximo grado de dependencia puede cobrar hasta un máximo de 473 euros/mes. Si pide ayuda a domicilio con un máximo de 3 horas cobrará 1105 euros/mes que entregará a una empresa que ofrezca ese servicio exclusivamente de lunes a viernes si no son festivos.
En el caso de un familiar que cuida y vive con un anciano con un nivel de dependencia II o I la ayuda máxima sería de 328 o 187 euros/mes, pero si pidiera ayuda a domicilio la ayuda aumentaría a 903 o 467 euros/mes por sólo tres horas de atención, como máximo, sin fines de semana o festivos.
La ayuda, si cuidas y vives con ese anciano que necesita cuidados, es en torno a 60 % menor que si optas por la ayuda a domicilio y sólo la tienes para tres horas diarias, si no son festivos, y el resto del tiempo debe seguir ejerciendo las labores de cuidado la familia.
Calificamos de cicatera e injusta la ayuda que reciben estos cuidadores y denunciamos que el interés de la Junta de Castilla y León por la prestación de cuidados en el entorno familiar ha ido en regresión en comparación con el interés que muestra por los cuidados que proporcionan las empresas.
Cicatera porque se está cobrando menos que lo que se cobraba en 2009, a pesar de que el IPC ha subido más de un 30 %, e injusta porque nadie entiende que se pague más del doble a una empresa que te envía un cuidador máximo de tres horas/día que a un familiar que garantice un cuidado 24 horas.
Apoyamos a los más de cinco mil cuidadores de Castilla y León que trabajan sin horario definido y sin vacaciones cuidando de sus familiares dependientes, que no tienen días de descanso ni fines de semana, que hacen tareas de enfermería, psicólogo, fisioterapeuta, nutricionista además de cuidador y exigimos a la Junta de Castilla y León que modifique la cuantía de las prestaciones superando la ayuda a estos cuidadores con la ayuda que se establece para la prestación de ayuda a domicilio.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que proceda a modificar la Orden FAM/26/2024 que recoge las ayudas máximas que se pagan por las prestaciones esenciales solicitando que se aumente de forma significativa la prestación de cuidados en el entorno familiar (CEF) superando la prestación vinculada al servicio (PVS) y asistencia personal (PAP)".
Valladolid, 16 de octubre de 2025.
LOS PROCURADORES Y LA PROCURADORA,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001665-01
CVE="BOCCL-11-015363"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001655 a PNL/001687.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2025.
La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:
ANTECEDENTES
La Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, define los servicios sociales como el conjunto de servicios y prestaciones para la prevención, atención o cobertura de las necesidades individuales y sociales básicas de las personas con el fin de lograr o aumentar su bienestar social.
En su artículo 19 recoge que las prestaciones esenciales estarán públicamente garantizadas, con independencia del nivel de necesidades o la demanda existente; y concreta como prestaciones esenciales los centros de día, las residencias, la ayuda a domicilio y la prestación económica a familiares no profesionales que cuidan a sus ancianos en su entorno.
El Decreto 58/2014, de 11 de diciembre, donde se aprueba el catálogo de servicios sociales de Castilla y León, señala en su Art. 9 que la cuantía a la prestación familiar vendrá determinada por la Junta en atención a los principios de equidad, proporcionalidad y solidaridad.
Estos principios actualmente no se cumplen, porque la Junta de Castilla y León tiene una consideración infinitamente mayor por las empresas privadas que ofrecen estos servicios que por los familiares que viven con el dependiente y se hacen cargo de ellos las 24 horas del día y los 365 días del año.
La Orden FAM/26/2024 que recoge las ayudas máximas que se pagan por las prestaciones esenciales es injusta y es una clara apuesta por la privatización de servicios.
Un familiar que cuida a un anciano con el máximo grado de dependencia puede cobrar hasta un máximo de 473 euros/mes. Si pide ayuda a domicilio con un máximo de 3 horas cobrará 1105 euros/mes que entregará a una empresa que ofrezca ese servicio exclusivamente de lunes a viernes si no son festivos.
En el caso de un familiar que cuida y vive con un anciano con un nivel de dependencia II o I la ayuda máxima sería de 328 o 187 euros/mes, pero si pidiera ayuda a domicilio la ayuda aumentaría a 903 o 467 euros/mes por sólo tres horas de atención, como máximo, sin fines de semana o festivos.
La ayuda, si cuidas y vives con ese anciano que necesita cuidados, es en torno a 60 % menor que si optas por la ayuda a domicilio y sólo la tienes para tres horas diarias, si no son festivos, y el resto del tiempo debe seguir ejerciendo las labores de cuidado la familia.
Calificamos de cicatera e injusta la ayuda que reciben estos cuidadores y denunciamos que el interés de la Junta de Castilla y León por la prestación de cuidados en el entorno familiar ha ido en regresión en comparación con el interés que muestra por los cuidados que proporcionan las empresas.
Cicatera porque se está cobrando menos que lo que se cobraba en 2009, a pesar de que el IPC ha subido más de un 30 %, e injusta porque nadie entiende que se pague más del doble a una empresa que te envía un cuidador máximo de tres horas/día que a un familiar que garantice un cuidado 24 horas.
Apoyamos a los más de cinco mil cuidadores de Castilla y León que trabajan sin horario definido y sin vacaciones cuidando de sus familiares dependientes, que no tienen días de descanso ni fines de semana, que hacen tareas de enfermería, psicólogo, fisioterapeuta, nutricionista además de cuidador y exigimos a la Junta de Castilla y León que modifique la cuantía de las prestaciones superando la ayuda a estos cuidadores con la ayuda que se establece para la prestación de ayuda a domicilio.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que proceda a modificar la Orden FAM/26/2024 que recoge las ayudas máximas que se pagan por las prestaciones esenciales solicitando que se aumente de forma significativa la prestación de cuidados en el entorno familiar (CEF) superando la prestación vinculada al servicio (PVS) y asistencia personal (PAP)".
Valladolid, 16 de octubre de 2025.
LOS PROCURADORES Y LA PROCURADORA,
Fdo.: José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero
PNL/001665-01
CVE="BOCCL-11-015363"