PNL/001681-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001681-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por las Procuradoras Dña. Susana Suárez Villagrá, Dña. Rebeca Arroyo Otero y Dña. María Luisa Calvo Enríquez, instando a la Junta de Castilla y León a aplicar lo dispuesto en el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, garantizando especialmente la implantación de un sistema de baremación objetiva, pública y equitativa para el acceso a destinos del profesorado de Religión Católica en la Comunidad, adoptar medidas para equiparar la carga horaria de la asignatura de Religión Católica con la existente en otras Comunidades, crear departamentos específicos e incorporar la asignatura de Religión en la Formación Profesional Básica, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001655 a PNL/001687.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Susana Suárez Villagrá, Rebeca Arroyo Otero y María Luisa Calvo Enríquez, procuradores del Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formulan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A pesar de la importancia de la educación religiosa en el sistema educativo, muchos docentes de la asignatura de Religión se encuentran en una situación de incertidumbre y precariedad, tal como viene denunciando desde hace tiempo la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE).

El Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, que regula la relación laboral de los profesores de religión que no son funcionarios, basándose en la Ley Orgánica de Educación 2/2006 y que establece las condiciones laborales para estos docentes que imparten enseñanza de religión, se está vulnerando en su aplicación en Castilla y León, por lo que no existe una regulación específica para el colectivo de profesorado de Religión, actualmente en situación de desventaja en nuestra Comunidad, frente al resto de Comunidades en las que sí se aplica de forma rigurosa.

En particular, resulta necesario dar cumplimiento al artículo 6 del citado Real Decreto, que establece que el acceso al destino se realizará conforme a criterios objetivos de valoración fijados por la Administración competente.

Así mismo, el Real Decreto garantiza los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En Castilla y León, sin embargo, este mandato legal no se cumple ya que el acceso al destino depende exclusivamente de los delegados diocesanos, sin criterios públicos ni baremación.

El sindicato de Profesores de Religión en Centros Estatales de Castilla y León (APPRECE) denuncia que en Castilla y León se producen prácticas laborales anómalas, como que el profesorado es contratado "por minutos", de modo que una simple variación de media hora en el horario conlleva la modificación de un contrato indefinido, o que los contratos no se formalizan por jornadas completas como en otras Comunidades.

Esta situación de inestabilidad y falta de reconocimiento a su labor docente se ve agravada con la discriminación de la que está siendo objeto la asignatura de Religión Católica en nuestra Comunidad, frente a la religión islámica.

Los centros educativos de nuestra región, para la asignatura de religión católica agrupan a los alumnos de los Colegios de Educación Infantil y Primaria, en todos los niveles y etapas de forma indiscriminada y sin ningún tipo de criterio, lo que hace que se produzca una merma importante en las horas que imparten los profesores de religión católica, de forma que el profesor ve como su contrato va mermando año a año en número de horas y, por lo tanto, apenas pueden tener contratos a jornada completa pues el número de horas es insuficiente.

Por otro lado, para el colectivo de profesores de religión islámica el trato es completamente preferencial, de forma que los alumnos no son agrupados, lo que supone que el profesor de islámica tiene muchas más horas lectivas y, por lo tanto, su contrato es de jornada completa.

Además de esto, se produce el incumplimiento de la normativa respecto al Decreto 37 y 38/ 2022 de 29 de septiembre sobre la ordenación y el currículo en educación infantil y primaria en Castilla y León, donde se establecen las horas para la enseñanza de religión católica que no se está cumpliendo ya que se están dando menos horas lectivas de religión católica que las marcadas en la mencionada normativa.

Así, en Castilla y León la asignatura de religión cuenta con una carga horaria significativamente menor en comparación con otras comunidades, lo que genera un doble perjuicio, ya que afecta directamente a la asignatura, restándole presencia y continuidad en el currículo escolar, y dificulta la estabilidad laboral del profesorado, cuyos contratos dependen del número de horas asignadas.

Por lo expuesto se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, conforme a los trámites legales pertinentes, se proceda a:

1.- Aplicar de manera inmediata lo dispuesto en el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, garantizando especialmente la implantación de un sistema de baremación objetiva, pública y equitativa para el acceso a destinos del profesorado de Religión Católica en la Comunidad Autónoma.

2.- Adoptar las medidas necesarias para equiparar la carga horaria de la asignatura de Religión Católica con la existente en otras Comunidades Autónomas, en aras de garantizar tanto la estabilidad laboral del profesorado como la calidad educativa del alumnado.

3.- Impulsar la creación de departamentos específicos de Religión en los Institutos de Enseñanza Secundaria de Castilla y León, dotándolos de los recursos necesarios.

4.- Incorporar de forma efectiva la asignatura de Religión en los currículos de la Formación Profesional Básica que se impartan en la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 22 de octubre de 2025.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Susana Suárez Villagrá y María Luisa Calvo Enríquez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: David Hierro Santos


PNL/001681-01

CVE="BOCCL-11-015379"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 45829-45831
BOCCL nº 484/11 del 13/11/2025
CVE: BOCCL-11-015379

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001681-01
Proposición no de ley presentada por las Procuradoras Dña. Susana Suárez Villagrá, Dña. Rebeca Arroyo Otero y Dña. María Luisa Calvo Enríquez, instando a la Junta de Castilla y León a aplicar lo dispuesto en el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, garantizando especialmente la implantación de un sistema de baremación objetiva, pública y equitativa para el acceso a destinos del profesorado de Religión Católica en la Comunidad, adoptar medidas para equiparar la carga horaria de la asignatura de Religión Católica con la existente en otras Comunidades, crear departamentos específicos e incorporar la asignatura de Religión en la Formación Profesional Básica, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 6 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001655 a PNL/001687.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Susana Suárez Villagrá, Rebeca Arroyo Otero y María Luisa Calvo Enríquez, procuradores del Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formulan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A pesar de la importancia de la educación religiosa en el sistema educativo, muchos docentes de la asignatura de Religión se encuentran en una situación de incertidumbre y precariedad, tal como viene denunciando desde hace tiempo la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (APPRECE).

El Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, que regula la relación laboral de los profesores de religión que no son funcionarios, basándose en la Ley Orgánica de Educación 2/2006 y que establece las condiciones laborales para estos docentes que imparten enseñanza de religión, se está vulnerando en su aplicación en Castilla y León, por lo que no existe una regulación específica para el colectivo de profesorado de Religión, actualmente en situación de desventaja en nuestra Comunidad, frente al resto de Comunidades en las que sí se aplica de forma rigurosa.

En particular, resulta necesario dar cumplimiento al artículo 6 del citado Real Decreto, que establece que el acceso al destino se realizará conforme a criterios objetivos de valoración fijados por la Administración competente.

Así mismo, el Real Decreto garantiza los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. En Castilla y León, sin embargo, este mandato legal no se cumple ya que el acceso al destino depende exclusivamente de los delegados diocesanos, sin criterios públicos ni baremación.

El sindicato de Profesores de Religión en Centros Estatales de Castilla y León (APPRECE) denuncia que en Castilla y León se producen prácticas laborales anómalas, como que el profesorado es contratado "por minutos", de modo que una simple variación de media hora en el horario conlleva la modificación de un contrato indefinido, o que los contratos no se formalizan por jornadas completas como en otras Comunidades.

Esta situación de inestabilidad y falta de reconocimiento a su labor docente se ve agravada con la discriminación de la que está siendo objeto la asignatura de Religión Católica en nuestra Comunidad, frente a la religión islámica.

Los centros educativos de nuestra región, para la asignatura de religión católica agrupan a los alumnos de los Colegios de Educación Infantil y Primaria, en todos los niveles y etapas de forma indiscriminada y sin ningún tipo de criterio, lo que hace que se produzca una merma importante en las horas que imparten los profesores de religión católica, de forma que el profesor ve como su contrato va mermando año a año en número de horas y, por lo tanto, apenas pueden tener contratos a jornada completa pues el número de horas es insuficiente.

Por otro lado, para el colectivo de profesores de religión islámica el trato es completamente preferencial, de forma que los alumnos no son agrupados, lo que supone que el profesor de islámica tiene muchas más horas lectivas y, por lo tanto, su contrato es de jornada completa.

Además de esto, se produce el incumplimiento de la normativa respecto al Decreto 37 y 38/ 2022 de 29 de septiembre sobre la ordenación y el currículo en educación infantil y primaria en Castilla y León, donde se establecen las horas para la enseñanza de religión católica que no se está cumpliendo ya que se están dando menos horas lectivas de religión católica que las marcadas en la mencionada normativa.

Así, en Castilla y León la asignatura de religión cuenta con una carga horaria significativamente menor en comparación con otras comunidades, lo que genera un doble perjuicio, ya que afecta directamente a la asignatura, restándole presencia y continuidad en el currículo escolar, y dificulta la estabilidad laboral del profesorado, cuyos contratos dependen del número de horas asignadas.

Por lo expuesto se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, conforme a los trámites legales pertinentes, se proceda a:

1.- Aplicar de manera inmediata lo dispuesto en el Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, garantizando especialmente la implantación de un sistema de baremación objetiva, pública y equitativa para el acceso a destinos del profesorado de Religión Católica en la Comunidad Autónoma.

2.- Adoptar las medidas necesarias para equiparar la carga horaria de la asignatura de Religión Católica con la existente en otras Comunidades Autónomas, en aras de garantizar tanto la estabilidad laboral del profesorado como la calidad educativa del alumnado.

3.- Impulsar la creación de departamentos específicos de Religión en los Institutos de Enseñanza Secundaria de Castilla y León, dotándolos de los recursos necesarios.

4.- Incorporar de forma efectiva la asignatura de Religión en los currículos de la Formación Profesional Básica que se impartan en la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 22 de octubre de 2025.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Susana Suárez Villagrá y María Luisa Calvo Enríquez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: David Hierro Santos


PNL/001681-01

CVE="BOCCL-11-015379"



Sede de las Cortes de Castilla y León