PNL/001700-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001700-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas respecto de la ordenación fotovoltaica en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001692 a PNL/001706.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:

ANTECEDENTES

Castilla y León es una comunidad eminentemente agropecuaria, donde la actividad agrícola y ganadera constituye no solo un motor económico esencial, sino también un elemento vertebrador del territorio, del paisaje y de la identidad cultural. La preservación de los suelos fértiles y de regadío resulta, por tanto, estratégica para garantizar la continuidad de las explotaciones familiares, la seguridad alimentaria y el futuro del medio rural.

El Convenio Europeo del Paisaje, en vigor en España desde 2008, obliga a integrar la protección, gestión y ordenación del paisaje en las políticas territoriales y sectoriales, con especial atención a la participación ciudadana. Otras comunidades autónomas han dado pasos firmes en esta dirección, estableciendo planes de protección y mapas de zonificación que limitan los espacios destinados a grandes instalaciones fotovoltaicas con el objetivo de proteger la agricultura, los paisajes y el entorno de los municipios. Estos modelos han demostrado que es posible compatibilizar la transición energética con la defensa de los suelos fértiles y del patrimonio natural y cultural, al tiempo que se aporta seguridad jurídica a agricultores, ayuntamientos y promotores.

En Castilla y León, la Ley 4/2015, de Patrimonio Natural, hace referencia al paisaje y prevé la elaboración de catálogos y directrices de conservación. Sin embargo, la Comunidad Autónoma carece de un plan integral que proteja los suelos agrícolas y delimite, de forma vinculante, las áreas compatibles para la instalación de grandes plantas fotovoltaicas. La normativa sectorial vigente -como el Decreto-ley 2/2022 sobre renovables, las Directrices de Ordenación del Territorio o la cartografía de sensibilidades ambientales- actúa únicamente como filtro de evaluación de proyectos, sin configurar un marco preventivo que dé seguridad a agricultores, municipios y promotores.

Además, los paisajes de alto valor -incluidos los paisajes culturales, mosaicos agrarios tradicionales, dehesas, setos, vías pecuarias y miradores- aportan beneficios tangibles al territorio: refuerzan la identidad y el atractivo turístico, favorecen la fijación de población, mejoran el bienestar de la ciudadanía y proveen servicios ecosistémicos (regulación hídrica, biodiversidad, mitigación climática). La ausencia de una planificación específica puede provocar su fragmentación y pérdida de calidad escénica, con impactos económicos y sociales duraderos.

Este vacío normativo expone a Castilla y León al riesgo de pérdida de tierras fértiles, de fragmentación del parcelario y de afección a sistemas de riego, así como al deterioro de paisajes de alto valor. Resulta, por tanto, urgente establecer un Plan de Paisaje y Agricultura para la Ordenación Fotovoltaica, que priorice la preservación de los suelos de alto valor agrológico y de las zonas regables, identifique y salvaguarde los paisajes de alto valor con objetivos de calidad paisajística, limite la ocupación territorial con un máximo del 4 % de la superficie y, al mismo tiempo, integre la dimensión ambiental y cultural.

El uso de herramientas como la Zonificación ambiental para energías renovables del MITECO, el SIGPAC y el Mapa de Cultivos y Superficies Naturales del ITACyL permitirá identificar con rigor los suelos de mayor valor productivo y los paisajes más sensibles, orientar la implantación de proyectos hacia áreas compatibles (suelos degradados, industriales o de bajo valor agrícola y paisajístico) y garantizar la compatibilidad entre la transición energética, la protección del paisaje y el futuro de la agricultura en la Comunidad.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Iniciar el estudio para la redacción de un Plan de Paisaje y Agricultura para la Ordenación Fotovoltaica en Castilla y León, sometiéndolo a evaluación ambiental estratégica y a un proceso de participación pública que incluya expresamente a ayuntamientos, organizaciones profesionales agrarias, comunidades de regantes, entidades del sector energético y colectivos presentes en las zonas afectadas.

2. Delimitar, mediante un Mapa de Zonificación, las áreas compatibles con grandes plantas fotovoltaicas en suelo rústico, garantizando la exclusión de suelos de alta capacidad agrológica (clases I y II, y III cuando proceda), zonas regables (existentes o planificadas), explotaciones agrarias y ganaderas en activo, y cultivos permanentes y especializados de alto valor económico (viñedo con DO/IGP, olivares, frutales de regadío, hortícolas intensivos y forrajes estratégicos), integrando además criterios objetivos de valoración paisajística y priorizando la implantación en cubiertas, polígonos industriales y suelos degradados.

3. Fijar un tope del 4 % de ocupación sobre la superficie del término municipal, modulable con justificación técnica: más restrictivo en suelos de alta capacidad agrológica y/o paisajes de alto valor; más flexible y condicionado en suelos degradados o de baja sensibilidad; no computando en este porcentaje las instalaciones en cubiertas, estructuras existentes ni en suelos degradados inventariados; así como prever su revisión periódica para adaptarlo a los avances tecnológicos, energéticos y agrarios".

Valladolid, 31 de octubre de 2025.

LA PROCURADORA Y EL PROCURADOR,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PNL/001700-01

CVE="BOCCL-11-015538"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 46165-46167
BOCCL nº 490/11 del 27/11/2025
CVE: BOCCL-11-015538

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001700-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas respecto de la ordenación fotovoltaica en Castilla y León, para su tramitación ante la Comisión de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 20 de noviembre de 2025, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/001692 a PNL/001706.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 20 de noviembre de 2025.

La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

José Ángel Ceña Tutor, Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión competente por razón de la materia:

ANTECEDENTES

Castilla y León es una comunidad eminentemente agropecuaria, donde la actividad agrícola y ganadera constituye no solo un motor económico esencial, sino también un elemento vertebrador del territorio, del paisaje y de la identidad cultural. La preservación de los suelos fértiles y de regadío resulta, por tanto, estratégica para garantizar la continuidad de las explotaciones familiares, la seguridad alimentaria y el futuro del medio rural.

El Convenio Europeo del Paisaje, en vigor en España desde 2008, obliga a integrar la protección, gestión y ordenación del paisaje en las políticas territoriales y sectoriales, con especial atención a la participación ciudadana. Otras comunidades autónomas han dado pasos firmes en esta dirección, estableciendo planes de protección y mapas de zonificación que limitan los espacios destinados a grandes instalaciones fotovoltaicas con el objetivo de proteger la agricultura, los paisajes y el entorno de los municipios. Estos modelos han demostrado que es posible compatibilizar la transición energética con la defensa de los suelos fértiles y del patrimonio natural y cultural, al tiempo que se aporta seguridad jurídica a agricultores, ayuntamientos y promotores.

En Castilla y León, la Ley 4/2015, de Patrimonio Natural, hace referencia al paisaje y prevé la elaboración de catálogos y directrices de conservación. Sin embargo, la Comunidad Autónoma carece de un plan integral que proteja los suelos agrícolas y delimite, de forma vinculante, las áreas compatibles para la instalación de grandes plantas fotovoltaicas. La normativa sectorial vigente -como el Decreto-ley 2/2022 sobre renovables, las Directrices de Ordenación del Territorio o la cartografía de sensibilidades ambientales- actúa únicamente como filtro de evaluación de proyectos, sin configurar un marco preventivo que dé seguridad a agricultores, municipios y promotores.

Además, los paisajes de alto valor -incluidos los paisajes culturales, mosaicos agrarios tradicionales, dehesas, setos, vías pecuarias y miradores- aportan beneficios tangibles al territorio: refuerzan la identidad y el atractivo turístico, favorecen la fijación de población, mejoran el bienestar de la ciudadanía y proveen servicios ecosistémicos (regulación hídrica, biodiversidad, mitigación climática). La ausencia de una planificación específica puede provocar su fragmentación y pérdida de calidad escénica, con impactos económicos y sociales duraderos.

Este vacío normativo expone a Castilla y León al riesgo de pérdida de tierras fértiles, de fragmentación del parcelario y de afección a sistemas de riego, así como al deterioro de paisajes de alto valor. Resulta, por tanto, urgente establecer un Plan de Paisaje y Agricultura para la Ordenación Fotovoltaica, que priorice la preservación de los suelos de alto valor agrológico y de las zonas regables, identifique y salvaguarde los paisajes de alto valor con objetivos de calidad paisajística, limite la ocupación territorial con un máximo del 4 % de la superficie y, al mismo tiempo, integre la dimensión ambiental y cultural.

El uso de herramientas como la Zonificación ambiental para energías renovables del MITECO, el SIGPAC y el Mapa de Cultivos y Superficies Naturales del ITACyL permitirá identificar con rigor los suelos de mayor valor productivo y los paisajes más sensibles, orientar la implantación de proyectos hacia áreas compatibles (suelos degradados, industriales o de bajo valor agrícola y paisajístico) y garantizar la compatibilidad entre la transición energética, la protección del paisaje y el futuro de la agricultura en la Comunidad.

Por todo lo expuesto, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Iniciar el estudio para la redacción de un Plan de Paisaje y Agricultura para la Ordenación Fotovoltaica en Castilla y León, sometiéndolo a evaluación ambiental estratégica y a un proceso de participación pública que incluya expresamente a ayuntamientos, organizaciones profesionales agrarias, comunidades de regantes, entidades del sector energético y colectivos presentes en las zonas afectadas.

2. Delimitar, mediante un Mapa de Zonificación, las áreas compatibles con grandes plantas fotovoltaicas en suelo rústico, garantizando la exclusión de suelos de alta capacidad agrológica (clases I y II, y III cuando proceda), zonas regables (existentes o planificadas), explotaciones agrarias y ganaderas en activo, y cultivos permanentes y especializados de alto valor económico (viñedo con DO/IGP, olivares, frutales de regadío, hortícolas intensivos y forrajes estratégicos), integrando además criterios objetivos de valoración paisajística y priorizando la implantación en cubiertas, polígonos industriales y suelos degradados.

3. Fijar un tope del 4 % de ocupación sobre la superficie del término municipal, modulable con justificación técnica: más restrictivo en suelos de alta capacidad agrológica y/o paisajes de alto valor; más flexible y condicionado en suelos degradados o de baja sensibilidad; no computando en este porcentaje las instalaciones en cubiertas, estructuras existentes ni en suelos degradados inventariados; así como prever su revisión periódica para adaptarlo a los avances tecnológicos, energéticos y agrarios".

Valladolid, 31 de octubre de 2025.

LA PROCURADORA Y EL PROCURADOR,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PNL/001700-01

CVE="BOCCL-11-015538"



Sede de las Cortes de Castilla y León