PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003745, PE/003769 a PE/003790, PE/003793 a PE/003803, PE/003805 a PE/003808, PE/003845 a PE/003850, PE/003853 a PE/003866, PE/003868 a PE/003872, PE/003876, PE/003877, PE/003881 y PE/003900.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de noviembre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
ANEXO
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
PE/ RELATIVA A
003784 Si considera la Junta de Castilla y León que está cumpliendo con lo dispuesto en el Real Decreto 15/2022, que obliga a sobredimensionar los dispositivos de extinción/detección y prevención a las diferentes necesidades de cada C. A.
003785 Si tiene previsto la Junta de Castilla y León cumplir con lo previsto en la Ley básica de bomberos forestales 5/2024, de 8 de noviembre, en tiempo y forma.
003786 Cuál es la razón por la que el Plan INFOCAL de Castilla y León omite la referencia a la Ley 4/2024, de agentes medioambientales, y a la Ley 5/2024, de bomberos forestales.
Contestación a la preguntas escritas número 1103784, 1103785 y 1103786, formuladas por Dª Nuria Rubio García y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, sobre diversas cuestiones relacionadas con el operativo infocal.
Con la finalidad, entre otras, de dar cumplimiento a las normas previstas en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, se aprobó el Decreto-Ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales, que modificó las Leyes 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León y 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias y la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra incendios forestales en Castilla y León y aprueba con rango de Orden el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de 2023. El Plan anual para 2024 se aprobó mediante Orden MAV/1456/2023, de 15 de diciembre, y el de 2025 mediante Orden MAV/105/2025, de 7 de febrero. En materia de gestión forestal se han aprobado el Decreto 9/2024, de 6 de junio, por el que se regulan las autorizaciones de cambio de uso forestal, el Decreto 5/2025, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León. Por Decreto 6/2025, de 27 de marzo, se aprobó el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL). Finalmente se ha aprobado el Decreto-Ley 2/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes frente al riesgo de incendios forestales, que modifica las leyes de Montes, Patrimonio Natural, Urbanismo y Carreteras de Castilla y León, y la normativa autonómica en materia de gestión forestal con el fin de agilizar los procedimientos administrativos, reforzar la acción preventiva, mejorar la coordinación institucional y adaptar el marco legal a las necesidades actuales del territorio.
Las previsiones de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales se llevarán a efecto conforme a lo previsto en el Decreto-Ley 1/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El objeto de la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales, es establecer el régimen jurídico básico de las personas funcionarias que tengan la condición de agentes forestales y medioambientales, sin perjuicio de su dependencia, adscripción y denominación corporativa específica que establezcan las respectivas administraciones de las que dependan y el objeto de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales es establecer un marco de regulación de las funciones propias del personal que, en el ejercicio profesional de bombero forestal realice actividades de extinción de incendios forestales y, en su caso, complementariamente, actividades de prevención, detección, vigilancia, labores de información a la población, bajo la supervisión del superior responsable, así como de apoyo a las contingencias se produzcan en el medio natural y rural.
En ambos casos se trata de cuestiones relacionadas con el régimen jurídico del personal que realiza las actividades citadas, lo que no ha influido en la aprobación del Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL), aprobado por Decreto 6/2025, de 27 de marzo, que tiene como objetivo establecer el marco de planificación, estructura y operatividad de un sistema autonómico de gestión de emergencias por incendios forestales en Castilla y León y su integración con los planes de ámbito superior, así como la coordinación con los de ámbito inferior en esta materia.
Valladolid, a 3 de noviembre de 2025.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández
PE/003786-3
CVE="BOCCL-11-015622"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003745, PE/003769 a PE/003790, PE/003793 a PE/003803, PE/003805 a PE/003808, PE/003845 a PE/003850, PE/003853 a PE/003866, PE/003868 a PE/003872, PE/003876, PE/003877, PE/003881 y PE/003900.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de noviembre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
ANEXO
PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
PE/ RELATIVA A
003784 Si considera la Junta de Castilla y León que está cumpliendo con lo dispuesto en el Real Decreto 15/2022, que obliga a sobredimensionar los dispositivos de extinción/detección y prevención a las diferentes necesidades de cada C. A.
003785 Si tiene previsto la Junta de Castilla y León cumplir con lo previsto en la Ley básica de bomberos forestales 5/2024, de 8 de noviembre, en tiempo y forma.
003786 Cuál es la razón por la que el Plan INFOCAL de Castilla y León omite la referencia a la Ley 4/2024, de agentes medioambientales, y a la Ley 5/2024, de bomberos forestales.
Contestación a la preguntas escritas número 1103784, 1103785 y 1103786, formuladas por Dª Nuria Rubio García y otros Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, sobre diversas cuestiones relacionadas con el operativo infocal.
Con la finalidad, entre otras, de dar cumplimiento a las normas previstas en el Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, se aprobó el Decreto-Ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales, que modificó las Leyes 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León y 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, así como el Decreto 89/2004, de 29 de julio, por el que se establece el Operativo de lucha contra incendios forestales de Castilla y León y se regula el sistema de guardias y la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra incendios forestales en Castilla y León y aprueba con rango de Orden el plan anual de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales de 2023. El Plan anual para 2024 se aprobó mediante Orden MAV/1456/2023, de 15 de diciembre, y el de 2025 mediante Orden MAV/105/2025, de 7 de febrero. En materia de gestión forestal se han aprobado el Decreto 9/2024, de 6 de junio, por el que se regulan las autorizaciones de cambio de uso forestal, el Decreto 5/2025, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el régimen jurídico de los aprovechamientos forestales en montes y otras zonas arboladas no gestionados por la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León. Por Decreto 6/2025, de 27 de marzo, se aprobó el Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL). Finalmente se ha aprobado el Decreto-Ley 2/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes frente al riesgo de incendios forestales, que modifica las leyes de Montes, Patrimonio Natural, Urbanismo y Carreteras de Castilla y León, y la normativa autonómica en materia de gestión forestal con el fin de agilizar los procedimientos administrativos, reforzar la acción preventiva, mejorar la coordinación institucional y adaptar el marco legal a las necesidades actuales del territorio.
Las previsiones de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales se llevarán a efecto conforme a lo previsto en el Decreto-Ley 1/2025, de 23 de octubre, de medidas urgentes en materia de incendios forestales relativas al personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
El objeto de la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, básica de agentes forestales y medioambientales, es establecer el régimen jurídico básico de las personas funcionarias que tengan la condición de agentes forestales y medioambientales, sin perjuicio de su dependencia, adscripción y denominación corporativa específica que establezcan las respectivas administraciones de las que dependan y el objeto de la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales es establecer un marco de regulación de las funciones propias del personal que, en el ejercicio profesional de bombero forestal realice actividades de extinción de incendios forestales y, en su caso, complementariamente, actividades de prevención, detección, vigilancia, labores de información a la población, bajo la supervisión del superior responsable, así como de apoyo a las contingencias se produzcan en el medio natural y rural.
En ambos casos se trata de cuestiones relacionadas con el régimen jurídico del personal que realiza las actividades citadas, lo que no ha influido en la aprobación del Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en Castilla y León (Plan INFOCAL), aprobado por Decreto 6/2025, de 27 de marzo, que tiene como objetivo establecer el marco de planificación, estructura y operatividad de un sistema autonómico de gestión de emergencias por incendios forestales en Castilla y León y su integración con los planes de ámbito superior, así como la coordinación con los de ámbito inferior en esta materia.
Valladolid, a 3 de noviembre de 2025.
EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,
Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández
PE/003786-3
CVE="BOCCL-11-015622"