PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003745, PE/003769 a PE/003790, PE/003793 a PE/003803, PE/003805 a PE/003808, PE/003845 a PE/003850, PE/003853 a PE/003866, PE/003868 a PE/003872, PE/003876, PE/003877, PE/003881 y PE/003900.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de noviembre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-015644
Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103853, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Rubén Illera Redón, Dª Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103853, se manifiesta lo siguiente:
El programa de atención y cuidado del alumnado del segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria viene motivado por la reducción, en estas etapas, de una hora lectiva, durante el mes de septiembre de 2025 y junio de 2026.
Este programa se ha aprobado mediante Orden EDU/475/2025, de 8 de mayo, por la que se establece un servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, una vez finalizado el horario lectivo, durante los meses de septiembre de 2025 y junio de 2026, del curso escolar 2025-2026.
El servicio de atención y cuidado tiene carácter gratuito y voluntario para el alumnado y su duración máxima será de sesenta minutos.
La implantación del primer periodo (septiembre de 2025) ha finalizado el día 30 de septiembre.
En anexo adjunto figuran los datos de los centros educativos que llevaron a cabo el servicio, los alumnos atendidos, el número de monitores contratados y el número de maestros. Debe tenerse en cuenta que, con carácter general, los maestros han prestado este servicio por turnos u horas, no han realizado todos durante todos los días esta atención, de ahí el número que figura en cada centro.
Por otro lado, todos aquellos centros que han solicitado este servicio para los alumnos que cursan el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos de la Consejería de educación han cumplido con la ratio establecida por la Dirección General de Centros e Infraestructuras (al menos 4 alumnos en cada centro).
Por último, en relación con la compatibilidad de este servicio con el complementario de comedor, ambos son completamente diferentes; el de atención y cuidado del alumnado del segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria es incompatible con la prestación del comedor, pues satisfacen necesidades diferentes, cada uno tiene su propia regulación y normativa, han sido objeto de licitaciones independientes y no son prestados por las mismas empresas; en consecuencia, se presta por personal diferente, no teniendo el personal que atiende el servicio de atención y cuidado del alumno las funciones que corresponden a quien atiende el comedor.
Valladolid, 28 de octubre de 2025.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
Anexo
(1) En esta columna se hace referencia al número de maestros que, en algún momento, han atendido el servicio en cada centro, con independencia del número de jornadas en las que lo hayan prestado
PE/003853-2
CVE="BOCCL-11-015644"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003745, PE/003769 a PE/003790, PE/003793 a PE/003803, PE/003805 a PE/003808, PE/003845 a PE/003850, PE/003853 a PE/003866, PE/003868 a PE/003872, PE/003876, PE/003877, PE/003881 y PE/003900.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de noviembre de 2025.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-015644
Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103853, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Rubén Illera Redón, Dª Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Fernando Pablos Romo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa al servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación
En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103853, se manifiesta lo siguiente:
El programa de atención y cuidado del alumnado del segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria viene motivado por la reducción, en estas etapas, de una hora lectiva, durante el mes de septiembre de 2025 y junio de 2026.
Este programa se ha aprobado mediante Orden EDU/475/2025, de 8 de mayo, por la que se establece un servicio de atención y cuidado del alumnado que curse el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, una vez finalizado el horario lectivo, durante los meses de septiembre de 2025 y junio de 2026, del curso escolar 2025-2026.
El servicio de atención y cuidado tiene carácter gratuito y voluntario para el alumnado y su duración máxima será de sesenta minutos.
La implantación del primer periodo (septiembre de 2025) ha finalizado el día 30 de septiembre.
En anexo adjunto figuran los datos de los centros educativos que llevaron a cabo el servicio, los alumnos atendidos, el número de monitores contratados y el número de maestros. Debe tenerse en cuenta que, con carácter general, los maestros han prestado este servicio por turnos u horas, no han realizado todos durante todos los días esta atención, de ahí el número que figura en cada centro.
Por otro lado, todos aquellos centros que han solicitado este servicio para los alumnos que cursan el segundo ciclo de educación infantil y educación primaria en los centros públicos de la Consejería de educación han cumplido con la ratio establecida por la Dirección General de Centros e Infraestructuras (al menos 4 alumnos en cada centro).
Por último, en relación con la compatibilidad de este servicio con el complementario de comedor, ambos son completamente diferentes; el de atención y cuidado del alumnado del segundo ciclo de educación infantil y de educación primaria es incompatible con la prestación del comedor, pues satisfacen necesidades diferentes, cada uno tiene su propia regulación y normativa, han sido objeto de licitaciones independientes y no son prestados por las mismas empresas; en consecuencia, se presta por personal diferente, no teniendo el personal que atiende el servicio de atención y cuidado del alumno las funciones que corresponden a quien atiende el comedor.
Valladolid, 28 de octubre de 2025.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Rocío Lucas Navas
Anexo
(1) En esta columna se hace referencia al número de maestros que, en algún momento, han atendido el servicio en cada centro, con independencia del número de jornadas en las que lo hayan prestado
PE/003853-2
CVE="BOCCL-11-015644"