PE/003890-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003890-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, Dña. Rosa María Rubio Martín, Dña. María del Carmen García Romero y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a varios aspectos en relación con la negativa de la Junta de Castilla y León a matricular a dos alumnos en el colegio público Miróbriga, de Ciudad Rodrigo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 476, de 24 de octubre de 2025.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003817, PE/003842, PE/003851, PE/003852, PE/003873 a PE/003875, PE/003878 a PE/003880, PE/003882 a PE/003899, PE/003901 a PE/003904, PE/003906, PE/003909, PE/003910, PE/003932 a PE/003941, PE/003943, PE/003945, PE/003946, PE/003950 a PE/003954, PE/003956, PE/003957, PE/003961, PE/003968, PE/003969, PE/003979, PE/003981, PE/003982 y PE/003992.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de diciembre de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103890, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D.ª Rosa Rubio Martín, D.ª Carmen García Romero y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la matriculación de dos alumnos en el CEIP Miróbriga de Ciudad Rodrigo (Salamanca).

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103890, se manifiesta lo siguiente:

La oferta educativa de Ciudad Rodrigo en enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil está constituida actualmente por los siguientes centros:

CENTRO

CEIP ARRABAL DEL PUENTE

CEIP SAN FRANCISCO

CEIP MIRÓBRIGA

Centro concertado MISIONERAS DE LA PROVIDENCIA-SANTA TERESA

En el proceso de admisión ordinario 2025, las plazas vacantes que cada uno de ellos ofertaron en el primer curso de estas enseñanzas, figuran en la Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, tanto las ordinarias como las reservadas a alumnos con necesidades especiales.

Es decir, cada uno de los centros ofertó un grupo en el curso referido, de acuerdo con la propuesta notificada por la Dirección Provincial de Educación de Salamanca a cada uno de ellos.

En la actualización de las plazas vacantes del 26 de mayo de 2025, prevista normativamente en el desarrollo del proceso ordinario, estas plazas vacantes permanecieron inalteradas.

Todas las solicitudes que se presentaron en cada centro obtuvieron adjudicación en él. Por lo tanto, existiendo plazas vacantes sobrantes en cada uno de los centros, se comprueba que el dimensionamiento de la oferta educativa de un grupo en cada centro ha sido correcto.

Así mismo, se observa que los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria no participaron en el proceso de admisión ordinario.

Para el proceso de admisión extraordinario, que se desarrolla entre julio y septiembre, seguía habiendo plazas vacantes disponibles en todos los centros de Ciudad Rodrigo. Estas vacantes permanecieron inalteradas en la publicación realizada mediante Resolución de 1 de septiembre de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, inmediatamente previa a la resolución del proceso extraordinario el 5 de septiembre.

De acuerdo con los datos obrantes en el sistema informático de admisión, y con los listados de adjudicación del proceso extraordinario publicados mediante Resolución de 5 de septiembre de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, en el proceso extraordinario no se presentó ninguna solicitud de primero de educación infantil en ningún centro de Ciudad Rodrigo. Consecuentemente, no se produjo ninguna adjudicación en ese curso.

Por tanto, se observa que los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria tampoco participaron en el proceso de admisión extraordinario.

Las plazas vacantes sobrantes en el CEIP “Miróbriga” (1 plaza de ACNEE, transformada en 2 plazas ordinarias) han sido consumidas posteriormente en su totalidad, para atender necesidades de escolarización surgidas después del inicio del curso.

Cuando se presenta solicitud de admisión como supuesto excepcional para los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria, el CEIP “Miróbriga”, solicitado como primera opción, ya no se dispone de plazas vacantes, existiendo no obstante posibilidad de escolarización en cualquiera de los otros centros del municipio. Dado que solicitan como segunda opción el CEIP “San Francisco”, se les adjudica plaza en dicho centro.

Con base en los hechos expuestos, se constata que el dimensionamiento de la oferta educativa sostenida con fondos públicos en el municipio de Ciudad Rodrigo ha sido preciso y proporcionado, habiendo plazas vacantes suficientes para atender toda la demanda existente y haciendo un uso racional de los fondos públicos, que, por el contrario, no justificaría, en ningún caso, la apertura de un nuevo grupo mientras existan plazas disponibles en centros cercanos, máxime cuando las actividades lectivas ya han comenzado y se han dimensionado los recursos personales necesarios para prestar el servicio educativo.

Valladolid, a 4 de noviembre de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/003890-2

CVE="BOCCL-11-015943"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 47022
BOCCL nº 510/11 del 14/1/2026
CVE: BOCCL-11-015943

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003890-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, Dña. Rosa María Rubio Martín, Dña. María del Carmen García Romero y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a varios aspectos en relación con la negativa de la Junta de Castilla y León a matricular a dos alumnos en el colegio público Miróbriga, de Ciudad Rodrigo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 476, de 24 de octubre de 2025.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/003817, PE/003842, PE/003851, PE/003852, PE/003873 a PE/003875, PE/003878 a PE/003880, PE/003882 a PE/003899, PE/003901 a PE/003904, PE/003906, PE/003909, PE/003910, PE/003932 a PE/003941, PE/003943, PE/003945, PE/003946, PE/003950 a PE/003954, PE/003956, PE/003957, PE/003961, PE/003968, PE/003969, PE/003979, PE/003981, PE/003982 y PE/003992.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de diciembre de 2025.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la iniciativa parlamentaria P.E./1103890, formulada a la Junta de Castilla y León por D. Fernando Pablos Romo, D.ª Rosa Rubio Martín, D.ª Carmen García Romero y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la matriculación de dos alumnos en el CEIP Miróbriga de Ciudad Rodrigo (Salamanca).

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1103890, se manifiesta lo siguiente:

La oferta educativa de Ciudad Rodrigo en enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil está constituida actualmente por los siguientes centros:

CENTRO

CEIP ARRABAL DEL PUENTE

CEIP SAN FRANCISCO

CEIP MIRÓBRIGA

Centro concertado MISIONERAS DE LA PROVIDENCIA-SANTA TERESA

En el proceso de admisión ordinario 2025, las plazas vacantes que cada uno de ellos ofertaron en el primer curso de estas enseñanzas, figuran en la Resolución de 7 de marzo de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, tanto las ordinarias como las reservadas a alumnos con necesidades especiales.

Es decir, cada uno de los centros ofertó un grupo en el curso referido, de acuerdo con la propuesta notificada por la Dirección Provincial de Educación de Salamanca a cada uno de ellos.

En la actualización de las plazas vacantes del 26 de mayo de 2025, prevista normativamente en el desarrollo del proceso ordinario, estas plazas vacantes permanecieron inalteradas.

Todas las solicitudes que se presentaron en cada centro obtuvieron adjudicación en él. Por lo tanto, existiendo plazas vacantes sobrantes en cada uno de los centros, se comprueba que el dimensionamiento de la oferta educativa de un grupo en cada centro ha sido correcto.

Así mismo, se observa que los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria no participaron en el proceso de admisión ordinario.

Para el proceso de admisión extraordinario, que se desarrolla entre julio y septiembre, seguía habiendo plazas vacantes disponibles en todos los centros de Ciudad Rodrigo. Estas vacantes permanecieron inalteradas en la publicación realizada mediante Resolución de 1 de septiembre de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, inmediatamente previa a la resolución del proceso extraordinario el 5 de septiembre.

De acuerdo con los datos obrantes en el sistema informático de admisión, y con los listados de adjudicación del proceso extraordinario publicados mediante Resolución de 5 de septiembre de 2025 de la Dirección Provincial de Educación de Salamanca, en el proceso extraordinario no se presentó ninguna solicitud de primero de educación infantil en ningún centro de Ciudad Rodrigo. Consecuentemente, no se produjo ninguna adjudicación en ese curso.

Por tanto, se observa que los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria tampoco participaron en el proceso de admisión extraordinario.

Las plazas vacantes sobrantes en el CEIP “Miróbriga” (1 plaza de ACNEE, transformada en 2 plazas ordinarias) han sido consumidas posteriormente en su totalidad, para atender necesidades de escolarización surgidas después del inicio del curso.

Cuando se presenta solicitud de admisión como supuesto excepcional para los dos menores interesados por la iniciativa parlamentaria, el CEIP “Miróbriga”, solicitado como primera opción, ya no se dispone de plazas vacantes, existiendo no obstante posibilidad de escolarización en cualquiera de los otros centros del municipio. Dado que solicitan como segunda opción el CEIP “San Francisco”, se les adjudica plaza en dicho centro.

Con base en los hechos expuestos, se constata que el dimensionamiento de la oferta educativa sostenida con fondos públicos en el municipio de Ciudad Rodrigo ha sido preciso y proporcionado, habiendo plazas vacantes suficientes para atender toda la demanda existente y haciendo un uso racional de los fondos públicos, que, por el contrario, no justificaría, en ningún caso, la apertura de un nuevo grupo mientras existan plazas disponibles en centros cercanos, máxime cuando las actividades lectivas ya han comenzado y se han dimensionado los recursos personales necesarios para prestar el servicio educativo.

Valladolid, a 4 de noviembre de 2025.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas


PE/003890-2

CVE="BOCCL-11-015943"



Sede de las Cortes de Castilla y León