PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de junio de 2026, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000103 a PE/000217.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2026.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Daniel de la Rosa Villahoz
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Francisco Javier Vázquez Requero
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Aída Estrella Paredes García, Daniel de la Rosa Villahoz, Virginia Jiménez Campano y Luis Briones Martínez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
La Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León, supuso en su momento un avance en la regulación del bienestar animal en la Comunidad Autónoma. Sin embargo, han transcurrido casi treinta años sin que haya sido objeto de actualización, a pesar de las profundas transformaciones sociales, científicas y normativas que se han producido en este aspecto.
Durante este periodo, el bienestar animal ha evolucionado de forma significativa, consolidándose un mayor nivel de exigencia en materia de protección, tenencia responsable y control de la cría y comercialización de animales de compañía. Esta evolución ha quedado especialmente reflejada en la aprobación de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, de ámbito estatal, que establece un marco normativo más moderno y garantista.
Dicha ley incorpora principios como el sacrificio cero de animales sanos, la prohibición de la venta de animales en tiendas, el refuerzo de los sistemas de control y trazabilidad, así como la promoción de la formación y sensibilización de las personas propietarias de animales de compañía.
Asimismo, diversas comunidades autónomas han comenzado a adaptar su normativa a estos nuevos estándares, o a introducir medidas alineadas con los mismos.
Por estos motivos, resulta especialmente relevante conocer las razones por las que Castilla y León mantiene una normativa sin actualización integral desde hace casi tres décadas, así como las previsiones existentes para su adecuación a la legislación estatal vigente y a los estándares ya asumidos en otros territorios.
Por todo lo anteriormente descrito se formulan las siguientes preguntas:
¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León para la actualización de la Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León, que permanece sin una revisión integral desde hace casi treinta años, a pesar de los cambios normativos, sociales y científicos producidos en este ámbito?
¿Qué valoración realiza la Junta sobre el hecho de que otras comunidades autónomas ya hayan iniciado procesos de adaptación o incorporación de medidas acordes con la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales?
En este sentido, ¿en qué fase se encuentra la eventual actualización normativa en Castilla y León y cuál es el calendario previsto por la Junta para su tramitación y aprobación?
Finalmente, ¿tiene previsto la Junta la incorporación de medidas como el principio de sacrificio cero de animales sanos, la prohibición de la venta de animales en tiendas y el refuerzo de la formación y sensibilización de las personas propietarias de animales de compañía?
Valladolid a 6 de mayo de 2026.
PE/000106-01
CVE="BOCCL-12-000179"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de junio de 2026, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000103 a PE/000217.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2026.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Daniel de la Rosa Villahoz
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Francisco Javier Vázquez Requero
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Aída Estrella Paredes García, Daniel de la Rosa Villahoz, Virginia Jiménez Campano y Luis Briones Martínez, Procuradores y Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
La Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León, supuso en su momento un avance en la regulación del bienestar animal en la Comunidad Autónoma. Sin embargo, han transcurrido casi treinta años sin que haya sido objeto de actualización, a pesar de las profundas transformaciones sociales, científicas y normativas que se han producido en este aspecto.
Durante este periodo, el bienestar animal ha evolucionado de forma significativa, consolidándose un mayor nivel de exigencia en materia de protección, tenencia responsable y control de la cría y comercialización de animales de compañía. Esta evolución ha quedado especialmente reflejada en la aprobación de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, de ámbito estatal, que establece un marco normativo más moderno y garantista.
Dicha ley incorpora principios como el sacrificio cero de animales sanos, la prohibición de la venta de animales en tiendas, el refuerzo de los sistemas de control y trazabilidad, así como la promoción de la formación y sensibilización de las personas propietarias de animales de compañía.
Asimismo, diversas comunidades autónomas han comenzado a adaptar su normativa a estos nuevos estándares, o a introducir medidas alineadas con los mismos.
Por estos motivos, resulta especialmente relevante conocer las razones por las que Castilla y León mantiene una normativa sin actualización integral desde hace casi tres décadas, así como las previsiones existentes para su adecuación a la legislación estatal vigente y a los estándares ya asumidos en otros territorios.
Por todo lo anteriormente descrito se formulan las siguientes preguntas:
¿Qué actuaciones ha llevado a cabo la Junta de Castilla y León para la actualización de la Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León, que permanece sin una revisión integral desde hace casi treinta años, a pesar de los cambios normativos, sociales y científicos producidos en este ámbito?
¿Qué valoración realiza la Junta sobre el hecho de que otras comunidades autónomas ya hayan iniciado procesos de adaptación o incorporación de medidas acordes con la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales?
En este sentido, ¿en qué fase se encuentra la eventual actualización normativa en Castilla y León y cuál es el calendario previsto por la Junta para su tramitación y aprobación?
Finalmente, ¿tiene previsto la Junta la incorporación de medidas como el principio de sacrificio cero de animales sanos, la prohibición de la venta de animales en tiendas y el refuerzo de la formación y sensibilización de las personas propietarias de animales de compañía?
Valladolid a 6 de mayo de 2026.
PE/000106-01
CVE="BOCCL-12-000179"