PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de junio de 2026, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000103 a PE/000217.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2026.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Daniel de la Rosa Villahoz
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Francisco Javier Vázquez Requero
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Gallego González, procuradora de Unión del Pueblo Leonés (UPL), del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.
ANTECEDENTES
En marzo de 2025 la Junta aprobaba el Proyecto de Ley de ordenación y coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León, que finalmente no llegó a debatirse y decayó al disolverse las Cortes autonómicas fruto de la convocaría de elecciones por parte del presidente de la Junta.
En dicho Proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo autonómico, pero que no llegó a debate ni a votación por parte de las Cortes por la convocatoria electoral, en su Disposición Transitoria Primera se contemplaba lo siguiente:
“Primera. Puestos operativos de naturaleza laboral de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.
1. Los puestos operativos de naturaleza laboral existentes en los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León a la entrada en vigor de esta ley, pasarán a la categoría de “puesto a amortizar” en la correspondiente relación de puestos de trabajo, suprimiéndose una vez que queden vacantes y sustituyéndose, en su caso, por personal funcionario.
2. El personal laboral fijo de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León que, una vez entrada en vigor esta ley, ocupen un “puesto a amortizar”, seguirá rigiéndose por su legislación específica.
3. El personal laboral fijo que, a la entrada en vigor de la ley, se hallare prestando el servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento en puestos reservados a funcionarios, podrá participar en las pruebas selectivas de acceso a los cuerpos y categorías a los que figuren adscritos los correspondientes puestos, siempre que posean la titulación necesaria y reúnan los restantes requisitos exigidos, debiendo valorarse a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados en su condición de laboral y las pruebas selectivas superadas para acceder a la misma”.
Relacionado con lo que planteaba esta Disposición, cabe recordar los problemas existentes para la estabilización de plazas en plantillas de bomberos en municipios como Béjar, donde se ha llegado a reducir por parte del ayuntamiento bejarano la plantilla de doce a diez bomberos sin una explicación clara ni una planificación adecuada, sin haber acometido la funcionarización de las plazas de bomberos prometida, modificando unilateralmente la jornada laboral de los bomberos bejaranos, la reducción de efectivos por turno, e incluso ordenándose desde alcaldía la eliminación del retén, no habiendo firmado el Ayuntamiento con la Diputación un nuevo convenio para la prestación de servicios de bomberos en Béjar, el cual permitiría a los bomberos bejaranos ejercer plenamente como agentes de la autoridad dentro del servicio provincial de extinción, lo que favorecería especialmente a los municipios del entorno de Béjar.
PREGUNTAS:
1.- ¿Qué medidas tiene previstas la Junta que permitan dar solución a los problemas existentes para la estabilización de plazas en plantillas de bomberos como las de la ciudad de Béjar?
2.- ¿Tiene previsto la Junta volver a presentar un Proyecto de Ley como el presentado en 2025 de ordenación y coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales, recogiendo como lo hacía aquel en la Disposición Transitoria Primera soluciones y alternativas para los puestos operativos de naturaleza laboral de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento?
Valladolid, a 1 de junio de 2026.
PE/000169-01
CVE="BOCCL-12-000242"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 18 de junio de 2026, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/000103 a PE/000217.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2026.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Daniel de la Rosa Villahoz
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Francisco Javier Vázquez Requero
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Alicia Gallego González, procuradora de Unión del Pueblo Leonés (UPL), del Grupo Parlamentario Mixto, al amparo de los artículos 155 y siguientes del Reglamento de las Cortes, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta, para su respuesta por escrito.
ANTECEDENTES
En marzo de 2025 la Junta aprobaba el Proyecto de Ley de ordenación y coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León, que finalmente no llegó a debatirse y decayó al disolverse las Cortes autonómicas fruto de la convocaría de elecciones por parte del presidente de la Junta.
En dicho Proyecto de Ley presentado por el Ejecutivo autonómico, pero que no llegó a debate ni a votación por parte de las Cortes por la convocatoria electoral, en su Disposición Transitoria Primera se contemplaba lo siguiente:
“Primera. Puestos operativos de naturaleza laboral de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento.
1. Los puestos operativos de naturaleza laboral existentes en los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León a la entrada en vigor de esta ley, pasarán a la categoría de “puesto a amortizar” en la correspondiente relación de puestos de trabajo, suprimiéndose una vez que queden vacantes y sustituyéndose, en su caso, por personal funcionario.
2. El personal laboral fijo de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales de Castilla y León que, una vez entrada en vigor esta ley, ocupen un “puesto a amortizar”, seguirá rigiéndose por su legislación específica.
3. El personal laboral fijo que, a la entrada en vigor de la ley, se hallare prestando el servicio de prevención, extinción de incendios y salvamento en puestos reservados a funcionarios, podrá participar en las pruebas selectivas de acceso a los cuerpos y categorías a los que figuren adscritos los correspondientes puestos, siempre que posean la titulación necesaria y reúnan los restantes requisitos exigidos, debiendo valorarse a estos efectos como mérito los servicios efectivos prestados en su condición de laboral y las pruebas selectivas superadas para acceder a la misma”.
Relacionado con lo que planteaba esta Disposición, cabe recordar los problemas existentes para la estabilización de plazas en plantillas de bomberos en municipios como Béjar, donde se ha llegado a reducir por parte del ayuntamiento bejarano la plantilla de doce a diez bomberos sin una explicación clara ni una planificación adecuada, sin haber acometido la funcionarización de las plazas de bomberos prometida, modificando unilateralmente la jornada laboral de los bomberos bejaranos, la reducción de efectivos por turno, e incluso ordenándose desde alcaldía la eliminación del retén, no habiendo firmado el Ayuntamiento con la Diputación un nuevo convenio para la prestación de servicios de bomberos en Béjar, el cual permitiría a los bomberos bejaranos ejercer plenamente como agentes de la autoridad dentro del servicio provincial de extinción, lo que favorecería especialmente a los municipios del entorno de Béjar.
PREGUNTAS:
1.- ¿Qué medidas tiene previstas la Junta que permitan dar solución a los problemas existentes para la estabilización de plazas en plantillas de bomberos como las de la ciudad de Béjar?
2.- ¿Tiene previsto la Junta volver a presentar un Proyecto de Ley como el presentado en 2025 de ordenación y coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de las entidades locales, recogiendo como lo hacía aquel en la Disposición Transitoria Primera soluciones y alternativas para los puestos operativos de naturaleza laboral de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento?
Valladolid, a 1 de junio de 2026.
PE/000169-01
CVE="BOCCL-12-000242"