Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a la inclusión en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León de diversas entidades y colectivos, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de febrero de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000266, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a la inclusión en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León de diversas entidades y colectivos.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de febrero de 2012.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
El artículo 102 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León, como máximo órgano de participación, asesoramiento, consulta y propuesta en materia de servicios sociales.
El objeto del Consejo de Servicios Sociales es articular la participación ciudadana y las instancias intervinientes en los servicios sociales, contribuyendo al mejor desarrollo, calidad y eficacia de las acciones previstas en la presente ley, lo que llevará a cabo mediante el encuentro, el diálogo y las actividades de estudio, asesoramiento y propuesta.
La composición y funciones del Consejo de Servicios Sociales, el número y procedimiento de designación de sus miembros, su estructura, organización y funcionamiento, define el artículo que se determinará reglamentariamente.
Según la disposición final segunda de la Ley de Servicios Sociales el reglamento por el que se regule el Consejo de Servicios Sociales deberá aprobarse en el plazo de un año desde que entre en vigor la ley.
Por lo anterior se formula la siguiente propuesta de resolución:
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León se incluya que estará compuesto por las siguientes entidades:
1- Las administraciones públicas:
- La Consejería competente en materia de servicios sociales.
- El ente responsable de la gestión de los servicios sociales en el ámbito autonómico.
- Los ayuntamientos de la Comunidad de más de 20.000 habitantes.
- Las diputaciones provinciales de la Comunidad.
- La administración general del Estado.
2- Los colectivos intervinientes en los servicios sociales y en la participación ciudadana, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma:
- Las entidades citadas en el artículo 87 de la ley: Cruz Roja, Cáritas y el CERMI de CYL.
- Los Colegios profesionales vinculados a los servicios sociales: Psicólogos, trabajadores sociales, educadores sociales, médicos y sociólogos.
- Las entidades vinculadas a las personas con discapacidad: intelectual, física y sensorial.
- Representantes elegidos por los Consejos Autonómicos: de Personas Mayores, de atención y protección a la Infancia, de Familia, de la mujer, Voluntariado, de las personas con discapacidad, de la inmigración y Drogodependencias.
- Representantes de las entidades vinculadas a dar respuesta a las demandas y necesidades generales de los ciudadanos de Castilla y León: Confederación de Asociaciones de Vecinos, Confederación de Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos de centros públicos de enseñanza, EAPN (Exclusión Social), Coordinadora de cooperación al desarrollo y Asociaciones de Desarrollo Comunitario.
- Representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
- Representantes de las entidades financieras y ahorro con actividad en el ámbito de los servicios sociales.
- Representantes de órganos autonómicos con actividad vinculada a los servicios sociales: Consejo Económico y Social. Consejo Castellano y Leonés de Consumidores y Usuarios y Consejo de la Juventud.
Valladolid, 6 de febrero de 2012.
Los Procuradores
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,
Fernando María Rodero García y
Ana María Agudíez Calvo
El Portavoz
Fdo.: Óscar López Águeda
PNL/000266-1
CVE="BOCCL-08-004655"
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a la inclusión en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León de diversas entidades y colectivos, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 9 de febrero de 2012, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/000266, presentada por los Procuradores D. Jorge Félix Alonso Díez, D. Fernando María Rodero García y D.ª Ana María Agudíez Calvo, instando a la Junta de Castilla y León a la inclusión en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León de diversas entidades y colectivos.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de febrero de 2012.
La Secretaria de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Isabel Alonso Sánchez
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Jorge Félix Alonso Díez, Fernando Rodero García y Ana Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
El artículo 102 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León, como máximo órgano de participación, asesoramiento, consulta y propuesta en materia de servicios sociales.
El objeto del Consejo de Servicios Sociales es articular la participación ciudadana y las instancias intervinientes en los servicios sociales, contribuyendo al mejor desarrollo, calidad y eficacia de las acciones previstas en la presente ley, lo que llevará a cabo mediante el encuentro, el diálogo y las actividades de estudio, asesoramiento y propuesta.
La composición y funciones del Consejo de Servicios Sociales, el número y procedimiento de designación de sus miembros, su estructura, organización y funcionamiento, define el artículo que se determinará reglamentariamente.
Según la disposición final segunda de la Ley de Servicios Sociales el reglamento por el que se regule el Consejo de Servicios Sociales deberá aprobarse en el plazo de un año desde que entre en vigor la ley.
Por lo anterior se formula la siguiente propuesta de resolución:
Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que en el desarrollo reglamentario relativo a la creación del Consejo de Servicios Sociales de Castilla y León se incluya que estará compuesto por las siguientes entidades:
1- Las administraciones públicas:
- La Consejería competente en materia de servicios sociales.
- El ente responsable de la gestión de los servicios sociales en el ámbito autonómico.
- Los ayuntamientos de la Comunidad de más de 20.000 habitantes.
- Las diputaciones provinciales de la Comunidad.
- La administración general del Estado.
2- Los colectivos intervinientes en los servicios sociales y en la participación ciudadana, que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma:
- Las entidades citadas en el artículo 87 de la ley: Cruz Roja, Cáritas y el CERMI de CYL.
- Los Colegios profesionales vinculados a los servicios sociales: Psicólogos, trabajadores sociales, educadores sociales, médicos y sociólogos.
- Las entidades vinculadas a las personas con discapacidad: intelectual, física y sensorial.
- Representantes elegidos por los Consejos Autonómicos: de Personas Mayores, de atención y protección a la Infancia, de Familia, de la mujer, Voluntariado, de las personas con discapacidad, de la inmigración y Drogodependencias.
- Representantes de las entidades vinculadas a dar respuesta a las demandas y necesidades generales de los ciudadanos de Castilla y León: Confederación de Asociaciones de Vecinos, Confederación de Federaciones de Asociaciones de Padres de Alumnos de centros públicos de enseñanza, EAPN (Exclusión Social), Coordinadora de cooperación al desarrollo y Asociaciones de Desarrollo Comunitario.
- Representantes de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
- Representantes de las entidades financieras y ahorro con actividad en el ámbito de los servicios sociales.
- Representantes de órganos autonómicos con actividad vinculada a los servicios sociales: Consejo Económico y Social. Consejo Castellano y Leonés de Consumidores y Usuarios y Consejo de la Juventud.
Valladolid, 6 de febrero de 2012.
Los Procuradores
Fdo.: Jorge Félix Alonso Díez,
Fernando María Rodero García y
Ana María Agudíez Calvo
El Portavoz
Fdo.: Óscar López Águeda
PNL/000266-1
CVE="BOCCL-08-004655"