Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, relativa a gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, PE/001656, relativa a gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./1656, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro González Reglero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León durante el ejercicio 2010 y primer semestre del 2011”.
Recabada información de todas las Consejerías de la Junta de Castilla y León en relación con las cuestiones planteadas por Sus Señorías en la Pregunta arriba referenciada, tengo el honor de comunicar a V.E. lo siguiente:
“De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010, y en el artículo 19 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011, las gratificaciones por servicios extraordinarios se conceden dentro de los créditos asignados a tal fin y con carácter excepcional a aquellas personas que han prestado servicios fuera de su jornada normal de trabajo, así como a aquellos colectivos que han prestado servicios extraordinarios.
Los datos de las gratificaciones concedidas, de acuerdo con la normativa de aplicación, han sido de acceso público”.
Valladolid, 10 de abril de 2012.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: José Antonio DE SANTIAGO-JUÁREZ LÓPEZ
PE/001656-3
CVE="BOCCL-08-007109"
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, relativa a gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro Luis González Reglero, PE/001656, relativa a gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 72, de 17 de febrero de 2012.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 12 de abril de 2012.
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: María Josefa García Cirac
TEXTO
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./1656, formulada por los Procuradores D. José Francisco Martín Martínez y D. Pedro González Reglero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “gratificaciones por servicios extraordinarios al personal de la Junta de Castilla y León durante el ejercicio 2010 y primer semestre del 2011”.
Recabada información de todas las Consejerías de la Junta de Castilla y León en relación con las cuestiones planteadas por Sus Señorías en la Pregunta arriba referenciada, tengo el honor de comunicar a V.E. lo siguiente:
“De acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Ley 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010, y en el artículo 19 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011, las gratificaciones por servicios extraordinarios se conceden dentro de los créditos asignados a tal fin y con carácter excepcional a aquellas personas que han prestado servicios fuera de su jornada normal de trabajo, así como a aquellos colectivos que han prestado servicios extraordinarios.
Los datos de las gratificaciones concedidas, de acuerdo con la normativa de aplicación, han sido de acceso público”.
Valladolid, 10 de abril de 2012.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: José Antonio DE SANTIAGO-JUÁREZ LÓPEZ
PE/001656-3
CVE="BOCCL-08-007109"