PL/000006-2











1.- PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS

110.- Proyectos de Ley
PL/000006-2


Sumario:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León. Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto.



Resolución:

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León.

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto.

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 18 de junio de 2012, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León, PL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR, SOCIALISTA Y MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110.4 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, presentan la siguiente ENMIENDA DE ADICIÓN al Proyecto de Ley de Creación del Colegio de Periodistas de Castilla y León.

A la Disposición Adicional.

Se propone añadir un párrafo más en la Disposición Adicional, con la siguiente redacción:

“- Asimismo, podrán formar parte del Colegio quienes, sin encontrarse en los supuestos previstos en el artículo 3 y en el párrafo anterior, acrediten de forma fehaciente un ejercicio ininterrumpido de la actividad específicamente periodística durante un periodo no inferior a cinco años previos a la entrada en vigor de la presente ley. Para ello, deberán solicitar a la comisión gestora el reconocimiento del referido ejercicio profesional en el plazo de seis meses a contar a partir del día en que se haga pública la constitución de dicha comisión. Una vez transcurrido dicho plazo quedará cerrada la posibilidad de solicitar este reconocimiento del ejercicio de la actividad específicamente periodística.”

Se propone añadir un nuevo apartado 1.º en el punto 3 de la disposición transitoria primera, pasando los actuales 1.º y 2.º, a ser el 2.º y 3.º respectivamente, con la siguiente redacción:

“1º) Resolver las solicitudes de reconocimiento del ejercicio profesional de los solicitantes a los que se refiere el párrafo segundo de la disposición adicional en el plazo máximo de nueve meses desde el día en que se haga pública su constitución.”

JUSTIFICACIÓN:

La profesión periodística es una profesión que no ha contado desde siempre con unos estudios universitarios propios. Además, se trata de una profesión no regulada, es decir que para su ejercicio no se exigen unos estudios o una formación específica.

Valladolid, 28 de mayo de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR: EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA:

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

EL PORTAVOZ DEL G.P. MIXTO:

Fdo.: José María González Suárez

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR, SOCIALISTA Y MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110.4 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, presentan la siguiente ENMIENDA DE ADICIÓN al Proyecto de Ley de Creación del Colegio de Periodistas de Castilla y León.

A la Disposición Transitoria primera, punto 3.

Se propone añadir un nuevo apartado 1.º en el punto 3 de la disposición transitoria primera, pasando los actuales 1.º y 2.º, a ser el 2.º y 3.º respectivamente, con la siguiente redacción:

“1º) Resolver las solicitudes de reconocimiento del ejercicio profesional de los solicitantes a los que se refiere el párrafo segundo de la disposición adicional en el plazo máximo de nueve meses desde el día en que se haga pública su constitución.”

JUSTIFICACIÓN:

La profesión periodística es una profesión que no ha contado desde siempre con unos estudios universitarios propios. Además, se trata de una profesión no regulada, es decir que para su ejercicio no se exigen unos estudios o una formación específica.

Valladolid, 28 de mayo de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR: EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA:

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

EL PORTAVOZ DEL G.P. MIXTO:

Fdo.: José María González Suárez


PL/000006-2

CVE="BOCCL-08-008084"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 18592
BOCCL nº 119/8 del 25/6/2012
CVE: BOCCL-08-008084

1.- PROCEDIMIENTOS LEGISLATIVOS
110.- Proyectos de Ley
PL/000006-2
Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León. Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto.

RESOLUCIÓN

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León.

Enmiendas parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto.

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 18 de junio de 2012, ha admitido a trámite las Enmiendas Parciales presentadas por los Grupos Parlamentarios Popular, Socialista y Mixto al Proyecto de Ley de creación del Colegio Profesional de Periodistas de Castilla y León, PL/000006.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 18 de junio de 2012.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR, SOCIALISTA Y MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110.4 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, presentan la siguiente ENMIENDA DE ADICIÓN al Proyecto de Ley de Creación del Colegio de Periodistas de Castilla y León.

A la Disposición Adicional.

Se propone añadir un párrafo más en la Disposición Adicional, con la siguiente redacción:

“- Asimismo, podrán formar parte del Colegio quienes, sin encontrarse en los supuestos previstos en el artículo 3 y en el párrafo anterior, acrediten de forma fehaciente un ejercicio ininterrumpido de la actividad específicamente periodística durante un periodo no inferior a cinco años previos a la entrada en vigor de la presente ley. Para ello, deberán solicitar a la comisión gestora el reconocimiento del referido ejercicio profesional en el plazo de seis meses a contar a partir del día en que se haga pública la constitución de dicha comisión. Una vez transcurrido dicho plazo quedará cerrada la posibilidad de solicitar este reconocimiento del ejercicio de la actividad específicamente periodística.”

Se propone añadir un nuevo apartado 1.º en el punto 3 de la disposición transitoria primera, pasando los actuales 1.º y 2.º, a ser el 2.º y 3.º respectivamente, con la siguiente redacción:

“1º) Resolver las solicitudes de reconocimiento del ejercicio profesional de los solicitantes a los que se refiere el párrafo segundo de la disposición adicional en el plazo máximo de nueve meses desde el día en que se haga pública su constitución.”

JUSTIFICACIÓN:

La profesión periodística es una profesión que no ha contado desde siempre con unos estudios universitarios propios. Además, se trata de una profesión no regulada, es decir que para su ejercicio no se exigen unos estudios o una formación específica.

Valladolid, 28 de mayo de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR: EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA:

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

EL PORTAVOZ DEL G.P. MIXTO:

Fdo.: José María González Suárez

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR, SOCIALISTA Y MIXTO de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 110.4 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, presentan la siguiente ENMIENDA DE ADICIÓN al Proyecto de Ley de Creación del Colegio de Periodistas de Castilla y León.

A la Disposición Transitoria primera, punto 3.

Se propone añadir un nuevo apartado 1.º en el punto 3 de la disposición transitoria primera, pasando los actuales 1.º y 2.º, a ser el 2.º y 3.º respectivamente, con la siguiente redacción:

“1º) Resolver las solicitudes de reconocimiento del ejercicio profesional de los solicitantes a los que se refiere el párrafo segundo de la disposición adicional en el plazo máximo de nueve meses desde el día en que se haga pública su constitución.”

JUSTIFICACIÓN:

La profesión periodística es una profesión que no ha contado desde siempre con unos estudios universitarios propios. Además, se trata de una profesión no regulada, es decir que para su ejercicio no se exigen unos estudios o una formación específica.

Valladolid, 28 de mayo de 2012.

EL PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR: EL PORTAVOZ DEL G.P. SOCIALISTA:

Fdo.: Carlos Fernández Carriedo Fdo.: Óscar López Águeda

EL PORTAVOZ DEL G.P. MIXTO:

Fdo.: José María González Suárez


PL/000006-2

CVE="BOCCL-08-008084"



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