PE/003833-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003833-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a centro educativo que imparte el bloque común para todas las modalidades deportivas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 205, de 18 de marzo de 2013.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, PE/003833, relativa a centro educativo que imparte el bloque común para todas las modalidades deportivas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 205, de 18 de marzo de 2013.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de abril de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la P.E./0803833, formulada por los Procuradores don Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre enseñanzas deportivas de régimen especial.

En respuesta a las Iniciativas Parlamentarias P.E./0803833, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, que en la actualidad existen dos centros privados autorizados para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial. Estos centros son los siguientes: Centro privado de formación de Fútbol y Fútbol Sala de la Federación de Castilla y León de Fútbol, situado en la localidad de Arroyo de la Encomienda (Valladolid) y Centro Integrado de Formación Profesional San Gabriel, situado en la localidad de Aranda de Duero (Burgos). Estos centros están autorizados para impartir el currículo de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de fútbol. Estas enseñanzas se estructuran en dos bloques de enseñanza deportiva: el bloque común que aglutina los módulos comunes de enseñanza deportiva y que son coincidentes y obligatorios para todas las modalidades y especialidades deportivas y el bloque específico formado por el conjunto de módulos específicos de enseñanza deportiva, el módulo de formación práctica y el módulo de proyecto final.

En segundo lugar, que en la actualidad no existe ningún centro que cuente con autorización expresa para impartir únicamente el bloque común.

Finalmente, en esta fecha está pendiente de publicación el proyecto de decreto por el que se establece el currículo de los módulos del bloque común correspondiente a las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León previsto para las actividades de formación deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Valladolid, 9 de abril de 2013.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/003833-2

CVE="BOCCL-08-014738"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
VIII Legislatura
Pag. 33237
BOCCL nº 258/8 del 20/6/2013
CVE: BOCCL-08-014738

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003833-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a centro educativo que imparte el bloque común para todas las modalidades deportivas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 205, de 18 de marzo de 2013.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, PE/003833, relativa a centro educativo que imparte el bloque común para todas las modalidades deportivas, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 205, de 18 de marzo de 2013.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de abril de 2013.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: María Josefa García Cirac


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la P.E./0803833, formulada por los Procuradores don Francisco Javier Muñoz Expósito y D. José Ignacio Martín Benito, del Grupo Parlamentario Socialista, sobre enseñanzas deportivas de régimen especial.

En respuesta a las Iniciativas Parlamentarias P.E./0803833, se manifiesta lo que sigue:

En primer lugar, que en la actualidad existen dos centros privados autorizados para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial. Estos centros son los siguientes: Centro privado de formación de Fútbol y Fútbol Sala de la Federación de Castilla y León de Fútbol, situado en la localidad de Arroyo de la Encomienda (Valladolid) y Centro Integrado de Formación Profesional San Gabriel, situado en la localidad de Aranda de Duero (Burgos). Estos centros están autorizados para impartir el currículo de las enseñanzas deportivas de régimen especial de la especialidad de fútbol. Estas enseñanzas se estructuran en dos bloques de enseñanza deportiva: el bloque común que aglutina los módulos comunes de enseñanza deportiva y que son coincidentes y obligatorios para todas las modalidades y especialidades deportivas y el bloque específico formado por el conjunto de módulos específicos de enseñanza deportiva, el módulo de formación práctica y el módulo de proyecto final.

En segundo lugar, que en la actualidad no existe ningún centro que cuente con autorización expresa para impartir únicamente el bloque común.

Finalmente, en esta fecha está pendiente de publicación el proyecto de decreto por el que se establece el currículo de los módulos del bloque común correspondiente a las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León previsto para las actividades de formación deportiva a las que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

Valladolid, 9 de abril de 2013.

EL CONSEJERO,

Fdo.: Juan José Mateos Otero.


PE/003833-2

CVE="BOCCL-08-014738"



Sede de las Cortes de Castilla y León