PPL/000008-01











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000008-01


Sumario:

Proposición de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 29 de marzo de 2016, acordó admitir a trámite la Proposición de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), PPL/000008, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y, de conformidad con lo previsto en el artículo 122 del Reglamento de la Cámara, ha ordenado su publicación y su remisión a la Junta de Castilla y León para que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración así como su conformidad o no a la tramitación, si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio.

En ejecución de dicho Acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 121 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA LEY 2/2008, DE 17 DE JUNIO, DE DECLARACIÓN DE PROYECTO REGIONAL PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FRESNO DE LA RIBERA (ZAMORA).

ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Sentencias del Tribunal Constitucional 129/2013 de 4 de junio de 2013, 203/2013, de 5 de diciembre de 2013 y 50/2015 de 5 de marzo de 2015, por las que respectivamente se declararon inconstitucionales: parte de la Ley 9/2002, de 10 de julio, para la declaración de proyectos regionales de infraestructuras de residuos de singular interés para la Comunidad; la totalidad de la Ley de Castilla y León 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del proyecto regional "Ciudad del Medio Ambiente"; así como la Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio, de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre - Montaña Palentina (Palencia), sentaron que las normas impugnadas había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución.

En todos estos casos se trató de leyes auto aplicativas que impedirían a los ciudadanos una tutela judicial efectiva al recaer únicamente en control jurisdiccional en el Tribunal Constitucional, algo no equiparable con la tutela que puede otorgar la jurisdicción contencioso administrativa frente al acto administrativo y sigue el criterio del propio Tribunal Constitucional que ya había señalado anteriormente que el principio de igualdad exige que la ley singular responda a una situación excepcional igualmente singular. No sería posible así usar estas leyes para eludir la aplicación de la Ley ni para impedir la ejecución de sentencias como ocurriría en el último de los casos.

La ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), es otro ejemplo de Ley auto aplicativa que incurriría en el mismo motivo de inconstitucionalidad al vulnerar el derecho a la Tutela Judicial Efectiva. Esta circunstancia fue planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a través de una cuestión de Inconstitucionalidad. Sin embargo la sentencia 269/2015, de 17 de diciembre, inadmite dicha cuestión al entender que no se había tenido en cuenta el carácter prejudicial de la cuestión.

Sin embargo y no habiendo entrado el Tribunal Constitucional en el fondo de la cuestión, la mencionada Ley incurre en los mismos vicios de inconstitucionalidad de las leyes similares de esta Comunidad Autónoma sobre las que el alto Tribunal si ha dictado sentencia entrando al fondo del asunto.

Es necesario en consecuencia adoptar con respecto a la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), las medidas necesarias que conduzcan al restablecimiento de los derechos constitucionales que entendemos se vulneran con la misma, cual es el de la Tutela Judicial Efectiva y por ello se formula la siguiente

PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA LEY 2/2008, DE 17 DE JUNIO, DE DECLARACIÓN DE PROYECTO REGIONAL PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FRESNO DE LA RIBERA (ZAMORA)

Artículo único

Queda derogada la ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora)

Disposición Adicional única

Por la Junta de Castilla y León se procederá a la revisión de los actos administrativos vinculados a la ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), en cuanto resultasen afectados por la derogación de la misma o se hayasen incursos en supuestos de pérdida de vigencia de las autorizaciones.

Disposición Final única

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 14 de marzo de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000008-01

CVE="BOCCL-09-005882"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 13208-13210
BOCCL nº 108/9 del 4/4/2016
CVE: BOCCL-09-005882

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000008-01
Proposición de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 29 de marzo de 2016, acordó admitir a trámite la Proposición de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), PPL/000008, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, y, de conformidad con lo previsto en el artículo 122 del Reglamento de la Cámara, ha ordenado su publicación y su remisión a la Junta de Castilla y León para que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración así como su conformidad o no a la tramitación, si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio.

En ejecución de dicho Acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el artículo 121 y ss. del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA LEY 2/2008, DE 17 DE JUNIO, DE DECLARACIÓN DE PROYECTO REGIONAL PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FRESNO DE LA RIBERA (ZAMORA).

ANTECEDENTES Y EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Sentencias del Tribunal Constitucional 129/2013 de 4 de junio de 2013, 203/2013, de 5 de diciembre de 2013 y 50/2015 de 5 de marzo de 2015, por las que respectivamente se declararon inconstitucionales: parte de la Ley 9/2002, de 10 de julio, para la declaración de proyectos regionales de infraestructuras de residuos de singular interés para la Comunidad; la totalidad de la Ley de Castilla y León 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del proyecto regional "Ciudad del Medio Ambiente"; así como la Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio, de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre - Montaña Palentina (Palencia), sentaron que las normas impugnadas había vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución.

En todos estos casos se trató de leyes auto aplicativas que impedirían a los ciudadanos una tutela judicial efectiva al recaer únicamente en control jurisdiccional en el Tribunal Constitucional, algo no equiparable con la tutela que puede otorgar la jurisdicción contencioso administrativa frente al acto administrativo y sigue el criterio del propio Tribunal Constitucional que ya había señalado anteriormente que el principio de igualdad exige que la ley singular responda a una situación excepcional igualmente singular. No sería posible así usar estas leyes para eludir la aplicación de la Ley ni para impedir la ejecución de sentencias como ocurriría en el último de los casos.

La ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), es otro ejemplo de Ley auto aplicativa que incurriría en el mismo motivo de inconstitucionalidad al vulnerar el derecho a la Tutela Judicial Efectiva. Esta circunstancia fue planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a través de una cuestión de Inconstitucionalidad. Sin embargo la sentencia 269/2015, de 17 de diciembre, inadmite dicha cuestión al entender que no se había tenido en cuenta el carácter prejudicial de la cuestión.

Sin embargo y no habiendo entrado el Tribunal Constitucional en el fondo de la cuestión, la mencionada Ley incurre en los mismos vicios de inconstitucionalidad de las leyes similares de esta Comunidad Autónoma sobre las que el alto Tribunal si ha dictado sentencia entrando al fondo del asunto.

Es necesario en consecuencia adoptar con respecto a la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), las medidas necesarias que conduzcan al restablecimiento de los derechos constitucionales que entendemos se vulneran con la misma, cual es el de la Tutela Judicial Efectiva y por ello se formula la siguiente

PROPOSICIÓN DE LEY DE DEROGACIÓN DE LA LEY 2/2008, DE 17 DE JUNIO, DE DECLARACIÓN DE PROYECTO REGIONAL PARA LA INSTALACIÓN DE UN CENTRO DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FRESNO DE LA RIBERA (ZAMORA)

Artículo único

Queda derogada la ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora)

Disposición Adicional única

Por la Junta de Castilla y León se procederá a la revisión de los actos administrativos vinculados a la ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), en cuanto resultasen afectados por la derogación de la misma o se hayasen incursos en supuestos de pérdida de vigencia de las autorizaciones.

Disposición Final única

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 14 de marzo de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000008-01

CVE="BOCCL-09-005882"



Sede de las Cortes de Castilla y León