PNL/000516-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000516-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la instalación de un centro de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000506 a PNL/000542.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Las Sentencias del Tribunal Constitucional 129/2013, de 4 de junio de 2013, 203/2013, de 5 de diciembre de 2013, y 50/2015, de 5 de marzo de 2015, por las que respectivamente se declararon inconstitucionales: parte de la Ley 9/2002, de 10 de julio, para la declaración de proyectos regionales de infraestructuras de residuos de singular interés para la Comunidad; la totalidad de la Ley de Castilla y León 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del proyecto regional "Ciudad del Medio Ambiente"; así como la Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio, de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia), sentaron que las normas impugnadas habían vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución.

En todos estos casos se trató de leyes autoaplicativas que impedirían a los ciudadanos una tutela judicial efectiva al recaer únicamente el control jurisdiccional en el Tribunal Constitucional, algo no equiparable con la tutela que puede otorgar la jurisdicción contencioso administrativa frente al acto administrativo y sigue el criterio del propio Tribunal Constitucional que ya había señalado anteriormente que el principio de igualdad exige que la ley singular responda a una situación excepcional igualmente singular. No sería posible así usar estas leyes para eludir la aplicación de la Ley ni para impedir la ejecución de sentencias como ocurriría en el último de los casos.

La Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), es otro ejemplo de Ley autoaplicativa que incurriría en el mismo motivo de inconstitucionalidad al vulnerar el derecho a la Tutela Judicial Efectiva. Esta circunstancia fue planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a través de una Cuestión de Inconstitucionalidad. Sin embargo la sentencia 269/2015, de 17 de diciembre, inadmite dicha cuestión al entender que no se había tenido en cuenta el carácter prejudicial de la cuestión.

Sin embargo y no habiendo entrado el Tribunal Constitucional en el fondo de la cuestión, la mencionada Ley incurre en los mismos vicios de inconstitucionalidad de las leyes similares de esta Comunidad Autónoma sobre las que el alto Tribunal sí ha dictado sentencia entrando al fondo del asunto.

Es necesario en consecuencia adoptar con respecto a la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), las medidas necesarias que conduzcan al restablecimiento de los derechos constitucionales que entendemos se vulneran con la misma, cual es el de la Tutela Judicial Efectiva y por ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la inmediata remisión a la Cámara de un proyecto de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora).

Valladolid, 11 de marzo de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000516-01

CVE="BOCCL-09-005902"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 13257-13258
BOCCL nº 108/9 del 4/4/2016
CVE: BOCCL-09-005902

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000516-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la instalación de un centro de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), para su tramitación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 29 de marzo de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000506 a PNL/000542.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 29 de marzo de 2016.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Fomento y Medio Ambiente:

ANTECEDENTES

Las Sentencias del Tribunal Constitucional 129/2013, de 4 de junio de 2013, 203/2013, de 5 de diciembre de 2013, y 50/2015, de 5 de marzo de 2015, por las que respectivamente se declararon inconstitucionales: parte de la Ley 9/2002, de 10 de julio, para la declaración de proyectos regionales de infraestructuras de residuos de singular interés para la Comunidad; la totalidad de la Ley de Castilla y León 6/2007, de 28 de marzo, de aprobación del proyecto regional "Ciudad del Medio Ambiente"; así como la Ley 5/2010, de 28 de mayo, de modificación de la Ley 4/2000, de 27 de junio, de Declaración del Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina (Palencia), sentaron que las normas impugnadas habían vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución.

En todos estos casos se trató de leyes autoaplicativas que impedirían a los ciudadanos una tutela judicial efectiva al recaer únicamente el control jurisdiccional en el Tribunal Constitucional, algo no equiparable con la tutela que puede otorgar la jurisdicción contencioso administrativa frente al acto administrativo y sigue el criterio del propio Tribunal Constitucional que ya había señalado anteriormente que el principio de igualdad exige que la ley singular responda a una situación excepcional igualmente singular. No sería posible así usar estas leyes para eludir la aplicación de la Ley ni para impedir la ejecución de sentencias como ocurriría en el último de los casos.

La Ley 2/2008, de 17 de junio, de Declaración de Proyecto Regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), es otro ejemplo de Ley autoaplicativa que incurriría en el mismo motivo de inconstitucionalidad al vulnerar el derecho a la Tutela Judicial Efectiva. Esta circunstancia fue planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León a través de una Cuestión de Inconstitucionalidad. Sin embargo la sentencia 269/2015, de 17 de diciembre, inadmite dicha cuestión al entender que no se había tenido en cuenta el carácter prejudicial de la cuestión.

Sin embargo y no habiendo entrado el Tribunal Constitucional en el fondo de la cuestión, la mencionada Ley incurre en los mismos vicios de inconstitucionalidad de las leyes similares de esta Comunidad Autónoma sobre las que el alto Tribunal sí ha dictado sentencia entrando al fondo del asunto.

Es necesario en consecuencia adoptar con respecto a la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora), las medidas necesarias que conduzcan al restablecimiento de los derechos constitucionales que entendemos se vulneran con la misma, cual es el de la Tutela Judicial Efectiva y por ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a la inmediata remisión a la Cámara de un proyecto de Ley de derogación de la Ley 2/2008, de 17 de junio, de declaración de proyecto regional para la instalación de un centro de tratamiento de residuos industriales no peligrosos en el término municipal de Fresno de la Ribera (Zamora).

Valladolid, 11 de marzo de 2016.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000516-01

CVE="BOCCL-09-005902"



Sede de las Cortes de Castilla y León