PE/002285-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002285-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a número de jóvenes que se han acogido a la posibilidad de suspensión de la percepción del paro para mantener una “segunda oportunidad”, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 110, de 6 de abril de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001930, PE/001960, PE/001998, PE/002017, PE/002019, PE/002036 a PE/002043, PE/002065, PE/002114, PE/002128, PE/002245 a PE/002262, PE/002264 a PE/002267, PE/002270, PE/002271, PE/002274, PE/002276, PE/002277, PE/002279 a PE/002281, PE/002283 a PE/002285, PE/002288, PE/002292, PE/002306, PE/002307, PE/002309 a PE/002311, PE/002313, PE/002315 a PE/002321, PE/002324, PE/002327, PE/002354 a PE/002356, PE/002366, PE/002368, PE/002369 y PE/002372, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de mayo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902285, formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a jóvenes de la Comunidad por provincias acogidos a la posibilidad de suspensión de la percepción del paro para mantener una segunda oportunidad.

En contestación a la cuestión que se plantea en la pregunta de referencia se informa que la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento del trabajo autónomo y de la Economía Social, pretende armonizar en un solo texto las medidas y los incentivos establecidos en favor de este colectivo, ampliando los ya existentes e implementando otros nuevos, entre los que cabe destacar el programa denominado “Segunda oportunidad”.

Este programa, competencia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establece la posibilidad de que un trabajador que se encuentre cobrando la prestación por desempleo y se dé de alta como autónomo, pueda pedir que se le guarde la prestación que tenga pendiente y recuperarla hasta 5 años después, si se ve obligado a darse de baja porque su negocio no sale adelante.

El Servicio Público de Empleo de Castilla y León no dispone de la información referida al número de jóvenes de la Comunidad, distribuidos por provincias, que se han acogido a esta modalidad, al ser competencia del SEPE.

Valladolid, 22 de abril de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/002285-2

CVE="BOCCL-09-007703"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 15835
BOCCL nº 134/9 del 25/5/2016
CVE: BOCCL-09-007703

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002285-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a número de jóvenes que se han acogido a la posibilidad de suspensión de la percepción del paro para mantener una “segunda oportunidad”, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 110, de 6 de abril de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001930, PE/001960, PE/001998, PE/002017, PE/002019, PE/002036 a PE/002043, PE/002065, PE/002114, PE/002128, PE/002245 a PE/002262, PE/002264 a PE/002267, PE/002270, PE/002271, PE/002274, PE/002276, PE/002277, PE/002279 a PE/002281, PE/002283 a PE/002285, PE/002288, PE/002292, PE/002306, PE/002307, PE/002309 a PE/002311, PE/002313, PE/002315 a PE/002321, PE/002324, PE/002327, PE/002354 a PE/002356, PE/002366, PE/002368, PE/002369 y PE/002372, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 3 de mayo de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902285, formulada por el Procurador D. Óscar Álvarez Domínguez, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a jóvenes de la Comunidad por provincias acogidos a la posibilidad de suspensión de la percepción del paro para mantener una segunda oportunidad.

En contestación a la cuestión que se plantea en la pregunta de referencia se informa que la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento del trabajo autónomo y de la Economía Social, pretende armonizar en un solo texto las medidas y los incentivos establecidos en favor de este colectivo, ampliando los ya existentes e implementando otros nuevos, entre los que cabe destacar el programa denominado “Segunda oportunidad”.

Este programa, competencia del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, establece la posibilidad de que un trabajador que se encuentre cobrando la prestación por desempleo y se dé de alta como autónomo, pueda pedir que se le guarde la prestación que tenga pendiente y recuperarla hasta 5 años después, si se ve obligado a darse de baja porque su negocio no sale adelante.

El Servicio Público de Empleo de Castilla y León no dispone de la información referida al número de jóvenes de la Comunidad, distribuidos por provincias, que se han acogido a esta modalidad, al ser competencia del SEPE.

Valladolid, 22 de abril de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/002285-2

CVE="BOCCL-09-007703"



Sede de las Cortes de Castilla y León