PE/002699-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002699-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por las Procuradoras Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, relativa a acciones del VI Plan de Empleo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.



Resolución:

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902699, formulada por las Procuradoras D.ª Adela Pascual Álvarez y D.ª Lorena González Guerrero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos en las Cortes de Castilla y León, relativa a las acciones y objetivos del VI Plan de Empleo.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo, aprobada por Acuerdo de 2 de marzo de 2012 del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León y con vigencia para el período 2012-2015, incorpora el VI Plan Regional de Empleo junto con los correspondientes a la formación profesional, la igualdad en el empleo y la prevención de riesgos laborales.

Los objetivos del presente Plan, en consonancia con los correspondientes de la Estrategia Europea 2020 y de la Estrategia Española de Activación para Empleo 2014-2016, serían:

• Potenciar la generación de empleo estable y de calidad y el mantenimiento del empleo existente. El fomento del empleo se constituye en objetivo irrenunciable, con políticas selectivas que incentiven la actividad económica y especialmente los sectores con posibilidades de crecimiento y generación de valor añadido y en colectivos con especiales dificultades de acceso de empleo.

• Estimular la creación de empresas, dando valor al autónomo y a las formas de economía social, estimulando a los emprendedores y creando las condiciones necesarias para el surgimiento de nuevas actividades.

• Situar la formación como eje de las políticas de empleo, potenciando la cualificación de los trabajadores en un sistema integrado, como garantía de su empleabilidad y de productividad y competitividad en las empresas, así como la acreditación de la experiencia laboral y de los aprendizajes no formales. Para ello debe mejorarse la formación, la orientación y la inserción laboral de las personas trabajadoras y desempleadas.

• Potenciar la atención personalizada, tanto a desempleados como al trabajador ocupado, con el fin de acompañarle en la búsqueda de empleo, reforzando los itinerarios formativos y buscando su promoción personal y profesional.

• Incorporar actuaciones y discriminaciones positivas en la ejecución de lo acordado en materia de igualdad.

• Para la consecución de los anteriores objetivos, será necesario realizar todas las actuaciones que procuren, de forma eficaz y simplificada su obtención.

En materia de empleo las Comunidades Autónomas ejecutan las políticas activas de empleo cuyo principal objetivo es mejorar la adaptabilidad de los trabajadores a los cambios estructurales, así como la rápida recuperación del empleo de aquellos trabajadores que lo han perdido, frente a la ejecución de las políticas pasivas que son competencia del Servicio Público de Empleo Estatal cuya finalidad es la compensar la disminución de ingresos o el incremento de gastos derivados de la pérdida de empleo.

En este sentido, todas las actuaciones llevadas a cabo en materia de empleo en el conjunto del Estado, se realizan dentro de la coordinación establecida a través del Sistema Nacional de Empleo, según lo previsto por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, posteriormente refundida en el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

La I Estrategia Integrada de Empleo (que en la práctica se viene a configurar como el VI Plan de Empleo), como anteriormente se indicaba, se elaboró en coordinación con la Estrategia 2020 y con la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, constituyéndose como un documento coherente con las directrices que en materia de empleo se han elaborado a nivel estatal. En este contexto de coordinación y colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, y dentro del nuevo modelo de programación, evaluación y financiación de las políticas activas de empleo, todas las actuaciones que se programen tienen que ir orientadas a la consecución de objetivos, siguiendo directrices y ejes prioritarios de actuación.

Objetivos de eficiencia y eficacia que se concretan, para cada ejercicio, en el Plan Anual de Política de Empleo, objetivos a alcanzar en todo el Estado y en las distintas Comunidades Autónomas, mediante la ejecución de acciones y medidas reguladas, bien por la normativa estatal vigente, o bien a través de políticas activas de empleo propias o adaptadas a la realidad territorial de cada Comunidad Autónoma.

El Plan Anual de Política de Empleo establece igualmente una serie de indicadores necesarios para conocer el grado de cumplimiento de las políticas implementadas, constituyéndose así de facto en un instrumento de evaluación de las acciones y medidas de las políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y por las Comunidades Autónomas.

Asi pues, la evaluación de las actuaciones aprobadas en la l Estrategia Integrada, en materia de empleo, ha estado sometida a los mecanismos articulados por este nuevo modelo de programación y evaluación, trascendiendo la valoración de los resultados en la distribución territorial de fondos vinculados a las subvenciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

A modo de ejemplo, en el pasado ejercicio, se aprobaron 27 indicadores que a su vez se desagregaban en varios componentes o subindicadores, de forma que cada uno permita la evaluación de distintos aspectos del mismo objetivo. En total se desarrollaron 62 componentes o subindicadores. Para el presente ejercicio, se han planificado nuevamente indicadores de eficacia, de eficiencia y de resultado, cuya translación a la planificación estratégica autonómica se ha realizado a través de su incorporación en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Público de Empleo.

En este contexto en el que se busca primar la eficacia y la eficiencia de las políticas activas de empleo implementadas tanto a nivel estatal como a nivel territorial, la distribución de fondos se ha vinculado al grado de consecución de objetivos a partir del año 2013, donde se determina que hasta un 40% de los fondos se distribuirán en función del cumplimiento por parte de cada Comunidad Autónoma de los objetivos acordados el año anterior. Igual porcentaje se aplicó en 2014, pasando al 60% en 2015. Y con una previsión del 70% para este año.

Valladolid, 22 de junio de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/002699-2

CVE="BOCCL-09-009682"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 18962
BOCCL nº 159/9 del 22/7/2016
CVE: BOCCL-09-009682

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002699-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por las Procuradoras Dña. Adela Pascual Álvarez y Dña. Lorena González Guerrero, relativa a acciones del VI Plan de Empleo, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 139, de 2 de junio de 2016.

RESOLUCIÓN

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de junio de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita referencia P.E./0902699, formulada por las Procuradoras D.ª Adela Pascual Álvarez y D.ª Lorena González Guerrero, pertenecientes al Grupo Parlamentario Podemos en las Cortes de Castilla y León, relativa a las acciones y objetivos del VI Plan de Empleo.

En contestación a las cuestiones que se plantean en la pregunta de referencia se informa que la Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad en el Empleo, aprobada por Acuerdo de 2 de marzo de 2012 del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León y con vigencia para el período 2012-2015, incorpora el VI Plan Regional de Empleo junto con los correspondientes a la formación profesional, la igualdad en el empleo y la prevención de riesgos laborales.

Los objetivos del presente Plan, en consonancia con los correspondientes de la Estrategia Europea 2020 y de la Estrategia Española de Activación para Empleo 2014-2016, serían:

• Potenciar la generación de empleo estable y de calidad y el mantenimiento del empleo existente. El fomento del empleo se constituye en objetivo irrenunciable, con políticas selectivas que incentiven la actividad económica y especialmente los sectores con posibilidades de crecimiento y generación de valor añadido y en colectivos con especiales dificultades de acceso de empleo.

• Estimular la creación de empresas, dando valor al autónomo y a las formas de economía social, estimulando a los emprendedores y creando las condiciones necesarias para el surgimiento de nuevas actividades.

• Situar la formación como eje de las políticas de empleo, potenciando la cualificación de los trabajadores en un sistema integrado, como garantía de su empleabilidad y de productividad y competitividad en las empresas, así como la acreditación de la experiencia laboral y de los aprendizajes no formales. Para ello debe mejorarse la formación, la orientación y la inserción laboral de las personas trabajadoras y desempleadas.

• Potenciar la atención personalizada, tanto a desempleados como al trabajador ocupado, con el fin de acompañarle en la búsqueda de empleo, reforzando los itinerarios formativos y buscando su promoción personal y profesional.

• Incorporar actuaciones y discriminaciones positivas en la ejecución de lo acordado en materia de igualdad.

• Para la consecución de los anteriores objetivos, será necesario realizar todas las actuaciones que procuren, de forma eficaz y simplificada su obtención.

En materia de empleo las Comunidades Autónomas ejecutan las políticas activas de empleo cuyo principal objetivo es mejorar la adaptabilidad de los trabajadores a los cambios estructurales, así como la rápida recuperación del empleo de aquellos trabajadores que lo han perdido, frente a la ejecución de las políticas pasivas que son competencia del Servicio Público de Empleo Estatal cuya finalidad es la compensar la disminución de ingresos o el incremento de gastos derivados de la pérdida de empleo.

En este sentido, todas las actuaciones llevadas a cabo en materia de empleo en el conjunto del Estado, se realizan dentro de la coordinación establecida a través del Sistema Nacional de Empleo, según lo previsto por la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, posteriormente refundida en el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre.

La I Estrategia Integrada de Empleo (que en la práctica se viene a configurar como el VI Plan de Empleo), como anteriormente se indicaba, se elaboró en coordinación con la Estrategia 2020 y con la Estrategia Española de Empleo 2012-2014, constituyéndose como un documento coherente con las directrices que en materia de empleo se han elaborado a nivel estatal. En este contexto de coordinación y colaboración entre los Servicios Públicos de Empleo, y dentro del nuevo modelo de programación, evaluación y financiación de las políticas activas de empleo, todas las actuaciones que se programen tienen que ir orientadas a la consecución de objetivos, siguiendo directrices y ejes prioritarios de actuación.

Objetivos de eficiencia y eficacia que se concretan, para cada ejercicio, en el Plan Anual de Política de Empleo, objetivos a alcanzar en todo el Estado y en las distintas Comunidades Autónomas, mediante la ejecución de acciones y medidas reguladas, bien por la normativa estatal vigente, o bien a través de políticas activas de empleo propias o adaptadas a la realidad territorial de cada Comunidad Autónoma.

El Plan Anual de Política de Empleo establece igualmente una serie de indicadores necesarios para conocer el grado de cumplimiento de las políticas implementadas, constituyéndose así de facto en un instrumento de evaluación de las acciones y medidas de las políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y por las Comunidades Autónomas.

Asi pues, la evaluación de las actuaciones aprobadas en la l Estrategia Integrada, en materia de empleo, ha estado sometida a los mecanismos articulados por este nuevo modelo de programación y evaluación, trascendiendo la valoración de los resultados en la distribución territorial de fondos vinculados a las subvenciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

A modo de ejemplo, en el pasado ejercicio, se aprobaron 27 indicadores que a su vez se desagregaban en varios componentes o subindicadores, de forma que cada uno permita la evaluación de distintos aspectos del mismo objetivo. En total se desarrollaron 62 componentes o subindicadores. Para el presente ejercicio, se han planificado nuevamente indicadores de eficacia, de eficiencia y de resultado, cuya translación a la planificación estratégica autonómica se ha realizado a través de su incorporación en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Público de Empleo.

En este contexto en el que se busca primar la eficacia y la eficiencia de las políticas activas de empleo implementadas tanto a nivel estatal como a nivel territorial, la distribución de fondos se ha vinculado al grado de consecución de objetivos a partir del año 2013, donde se determina que hasta un 40% de los fondos se distribuirán en función del cumplimiento por parte de cada Comunidad Autónoma de los objetivos acordados el año anterior. Igual porcentaje se aplicó en 2014, pasando al 60% en 2015. Y con una previsión del 70% para este año.

Valladolid, 22 de junio de 2016.

La Consejera,Rosa Valdeón Santiago.


PE/002699-2

CVE="BOCCL-09-009682"



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